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Sociedad Fotográfica Argentina de Aficionados

  • AR-AGN-ISAAR-SFAA01_02
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  • 1889-1926

La Sociedad Fotográfica Argentina de Aficionados (SFAA) fue fundada el 29 de abril del año 1889. Los integrantes de esta asociación civil pertenecían a familias destacadas del ámbito cultural y político de las principales ciudades argentinas, en especial de Buenos Aires.
En sus inicios, las reuniones de la sociedad se realizaron en la casa del Dr. Francisco Ayarza. La primera sede funcionó en una galería de la calle Florida al 365 y luego se establecieron en avenida de Mayo 833.
Entre sus socios figuraron personalidades como Leonardo Pereyra; primer presidente de la entidad, Francisco Ayerza, Federico Lacroze, Francisco P. Moreno, Estanislao Zeballos y Marcelo T. de Alvear.
El principal objetivo de la SFAA era la promoción de la fotografía como actividad cultural y la elaboración de un archivo de imágenes de interés científico y artístico. Entre sus miembros no aceptaban a fotógrafos profesionales. Además, cada integrante debía renunciar a la autoría de los registros y la firma era colectiva, utilizando la sigla de la asociación S.F.A. de A.
Otras de sus principales actividades fueron la organización de concursos, charlas, talleres y la edición de álbumes de producción colectiva que permitieron la difusión de sus trabajos. Algunos de sus integrantes, como Eduardo Martínez de la Pera y Ernesto Gunche, incursionaron en el cine.
Entre las temáticas abordadas predominaron las vistas urbanas y rurales, los espacios públicos y plazas de las principales ciudades. Combinaron el registro de la modernización y el desarrollo de la Argentina, en torno al progreso, el avance de la tecnología y el trasporte, y la exaltación de las costumbres y paisajes de la Argentina que reforzaban la imagen de la Nación.
En el año 1926 la Sociedad Fotográfica Argentina de Aficionados se disolvió. Aún se desconoce el momento en el que su patrimonio ingresó al Archivo General de la Nación. Se infiere que la documentación fue donada al Archivo Gráfico de la Nación, ya que en la serie Libros de inventarios, de la sección Departamento Documentos Fotográficos, del subfondo [Acervo Gráfico, Audiovisual y Sonoro], se registra el primer número de inventario asignado a una fotografía del álbum 1 el día 17 de enero de 1956. Del mismo registro se extrae la información de la forma de ingreso, aunque no se detalla la procedencia de la donación.

Agua y Energía Eléctrica

  • AR-AGN-ISAAR-AE01_01
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  • 1947-1992

Los antecedentes de Agua y Energía Eléctrica se encuentran en el dictado del Decreto
N. º 2389/45, que establecía la estructura y régimen legal para el funcionamiento de la Dirección Nacional de la Energía. En dicha norma, se permitía a la mencionada Dirección a producir, transmitir, distribuir y vender energía eléctrica destinada a la prestación de servicios públicos de electricidad de jurisdicción nacional, pudiendo celebrar convenios con provincias y municipios, y dando especial preferencia a la producción de energía hidroeléctrica. En particular, la Dirección General de Centrales Eléctricas del Estado tendría a su cargo el estudio, proyecto, ejecución y explotación de centrales eléctricas hidráulicas y térmicas. A su vez, una Comisión coordinadora integrada por representantes de la Dirección Nacional de la Energía y la Administración Nacional del Agua se reunirían para coordinar los estudios y planes relativos al aprovechamiento hidroeléctrico de las fuentes de energía y a la construcción de las obras comunes destinadas a la utilización integral del agua.
Posteriormente, los esfuerzos continuaron yendo en el sentido del curso dispuesto por la normativa. En primer lugar, el Decreto N. º3121/47 concretó la desintegración de la Administración Nacional del Agua y la incorporación de la Dirección General de Irrigación a la Secretaría de Industria y Comercio. A continuación, el Decreto N.º 3967/47 creó Agua y Energía Eléctrica como Dirección General bajo dependencia de la Secretaría de Industria y Comercio, a partir de la fusión de la Dirección General de Centrales Eléctricas del Estado y la Dirección General de Irrigación y a través del Decreto N.º 9932 se establecieron sus funciones.
La nueva Dirección absorbía las facultades y atribuciones definidas por la Ley N. º 6546 y su Decreto reglamentario y los Decretos de fechas 22 de noviembre y 25 de octubre de 1932, que encomendaban al Poder Ejecutivo la preparación de los proyectos definitivos para la ejecución de las obras necesarias para el aprovechamiento de los ríos Negro, Limay, Neuquén, Segundo, Tercero, Quinto, Seco, Río de los Sauces, Mendoza, Atuel, Diamante, Tunuyán, Salado, Colorado y Dulce.
Con motivo de la adaptación a la Ley N.º 13653 de aquellas entidades descentralizadas que desempeñaran actividades de carácter industrial, comercial o de explotación de servicios públicos que el Estado, por razones de interés público, considerara necesario desarrollar, el Decreto N.º 17371/50 dispuso la constitución de Empresas Nacionales de Energía (ENDE), dependiente del Ministerio de Industria y Comercio, aglutinando para sí las Direcciones Generales existentes dedicadas a esa actividad (lo que incluía a Agua y Energía Eléctrica), cuyo gobierno asumía, conservando aquellas su individualidad y denominación particular al solo efecto de la gestión económica con el aditamento ENDE. Posteriormente el Decreto 6456/55 dispuso la disolución del organismo precedentemente mencionado y la creación de nuevas Empresas del Estado con la base de las que integraban el mismo. En este sentido, el Decreto N. º 1488/57 confiere a la Empresa Nacional Agua y Energía Eléctrica -ENDE – carácter autárquico y un directorio para su administración, integrado por un presidente y 2 vocales, uno con competencia en problemas hidráulicos y el otro en energía eléctrica. Poco después, el Decreto N. º 14004/57 aprueba el estatuto orgánico de la empresa, con carácter autárquico, dependiente del Ministerio de Comercio e Industria. El gobierno y administración de la organización descansaría en un directorio integrado por un presidente y 4 vocales, todos ellos designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del citado Ministerio.
La organización del sector eléctrico cobrará nuevo impulso con la Ley N. º15336 de 1960, que reglamenta las actividades de la industria eléctrica destinadas a la generación, transformación y transmisión, o a la distribución de la electricidad, en cuanto las mismas correspondan a la jurisdicción nacional. Esta norma creó un Consejo Federal de la Energía Eléctrica como órgano asesor y consultor del Poder Ejecutivo Nacional en la materia, del que formaba parte el presidente del directorio de Agua y Energía Eléctrica. Además, la empresa tomaba a su cargo el despacho de cargas en la Red Nacional de Interconexión y él manejo y funcionamiento de las Sistemas Eléctricos del Estado, sumando las siguientes atribuciones: comprar la energía eléctrica a las centrales integrantes de la Red Nacional de Interconexión y atender a su comercialización mediante la venta a las empresas u organismos prestatarios de servicios públicos de electricidad, y a las grandes industrias; establecer anualmente él régimen de funcionamiento de cada central integrante de la Red Nacional de Interconexión; impartir las órdenes necesarias para él despacho de cargas, de acuerdo con las normas preparadas por la Secretaria de Energía y Combustibles. Luego, el Decreto N. º17004/66 declaró de jurisdicción nacional los servicios públicos de electricidad que prestaba el Estado nacional por intermedio de Agua y Energía Eléctrica y sus demás entes especializados, en sus distintas etapas de generación, transformación, transmisión distribución y comercialización. El Decreto N. º8562/72 fortalecerá las atribuciones de la empresa sobre el Despacho de Cargas en sus distintos niveles (Nacional, Unificado y Regionales).
El Decreto N. º 3907/77 transformó a Agua y Energía Eléctrica de Empresa del Estado en Sociedad del Estado, ajustando su organización a las disposiciones de la Ley N. º 20705 de 1974 y aprobando su respectivo Estatuto, donde se amplía el directorio y se adapta el funcionamiento de la empresa a la Ley N. º 19550 en lo que corresponde. En 1980, el Poder Ejecutivo Nacional recupera las facultades asignadas mediante la Ley N. º18586 de 1970 para transferir a las provincias organismos y funciones nacionales existentes en los territorios provinciales. De esta manera, mediante el Decreto N. º 258/80 se declaró comprendidas en las disposiciones de la ley a las empresas y sociedades del Estado. Fue así como se decidió la transferencia de los servicios de distribución de energía eléctrica y de riego a cargo de Agua y Energía Eléctrica a las provincias, con la excepción de La Rioja, Santiago del Estero, Tucumán, Río Negro y Mendoza.
Con el inicio del proceso de reforma del Estado mediante la Ley N. º 23696 y su Decreto Reglamentario N. º 1105/89, se fijó el ordenamiento institucional empresario para el sector eléctrico en una Empresa Federal de Energía Eléctrica (EFEE) que involucraba a Agua y Energía Eléctrica, HIDRONOR y la generación de energía de otras empresas nacionales, resolviéndose también la concesión de la distribución y comercialización. Mediante Resolución N. º183/89, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos asumió la gestión operativa de la empresa. Con el Decreto N.º 1374/90 se declara en emergencia a las empresas nacionales correspondientes al Sistema Electro energético Nacional y crea bajo la jurisdicción de los Ministerios de Economía y de Obras y Servicios Públicos un Comité de emergencia para impartir las directivas para la operación técnica económica de las empresas y entidades involucradas. En la línea de profundizar el proceso de reformas, el Decreto N. º634/91 dispone la reconversión del Sector Eléctrico, dentro del cual las empresas públicas dedicadas a la actividad debían llevar adelante un programa de descentralización de sus actividades de generación térmica, y eventualmente hidroeléctrica, a fin de transferir, mediante mecanismos de venta o concesión de sus centrales a inversores privados, reestructurándose a tal fin.
En el año 1992 se sancionó la Ley N. º24065 y su Decreto Reglamentario N. º 1398, estableciendo el nuevo Marco Regulatorio Eléctrico y declarando sujeta a privatización total la actividad de generación y transporte a cargo de Agua y Energía Eléctrica, SEGBA e HIDRONOR. A los fines del proceso la empresa fue dividida en 23 unidades de negocio: 1 de transporte; 9 de generación térmica; 8 de generación hidráulica; 1 de generación hidrotérmica y 4 de transporte de energía eléctrica por distribución troncal. La adjudicación de las distintas unidades de negocios fue por demás compleja, e implicó la creación de sociedades por cada unidad de negocio, la aprobación de sus estatutos y de los pliegos para los distintos concursos, el llamado a cada concurso y la adjudicación final. Por otra parte, se completó la transferencia de los servicios de distribución de energía y de riego, pendientes desde 1980, a diversas provincias, así como la transferencia de complejos hidroeléctricos, centrales térmicas e infraestructura de transporte y distribución, todo lo cual implicaba aprobación de convenios interjurisdiccionales. Finalmente, aportó personal para integrar el Ente Nacional Regulador de Energía Eléctrica (ENRE), organismo creado por la ley para ejercer el poder de policía y control de la calidad, vigilancia, fomento de las prácticas competitivas y cuestiones tarifarias.
Cumplidos los objetivos, el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos puso fin a la intervención de Agua y Energía Eléctrica a través de su Resolución N. º 394/96 y declaró su estado en liquidación, finalizada mediante la Resolución N. º 587/2000 del Ministerio de Economía.

El Cronista Comercial

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  • 1908-Hasta la actualidad

En 1892 comienza a funcionar la empresa La Comercial cuyo objetivo era informar a sus socios cuáles eran los movimientos del mercado. Eran sus dueños Antonio Martín Giménez, Rafael Severino Perrotta, Luis Zambrini y Carlos Liberatore. Luego de unos años deciden profundizar estos informes creando el periódico El Cronista Comercial a partir de 1º de noviembre de 1908. Se vendió a través de suscripción hasta 1971 cuando comenzó a ser comercializado al público en la calle. Sus primeros directores fueron Martín Giménez hasta 1919, luego Perrotta hasta 1922 y Carlos Malagarriaga hasta 1947 en que asumió Duilio Anzisi, Rafael Andrés Perrotta comparte dirección desde 1950 y luego seguirá él sólo en la conducción. En sus comienzos, el diario tenía un volumen de cuatro páginas y un formato sábana. En 1960 se funda la razón social Sociedad Anónima de Ediciones e Impresiones (Sadei) de la cual el periódico dependió hasta la década del 2000. A partir de la década del setenta cambiará su formato a tabloide. En 1976 pasó a formar parte del grupo Sasetru y, en 1986, se incorporó al grupo de medios de comunicación que estaba construyendo Eduardo Eurnekian. En esta etapa, su primer director fue Raúl Burzaco. Según lo que informa el propio diario en su nota celebratoria de sus 110 años, El Cronista Comercial comenzó a publicar notas a través de Internet en 1994, siendo el primer diario argentino en hacerlo. La publicación fue comprada por el grupo editorial español Recoletos en el año 2000 con lo que pasó a formar parte del conglomerado de medios británico Pearson y comenzó a ser impresa en color salmón como todos los periódicos económicos del grupo (Financial Times, The Economist, entre otros). Desde septiembre de 2006 su presidencia está a cargo de Francisco de Narváez.
Su identificación internacional como publicación seriada es ISSN: 0325-5212 y actual dirección Avenida Paseo Colón 746, 1º piso. CABA. A lo largo de toda su existencia ha mantenido su perfil de medio especializado en información bursátil.

F.O.R.J.A. Argentina

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  • 1954 - 1997

FORJA Argentina S.A. se constituyó en 1955 a partir de un convenio firmado en 1954 entre el empresario Jorge Antonio y el Estado nacional, por intermedio de Industrias Aeronáuticas y Mecánicas del Estado (IAME). La sociedad era dirigida por un directorio, en el que fungía como presidente el citado empresario.
Como consecuencia del golpe de Estado de 1955, el nuevo gobierno dispuso por Decreto-Ley N° 5148/55 la interdicción masiva sobre personas y empresas ligadas al gobierno precedente, creándose la Junta de Recuperación Patrimonial a los efectos de “restituir a la Nación los bienes materiales e inmateriales” de los que hubiera sido desposeída por la anterior Administración y tomar a su cargo la guarda, depósito, fiscalización y administración de los activos en cuestión.
FORJA Argentina S.A. fue una de las sociedades incluidas en este acto. En consecuencia, la Junta designó a un delegado interventor en la empresa, asistido por un sub-delegado, y estableció que su dirección y administración correría por cuenta de un Consejo de Administración de 3 miembros a designar por el primero de los mencionados. Esta situación se prolongaría hasta 1958, cuando la interdicción fue levantada por Decreto N° 1732/58, asumiendo la Comisión Liquidadora Decreto–Ley N° 8124/57 la misión de entregar los bienes de la sociedad a una nueva administración bajo la forma de directorio.
En 1967, la Comisión Liquidadora Decreto–Ley N° 8.124/57, cuya función principal era cumplir con las disposiciones de la de Ley N° 19980/56 en lo que respecta a la transferencia de los bienes enajenados a los interdictos en virtud de sentencia firme de la Junta de Recuperación Patrimonial, dispuso la transferencia al Estado nacional de las acciones de FORJA Argentina S.A. conforme orden judicial, lo que se haría efectivo mediante Decreto N° 8104 del mismo año, siendo beneficiario el Ministerio de Defensa.
Vale destacar que desde la intervención de la empresa en 1955 hasta 1971, el paquete accionario de la empresa tuvo participación de la Comisión Liquidadora Decreto–Ley N° 8124/57 (1958-1967), la Dirección Nacional de Fabricación e Investigación Aeronáutica-DINFIA, sucesora de IAME (1956-1967), Industrias Mecánicas del Estado-IME, sucesora de DINFIA (1968-1981), DIVEMA SA (1963-1965), DINEX SA (1963-1966), CIPA SA (1966-1971) y el Ministerio de Defensa, que desde 1967 sería el accionista mayoritario hasta el cierre de la sociedad.
En 1971, mediante Ley N° 19400 se facultó al Ministerio de Defensa para constituir con FORJA Argentina S.A. una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria bajo el régimen de la Ley N° 17318, con el objeto de desarrollar las actividades propias de las industrias automotriz y mecánica en general y de todas las actividades conexas o que tengan relación directa o indirecta con dichas industrias, inclusive en su aspecto comercial. Para ello absorbería el patrimonio, deudas y obligaciones legales de la empresa Industrias Mecánicas del Estado (IME).
La Ley N° 22177 de 1980 facultó al Poder Ejecutivo Nacional para proceder a la privatización parcial o total de aquellas empresas, sociedades, establecimientos y otras haciendas productivas que oportunamente determinara y cuya propiedad correspondiera, total o parcialmente, al Estado Nacional.
El respectivo proceso de privatización de las mismas, estuvo a cargo de los Ministerios y organismos a través de los cuales mantenían sus relaciones con el Poder Ejecutivo Nacional.
El Decreto 654/87 dispuso la licitación pública nacional e internacional de las acciones que el Estado nacional, a través del Ministerio de Defensa y de Tecnología Aeroespacial Sociedad Anónima, tuvieran en FORJA Argentina S.A.
El Decreto N° 1312/87 instruyó al Ministerio de Defensa a dirigir el proceso de privatización, debiendo el Directorio de FORJA Argentina S.A. promover los trámites para efectuar la reforma estatutaria de la sociedad que fuera necesaria a tal fin. En este marco se convocó a una licitación pública nacional por Resoluciones 1013/88 y 1278/88, que fue declarada desierta por Resolución Nº 163/89, todas ellas del citado Ministerio.
En virtud de los objetivos contemplados en el proceso de Reforma del Estado iniciado por Ley N° 23696 y su Decreto Reglamentario N° 1105/89, el Decreto 428/90 declaró intervenida a FORJA Argentina S.A. para reorganizarla en función de su privatización, la que fue emprendida por venta de acciones en licitación pública nacional e internacional conforme las disposiciones del Decreto complementario N° 1384/90.
Bajo el nuevo marco legal, el proceso licitatorio se desenvolvió en varias oportunidades. La primera adjudicación se concretó mediante Resolución Nº 1504/90 del Ministerio de Defensa, pero fue dejada sin efecto por Resolución N° 20/91 del mismo organismo, realizándose una nueva convocatoria. Por Resolución N° 1148/91, el Ministerio de Defensa adjudicó el paquete mayoritario de acciones. Ante un nuevo intento infructuoso, por Resolución N° 1009/92 se lanzó una nueva convocatoria para la venta de la totalidad del paquete accionario, la cual fue declarada desierta por Resolución N° 2005/92. Ante el fracaso de los sucesivos llamados a licitación, la Resolución N° 381/93 puso fin a la intervención y declaró en estado de liquidación a la empresa, otorgando al Liquidador designado amplias facultades para enajenar los bienes de ésta. En tal sentido, la Resolución N° 443/93 dispuso la venta de la totalidad de los bienes muebles e inmuebles de la institución.
En 1994, en el marco de la Resolución Conjunta del Ministerio de Defensa y el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos N° 125 y 100 respectivamente, por la cual se transfirieron a la Subsecretaría de Normalización Patrimonial del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos las acciones y activos de empresas en liquidación del área del Ministerio de Defensa, se decidió aplicar el mismo criterio a FORJA Argentina S.A. (e.I.) mediante Resolución Conjunta N° 1499/MD y 1163/MEOYSP de los citados Ministerios. Finalmente, por Resolución Nº 516/97 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos se dio por concluida la liquidación de la empresa.

Comisión Administradora de Bienes del Grupo Bemberg – Ley14.122

  • AR-AGN-ISAAR-CABGB01_02
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  • 1953 - 1959

La Comisión Administradora de bienes del Grupo Bemberg fue creada por decreto 7365/53 para administrar los bienes de las empresas de los Bemberg.
Otto Peter Bemberg, banquero e industrial de origen alemán radicado desde 1850 en Buenos Aires, había sido el fundador, en 1890, de la Brasserie Argentina (Quilmes, provincia de Buenos Aires), primera cervecería del país con oficinas en París. Con un desarrollo básico alrededor del negocio de la cerveza el denominado Grupo Bemberg diversificó sus actividades: adquisición de tierras, gráfica, tranvías, inmuebles e instituciones de crédito.
En 1944, el gobierno de facto del General Edelmiro Farrell tomó algunas medidas en contra de la familia, lo que los movió a abandonar el país. Mediante el Decreto 9997/48, el Poder Ejecutivo Nacional le retiró la personería jurídica a una gran cantidad de empresas pertenecientes a Federico Otto y Otto Sebastián Bemberg, en medio de acusaciones de fraude y actividades lesivas del bien público.
Posteriormente, la Ley 14.122 del año 1952 prescribió la liquidación de los bienes del Grupo, los que serían adquiridos, en su mayoría, por la Dirección Nacional de Industrias del Estado. Con la misión declarada de administrar eficaz y eficientemente las empresas de los Bemberg, se creó la Comisión Administradora de bienes del Grupo Bemberg por decreto 7365/53. El decreto 7445/53 designó a los directivos de la Comisión, la que estaría presidida por el ministro de Hacienda. Finalmente, el decreto 547/59 devolvió los bienes expropiados y cerró las causas entre el Grupo Bemberg y el Estado.

Empresa Editorial Haynes

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  • 1904 - 1971

La Empresa Haynes de Publicidad fue fundada por Alberto M. Haynes en 1904. Su primer emprendimiento fue una revista para las familias argentinas, que pasó a llamarse "El Hogar". Debido al éxito obtenido con dicha publicación, en 1911 comenzó a editar una segunda revista a la que se denominó "Mundo Argentino".
En 1919 se constituyó la Empresa Editorial Haynes Limitada para adquirir los activos y pasivos de la compañía fundada por Alberto Haynes, siendo autorizada por Decreto del 31/05/1920 a funcionar como sociedad anónima conforme las disposiciones de la Ley N° 2637 de 1889 (Código de Comercio) y efectuando la correspondiente inscripción en el Registro Público de Comercio.
Conforme los estatutos aprobados en aquella oportunidad, la sociedad tenía por objeto editar y administrar o explotar las revistas “Mundo Argentino” y “El Hogar”, adquiridas a Alberto Haynes por aquel acto, y toda nueva publicación, revista, libro, diario, así como adquirir, arrendar y contratar publicaciones de éste u otro género.
En 1923, la empresa inauguró la parte principal del edificio en el que funcionaría la Administración, Redacciones y Talleres, situado en la calle Río de Janeiro 300, esquina Bogotá, de la Ciudad de Buenos Aires. En el año 1931, la empresa adquirió los activos y pasivos de Editorial Sudamericana, editora del “Diario El Mundo”. En el año 1935, y gracias a una adjudicación por parte del Estado, la Editorial sumó a sus iniciativas editoriales la puesta en marcha de la emisora radial "Radio El Mundo". En 1938 comenzó la publicación de la “Revista Selecta”.
En 1949 aparecieron las publicaciones “Mundo Deportivo”, “Mundo Infantil”, “Mundo Radial” y “Mundo Agrario”. En 1950 se empezó a editar “Mundo Atómico” y se adquirieron los derechos de “PBT”. En 1951 se adquirieron de los derechos de “Caras y Caretas”. Otras publicaciones que pueden mencionarse son “Tía Vicenta”, Diario “El Siglo”, “Mundo Peronista”. Por otro lado, los talleres gráficos realizaban impresiones de publicaciones de otras empresas, entre las que cabe destacar “Así”, “Así es Boca”, “Democracia”, “El alma que canta”, “Rico Tipo”, “Noticias Gráficas”, “Mayoría”, “Esto es”. Entre 1949 y 1954, la empresa conformó una cadena mediante la adquisición de emisoras en todo el país: Radio Cerealista, Radio Santa Fe, Radio General San Martín, Radio Los Andes, Radio Libertador, Radio Córdoba, Radio Comodoro Rivadavia, Radio Mitre, Radio San Luis, Radio Catamarca, Radio Jujuy, Radio Concordia, Radio Antártida, Radio Chaco, Radio Atlántica, Radio Libertad, Radio Libertador, Radio Mitre, Radio San Martín de los Andes, Radio Los Andes, Radio Santa Fe, Radio Tucumán.
La empresa era dirigida y administrada por un directorio, cuyos miembros eran designados por la asamblea de accionistas en reuniones ordinarias o extraordinarias. La organización se estructuraba en gerencias, secciones y departamentos. Por su parte, cada medio de la compañía poseía su propia estructura administrativa, encabezada por un director general o un administrador. En el caso de los medios gráficos, la organización continuaba con un Secretario de Redacción y Encargados de Suplementos. Además, la empresa contaba con una Agencia en la Ciudad de Mar del Plata y corresponsales en distintas ciudades del Interior del país. Durante los primeros gobiernos de Juan Domingo Perón, entre 1946 y 1955, el 51 % de las acciones de la Editorial Haynes fue adquirido por Orlando Maroglio –ex presidente del Banco de Crédito Industrial- y Vicente Carlos Aloé –jefe administrativo de la Presidencia de la Nación- con lo que asumieron la gestión y administración de todos sus medios. Por este motivo, al producirse el golpe de estado de 1955, la empresa fue intervenida por el Estado mediante Decreto Secreto N° 93/55, que fundamentó esta decisión en la voluntad de restaurar el libre e independiente funcionamiento de los órganos informativos de la opinión pública.
Posteriormente, la Junta Nacional de Recuperación Patrimonial asumió la intervención a los fines de investigar la situación general de la empresa en lo relacionado con la difusión y el estado de los capitales que la formaban, sufriendo con ello la interdicción de buena parte de sus bienes. En este sentido, la Junta tomó a su cargo la administración de los bienes que integraban el activo de la empresa, la cual debía continuar con el desarrollo de sus actividades. Por otro lado, acogiéndose a las disposiciones de la Ley N° 14241 y su Decreto Reglamentario N° 25004/53, la empresa fue despojada las emisoras radiales por la anulación de las adjudicaciones mediante Decreto N° 170/55, en virtud del cual el Ministerio de Comunicaciones fue facultado para tomar a su cargo las redes, y viéndose reforzado en esta función por el Decreto N° 686/55. Todo esto dio inicio a un proceso de decadencia económica durante la cual la empresa fue cancelando publicaciones y desprendiéndose de medios.
Tras el fallo de la Junta Nacional de Recuperación Patrimonial, la interdicción fue levantada por Decreto N° 4075/58. Posteriormente, la Secretaría de Comunicaciones suscribió un convenio con la empresa para la adquisición definitiva de los bienes de varias emisoras, siendo aprobado por Decreto N° 11870/58. A partir de entonces la empresa entró en un período de inestabilidad en la gestión hasta que un fraude financiero la colocó en situación de quiebra.
En 1968, la Resolución N° 963 de la Inspección General de Justicia dejó sin efecto la autorización para que la empresa funcionara como sociedad anónima. Como consecuencia de ello, su patrimonio quedó sujeto a la decisión del Poder Judicial, que en el año 1971 terminó rematando las instalaciones. El edificio en el que funcionaba la Sede Central fue finalmente demolido.

Convención Constituyente de la Ciudad de Buenos Aires

  • AR-AGN-ISAAR-CCCBA01-01
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  • 1996/07/19 - 1996/10/01

La Convención Constituyente de la Ciudad de Buenos Aires dio inicio a sus tareas el 19 de julio de 1996. Sus orígenes, sin embargo, pueden remontarse a una serie de acontecimientos previos. La Reforma Constitucional de 1994 promulgada por Ley Nº 24.309 durante la presidencia de Carlos Saúl Menem había habilitado una serie de modificaciones al texto de la Constitución Nacional, las más importantes de las cuales fueron la posibilidad de reelección presidencial, prohibida en la Constitución de 1853, y el establecimiento formal de la autonomía política de la Ciudad de Buenos Aires. A la declaración de la autonomía se sumó en diciembre de 1995 la sanción de la Ley N° 24.620, también conocida como Ley Snopek, que habilitó al Poder Ejecutivo Nacional para convocar la elección de un Jefe y Vicejefe de Gobierno en la Ciudad y de 60 representantes o Constituyentes que dictasen un Estatuto propio. Hasta entonces, la Ciudad de Buenos Aires era el único distrito del país cuyas autoridades ejecutivas eran elegidas por el Poder Ejecutivo Nacional y no tenía una Constitución propia.
El 30 de junio de 1996, se llevaron a cabo los primeros comicios en la Ciudad, resultando elegidos como Jefe y Vicejefe de Gobierno Fernando De La Rua y Enrique Olivera. Asimismo, la lista ganadora en la elección de los Constituyentes fue la encabezada por Graciela Fernández Meijide.
La Asamblea Estatuyente sesionó durante 75 días, comenzando su labor el 19 de julio de 1996. Durante esta primera reunión y sesión preparatoria los constituyentes designaron como presidenta a Graciela Fernández Meijide, como primer vicepresidente a Oscar Shuberoff y como segunda vicepresidenta a Inés Pérez Suárez. La primera sesión plena se realizó el 2 de agosto de 1996 y se dispuso el Reglamento de la Convención Constituyente. Entre otros aspectos descritos, este Reglamento sentó en su artículo 1° la autodenominación de La Asamblea como Convención Constituyente de la Ciudad de Buenos Aires estableciendo como su función principal la redacción del Estatuto Organizativo de la Ciudad. En su Artículo 2°, además, fijó como lugares para las sesiones el Centro Cultural San Martín y la Biblioteca Nacional, siendo esta última el espacio designado para las sesiones ordinarias y para el funcionamiento del plenario de la Convención, sus autoridades y las Comisiones. En este sentido, se establecieron doce Comisiones de trabajo: 1) de Redacción y Normas de Gobernabilidad para la Transición, 2) de Declaraciones, Derechos y Garantías, 3) de Poder Legislativo y Poder Constituyente, 4) de Poder Ejecutivo, 5) de Justicia y Seguridad, 6) de Políticas Especiales, 7) de Sistemas de Control, 8) de Descentralización y Participación Vecinal, 9) de Relaciones Interjurisdiccionales, Partidos Políticos y Mecanismos de Democracia Directa, 10) de Peticiones, Poderes y Reglamento, 11) de Presupuesto y Hacienda, 12) de Labor Parlamentaria. También se estableció la posibilidad de designar Comisiones Especiales para casos no previstos por el Reglamento de la Convención.
Los Convencionales, de acuerdo con sus afinidades políticas, se organizaron en bloques, que de acuerdo con el Reglamento debían representar los mismos partidos, alianzas o frentes que habían concurrido a la elección del 30 de junio de 1996. Las Comisiones se integraron de manera tal que los bloques políticos estuviesen representados en la misma proporción que en el seno de la Convención, y se estipuló que estarían integradas por un mínimo de diez 40 y un máximo de veinte miembros.
Se dispuso también que los Convencionales presentasen en forma de proyecto de texto toda proposición y asunto que tuviese como propósito integrar el texto de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y su Preámbulo, y para la aprobación de las resoluciones de la Convención se fijó como condición la mayoría simple de los votos emitidos, es decir, de más de la mitad de los presentes, salvo excepciones previstas en el Reglamento. Finalmente, se ordenó la utilización de un servicio de taquígrafos organizados por la Presidencia de la Convención para dejar asentadas versiones taquigráficas de los debates.
La Convención Constituyente revisó las limitaciones a la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires representadas en dos leyes en particular, la Ley 24.588, llamada Ley de Garantías y conocida como Ley Cafiero, y la Ley N° 24.620 o Ley Snopek. La Ley 24.588 garantizaba los intereses del Estado Nacional en el ámbito de la Ciudad, mientras que la Ley 24.620 había otorgado al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de convocar a la elección de los sesenta miembros del Poder Legislativo de la Ciudad. En este sentido, la Resolución N° 2 de la Convención declaró que la Asamblea sólo conocía como límites de su trabajo los de la Constitución Nacional y rechazó las limitaciones impuestas a la plena autonomía de la Ciudad por considerarlas inconstitucionales. Asimismo, la Convención reivindicó su facultad para fijar los modos y plazos de la convocatoria a elecciones legislativas de la Ciudad, estableciendo como uno de los deberes del Jefe de Gobierno el convocar a elecciones locales en una fecha que éste determinase.
La Convención también votó a favor de artículos en los que se planteaba que el Jefe de Gobierno discutiese la coparticipación, así como también el manejo de la policía, del puerto y de los juegos de azar, la descentralización de las áreas de administración, la promoción de la participación ciudadana, la preservación saludable del medio ambiente, y la creación de entes reguladores.
La finalización del trabajo de la Convención Constituyente ocurrió el 1° de octubre de 1996 con la aprobación de la redacción final de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

Soberano Congreso Nacional

  • AR-AGN-ISAAR-SCN01_01
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  • 1816/03/24-1820/02/11

El 15 de abril de 1815, como consecuencia de la renuncia de Carlos María de Alvear al Directorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata, asumió el poder el Cabildo de Buenos Aires y a través de un bando nombró como director supremo al General José Rondeau y estableció que ejerza interinamente el Supremo Poder Ejecutivo hasta las resultas del Congreso General de las Provincias que se debería convocar y obtener el nombramiento de los Diputados que lo hayan de componer, fijándoles el mismo Gobierno un lugar intermedio en el territorio de las Provincias Unidas, como punto de reunión para que allí reglamenten la Constitución del Estado.

Esto fue reiterado en el art. XXX del Capítulo I de la Sección Tercera del Estatuto Provisional dictado el 5 de mayo de 1815 donde se le imponía al Director del Estado que luego de posesionarse en el mando debía invitar a todas las Ciudades y Villas de las Provincias interiores que nombraran Diputados para formar la Constitución, los cuales deberían reunirse en la Ciudad del Tucumán.

El Congreso inició sus sesiones el día 24 de marzo de 1816 en la ciudad de San Miguel de Tucumán y nombró como Presidente en turno al Señor Diputado por Buenos Aires, Dr. Pedro Medrano, Vice-Presidente al Señor Diputado por Mizque, Dr. Pedro Ignacio de Rivera.

En Tucumán se reunieron los representantes de todas las Provincias Unidas, incluidas algunas altoperuanas, aunque faltaron las provincias del Litoral (Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes) y la Banda Oriental. En la sesión del 3 de mayo, el Congreso designó a Juan Martín de Pueyrredón como director supremo con autoridad nacional.

Entre los objetivos iniciales del Congreso, además de la declaración de la independencia, se encontraban la celebración de pactos entre las provincias, el establecimiento de una nueva forma de gobierno, la sanción de una constitución, arreglos en el sistema militar y en la marina, modificaciones en las estructuras municipales, la fundación de nuevas ciudades y villas, y la distribución de tierras.

El 9 de julio de 1816 el Congreso declaró que las Provincias de la Unión se proclamaban una nación libre e independiente de los Reyes de España y su Metrópoli.

Por resolución del 25 de septiembre de 1816, el Soberano Congreso Nacional se trasladó a Buenos Aires, continuando con las deliberaciones hasta febrero de 1820.

Durante su existencia alcanzó a redactar dos proyectos constitucionales que no prosperaron. Primero, el Reglamento Provisorio sancionado por el Soberano Congreso de las Provincias Unidas de Sud-América para la dirección y administración del Estado del 3 de diciembre de 1817 y, más tarde, la Constitución de las Provincias Unidas de Sud América del 30 de abril 1819. Esta última constitución fue rechazada por los ejércitos del Litoral.

El 3 de febrero de 1820 la Sala del Congreso decidió suspender las sesiones del Congreso.

Compañía de Jesús

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  • 1534/08/15-1767/03/27

La Compañía de Jesús fue fundada el 15 de agosto de 1534 en Francia por el español Ignacio de Loyola y aprobada por el Papa Paulo III en 1540.

La organización y los principios rectores de las actividades de la Compañía de Jesús se establecieron en el Institutum Societatis Iesu, un documento que contenía la legislación general de la Orden, así como ciertas indicaciones prácticas para orientar sus actividades.

La Compañía arribó a América en 1540 y las primeras misiones que desembarcaron en el Río de la Plata, lo hicieron a partir de las gestiones realizadas por el diocesano del Tucumán, Monseñor Vitoria. En Buenos Aires, la primera casa o colegio de la Compañía de Jesús se fundó en 1608 y su licencia eclesiástica fue expedida por el Vicario General de la Diócesis del Río de la Plata. El Cabildo de Buenos Aires le cedió un solar ubicado en la Plaza Mayor, a metros de la fortaleza emplazada sobre la costa del río. Además, allí se construyó una capilla adjunta consagrada a Nuestra Señora de Loreto. A mediados del siglo XVII, y debido a la necesidad de liberar el frente oeste de la Fortaleza para completar las obras defensivas del puerto de Buenos Aires, el Colegio fue demolido. Luego de un arreglo realizado entre el gobernador Mercado y el Padre Rector del Colegio, Cristóbal Gómez, los jesuitas cobraron una indemnización con la cual adquirieron un terreno en la calle de la Santísima Trinidad, actual Bolívar, en el que edificaron, en 1662, el Colegio de San Ignacio y su iglesia adyacente.

En cumplimiento de la Fórmula de la Compañía de Jesús que establecía que la orden podía tener colegios de escolares, para comodidad de los estudios, dondequiera que algunas personas se decidieran por su devoción a construirlos y dotarlos, los jesuitas fundaron en Buenos Aires el Colegio de San Ignacio. Allí se enseñaban primeras letras, Gramática, Filosofía y Teología, de acuerdo a los lineamientos de la Ratio Studiorum, el programa de estudios de la Compañía que se hizo obligatorio a partir de 1599. El Colegio no expedía títulos superiores, era una institución dedicada a la educación media, y, sobre todo, a la formación católica.

La Compañía de Jesús estaba también a cargo de los pueblos misionales, una organización donde confluyeron religiosos e indígenas. El primero se estableció en 1610 en el sudeste del Paraguay, entre los ríos Tebicuary y Paraná llamado Misión de San Ignacio Guazú. Luego se fundaron las misiones de Salta, San Miguel de Tucumán y Santiago del Estero, como así también algunos asentamientos en el sur patagónico. El funcionamiento de las misiones se encontraba sujeto, por un lado, a la legislación indiana y, por el otro, a la interna de la Orden. Dentro de la estructura política del Imperio español, los pueblos respondían a los órganos superiores como el Rey o el Consejo de Indias y, en la práctica, a los gobernadores. Internamente, los jesuitas manejaban la administración espiritual y temporal de cada población en forma descentralizada. En las reducciones funcionaba un Cabildo, presidido por el Corregidor. Éste era elegido generalmente a perpetuidad por los caciques y su designación debía ser confirmada por el gobernador. Otras autoridades del ayuntamiento eran los alcaldes de primer voto y de segundo voto, que velaban por las buenas costumbres, castigaban a holgazanes y vagabundos y vigilaban a quienes se apartaran de sus deberes. Los secundaban cuatro alcaldes de barrio y ocho comisarios para los cuarteles. Además del corregidor y los alcaldes, el Cabildo estaba integrado por un teniente de corregidor, un alguacil, cuatro regidores, un alguacil mayor, un alférez real, un escribano y un mayordomo, del cual dependían los contadores, los fiscales y los responsables de los almacenes. Los integrantes del Cabildo eran electos en una asamblea general, por todos aquellos que dejaban el cargo, el 1 de enero de cada año. Los regidores inspeccionaban el aseo y la limpieza en los lugares públicos y privados, y controlaban la asistencia de los niños a la escuela y al catecismo. El alguacil se encargaba de ejecutar las órdenes del Cabildo y de la justicia. En la organización económica de las misiones se realizó conjuntamente entre la Compañía, la tradición guaraní y el régimen del gobierno colonial. Las principales ocupaciones de las misiones eran el abastecimiento de los pueblos, la organización de todas las actividades (agricultura, ganadería y artesanías) y de los agentes económicos y la colocación de los productos en el mercado exterior, a fin de cerrar con superávit las cuentas fiscales. El tributo alcanzaba a los indios varones entre los 18 y los 50 años.

Los jesuitas fueron expulsados de todos los dominios de España, Indias, Filipinas y demás adyacentes, mediante un decreto firmado en Madrid el 27 de febrero de 1767 por el Rey Carlos III. En América, se cerraron y expropiaron alrededor de 120 propiedades y estancias que fueron inventariadas y puestas a disposición de la Junta de Temporalidades.

Orden de San Francisco

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  • 1209-c.1811.

La Orden de San Francisco fue fundada por San Francisco de Asís en 1209 y fue aprobada mediante la bula Solet Annuere de 1223 por el papa Honorio III. El arribo de los franciscanos a América se produjo a partir del segundo viaje de Colón en 1493.

La base de la vida religiosa de la orden, era la casa-convento en la que vivía un determinado número de religiosos que practicaban votos de humildad. Los conventos se organizaban en custodias, que eran elevadas a la categoría de provincias. En América, de ellas dependían espiritualmente un número más o menos amplio de pueblos, las llamadas visitas. Cuando eran varias, las visitas se agrupaban en asistencias o vicarías. A todo ese conjunto se lo llamaba doctrina si su finalidad era evangelizar o adoctrinar a los indios. En tanto las doctrinas constituyeron las parroquias de los indios, su equivalente para los españoles fueron los curatos. Cada provincia o misión tenía como cabeza un procurador, quien informaba sobre los asuntos de las misiones, el estado del personal y las urgencias de ayuda, como así también presentaba los memoriales y obtenía nuevas misiones.

Si bien la orden llegó al Río de la Plata en 1538, cuando algunos franciscanos integraron una expedición que arribó al puerto de Santa Catalina, el primer convento francisco en la ciudad de la Santísima Trinidad se estableció en 1583 y fue fundado por el padre Juan Pascual de Rivadeneira. En 1602 comenzó a edificarse la primera iglesia franciscana que fue inaugurada en 1604, después de la celebración del Sínodo en Asunción, presidida por el obispo Loyola. Durante la administración del gobernador y presidente de la Audiencia de Buenos Aires, José Martínez de Salazar, se reconstruyeron las iglesias existentes en la sede bajo su mando, incluida la Catedral. Al mismo tiempo fundaron el convento de recoletos franciscanos.

En 1735, la orden tenía establecimiento en Buenos Aires, Tarija, Paraguay y Tucumán y para su mantenimiento recibía asistencia con la limosna de cera, vino y aceite. En 1848 una Real Cédula del 26 de agosto les concedió la licencia para construir un convento en San Pedro. La orden fundó misiones y colegios en las provincias donde se habían establecido. En 1806, la orden recibió a través de una Real Cédula la asignación de una anualidad para la subsistencia del colegio que tenía en Tarija.

El 8 de febrero de 1822, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decretó para los franciscanos lo mismo que había decretado el 13 de diciembre de 1821 para los mercedarios: que las casas de la Orden de regulares, situadas en el territorio de la Provincia, quedaran en entera independencia de todo Prelado o Autoridad Provincial bajo la sola dirección de los presidentes de cada una de ellas y que cada casa y los que las presiden quedaran bajo la inmediata protección del Gobierno y sujetos en lo espiritual a la sola autoridad ordinaria eclesiástica.

En 1823, con la sanción de la ley de reforma eclesiástica, la orden fue alcanzada por las disposiciones de la misma.

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