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Notice d'autorité

Dirección Nacional de Migraciones

  • AR-AGN-ISAAR-DNM01_02
  • Collectivité
  • 1876 - Hasta la actualidad

Los orígenes de la Dirección Nacional de Migraciones pueden ubicarse hacia 1876, año en que fue creado el Departamento General de Inmigración. La Dirección Nacional de Migraciones continúa vigente hasta la actualidad encargándose de la aplicación de la normativa migratoria y de la implementación de las políticas públicas en la materia.
En relación con sus orígenes, la Constitución Nacional sancionada en 1853 manifestaba una actitud receptiva por parte de nuestro país hacia “todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino”, reflejada tanto en su Preámbulo como en sus artículos 20, 25, 67. Sin embargo, el primer marco legal-institucional para la política migratoria se estableció, veintitrés años después, con la Ley Nº 817 de 1876. Esta norma creó el Departamento General de Inmigración (también denominada Comisaría General de Inmigración) bajo la dependencia del Ministerio del Interior, con las siguientes funciones: 1.-fomentar la inmigración y garantizar su distribución; 2.-asegurar el carácter honorable y laboriosos de los ingresados; 3.-inspeccionar los buques conductores de inmigrantes, velando por el cumplimiento de las condiciones de alojamiento, alimentación, higiene y seguridad requeridas; 4.-exigir a los capitanes de buques la documentación y otros informes necesarios; 5.-proveer a la colocación de los inmigrantes por intermedio de oficinas de trabajo; 6.-proponer al Poder Ejecutivo todas las medidas favorables a la inmigración; 7.-llevar un registro del ingreso de cada inmigrante donde conste su nombre y apellido, edad, sexo, estado, patria, religión, oficio, nivel de alfabetización, punto de salida y punto de colocación; 8.-presentar una memoria anual.
Esta ley se reglamentó por primera vez a través del Decreto del 03/04/1880, que implementó la visita de inmigración, y mediante el decreto del 31/12/1923, que se centró en las normas regulatorias del ingreso y del procedimiento de las inspecciones.
La legislación migratoria no sufrió cambios relevantes entre los años 1882 y1954, fracasando todos los intentos de llevar a cabo una transformación integral, como los de los años 1923, 1938 y 1949. Las modificaciones fueron efectuadas mediante leyes y decretos aislados, e involucraron aspectos parciales de la ley original: venta, arrendamiento o concesión de tierras; condiciones / restricciones al ingreso; procedimiento de inspección; sanciones; aranceles.
Durante el primer gobierno peronista, la política migratoria fue subordinada a proyectos integrales como el 1er. y 2do. Plan Quinquenal de los años 1947 y 1952 respectivamente. La falta de adaptación de la ley general a los cambios experimentados por la inmigración y por los objetivos políticos de las sucesivas gestiones abrió una brecha entre el marco legal y la práctica administrativa. La manera de compensar esta falencia fue el recurso permanente a cambios procedimentales y la superposición de condiciones de ingreso al país.
En cuanto a la condición del organismo y su pertenencia institucional, se pueden apreciar varios cambios. En 1886, la Ley Nº 1.910 dispuso su primer traslado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. En 1898, la Ley Nº 3.727 de organización de ministerios asignó las funciones correspondientes a inmigración y colonización al Ministerio de Agricultura; en el mismo año, el Departamento se transformó en Dirección General de Inmigración. En 1943, el Decreto-Ley Nº 15.174 de creación de la Secretaría de Trabajo y Previsión la incorporó a esta última. En 1949, el Decreto Nº 2.896 de creación de la Dirección Nacional de Migraciones colocó a la institución en la esfera de la Secretaría Técnica de Presidencia, que con motivo de la Reforma Constitucional del mismo año se convirtió en el Ministerio de Asuntos Técnicos. En la actualidad la Dirección Nacional de Migraciones funciona en la órbita del Ministerio del Interior.

Comisión N° 33 "Dirección de Aduana y Contrabando"

  • AR-AGN-ISAAR-CO3301_02
  • Collectivité
  • 1956-1958

Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 33 "Dirección de Aduana y Contrabando" estaba integrada por un presidente, un secretario y dos vocales. Sucedió a una comisión anterior de corta duración que, según las autoridades de la nueva organización, prácticamente no habían realizado avances. Se investigaron irregularidades relacionadas con contrabando aéreo y marítimo, importaciones efectuadas indebidamente, retiro de mercaderías sin documentar y sin pago de derechos. Las responsabilidades determinadas por la Comisión se remiten en primera instancia al mismo Presidente de la Nación y sus colaboradores más cercanos, continuando con numerosos funcionarios del Poder Ejecutivo de alto nivel (ministros y secretarios), así como los correspondientes al área de Aduanas, oficiales de las fuerzas armadas, todos ellos en un marco general de "descomposición administrativa" respecto de la observancia de las normas y cumplimiento de los controles.
La comisión investigó a los siguientes ex funcionarios como partícipes directos o indirectos en presuntas irregularidades: Gómez Morales, (ex Ministro de Asuntos Económicos), Revestido (de Finanzas), Nicolini (de Comunicaciones), Santos (de Industria), Camillo (de Salud), Panalea (Ex Gerente Gral. Del Banco Central de la República Argentina y luego Ministro de Finanzas), Jorge Antonio, Mielasquia como Directores de Aduanas o Administradores de la Aduana de la Capital, un ex Inspector General de la misma, un ayudante de Secretario de Perón y dos jefes de Aeronáutica militar; Atilio Renzi, el ayudante de Perón Mayor Alfredo Renner, Secretaría de Prensa y difusión Raúl A. Apold, Leon Bouché, el Secretario Gral de dicha Secretaría Adolfo Saravia. Se investigaron las causas mediante la comparecencia y declaraciones individuales y requiriendo la documentación complementaria.

Comisión N° 32 Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires

  • AR-AGN-ISAAR-CO3201_02
  • Collectivité
  • 1956-1958

Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 32 "Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires" estaba compuesta por un presidente y nueve vocales. Su trabajo se concentró en el análisis de las obras públicas desarrolladas, con respecto a las cuales se llama la atención sobre la ausencia de datos oficiales en varios casos, así como en el estudio de la validez de las concesiones de servicios eléctricos a la Compañía Argentina de Electricidad (CADE) y la Compañía Italo-Argentina de Electricidad (CIAE), sobre lo cual se observa el extravío del informe elevado al Poder Ejecutivo Nacional por la Comisión Investigadora de los Servicios Públicos de Electricidad de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 4910/43), juzgado de gran importancia para la pesquisa.
La Comisión hizo hincapié en la magnitud de la tarea asignada ante el fuerte incremento presupuestario y burocrático de la Administración Municipal, lo cual se plasma en una evolución en cantidad de agentes de 28000 a 43000 en el período 1943-1955. Quienes conformaron la comisión trabajaron ad-honorem y de manera discontinua. A su vez señalaron que no hicieron un trabajo exhaustivo en materia contable destacando en particular la importancia de analizar las obras públicas del autódromo municipal y el anfiteatro del Parque Centenario.

Comisión N° 35 "F.O.C.A.S.A. y Ley N° 14122"

  • AR-AGN-ISAAR-CO3501_02
  • Collectivité
  • 1956-1958

Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 35 "F.O.C.A.S.A. y Ley N° 14122" estaba integrada por un presidente y cinco vocales.
Se avocó a la investigación de la liquidación de las sociedades del Grupo Bemberg dispuesta por la ley mencionada, junto con sus antecedentes, con el fin de demostrar que el gobierno vigente al momento había fraguado un plan para perjudicar a la familia Bemberg, subordinando y manipulando para ello al Poder Judicial. El proceso habría sido ejecutado por un consejo integrado por el Ministro de Asuntos Políticos, Román Subiza, los presidentes de los Partidos Peronistas Masculino y Femenino, Sr. Teisaire y Sra. de Parodi, y el Secretario General de la Confederación General del Trabajo. Los principales beneficiarios del plan habrían sido la Fundación Eva Perón y la Federación de Obreros Cerveceros y Afines. En el caso de los segundos, el beneficio iba a ver la entrega de las distintas fábricas del Grupo Bemberg correspondientes a la rama y en proceso de liquidación, promesa que no se concretó.
A fines de agosto 1952, el ex juez Doctor Segovia había dictado resoluciones declarando expresamente excluidas de los alcances de la ley número 14122 a varias sociedades que luego fueron investigadas: Invernadas San Sebastián, Colonias y Estancias El Rodeo, Vivina Fomel, Malteria y Cervecería de Los Andes, Cervecería Schlau, Cervecería del Norte, entre otras.

También se investigó la adquisición de la manufactura Algodonera Argentina por parte del estado.
En relación con dicha investigación, se indagó a su vez en lo actuado a partir de la expropiación de las propiedades de la familia Bemberg que no fueron alcanzadas por la incumbencia de la ley 14122.
Por otra parte, se investigó a la Dirección General Impositiva y su accionar en la liquidación del grupo Bemberg. Por último, se investigaron las comisiones liquidadoras de las sociedades.

Comisión N° 53 "Caja Nacional de Ahorro Postal"

  • AR-AGN-ISAAR-CO5301_02
  • Collectivité
  • 1955-1956

Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 53 "Caja Nacional de Ahorro Postal" fue creada para investigar la gestión de la escuela de referencia. Estaba integrada por un presidente y cuatro vocales. Se investigaron denuncias por irregularidades en la compra de terrenos y construcción de viviendas, por distribución de armas, desvío de recursos, adscripciones, designaciones, sanciones y promociones indebidas de personal, anomalías en contrataciones. A nivel general, se acusó al gobierno peronista de haber utilizado los fondos recibidos por la institución con fines políticos y propagandísticos partidarios, lo que habría conllevado la violación de los principios de la carta orgánica de la entidad, la minimización de los controles y el desorden administrativo.
En concreto, se investigaron irregularidades imputables al Ex Presidente de la Caja Nacional de Ahorro Postal, Contador Público Alberto V. Musis, la irregularidades imputables al Ex Gerente de Administración de la Caja Nacional de Ahorro Postal, Capitán ( r) Alberto S. Domínguez, presuntas irregularidades en compra de terrenos en Florencio Varela, denuncia sobre distribución de armas en la institución los días 16 de junio y 16 de septiembre de 1955, adscripción de empleados a otros organismos, sindicatos y al Partido Peronista, presunto uso indebido de patrimonio de la institución.

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