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Notice d'autorité

Hospital Neuropsiquiátrico “José A. Esteves”

  • AR-AGN-ISAAR-HNE01_02
  • Collectivité
  • 1908 - Hasta la actualidad

El 18 de mayo de 1904, una Comisión del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, del cual dependía en ese momento la Sociedad de Beneficencia, confirmó la necesidad de poner en funcionamiento nuevas instituciones para poder trasladar enfermas por el mal estado edilicio del Hospital de Alienadas. Luego del informe producido por la Comisión se otorgó, por decreto del 14 de julio de 1904, dinero para la construcción de un nuevo Hospital.
En 1905, se concretó el traspaso de los terrenos que pertenecían al Banco Nacional (en liquidación) y en 1908 se inauguró el Asilo de Alienadas de Lomas de Zamora (actual “José A. Esteves”), el cual aumentó la superficie del terreno a su disposición entre 1913 y 1929. Para 1923 la población de asiladas ya era de 2.150 procedentes de Capital, de todo el país, y de algunas naciones vecinas.
Con la finalidad de descongestionar este exceso de población, cuya normal era de 1000, se vio obligada la Institución a fundar un anexo, el Asilo de Alienadas, situado en la ciudad de Lomas de Zamora, Para el año 1940, las internas rondaban en las 3100. A medida que avanzaba el siglo la Sociedad de Beneficencia fue siendo desplazada por otras instituciones hasta desaparecer, y la atención hospitalaria a las mujeres alienadas pasó a la órbita de reparticiones estatales.
La institución continúa vigente hasta la actualidad, y se ve alcanzada por la Ley de Salud Mental Nº 26.657 sancionada en el año 2010 que estableció que las personas con padecimiento mental deben ser tratadas en hospitales comunes y no en instituciones psiquiátricas; y que las internaciones deben ser breves y notificadas al juez, y desde el año 2014, por la Ley 14580, que prevé la sustitución de los modelos manicomiales por dispositivos con base en la comunidad.

Hilario Dionisio Lagos Salces

  • AR-AGN-ISAAR-HL01_01
  • Personne
  • 1806/10/22-1860/07/05

El general Hilario Lagos fue un militar que participó en las guerras civiles de la primera mitad del siglo XIX y en las campañas de expansión de las fronteras internas. Nació en Buenos Aires el 22 de octubre de 1806. Hijo de Francisco Lagos y de Josefa Salcés, realizó sus estudios en esa ciudad y, a los 18 años, inició su carrera militar.

El 1º de septiembre de 1823 fue nombrado alférez de Regimiento 5 de Caballería. El 16 de septiembre de 1824 fue nombrado sargento segundo de la 1ª compañía del 2º escuadrón del Regimiento Húsares de Buenos Aires y el 13 de octubre de 1825 fue nombrado portaestandarte del mismo cuerpo. El 27 de octubre de ese mismo año fue promovido a Porta con grado de Teniente. El 10 de septiembre de 1826 fue nombrado Alférez del cuerpo de Húsares de Buenos Aires El 3 de octubre de 1826 fue nombrado Teniente Segundo y fue ascendido a Teniente Primero un mes después, el 28 de noviembre. Al año siguiente fue ascendido a alférez y, pocos meses después, a teniente segundo, actuando en la expedición a la Sierra de la Ventana. Después de la batalla de Ituzaingó del 20 de febrero de 1827, fue enviado al Ejército Republicano al mando del destacamento del 5º de Caballería. Participó en la batalla de Camacuá el 23 de abril de 1827. Concluida su comisión retornó a su regimiento destacado en Salto y, después, se dirigió al Fuerte Federación en Junín. El 8 de junio de 1827 fue nombrado capitán del Regimiento 5 de Caballería de Línea.
En 1829 volvió a la frontera, prestando servicios en Arroyo Rojas. El 12 de junio de ese año recibió el cargo de sargento mayor graduado del Regimiento Nº 3 de Caballería. Intervino en la Campaña del Salado a las órdenes del general Ángel Pacheco. Permaneció en la Sub-Inspección de Campaña entre 1831 y 1833, año en el que fue transferido a la expedición al río Colorado dirigida por Juan Manuel de Rosas, comandando el Regimiento Nº 3 de Caballería de Línea de la “División Izquierda”. Participó en la batalla contra la tribu del cacique pehuenche Payllarén.

Entre 1834 fue nombrado coronel, y en 1838 fue nombrado Comandante en Jefe de la Frontera Norte y se enfrentó a los indios en la batalla de Loreto.

El 11 de octubre de 1839 Ejército de Vanguardia de la Confederación Argentina al mando de Manuel Oribe y Ángel Pacheco, que derrotó a las fuerzas unitarias en las batallas de Quebracho Herrado el 28 de noviembre de 1840 y de Famaillá el 19 de setiembre de 1841. El 31 de octubre de 1848 fue nombrado jefe de Policía interino en Paraná.

Tres años más tarde organizó las tropas que partieron hacia Corrientes en apoyo de Justo José de Urquiza, recibiendo la designación de jefe político del Paraná en 1850. Se negó a participar en el Pronunciamiento del caudillo entrerriano contra el Gobernador de Buenos Aires. Rosas le dio el mando de una división de 3.000 hombres que se acantonó en Bragado, constituyendo la vanguardia del ejército federal porteño. El 31 de enero de 1852, su división y la de los coroneles Sosa y Bustos avanzaron en tres columnas paralelas al encuentro del Ejército urquicista. Sin embargo, no pudieron compensar la disparidad de fuerzas y debieron replegarse sobre el Puente de Márquez.

En 1852 estuvo en la batalla de Caseros, al mando de tres divisiones de caballería del ala izquierda. Desaparecido Rosas, Lagos apoyó a Urquiza. Fue uno de los conductores del grupo denominado “chupandinos”. Participó del golpe de Estado provocó la renuncia del gobernador Valentín Alsina en diciembre de 1852. Concluido el cerco a la ciudad, fue exiliado de la provincia y sufrió el embargo de sus bienes. Pero, en 1856, Urquiza lo nombró coronel mayor de los ejércitos.

Su última actuación militar fue en la batalla de Cepeda el 23 de octubre de 1859 en el ejército de la Confederación. Murió en Buenos Aires el 5 de julio de 1860.

Gaspar Santa Coloma

  • AR-AGN-ISAAR-GSC01_01
  • Personne
  • 1742/01/06-1815/01/31

Gaspar Santa Coloma fue un mercader español nacido en Casería de la Campa en la provincia vasca de Álava, el 6 de enero de 1742. Estudio en Orduña bajo la tutela de la Compañía de Jesús. Más tarde trabajó con un corregidor en Madrid y luego en Cádiz, donde fue aprendiz de comercio.

Arribó a Montevideo en 1767 y al año siguiente arribó a Buenos Aires. En 1779 comenzó a realizar operaciones como importador mayorista, su principal actividad era importar productos de Castilla y esclavos que internaba en las provincias interiores. A su vez, enviaba a la Península plata y productos locales. Paralelamente se dedicaba al comercio al menudeo con la sociedad de comercio que tenía con Martín de Álzaga. También actuó como consignatario de reventa de las mercancías.

En 1781 contrajo matrimonio con Flora de Azcuénaga, hija de Vicente de Azcuénaga y de Rosa de Basavilbaso. A la muerte de su suegro, Santa Coloma ocupó de llevar adelante los negocios de la familia Azcuénaga, entre ellas la “Casa del Asiento”.

En 1789 fue elegido como diputado para formar parte de la Junta de Comerciantes del Consulado de Buenos Aires. Entre los años 1794 y 1800 ocupo el cargo de Síndico Mayordomo Ecónomo de la Santa Iglesia Catedral de Buenos Aires. También se ocupó de formar a otros comerciantes del período, como su Juan Antonio de Santa Coloma, Martín de Álzaga y José Domingo Echeverría.

Durante las Invasiones Inglesas, contribuyó con dinero al erario real y alojó en su quinta de Quilmes a los integrantes de la expedición enviada desde la Banda Oriental. Más tarde, aliado con Álzaga, intentó destituir al Virrey Liniers en la Asonada del 1º de enero de 1809. Luego de la Revolución de Mayo de 1810 se interrumpió el tráfico de ultramar con España y no solo perdió su principal actividad, sino que también su dinero y propiedades fueron tomados a modo de empréstitos forzosos o expropiados por el gobierno en 1812 con el propósito de solventar los gastos de las guerras de la independencia, y reprimir a los enemigos de la Revolución.

Santa Coloma falleció en Buenos Aires el 31 de enero de 1815. Los pocos bienes que le quedaron fueron distribuidos entre su esposa, Flora de Azcuénaga, su hijo Francisco Santa Coloma y casi todas las instituciones religiosas de la ciudad.

Gendarmería Nacional Argentina

  • AR-AGN-ISAAR-GNA01_01
  • Collectivité
  • 1938-Hasta la actualidad

La Ley Nacional N° 12.367 del 28 de julio, publicada en el Boletín Oficial del 11 de agosto de 1938, creó la Gendarmería Nacional Argentina como una policía militarizada federal bajo la órbita de los ministerios de Guerra, en lo referente a la instrucción y disciplina de su personal, armamento y de equipo; y de Interior, en lo concerniente a sus funciones policiales.
Aquella normativa también expuso algunas de sus misiones: velar por el mantenimiento del orden y la seguridad pública, y asegurar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones legales en casos de estado de sitio, exigencias de defensa nacional, movilización del ejército y cuando sea imprescindible para el mantenimiento del orden interno. Bajo esta premisa, el Decreto N° 94. 909 de 1941 determinó la jurisdicción de las fuerzas de Gendarmería Nacional en los Territorios Nacionales. También, desde el 1° de enero de 1947, la Gendarmería Nacional sumó funciones de policía aduanera en todo el territorio nacional a partir del Decreto N° 473 del año anterior.
A partir de la sanción de la Ley N° 14.071 del 29 de septiembre de 1951, la Gendarmería Nacional pasó a actuar bajo la dependencia absoluta del Ministerio del Interior mediante el Consejo Federal de Seguridad y, de este modo, perdió estatuto castrense, aunque conservó su relevancia para el mantenimiento del orden interno. No obstante, a través del Decreto Ley N° 1.868 del 25 de octubre de 1955, se restableció la dependencia de Gendarmería Nacional del Ministerio de Guerra y la sujeción de sus miembros a la jurisdicción disciplinaria militar.
La entrada en vigor de esta normativa, en el contexto de un gobierno de facto, posibilitó la finalización de los convenios en virtud de los cuales Gendarmería Nacional ejercía funciones policiales en el ámbito de las provincias. Esta medida posibilitó la aprobación de una nueva Ley Orgánica de la fuerza mediante el Decreto-Ley N° 3491 de abril de 1958 que estableció su misión de policía de Seguridad y Judicial en el fuero Nacional, policía auxiliar aduanera, de migraciones, sanitaria y policía de represión del contrabando, migraciones clandestinas e infracciones sanitarias, pudiendo eventualmente cumplir misiones en caso de conflicto internacional.
Hacia 1970, la Gendarmería Nacional mantuvo su misión de mantenimiento del orden y la tranquilidad pública en el lugar del territorio nacional que fuera dispuesto por el Poder Ejecutivo, casi al mismo nivel que la Policía Federal y la Prefectura Naval, según lo establecido por la Ley Nacional N° 18.711 de junio de aquel año. En 1971, la llamada Ley de Gendarmería Nacional (N° 19.349) del mes de noviembre, situó a la Gendarmería Nacional como fuerza dependiente del Comando en Jefe del Ejército y, por lo tanto, como fuerza capaz de actuar represivamente sobre diversas manifestaciones de la sociedad civil, tal como ocurrió durante la última dictadura militar.
Hacia 1984, el Poder Ejecutivo Nacional reasumió las funciones de los comandantes en jefe militares. De esta forma, los organismos que durante la última Dictadura Militar dependieron de los excomandantes en jefe, quedaron ubicados en la cartera de Defensa. Este fue el caso de la Gendarmería Nacional a través del Decreto N° 2.259, publicado el 1° de agosto de aquel año. Dicha dependencia se mantuvo inalterable hasta 1996, año en que la Gendarmería fue transferida nuevamente al ámbito del Ministerio de Interior por el Decreto Nacional N° 660 de junio de aquel año. Aun sin modificaciones sustanciales sobre las misiones y funciones de la Gendarmería Nacional, el organismo fue transferido sucesivamente por diversas secretarías y ministerios nacionales hasta quedar actualmente bajo la órbita del Ministerio de Seguridad desde diciembre de 2010 mediante el Decreto Nacional N° 1.993.

Gas del Estado

  • AR-AGN-ISAAR-GE01_02
  • Collectivité
  • 1945-1997

En el marco de la reestructuración orgánica y legal de la Dirección Nacional de la Energía impulsada por el Decreto Nº 22389/45 (posteriormente ratificado por la Ley Nº 13892/49), se creó la Dirección General del Gas del Estado, dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio por intermedio de la citada dirección nacional.
La nueva entidad se organizó como institución de derecho público con capacidad de acción privada y pública y con carácter autárquico sobre la base del Servicio de Gas de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales y se fijó como fecha de inicio de actividades el 1° de enero de 1946.
Sus misiones y funciones eran tener a su cargo la producción, manufactura, acondicionamiento y almacenaje de los combustibles gaseosos del Estado, como así también su transporte, distribución y venta en cualquier estado físico y de sus productos derivados, destinados a cualquier uso u objeto, inclusive la prestación de servicios públicos de gas. Para cumplir con estos objetivos podía utilizar gas proveniente de fuentes naturales (gas natural) y de la elaboración del petróleo (gas de destilería y licuado), pudiendo a este efecto celebrar convenios con los organismos fiscales y particulares exportadores de yacimientos gasíferos y/o petrolíferos y con los que elaboraran el petróleo. Por otra parte, el organismo debía sostener su funcionamiento con los recursos ordinarios provenientes de las entradas que obtuvieran como consecuencia de su explotación industrial o comercial.
La dirección y administración de la institución quedó a cargo de un Consejo de Administración integrado por un director general y tres funcionarios de jerarquía superior nombrados por el Poder Ejecutivo.
Por medio del Decreto Nº 17371/50 (posteriormente ordenado por Decreto Nº 21072/50), la Dirección General de Gas del Estado pasó a constituir como empresa dependiente con autonomía industrial y comercial la nueva entidad Empresas Nacionales de Energía (ENDE), dependiente del Ministerio de Industria y Comercio. El organismo se convirtió en una administración general, quedando su conducción a cargo de un administrador general. Luego del desdoblamiento del citado ministerio, el Decreto Nº 13816/54 colocó ENDE, y por lo tanto la Administración General de Gas del Estado-ENDE, bajo la jurisdicción del nuevo Ministerio de Industria.
Luego de la disolución de ENDE, el Decreto Nº 2420/57 modificó el estatuto orgánico de la empresa, cambiando su denominación a Gas del Estado, colocándola bajo la órbita del Ministerio de Comercio e Industria, otorgándole autarquía e incorporando las siguientes actividades para el cumplimiento de sus funciones: adquirir y transferir bienes, incluso inmuebles; tomar y conservar la posesión de ellos; constituirse servidumbres reales; recibir usufructos de las propiedades ajenas; contraer obligaciones; hacer pagos; novaciones; transacciones; conceder créditos y quitas; cobrar y percibir; comprometer árbitros; prorrogar jurisdicciones; intentar acciones civiles, comerciales o criminales, renunciar al derecho a apelar, aceptar legados y donaciones con o sin cargo; hacer contribuciones en carácter de ayuda o estímulo en especie y de dinero a entidades sociales, culturales, deportivas, cooperativas y cualesquiera otras asociaciones de bien común que sea en beneficio de su personal efectivo o jubilado y sus familiares, o para la empresa misma, y a instituciones y colegios que considere útil para la formación de personal especializado; organizar la asistencia social con las contribuciones del personal y conceder al mismo retribuciones, indemnizaciones, primas o beneficios y expenderle los productos que elabore a precios especiales; realizar y/o financiar planes generales o especiales de fomento. La dirección y administración de la empresa quedó a cargo de un consejo de administración integrado por un administrador general, un gerente general, los gerentes correspondientes a la estructura orgánica establecida y dos consejeros, todos ellos designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Comercio e Industria. Los consejeros no podían pertenecer al personal e la empresa. El Decreto Nº 1800/58 modificó la composición del consejo de administración, que pasó a estar integrado por un administrador general y 6 consejeros, todos ellos a nombrar por el Poder Ejecutivo. El consejo asumió la responsabilidad de la designación de un subadministrador general.
En 1958, la empresa pasó a depender de la Secretaría de Energía y Combustibles del nuevo Ministerio de Economía. En 1966 fue colocada bajo la jurisdicción de la Secretaría de Energía y Minería del Ministerio de Economía y Trabajo. En 1969 la institución fue transferida a la Secretaría de Energía del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. El Decreto Nº 6353/69 incorporó como facultad de la institución el fomento de la solución de problemas de la vivienda propia del personal mediante el otorgamiento de facilidades consistentes en préstamos en dinero y ventas de materiales, terrenos y casas adquiridas o construidas. En aras de favorecer la racionalización del sector público, el Decreto Nº 6937/70 suprimió el consejo de administración, concentrando sus funciones en la unidad administrador general-subadministrador general, con la asistencia de las siguientes gerencias: técnica, comercial, explotación, programación y organización, control de gestión y administración. En 1973, Gas del Estado fue incorporada a la Corporación de Empresas Nacionales del Ministerio de Economía, donde permaneció hasta la disolución de este organismo en 1978, reestableciendo su vínculo directo con la Secretaría de Energía.
En 1978, la voluntad gubernamental de reorganización legal, financiera, administrativa y contable de las empresas del Estado con el objetivo de asimilar su funcionamiento con el de las empresas privadas llevó a la aplicación de la figura de “sociedad del Estado”, sancionada por Ley Nº 20705, al caso de Gas del Estado por intermedio del Decreto Nº 1444. El nuevo estatuto aprobado señalaba como misión primordial la prestación del servicio público de abastecimiento de hidrocarburos gaseosos en todo el ámbito y en cualquier lugar del país, para lo cual podía efectuar, dentro o fuera del territorio nacional las siguientes funciones: explotación de yacimientos, captación, importación, exportación, industrialización, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y todo otro acto relacionado con los hidrocarburos gaseosos naturales y derivados de cualquier proceso industrial. Para cumplir con estas misiones y funciones, podía desarrollar las siguientes actividades: adquirir por compra o cualquier otro título, bienes inmuebles, muebles, semovientes, instalaciones y toda clase de derechos, títulos, acciones o valores, venderlos, permutarlos, cederlos y disponer de ellos, darlos en garantía y gravarlos, incluso con prendas, hipotecas, o cualquier otro derecho real y constituir sobre ellos servidumbres, asociarse con personas de existencia visible o jurídica y concertar contratos de sociedad accidental o en participación; celebrar toda clase de contratos y contraer obligaciones, incluso préstamos y otras obligaciones con bancos oficiales o particulares, nacionales o extranjeros, organismos internacionales de crédito o de cualquier otra naturaleza; aceptar consignaciones, comisiones o mandatos y otorgarlos; conceder créditos comerciales vinculados con su giro; emitir, en el país o en el extranjero, previa resolución de la Asamblea, debentures u otros títulos de deuda en cualquier moneda con o sin garantía real, especial o flotante; constituir o participar en sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria u otras sociedades por acciones; realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones cualesquiera sea su carácter legal incluso financieros que hagan al objeto de la sociedad o estén directa o indirectamente relacionados con el mismo. Una asamblea de accionistas se convirtió en la máxima autoridad en última instancia, quedando la dirección y administración de la empresa cargo de un directorio integrado por un presidente, un vicepresidente y entre 5 a 7 directores designados por la asamblea de accionistas. Tres directores debían ser nombrados a propuesta de los Comandos en Jefe de las Tres Fuerzas Armadas debiendo recaer la designación en 3 oficiales superiores, uno por cada Fuerza; los restantes integrantes del Directorio - incluidos el Presidente y el Vicepresidente – debían ser designados a propuesta del Ministerio de Economía.
En 1981, el Decreto Nº 120/81 trasladó la empresa a la órbita del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, donde se mantuvo hasta la absorción de esta institución por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en 1991.
En 1989, la Ley Nº 23696 de Reforma del Estado impulsó la transferencia a jurisdicciones provinciales o municipales de los servicios prestados por Gas del Estado, junto con el otorgamiento de la concesión de la distribución y comercialización. En este sentido, el Decreto Nº 2074/90 dispuso la privatización, bajo las distintas modalidades determinadas por la ley mencionada, de diversos entes de la jurisdicción del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, dentro de los cuales se encontraba Gas del Estado Sociedad del Estado. En el caso particular de la industria del gas natural, el Decreto Nº 633/91 promovió la reestructuración del sector en aras de su privatización, encomendando la instrumentación de un nuevo marco regulatorio y confirmando el objetivo de concesionar al sector privado las instalaciones y servicios en poder de Gas del Estado. Para ejecutar este proceso, la Resolución Nº 773/91 creó en el ámbito de la Subsecretaría de Combustibles del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos el Comité de Privatización de Gas del Estado. En 1992, la Ley Nº 24076 (posteriormente reglamentada mediante el Decreto Nº 1738/92) estableció el marco regulatorio de la distribución y el transporte de gas natural y declaró sujeta a privatización la empresa Gas del Estado, pudiendo llevar adelante el proceso bajo cualquiera de las modalidades contempladas y contemplando su transformación o escisión mediante la figura de sociedades anónimas. El Decreto Nº 1189/92 puso en marcha efectivamente el proceso de privatización, constituyendo sobre la base de Gas del Estado las siguientes sociedades anónimas: Transportadora de Gas del Sur S.A., Transportadora de Gas del Norte S.A., Distribuidora de Gas Metropolitana S.A., Distribuidora de Gas Buenos Aires Norte SA., Distribuidora de Gas Noroeste S.A., Distribuidora de Gas del Centro SA., Distribuidora de Gas del Litoral SA., Distribuidora de Gas Cuyana S.A., Distribuidora de Gas Pampeana SA. y Distribuidora de Gas del Sur SA. También encomendaba al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a aprobar los pliegos de bases y condiciones y a efectuar los correspondientes llamados a licitación pública. La Resolución Nº 874/92 concretó el llamado a licitación pública internacional para la venta del paquete mayoritario de acciones de cada una de las sociedades mencionadas. El Decreto Nº 2451/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas del Sur SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2452/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Noroeste SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2453/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Cuyana SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2454/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas del Centro SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2455/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas del Litoral SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2456/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Pampeana SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2457/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de transporte de gas a Transportadora de Gas del Norte SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2458/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de transporte de gas a Transportadora de Gas del Sur SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2459/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Metropolitana SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2460/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Buenos Aires Norte SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones.
Finalmente, la Resolución Nº 631/94 disolvió la empresa y la declaró en estado de liquidación, proceso que se dio por concluido por medio de la Resolución Nº 617/97.

Familia Vernet

  • AR-AGN-ISAAR-FVE01_01.
  • Famille
  • 1791/03/06

La familia Vernet es de origen hamburgués y francés. Vivió en la Provincia de Buenos Aires, en la Ciudad de Buenos Aires, en Río de Janeiro y fue la primera en habitar las Islas Malvinas. Se dedicaron al comercio y a la gestión pública.
Louis Elie Vernet (Luis Vernet) nació en Hamburgo el 6 de marzo de 1791. Era hijo de Jacques Vernet y María Vernet y tenía tres hermanos: Peter Alexander, Emilio y Federico. Vernet vivió ocho años, desde sus 14, en Filadelfia, donde trabajó en la industria química para Buck & Frumbhaar. Después de realizar varios viajes como sobrecargo entre Brasil, Portugal y su ciudad natal, en 1817 se radicó como comerciante en Buenos Aires.
El 17 de agosto de 1819 Vernet se casó con la uruguaya María Sáez Pérez con quien tuvo ocho hijos: Luis Emilio (1822), María Luisa (1823), María Francisca Sofia Petrona (1828), Matilde "Malvina" (1830), Carlos (1834), Gustavo Adolfo (1835), Federico Francisco (1838) y Adelina Urbana (1844).
Más tarde, la familia se estableció en una estancia unos 100 kilómetros al sur de Buenos Aires sobre el Río Salado. Al año siguiente, por Decreto del 10 de junio de 1829, se creó la Comandancia Política y Militar en las Islas Malvinas y Vernet fue nombrado Comandante Político y Militar por lo que se trasladó a la isla Soledad con su esposa y sus hijos Emilio, Luisa y Sofía. Más tarde, en 1830, nació Malvina Vernet y Sáez, la primera persona de la que se tenga registro en nacer en las Islas.
El 19 de noviembre de 1832 la familia Vernet abandonó las islas para vivir en Río de Janeiro, más tarde, en la Ciudad de Buenos Aires hasta mudarse definitivamente a San Isidro.
El 31 de agosto de 1831 se produjo la incursión y destrucción de la colonia malvinense por parte de la corbeta de guerra USS Lexington, de la Armada de los Estados Unidos, al mando del capitán militar Silas Duncan y de las goletas norteamericanas “Harriet”, “Breakwater” y “Superior”. Por esta causa, Luis Vernet comenzó un proceso de reclamos y demandas al Gobierno de Estados Unidos, continuado por sus hijos luego de su fallecimiento el 17 de enero de 1871.
El 8 de octubre de 1887 el presidente Miguel Ángel Juárez Celman, a través de la sanción de la Ley N° 2134, se les concede a los herederos de Luis Vernet veinte leguas en la provincia de Chaco como indemnización de la Isla de los Estados.
El 28 de noviembre de 1911, por decreto del presidente Roque Sáenz Peña y del Ministerio de Agricultura, se cede a la familia Vernet tierras de la provincia de Formosa para la fundación de colonias agrícolas, como parte de la sucesión de Luis Vernet.

Familia Senillosa

  • AR-AGN-ISAAR-FS01_01
  • Famille
  • c. 1790.-c.1943

La familia Senillosa es de origen catalán y vivió en la ciudad de Buenos Aires. A lo largo de las generaciones realizaron funciones científicas, políticas y culturales en el territorio bonaerense. Además, ocuparon distintos cargos en la función pública.

Familia Roca

  • AR-AGN-ISAAR-FRO01_01
  • Famille
  • 1843-Se desconoce

El matrimonio compuesto por el coronel José Segundo Roca Tejerina y de Josefa Agustina Paz Pereyra tuvo 8 hijos y 2 hijas: Alejandro Segundo, Antonio Ataliva, Bernabé Celedonio, Alejo Julio Argentino, Fermín Agustín, Alejo Agustín, Marcos Filomeno, Rudecindo Marcial Segundo, Agustina y Marcelina Francisca Paula Segunda.
Vivieron en la ciudad de San Miguel de Tucumán y a mediados de la década de 1850 José Segundo Roca Tejerina y sus hijos Bernabé Celedonio, Alejo Julio Argentino y Marcos Filomeno se trasladaron a Concepción del Uruguay. Alejo Julio Argentino Roca nació en Tucumán el 17 de julio de 1843, en 1855 obtuvo una beca para cursar los estudios secundarios en el Colegio de Concepción del Uruguay.
A los 15 años ingresó al Ejército de la Confederación, el 20 de marzo de 1858 el vicepresidente Salvador María del Carril en ejercicio del Poder Ejecutivo, firmó un decreto nombrándolo Subteniente de artillería y en septiembre de ese mismo año fue ascendido a Teniente. En octubre de 1861 fue nombrado Teniente Primero del Ejército. Como militar del ejército de la Confederación, participó de las batallas de Cepeda y Pavón. El 17 de febrero de 1864 fue ascendido a Capitán en el Batallón 6 de línea y el 7 de diciembre de 1866 fue ascendido al grado de Sargento Mayor dentro del mismo Batallón. Más tarde intervino en la Guerra de la Triple Alianza participó en las batallas de Tuyutí y de Curupaytí. El 9 de noviembre de 1868 fue ascendido a Teniente Coronel de Infantería.
El 2 de marzo de 1872 fue designado por un decreto del Presidente Sarmiento miembro de una comisión junto a Santiago S. Cortnes que fue enviada a la provincia de Corrientes con el designio de promover en nombre del Gobierno Nacional entre los partidos contendientes un arreglo que restituya la tranquilidad a esa Provincia. En 1872 se casó con Clara Dolores del Corazón de Jhs. Funes Díaz. A través de este matrimonio, se emparentó con Miguel Juárez Celman, casado con Elisa Funes. En 1973, por un decreto del 19 de agosto, quedó al mando de Ias Fronteras de Córdoba y, el 7 de diciembre de 1874, fue ascendido a Coronel Mayor en el campo de batalla.
El 4 de enero de 1878, a través de un decreto, el presidente Nicolás Avellaneda lo designó Ministro de Estado en el Departamento de Guerra y Marina. El 11 de octubre de 1880, el Congreso sanciona con fuerza de ley el nombramiento del Brigadier General Don Julio A. Roca como Presidente de la República, cuya posesión de mando fue al día siguiente, el 12 de octubre. Entre 1888 y 1890 ocupó el cargo de Senador nacional por la Capital Federal. En 1892 fue designado Presidente Provisional del Senado. El 30 de septiembre de 1893, el Gobierno lo nombró mediante decreto del Departamento de Guerra General en Jefe del Ejército del Primer Cuerpo de Ejército en campaña para emprender operaciones sobre los rebeldes que estaban instalados en la provincia de Santa Fe. En 1898 fue elegido nuevamente como Presidente de la República y asumió el cargo el 12 de octubre.
Alejo Julio Argentino Roca Paz tuvo un hijo y 5 hijas, Julio Argentino Pascual, Elisa, María Marcela, Clara, Agustina Eloísa y Josefina Elena, producto de su matrimonio con Clara Dolores del Corazón de Jhs. Funes Díaz. Julio Argentino Pascual se casó con María Esther Salomé Llavallol Elía el 18 de diciembre de 1897. Falleció en Buenos Aires el 19 de octubre de 1914.
Julio Argentino Pascual Roca nació en Córdoba el 17 de mayo de 1873. Fue Diputado Nacional por la provincia de Córdoba durante los períodos 1904-1916 y 1928-1930, Senador Nacional entre 1916 y 1922 y Gobernador provincial entre 1922 y 1925. Paralelamente a sus funciones ejerció la docencia.
En las elecciones nacionales del 20 de febrero de 1932 fue electa la fórmula Justo-Roca y Julio Argentino Pascual ocupó el cargo de Vicepresidente de la Nación hasta el 20 de febrero de 1938. Unos años más tarde, ocupó el cargo de Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto desde su nombramiento por el decreto 71.056 del 2 de septiembre de 1940 hasta que se acepta su renuncia mediante el decreto 83.441 del día 28 de enero de 1941.
Julio Argentino Pascual Roca murió el 8 de octubre de 1942.

Familia Reyes

  • AR-AGN-ISAAR-FRE01_01
  • Famille
  • c. 1845/06/12.-c.1958/10/24.

La familia Reyes era oriunda de la provincia argentina de la Rioja. Marcelino Reyes y su hijo César ocuparon diversos cargos públicos en dicha provincia.

F.O.R.J.A. Argentina

  • AR-AGN-ISAAR-FORJA01_02
  • Collectivité
  • 1954 - 1997

FORJA Argentina S.A. se constituyó en 1955 a partir de un convenio firmado en 1954 entre el empresario Jorge Antonio y el Estado nacional, por intermedio de Industrias Aeronáuticas y Mecánicas del Estado (IAME). La sociedad era dirigida por un directorio, en el que fungía como presidente el citado empresario.
Como consecuencia del golpe de Estado de 1955, el nuevo gobierno dispuso por Decreto-Ley N° 5148/55 la interdicción masiva sobre personas y empresas ligadas al gobierno precedente, creándose la Junta de Recuperación Patrimonial a los efectos de “restituir a la Nación los bienes materiales e inmateriales” de los que hubiera sido desposeída por la anterior Administración y tomar a su cargo la guarda, depósito, fiscalización y administración de los activos en cuestión.
FORJA Argentina S.A. fue una de las sociedades incluidas en este acto. En consecuencia, la Junta designó a un delegado interventor en la empresa, asistido por un sub-delegado, y estableció que su dirección y administración correría por cuenta de un Consejo de Administración de 3 miembros a designar por el primero de los mencionados. Esta situación se prolongaría hasta 1958, cuando la interdicción fue levantada por Decreto N° 1732/58, asumiendo la Comisión Liquidadora Decreto–Ley N° 8124/57 la misión de entregar los bienes de la sociedad a una nueva administración bajo la forma de directorio.
En 1967, la Comisión Liquidadora Decreto–Ley N° 8.124/57, cuya función principal era cumplir con las disposiciones de la de Ley N° 19980/56 en lo que respecta a la transferencia de los bienes enajenados a los interdictos en virtud de sentencia firme de la Junta de Recuperación Patrimonial, dispuso la transferencia al Estado nacional de las acciones de FORJA Argentina S.A. conforme orden judicial, lo que se haría efectivo mediante Decreto N° 8104 del mismo año, siendo beneficiario el Ministerio de Defensa.
Vale destacar que desde la intervención de la empresa en 1955 hasta 1971, el paquete accionario de la empresa tuvo participación de la Comisión Liquidadora Decreto–Ley N° 8124/57 (1958-1967), la Dirección Nacional de Fabricación e Investigación Aeronáutica-DINFIA, sucesora de IAME (1956-1967), Industrias Mecánicas del Estado-IME, sucesora de DINFIA (1968-1981), DIVEMA SA (1963-1965), DINEX SA (1963-1966), CIPA SA (1966-1971) y el Ministerio de Defensa, que desde 1967 sería el accionista mayoritario hasta el cierre de la sociedad.
En 1971, mediante Ley N° 19400 se facultó al Ministerio de Defensa para constituir con FORJA Argentina S.A. una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria bajo el régimen de la Ley N° 17318, con el objeto de desarrollar las actividades propias de las industrias automotriz y mecánica en general y de todas las actividades conexas o que tengan relación directa o indirecta con dichas industrias, inclusive en su aspecto comercial. Para ello absorbería el patrimonio, deudas y obligaciones legales de la empresa Industrias Mecánicas del Estado (IME).
La Ley N° 22177 de 1980 facultó al Poder Ejecutivo Nacional para proceder a la privatización parcial o total de aquellas empresas, sociedades, establecimientos y otras haciendas productivas que oportunamente determinara y cuya propiedad correspondiera, total o parcialmente, al Estado Nacional.
El respectivo proceso de privatización de las mismas, estuvo a cargo de los Ministerios y organismos a través de los cuales mantenían sus relaciones con el Poder Ejecutivo Nacional.
El Decreto 654/87 dispuso la licitación pública nacional e internacional de las acciones que el Estado nacional, a través del Ministerio de Defensa y de Tecnología Aeroespacial Sociedad Anónima, tuvieran en FORJA Argentina S.A.
El Decreto N° 1312/87 instruyó al Ministerio de Defensa a dirigir el proceso de privatización, debiendo el Directorio de FORJA Argentina S.A. promover los trámites para efectuar la reforma estatutaria de la sociedad que fuera necesaria a tal fin. En este marco se convocó a una licitación pública nacional por Resoluciones 1013/88 y 1278/88, que fue declarada desierta por Resolución Nº 163/89, todas ellas del citado Ministerio.
En virtud de los objetivos contemplados en el proceso de Reforma del Estado iniciado por Ley N° 23696 y su Decreto Reglamentario N° 1105/89, el Decreto 428/90 declaró intervenida a FORJA Argentina S.A. para reorganizarla en función de su privatización, la que fue emprendida por venta de acciones en licitación pública nacional e internacional conforme las disposiciones del Decreto complementario N° 1384/90.
Bajo el nuevo marco legal, el proceso licitatorio se desenvolvió en varias oportunidades. La primera adjudicación se concretó mediante Resolución Nº 1504/90 del Ministerio de Defensa, pero fue dejada sin efecto por Resolución N° 20/91 del mismo organismo, realizándose una nueva convocatoria. Por Resolución N° 1148/91, el Ministerio de Defensa adjudicó el paquete mayoritario de acciones. Ante un nuevo intento infructuoso, por Resolución N° 1009/92 se lanzó una nueva convocatoria para la venta de la totalidad del paquete accionario, la cual fue declarada desierta por Resolución N° 2005/92. Ante el fracaso de los sucesivos llamados a licitación, la Resolución N° 381/93 puso fin a la intervención y declaró en estado de liquidación a la empresa, otorgando al Liquidador designado amplias facultades para enajenar los bienes de ésta. En tal sentido, la Resolución N° 443/93 dispuso la venta de la totalidad de los bienes muebles e inmuebles de la institución.
En 1994, en el marco de la Resolución Conjunta del Ministerio de Defensa y el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos N° 125 y 100 respectivamente, por la cual se transfirieron a la Subsecretaría de Normalización Patrimonial del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos las acciones y activos de empresas en liquidación del área del Ministerio de Defensa, se decidió aplicar el mismo criterio a FORJA Argentina S.A. (e.I.) mediante Resolución Conjunta N° 1499/MD y 1163/MEOYSP de los citados Ministerios. Finalmente, por Resolución Nº 516/97 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos se dio por concluida la liquidación de la empresa.

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