Showing 89 results

Geauthoriseerde beschrijving
Archivo General de la Nación (Argentina) Instelling

Junta Nacional de Carnes

  • AR-AGN-ISAAR-JNC01_02
  • Instelling
  • 1933 - 1991

La Junta Nacional de Carnes fue creada por Ley 11.747/33, en reemplazo de la Comisión Nacional de Carnes creada anteriormente por el Poder Ejecutivo Nacional.
Hasta su desregulación por Decreto 2284/91, el organismo tuvo diferentes denominaciones y fue modificando sutilmente sus funciones que, sin embargo, no alteraron su misión primaria cual era la de verificar el cumplimiento de las leyes referidas al sector ganadero; establecer normas de clasificación y tipificación del ganado y carnes destinadas al consumo y a la exportación; instrumentar las medidas necesarias para publicitar las carnes argentinas en el exterior, aumentar el consumo y bajar los precios; crear los frigoríficos e instituciones comerciales e industriales que fueran necesarias y controlar la calidad, características y cantidad de carne destinada a la exportación y al consumo interno.
La Institución se integraba con representantes del Poder Ejecutivo Nacional, la Sociedad Rural Argentina, las Sociedades Rurales del Interior, frigoríficos, empresas industrializadoras y, a veces, por representantes del sector obrero.

Instituto Forestal Nacional

  • AR-AGN-ISAAR-IFN01_02
  • Instelling
  • 1973 - 1991

Los antecedentes del Instituto Forestal Nacional se encuentran en la Ley N° 13273 de 1948, que establecía el régimen de defensa, mejoramiento y ampliación de los bosques y tierras forestales. En su artículo 7, la ley creaba la Administración Nacional de Bosques como órgano de aplicación bajo dependencia del Ministerio de Agricultura. La nueva institución estaría integrada por un administrador general y un Consejo de Administración presidido por el administrador general y constituido por el director del Centro Nacional de Investigaciones Agropecuarias, un representante de la Administración Nacional de la Tierra Fiscal, un representante de las provincias adheridas, un representante de los territorios nacionales, un representante de las fuerzas armadas y un representante de la Administración General de Parques Nacionales y Turismo.
Las funciones de la Administración Nacional de Bosques serían: cumplir y hacer cumplir la presente ley y sus reglamentos; administrar el fondo forestal y los bienes e instalaciones que se le asignen, de conformidad con las leyes y reglamentos; confeccionar el mapa forestal y mantenerlo actualizado de acuerdo con el artículo 55; realizar estudios de técnica y de economía forestal de los bosques, tierras forestales, sus productos y subproductos para la defensa, mejoramiento, ampliación y explotación racional del patrimonio forestal, fiscal y privado, y de índole tecnológica y económica para la comercialización y aplicación industrial de los productos y subproductos forestales; fijar planes de forestación y reforestación, realizándolos por administración o por terceros en licitación pública; fomentar y proponer al Poder Ejecutivo la creación de colonias forestales y mixtas, consorcios para la prevención y lucha contra incendios y plagas de los bosques y/o trabajos de reforestación y de cooperativas forestales tendientes al arraigo y mejoramiento de las condiciones de vida de los pobladores de zonas forestales; fomentar el estudio de los problemas forestales, la ejecución de trabajos de defensa, mejoramiento y ampliación de bosques y difundir la educación forestal mediante la organización de exposiciones, conferencias, cursos adecuados y publicaciones y proponer la creación de premios y subsidios de estímulo; instalar y mantener viveros forestales y estaciones experimentales y demostrativas y escuelas de ayudantes forestales, donde sea conveniente; realizar estudios especiales sobre adaptación y ampliación de especies indígenas y exóticas y planificar la formación de tres cortinas forestales de Norte a Sur del país, a saber: 1) Precordillerana, 2) Central, y 3) Atlántica, con especies y variedades adecuadas a las condiciones de clima y suelo; distribuir gratuitamente o a precios de fomento, simientes, estacas y plantas forestales; ejercer, de conformidad con la presente ley y sus reglamentos, la administración de los bosques y tierras forestales del Estado Federal y de las provincias, municipios y entidades autárquicas que le sean conferidos y también los de propiedad particular, cuyo usufructo se expropie; proponer al Poder Ejecutivo las declaraciones formales acerca de los bosques, tierras forestales y tierras de aptitud forestal, que hayan de quedar sometidas al régimen de aplicación de la ley, como así también la nómina de los que deberán ofrecerse para su explotación; adoptar las medidas necesarias para prevenir, combatir y circunscribir los incendios de los bosques y todas las conducentes a la sanidad forestal; proponer el presupuesto de gastos, la reglamentación de la ley y dictar reglamentos internos; llevar estadística forestal completa, que deberá publicarse periódicamente.
Además, la ley creaba una Comisión Nacional de Bosques de carácter honorario, compuesta por un delegado por cada provincia adherida al régimen de la ley y uno por la Dirección General de Investigaciones; la Dirección General de la Energía; la Administración Nacional de Tierras; la Dirección General de Agricultura; la Banco de la Nación Argentina; las fuerzas armadas; el Instituto Argentino de Promoción del Intercambio; los Ferrocarriles Nacionales; la Facultad de Agronomía; los plantadores de bosques; los obreros de la explotación forestal y los representantes de asociaciones agrarias, forestales e industrias vinculadas a las actividades forestales.
En 1973, el régimen forestal experimentó cambios mediante la Ley N° 20531, que declaró de interés público la defensa, regeneración, mejoramiento y ampliación de los bosques, así como la promoción del desarrollo e integración adecuada de la industria forestal. El nuevo órgano de aplicación de la norma sería el Instituto Forestal Nacional, entidad autárquica en jurisdicción del Ministerio de Economía. Su Consejo de Administración estaría presidido por un Director General y constituido por los tres Directores Técnicos del organismo, un representante de la producción forestal, uno de la industria forestal a propuesta de las federaciones específicas respectivas de la Confederación General Económica y un representante de los obreros a propuesta de la Confederación General del Trabajo. La nueva ley modificó también la composición de la Comisión honoraria, compuesta por un delegado por cada provincia adherida al régimen de la ley y uno por el Banco de la Nación Argentina; los productores forestales; los industriales; los industriales de papeles; los fabricantes de madera aglomerada; la Asociación Forestal Argentina; los obreros de la explotación forestal; los obreros de la industria forestal y los representantes de asociaciones agrarias, forestales e industrias, vinculadas a las actividades forestales. Finalmente, se agregaba como nueva función del organismo asesorar y proponer al Poder Ejecutivo las medidas y planes pertinentes en los aspectos que hacen a la industria y comercio internacional de maderas y productos forestales. El Decreto N° 1553/73 estableció la reglamentación del nuevo régimen.
En el marco del proceso de desregulación de actividades económicas iniciado en 1989, el Instituto Forestal Nacional, dependiente para ese entonces de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, fue intervenido por Decreto N° 710/89. Finalmente, el Decreto N° 2284/91 dispuso la disolución de todas las unidades administrativas, de rango inferior a Dirección Nacional, General o equivalente, responsables del cumplimiento de las intervenciones y controles suprimidos por el mencionado proceso de desregulación. En consecuencia, el Instituto Forestal Nacional dejó de existir.

Christiano Junior

  • AR-AGN-ISAAR-CJ02_01
  • Instelling
  • 1867-1878

José Christiano de Freitas Henriques Junior, conocido como Christiano Junior, nació en las Islas de Flores, Azores, Portugal, en julio de 1832. En 1855 emigró a Brasil junto a su esposa y sus dos hijos donde inició su profesión como fotógrafo. En 1862 abrió un estudio fotográfico en Maceió, Estado de Alagoas. Dos años después se mudó a Río de Janeiro y trabajó junto a Fernando Arterio de Miranda. La sociedad duró un año. Entre los años 1866 y 1869 tuvo un local en Mercedes, Uruguay, junto a su socio Bernardo José Pacheco, llamado “Christiano Junior y Pacheco”.
El 1ro de diciembre de 1867 Christiano Junior abrió su primer local de fotografía y pintura en la ciudad de Buenos Aires ubicado en la calle Florida 159 entre Cuyo, actual Sarmiento, y avenida Corrientes.
En 1872 inauguró la segunda sede especializada en “Retratos de Criaturas - Fotografía de la Infancia”. El nuevo estudio estaba ubicado en la calle Artes 118, actual Av. Carlos Pellegrini. El 8 de marzo de 1875 el local fue destruido por un incendio. Posteriormente lo reabrió en la calle Victoria 296, actual Hipólito Yrigoyen, a cargo de su hijo, José Virgilio Freitas Henriques
La casa de la calle Florida se trasladó al local contiguo, Florida 160-64, a una propiedad de la familia Ortíz Basualdo la cual contaba con laboratorios, galería de pose, salas de exposición y vivienda para el personal. En 1875 la ciudad de Buenos Aires cambió la numeración y pasó a ser Florida 208. En este local retrató a personalidades destacadas de la sociedad porteña, incluidos los presidentes argentinos. Inició la tradición con Domingo Faustino Sarmiento, además de Luis S. Peña, Carlos Pellegrini y figuras como Adolfo Alsina y Lucio V. Mansilla entre otros.
Entre los años 1875 y 1878 fue fotógrafo oficial y participó activamente en la Sociedad Rural Argentina.
En 1876 y 1877 editó dos Álbumes llamados: “Vistas y costumbres de la República Argentina”, con doce tomas acompañadas por descripciones históricas, geográficas, filosóficas y críticas de cada provincia, traducidas en cuatro idiomas: francés, portugués, español y alemán. Los álbumes transmitieron los aspectos populares del progreso y la vida moderna de la Argentina.
Recibió premios nacionales e internacionales. Publicitó su comercio en periódicos, folletos y anuncios callejeros en los que ofrecía, además de los tradicionales retratos, copias al óleo sobre lienzo y sobre porcelana. Los estudios fotográficos se destacaron por contar con las últimas novedades tecnológicas como las máquinas instantáneas.
En 1878 vendió el fondo de comercio a los fotógrafos Alexander Witcomb y Roberto Mackern quienes llamaron al estudio “Witcomb y Mackern”. La venta incluyó los negativos, que contienen los registros de los dos álbumes editados, los archivos de clientes, instalaciones y cámaras de galería.
Entre los años 1879 y 1884 recorrió el país continuando su actividad fotográfica, se asoció a distintos fotógrafos locales de las ciudades que visitaba, hasta que finalmente se estableció en la provincia de Tucumán hasta 1889.
En 1901 se mudó a la ciudad de Corrientes, oficiando de agente de nivel local de la casa “Freitas y Castillo” con sede en Buenos Aires. En 1902 viajó a la ciudad de Asunción, Paraguay, en donde falleció el 19 de noviembre.

Agencia Fotográfica Alerta

  • AR-AGN-ISAAR-AFA01_01
  • Instelling
  • 1935-1950

La agencia Fotográfica “¡Alerta!” fue una empresa privada que tomó como lema “La actualidad en el objetivo”. Su dueño fue el fotógrafo I. González Prieto. Entre los temas destacados en su registro fotográfico se encuentran actividades desarrolladas por los teatros profesionales de la época, las empresas industriales y comerciales y el movimiento sindical argentino.

La Opinión

  • AR-AGN-ISAAR-LO01_01
  • Instelling
  • 1971/05/04-1980/03/26

En la etapa inicial del diario, los principales accionistas fueron Jacobo Timerman, Jorge Rotemberg y David Gravier a través de su grupo financiero. Timerman, quien actuó como su director periodístico, planteaba que la filosofía del diario era la de ser selectivo ya que buscaba tratar temas “fundamentales” en profundidad, según señalaba la publicidad de lanzamiento. Su eslogan era “El diario de la inmensa minoría”. Según testimonios de periodistas que formaban parte de su staff, el diario apuntaba a un lector joven sin prejuicios que tuviese poder de decisión y opinión propia. Quienes investigan y analizan los medios de comunicación en Argentina - como Carlos Ulanovsky o Susana Carnevale, por ejemplo- coinciden en que la posición ideológica de La Opinión podría sintetizarse como de centro en lo referente a la política, de izquierdas en lo cultural y conservadora o de derechas en lo económico.
La posición política de Timerman y, por consecuencia, del diario era ser antiperonista. Esta postura implicó recibir una serie de ataques gubernamentales de distinta índole en el período de gobierno que abarcó los años de 1973 a 1976. Durante el mandato de la presidenta Isabel Martínez de Perón la emisión del periódico fue suspendida durante 10 días (decreto del 13/02/1976), las afirmaciones en la sección política siempre eran desmentidas de manera oficial, se hacían circular versiones sobre que el diario respondía a diversos intereses ideológicos que iban desde una posición izquierdista que buscaba apoyar a la Unión Soviética hasta una liberal a favor de los Estados Unidos, en el plano económico, el gobierno retiró la publicación de los avisos oficiales y, en lo profesional, se presionaba a sus periodistas para que informasen públicamente quiénes eran sus fuentes.
El periódico se publicaba de martes a sábado con 24 páginas y los domingos con 48 págs. cuando aparecía su suplemento cultural. Su formato siempre fue tabloide. La bibliografía suele mencionar que era un diario sin fotografías, pero sí con ilustraciones y caricaturas del artista Hermenegildo Sábat. Sin embargo, en este Archivo General de la Nación, se encuentra un grupo de fotografías pertenecientes al fondo documental El Cronista Comercial (AR-AGN-ECC01) que fueron creadas por La Opinión como indican sus sellos. Las fechas extremas de estas fotografías corresponden a la etapa en la que el diario había sido intervenido por el gobierno militar denominado “Proceso de reorganización nacional”, 1979-1980.
En lo que respecta a su organización, el diario estaba pensando en secciones: Política Nacional, Política Internacional, Economía y Cultura. Las fuentes señalan que la publicación no tenía suplemento de avisos clasificados pero si varias secciones como ser “Industria y tecnología”, “Náutica”, “Economía”, “Audio”, “Arquitectura y urbanismo” y “Automotores”. Su principal característica fue que los artículos llevaban la firma del periodista y que buscaba que el lector se reconociera en el periodista que escribía la nota. Como su nombre lo señala, la gran relevancia de La Opinión radicaba en el análisis de autor que se llevaba a cabo sobre las noticias más que la búsqueda de publicar primicias o un vasto número de noticias. El suplemento cultural trataba temas “no tradicionales” para su época, como ser el radioteatro, las historietas, notas sobre rock y análisis sobre personas del cine o del deporte aún no tan conocidas.
Ya bajo la dictadura militar que comenzó en marzo de 1976, La Opinión tomó como postura oponerse a las acciones del terrorismo de Estado. Así es como en noviembre de ese año, publicó la lista de temas sobre los que el gobierno no permitía informar: hechos subversivos, bajas en las Fuerzas Armadas o acciones de la policía. También fue uno de los primeros diarios que comenzaron a publicar los habeas corpus sobre los desaparecidos. Como consecuencia de su postura, el gobierno a través del decreto 210/77 prohibió la circulación del diario los días 29 y 30 de enero y secuestró de la calle la revista La Opinión de esa semana. Finalmente, en ese mismo año de 1977, el diario fue intervenido militarmente y el gobierno designó al general de brigada José Teófilo Gayret como su interventor. Ese mismo año desapareció Edgardo Sajón, el director técnico del diario y el 17 de abril fue secuestrado el director Jacobo Timmerman quien recobró su libertad dos años después, en septiembre de 1979, para ser expulsado del país en ese mismo mes. Sajón continúa desaparecido.
Luego de la intervención militar, los activos y los pasivos económicos del diario terminaron bajo la órbita de dos diarios de provincia: “El Sol” de La Rioja y “El Sol” de Catamarca. Durante los primeros años de existencia el diario funcionaba en un edificio de la calle Reconquista 585, Ciudad de Buenos Aires. Luego sus oficinas mudaron a la calle Lafayette 1910, Ciudad de Buenos Aires. Estas mismas son las que el Estado entregó a través de un decreto a la editorial Dos de Abril, una sociedad conformada por el grupo Bridas de Carlos Bulgheroni, los empresarios Carlos y Tomás Leonhardt y el periodista Raúl Burzaco. El 17 de noviembre de 1982 esta empresa lanzó el diario Tiempo Argentino cuyas oficinas funcionaron en ese mismo edificio de Lafayette.

Orden de los Hermanos de Bethlem

  • AR-AGN-ISAAR-OB01_01
  • Instelling
  • 1653-1822/12/24

La Orden de los Hermanos de Bethlem fue la única orden monástica creada en América, instituida en Guatemala en 1653 por el terciario franciscano Pedro de San José de Betancourt y aprobada por el Papa en 1687. Era una orden religiosa católica masculina, clerical, de vida apostólica y de derecho pontificio.

Ya instalada en Buenos Aires, el 23 de septiembre de 1745, la orden obtuvo una licencia a través de una Real Cédula para fundar un hospital. Así, el gobernador Andonaegui le entregó al Procurador de la Orden, Fray Joaquín de la Soledad, un hospital al que renombraron Hospital de Santa Catalina Virgen y Mártir.

Para 1762, la Orden tenía dependencias en Córdoba, donde instaló el Hospital de San Roque y en Mendoza.

La Orden Betlemita en Buenos Aires poseía el Convento de Santa Catalina, en el cual los aspirantes recibían el hábito de novicio.

Por Real Orden del 26 de mayo de 1795 Su Majestad resolvió la traslación del Hospital Betlemita a la Residencia que había sido ocupada por la Compañía de Jesús. Unos años más tarde, la Residencia se convirtió en Hospital General de Hombres y se le asignó una chacra denominada “de Belén”, donde se hicieron algunas construcciones dedicadas a los convalecientes. Allí se trasladaba a los enfermos derivados del Hospital de Santa Catalina.

La Orden Betlemita se sostenían con donaciones y limosnas, y con el trabajo que desarrollaban en sus solares, terrenos, casas y quintas. Poseían una estancia en Arrecifes, llamada “Fuentezuelas”.

La Orden fue suprimida el 24 de diciembre de 1822 a través de la sanción de la ley de Reforma General en el Orden Eclesiástico.

Empresa Nuclear Argentina de Centrales Eléctricas

  • AR-AGN-ISAAR-ENACE01_02
  • Instelling
  • 1980 - 2000

Empresa Nuclear Argentina de Centrales Eléctricas S.A. fue creada en el año 1980 y liquidada en el año 2000.
Sus antecedentes se sitúan en la creación por Decreto N° 10936/50 de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), que da comienzo al desarrollo nuclear nacional bajo el control del Estado. Estos esfuerzos prosiguieron con la creación por Decreto 9697/51 de la Planta Nacional de la Energía Atómica de Bariloche y la Dirección Nacional de la Energía Atómica, la creación del Instituto de Física de Bariloche en 1955 y la autorización de la construcción de la Central Atómica de Atucha I por Decreto 749/68, entre otras iniciativas.
Hacia fines de la década del ’70, el Estado Nacional dio nuevo impulso a la política de desarrollo nuclear por iniciativa de la CNEA y con la coordinación general de una Comisión Interministerial conformada por el Ministerio de Economía y el Ministerio de Defensa. En este sentido, mediante el Decreto Nº 3183/77 se declararon de interés los “Objetivos y Política Nuclear de la República Argentina”, quedando a cargo de la CNEA la propuesta de modificaciones orgánicas, funcionales y administrativas necesarias a tal fin. Entre los objetivos particulares de la norma se incluía incrementar la producción de energía núcleo-eléctrica, contribuyendo al desarrollo del interior del país y a al ahorro de hidrocarburos, definiendo como políticas para su concreción promover el diseño y construcción de centrales nucleares para satisfacer la demanda futura de energía eléctrica e incluir en el Plan Energético Nacional la participación de la energía núcleo-eléctrica.
Posteriormente, el Decreto 302/79 hizo suyas las conclusiones de la Comisión Interministerial respecto del Plan Nuclear y dispuso la construcción de 4 centrales nucleares con sus instalaciones complementarias, autorizando a la CNEA y al Ministerio de Economía a realizar las gestiones y elevar los proyectos necesarios para su financiación y ejecución, así también como para promover la industria nuclear en general, proponiendo las modificaciones al Decreto-Ley N° 22477/56 que permitieran ajustarlo a las nuevas metas. En este sentido, el Decreto Nº 2441/79 autorizó a la CNEA a aceptar la oferta presentada por la empresa Kraftwerk Union Artiengesellschaft para participar en el desarrollo del Plan Nuclear y conformar junto con el Estado nacional una empresa de ingeniería bajo la forma de sociedad anónima, firmando para ello los contratos correspondientes.
A continuación, la Ley Nº 22179 (reglamentada por el Decreto Nº 1012/80) declaró de interés nacional las actividades relacionadas con la construcción y mantenimiento de la Central Atucha II y el Decreto Nº 1337/80 aprobó tanto los distintos contratos de cooperación técnica, garantías, servicios y suministros, como la creación de una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria denominada Empresa Nuclear Argentina de Centrales Eléctricas Sociedad Anónima (ENACE), en la cual el %75 del capital accionario correspondía a la CNEA, y el %25 restante a la empresa Kraftwerk Union Artiengesellschaft, posteriormente Siemens AG. El objetivo de la empresa era prestar servicios de ingeniería y la dirección de proyectos relacionados con las centrales nucleoeléctricas.
En el marco del proceso de Reforma del Estado y, particularmente, la reconversión del Sector Eléctrico, el Decreto Nº 1540/94 dispuso la reorganización de las funciones a cargo de la CNEA, con el fin de diferenciar sus actividades de índole operativa de la actividad de generación nucleoeléctrica. Fue así que se crearon el Ente Nacional Regulador Nuclear como entidad autárquica de fiscalización y regulación de la actividad nuclear y Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima como empresa para el desarrollo de la generación nucleoeléctrica en las Centrales Nucleares de Atucha I y Embalse de Río Tercero, y para la construcción, puesta en marcha y operación de la Central Nuclear de Atucha II. La CNEA debía transferir a las nuevas instituciones mencionadas las funciones, el personal, los activos y los contratos que correspondieran a la reorganización pretendida. Además, se transfirió al Estado nacional la titularidad de las acciones de ENACE, asignándose al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos el ejercicio de sus derechos societarios y de gestión. Finalmente, se declaró sujeta a privatización la actividad de generación nucleoeléctrica, lo que involucraba la dirección y ejecución de obras de centrales nucleares que desarrollaba hasta entonces ENACE.
La vigencia estatutaria de la empresa se mantuvo hasta 1996, cuando la Asamblea de Accionistas decidió comenzar con su proceso de liquidación conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 2394/92, efectuando el correspondiente relevamiento patrimonial conforme pautas del Decreto Nº 1836/94. Finalmente, mediante Resolución MECON Nº 796/00 se dio por concluida la liquidación.

Hierro Patagónico de la Sierra Grande

  • AR-AGN-ISAAR-HPSG01_02
  • Instelling
  • 1970 – 1996

El proceso de formación de Hierro Patagónico de Sierra Grande Sociedad Anónima Minera (en adelante HIPASAM) comenzó con el Decreto Nº 4716 / 67, que establecía en su art. 3 que la Dirección General de Fabricaciones Militares diseñara alternativas en aras de la puesta en marcha de la explotación de los yacimientos ferríferos de Sierra Grande. Esta decisión se vio reforzada por el Decreto Nº 5925 / 67, que dispuso beneficios y franquicias orientados a promover el desarrollo del emprendimiento, y confirmada por el Decreto Nº 4045 / 69, que aprobó el tamaño y el cronograma del proyecto. En el mismo año 1969, la Dirección General de Fabricaciones Militares y la Gobernación de la Provincia de Río Negro suscribieron las actas constitutivas de la nueva empresa, cuyo capital social se constituyó con aportes de los anteriormente mencionados y del Banco Industrial de la República Argentina (posteriormente, Banco Nacional de Desarrollo). Finalmente, la Ley Nº 18605 / 70 aprobó las actas constitutivas, con los siguientes objetivos: explotación de los yacimientos ferríferos de Sierra Grande; procesamiento de minerales; realización de explotaciones metalúrgicas y siderúrgicas en general; comercialización de sus propios productos y de otros que adquiriera con ese fin; realización de toda clase de actos jurídicos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. La nueva empresa comenzó a regirse con la Ley Nº 17318 de Sociedades Anónimas con participación mayoritaria del Estado, pero a partir de 1972 pasó a regirse por la Ley Nº 19550 de Sociedades Comerciales. El estatuto de la empresa posibilitaba el ingreso de capitales privados siempre y cuando los representantes del estado no perdieran la mayoría. También establecía como máximo órgano decisorio a la Asamblea General de Accionistas (Ordinaria o Extraordinaria), cuyas funciones eran considerar: el balance general, memoria e informe de los síndicos; designación y remoción de directores y síndicos, determinación de sus responsabilidades y fijación de su retribución; aumento del capital social; modificación del estatuto. La Asamblea podía ser convocada por el Directorio, la Comisión Fiscalizadora o un accionista cuando lo creyeran necesario y la presidencia de la misma correspondía al presidente del Directorio. La dirección y administración de la empresa estaba a cargo de un Directorio cuya composición era determinada por la Asamblea, fijándose el número de miembros entre 5 y 9, y cuya presidencia correspondía exclusivamente a un representante de la parte estatal. La fiscalización de la empresa era atributo de una Comisión Fiscalizadora compuesta por 3 síndicos titulares y 3 suplentes. Estos cargos ejecutivos se repartían entre los accionistas. La empresa dividiría sus instalaciones en una Sede Central con funciones administrativas, situada en la Capital Federal, y un yacimiento ferrífero con funciones productivas, situado Sierra Grande.
El estatuto de HIPASAM experimentó su primera modificación en 1974 para adaptarlo a las disposiciones de la Ley 19550. Posteriormente experimentó cambios en 1978, 1979, 1980, 1981, 1982, 1983, 1984, 1985, 1986 y 1987 con el objetivo de aumentar el monto del capital social y el valor nominal de las acciones y modificar el carácter de las acciones a emitir.
La Ley Nº 23.696 / 89 de Reforma del Estado estableció el marco legal general para el proceso de privatización de la empresa, el cual entró en curso por medio de la Ley Nº 24.045 / 91, que declaraba “sujetas a privatización” las empresas, sociedades y establecimientos del área del Ministerio de Defensa. Con vistas a concretar este objetivo, la empresa es intervenida mediante Decreto Nº 1014 / 91. El Decreto Nº 160 / 92 dio por finalizada la intervención y dispuso la disolución y liquidación de la empresa. El Decreto Nº 2007 / 93 aprobó un convenio de transferencia de activos de HIPASAM al Gobierno Provincial de Río Negro, que de esta manera mantuvo bajo su control el yacimiento minero bajo la denominación de HIPARSA (Hierro Patagónico Rionegrino Sociedad Anónima). Finalmente, la Resolución Nº 415 / 96 del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos dio por concluida la liquidación.

Dirección General de Correos y Telégrafos

  • AR-AGN-ISAAR-DGCT01_02
  • Instelling
  • 1864-1949

En 1864, la Dirección General de Postas y Correos, nacionalizada y dependiente del Ministerio del Interior, cambió su nombre por Dirección General de Correos. Por la importancia del telégrafo se lo agregó a la denominación y pasó a llamarse Dirección General de Correos y Telégrafos.
La ley 816 del año 1876 le dio un marco general de organización, pero sobre todo definió con precisión las tareas que la institución debía, y determinó los tipos de correspondencia pública: cartas, tarjetas postales, del porte, de recibo y despacho, transporte y distribución, giros, del servicio de postas, disposiciones, pero no de la estructura orgánica. Las leyes siguientes que reglamentan el funcionamiento de esta institución siempre ampliaron la ley antes citada.
Este es el período a partir del cual el Correo tuvo una presencia más fuerte y sólida. A partir de 1880 se implementó el sistema de cabeceras de distritos para la mejor organización del servicio en el interior del país; desde la década del '90 se determinó dictar en escuelas municipales cursos de telegrafistas.
El tendido de líneas férreas fue otro signo de estos tiempos; y es a su lado que el Correo se iría expandiendo, creando estafetas y tendiendo hilos telegráficos al compás de su prolongación. Mediante la ley 4408 del año 1904, se incorporaron a las empresas de teléfonos y radiotelegrafía a la ley de Telégrafos Nacionales del 7 de octubre de 1875, quedando sujetas a la inspección del Poder Ejecutivo Nacional.
La influencia de esta Dirección General era tal que en 1910 se dividía el territorio argentino en secciones siguiendo las líneas férreas según la política seguida por la Dirección General en cuanto a la apertura de estafetas postales, la cual no era considerada como gasto, sino como una inversión en “civilización y progreso”. Esta política empezó a declinar a partir de 1920 cuando esas poblaciones fueron reduciéndose. A la reducción de gastos en la apertura de estafetas, seguiría la clausura de aquellas cuyo mantenimiento no se justificara.
En 1913, la ley 9127 estableció como obligatorio el uso de la telegrafía sin hilos y determinó que el servicio radiotelegráfico, dentro del Territorio de la Nación y para las comunicaciones internacionales, sería hecho exclusivamente por el Estado.
Luego, en 1929 la Dirección General se hizo cargo del servicio radiotelegráfico público marítimo. Esta ampliación de ramas de la actividad administrativa, en su doble forma de explotación y contralor de servicios públicos de teléfonos, radiotelegráficos, y en general de telecomunicaciones fue manejado a través de dispersas disposiciones administrativas por el Servicio de Radiocomunicaciones que, en 1940, fue reestructurado como una Dirección.
El Decreto N° 15372 de 1944 dispuso que la Dirección General de Correos y Telégrafos actuara como entidad autárquica bajo la denominación de Dirección General de Correos y Telecomunicaciones, tomando a su cargo los servicios de correos, telégrafos, teléfonos, radiocomunicaciones y telecomunicaciones. Poco después, el Decreto N° 6253 de 1946 modificó su estructura, convirtiéndola en Administración General de Correos y Telecomunicaciones, encabezada por un Administrador y un Subadministrador, dirigida por un Consejo de Administración, y reorganizada en una Dirección General de Telecomunicaciones, que comprendía telégrafos, radio y teléfonos, y una Dirección General de Correos.
Por Decreto N° 1970/49 se creó la Secretaría de Correos y Telecomunicaciones (poco después redenominada como Secretaría de Comunicaciones), de la cual pasaron a depender la Administración General de Correos y Telecomunicaciones (poco después redenominada como Dirección General de Correos y Telecomunicaciones), Teléfonos del Estado (poco después redenominada como Dirección General de Teléfonos del Estado) y demás servicios telegráficos, telefónicos y radioeléctricos de propiedad Nacional; el mismo año, por Ley N° 13529 fue elevada al rango de Ministerio.
En 1958 se rebajó su jerarquía para colocarse en la órbita del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
En 1972 se creó por Ley N° 19654 la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos (ENCOTEL), como empresa del Estado según el régimen de las Leyes N° 13653, 14380 y 15028, dependiente de la Subsecretaría de Comunicaciones del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con el objeto de prestar los servicios postales y telegráficos internos e internacionales, y otros servicios de telecomunicaciones que prestaba hasta entonces el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con excepción del oficial de radiodifusión. El Decreto N° 1111/73 aprobó el estatuto orgánico de la empresa, que disponía para su dirección y organización una estructura integrada por un Administrador General, un Subadministrador General y seis Gerencias, los que a su vez conformarían un Consejo de Gestión junto con tres representantes del personal.

Empresa Flota Fluvial del Estado Argentino

  • AR-AGN-ISAAR-EFFEA01_02
  • Instelling
  • 1958-1995

La Empresa Flota Fluvial del Estado Argentino fue creada mediante el Decreto Nº 2772/58 como empresa del Estado, y existió hasta el año 1995.
El origen de Empresa Flota Fluvial del Estado Argentino debe verse como la convergencia de dos trayectorias paralelas: la creación y desarrollo de la Administración General del Transporte Fluvial y el proceso que culminó en la conformación de Flota Argentina de Navegación Fluvial (FANF). Los antecedentes de la Administración General del Transporte Fluvial se encuentran en los Decretos-Ley Nº 11121/44, 13405/44 y 22732/44 que dieron impulso a la conformación de un Servicio Nacional de Transporte Fluvial en el ámbito de la Dirección General de Navegación y Puertos. Este esfuerzo se vio coronado por el Decreto-Ley Nº 9906/45, que elevó al rango de entidad autárquica al mencionado servicio, bajo la denominación de Administración del Transporte Fluvial, dependiente del Ministerio de Obras Públicas. Sus misiones y funciones eran tomar a su cargo los servicios de transporte fluvial mediante líneas establecidas en los ríos Paraná, Paraguay, Alto Paraná y Uruguay, pudiendo posteriormente agregar otras. Para cumplir con estos objetivos, sus actividades eran: nombrar, ascender y remover al personal embarcado y obrero; nombrar y remover sus agentes marítimos; adquirir muebles, materiales, insumos, equipos, vehículos y demás elementos necesarios para la explotación y renovación; solicitar directamente a los talleres de la Dirección General de Navegación y Puertos las obras o reparaciones que requirieran las embarcaciones; contratar por excepción obras de carácter urgente a privados, cuando el caso lo exigiera y rindiendo cuentas ante el Poder Ejecutivo; establecer y autorizar la liquidación de horas extras del personal embarcado y obrero; autorizar a los capitanes o comisarios a tomar en los puertos peones adventicios cuando la modalidad del trabajo lo requiriera; proponer al Poder Ejecutivo la compra, venta o arriendo de embarcaciones e inmuebles; realizar convenios o contratos relativos a la explotación comercial del transporte fluvial fuera de las tarifas normales cuando la situación lo requiriese; formular mensualmente un balance de explotación; formular anualmente una memoria, balance general y cuenta de ganancias y pérdidas y elevarlos para conocimiento del Poder Ejecutivo; tomar la representación del Poder Ejecutivo en todos los actos relacionados con el transporte fluvial; presentar al Poder Ejecutivo un presupuesto anual de gastos y cálculos de recursos; dictar y someter a aprobación del Poder Ejecutivo su reglamento interno; realizar acuerdos relativos a fletes, tarifas e itinerarios con empresas privadas, siempre sujetos a aprobación del Poder Ejecutivo; realizar convenios de transporte mixto con otras reparticiones públicas o empresas privadas de transporte terrestre; mantener al día el clasificador de cargas, establecer las tarifas generales y modificarlas cuando la explotación del servicio o las necesidades de la economía nacional lo aconsejaran. La dirección del nuevo organismo quedó a cargo de un consejo de administración compuesto por el Director General de Navegación y Puertos, a cargo de la presidencia, un administrador a cargo de las funciones ejecutivas, un jefe técnico, un jefe comercial y un jefe de contabilidad, estos cuatro últimos designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Obras Públicas.
El Decreto Nº 15194/51 dispuso la transferencia de la institución a la esfera del Ministerio de Transportes, donde permanecería hasta la fusión.
Los antecedentes de la Flota Argentina de Navegación Fluvial (FANF) se encuentran en el desarrollo del sector de la navegación comercial por parte de una sucesión de grandes empresas privadas desde fines del siglo XIX. La primera figura destacada en esta trayectoria fue la del empresario austrohúngaro Nicolás Mihanovich, cuyos primeros emprendimientos en el sector datan de la década del ’70 del siglo XIX. En 1909, ante la imposibilidad de continuar expandiendo sus negocios a partir del mercado argentino, se asoció a inversores británicos y refundó la empresa como The Argentine Navigation (Nicolás Mihanovich) Company Ltd., empresa argentina constituida en Gran Bretaña, razón por la cual su conducción se dividía entre un directorio que funcionaba en Buenos Aires y un directorio que funcionaba en Londres. En 1916, Mihanovich decidió su retiro de la presidencia de ambos directorios, cediendo la presidencia a su hijo Pedro Mihanovich.
En 1917, los Mihanovich decidieron vender sus acciones a un consorcio formado por el empresario argentino Alberto Dodero y Sir Owen Cosby Phillips – posteriormente conocido como Lord Kylsant – cabeza de la empresa naviera británica Royal Mail Steam Packet Company. Alberto Dodero y Sir Phillips fueron designados como presidentes de los directorios en Buenos Aires y Londres respectivamente. De esta manera, The Argentine Navigation Company (Nicolás Mihanovich) Ltd. se convirtió en una empresa británica con sede en Londres. En 1930, Alberto Dodero pactó con el empresario argentino Carlos Tornquist una alianza para la adquisición de la mayoría de las acciones de la The Argentine Navigation Company (Nicolás Mihanovich) Ltd. y para la creación de una nueva empresa que se haría cargo del activo y pasivo de su predecesora.
De esta manera se constituyó la Compañía Argentina de Navegación Mihanovich Ltda., con única sede en Buenos Aires y The Argentine Navigation Company (Nicolás Mihanovich) Ltd. entró en liquidación. El patrimonio incorporado por la nueva compañía incluía también los de la Compañía Uruguaya de Navegación Ltda. y la Sud Atlántica de Miguel Mihanovich, que fue disuelta poco después. Finalmente, en 1942, el patrimonio de la Compañía de Navegación Mihanovich, junto con las acciones de la Compañía Uruguaya de Navegación Limitada, la Sociedad Anónima Hotel Cataratas del Iguazú y la Sociedad Anónima Industrial, Financiera e Inmobiliaria Yatahí, aparte de las organizaciones especiales existentes en Londres y en Nueva York pasaron definitivamente a la nueva Compañía Argentina de Navegación Dodero, entrando en liquidación la primera de las empresas mencionadas.
En 1943, se le concedió la personería jurídica a la empresa Río de la Plata Compañía de Inversiones Marítimas SA, cuyo objeto declarado en sus estatutos era la financiación, explotación y administración de toda clase de negocios y operaciones relacionadas con el comercio marítimo. Esta empresa funcionó como el "holding" del Grupo Dodero, integrado en ese momento por la Compañía Argentina de Navegación Dodero SA, la Compañía Uruguaya de Navegación Ltda., el Hotel Cataratas del Iguazú, la Sociedad Anónima Industrial, Financiera e Inmobiliaria Yatahí y los posteriores emprendimientos. La tenencia mayoritaria de las acciones de Río de la Plata SIMSA daba automáticamente el control de todo el Grupo Dodero, del que cabe siempre separar a la Agencia Marítima Dodero, que no formaba parte del mismo.
En 1945, Alberto Dodero impulsó las primeras iniciativas concretas de participación en el sector de aeronavegación comercial, constituyendo la Compañía Argentina de Aeronavegación Dodero SA., en cuya formación intervino la Compañía Argentina de Navegación Dodero SA. Ese mismo año, la Compañía Argentina de Aeronavegación Dodero SA entró a formar parte de Aviación del Litoral Fluvial Argentino (ALFA), sociedad mixta creada para atender la zona que precisamente más interesaba a la compañía, y transfirió a la Flota Aérea Mercante Argentina (FAMA), otra sociedad mixta, el resto del material.
Además, la Compañía Argentina de Aeronavegación Dodero SA. llegó a un acuerdo para la adquisición de las acciones de la Corporación Sudamericana de Servicios Aéreos. Esta empresa tenía formada una sociedad mixta con el Estado, con rutas adjudicadas de las que le interesaban a la Dodero (norte de la provincia de Buenos Aires, provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes y territorios nacionales de Chaco, Formosa y Misiones) En aquella compra de acciones de la Corporación participó también la Compañía Argentina de Navegación Dodero SA.
Una vez finiquitada esta operación, se formaría una nueva sociedad mixta con el Estado, que tendría como accionistas privados a la Compañía Argentina de Navegación Dodero SA, la Compañía Argentina de Aeronavegación Dodero SA (en formación), Líneas Aéreas Dodero de Agencias y Representaciones SA (en formación), Hotel Cataratas del Iguazú y un grupo de inversores particulares. La nueva empresa atendería, con los hidroaviones existentes, las rutas mencionadas más las líneas a Colonia y Montevideo, y una extensión a Punta del Este durante la temporada veraniega.
Por otra parte, se habían reiniciado gestiones para establecer líneas internacionales sobre la base ya sea del arriendo de algunos aparatos a FAMA o de la constitución de una sociedad mixta con el Estado para la explotación de servicios aéreos al exterior. El Grupo Dodero continuó su expansión con la creación de otras empresas con las que buscaba abarcar todos los aspectos del negocio de la navegación. En este sentido, se constituyó Río de la Plata SA. de Navegación de Ultramar, una entidad con participación accionaria de la Compañía Argentina de Navegación Dodero cuyo objetivo era atender el importante tráfico de inmigrantes europeos a la Argentina, así como también el transporte de pasajeros y cargas de ultramar.
También se formó en 1948 la Compañía Argentina de Navegación Fluvial SA., con el objeto administrar los barcos de pasajeros, cargueros, barcazas, chatas y remolcadores fluviales. De este modo, a fines de 1948, Río de la Plata SA. Compañía de Inversiones Marítimas controlaba la Compañía Argentina de Navegación Dodero SA, la que a su vez controlaba o tenía la mayoría del capital de las siguientes empresas: Río de la Plata SA de Navegación de Ultramar; Compañía Argentina de Navegación Fluvial SA, Hotel Cataratas del Iguazú SA, Yatahí Inmobiliaria y Financiera SA, Líneas Aéreas Dodero SA, ALFA Sociedad Mixta, Porá SA Argentina de Construcciones y Préstamos, LADAR Agencias y Representaciones SA, Compañía Uruguaya de Navegación y Transportes Aéreos SA (CUNYTASA), South American Purchasing Agency Limited (SAPAGY), Agencia Brasileira das Linhas Dodero, Dodero Agenzia Marítima Riuniti Societá per Azioni, Cooperativa de Consumo del Personal Dodero, Compañía de Hoteles Internacionales SA, Corporación Sud Americana de Servicios Aéreos, la Universal Compañía de Seguros SA y Éter Publicidad.
En 1949 el Grupo Dodero fue estatizado. Esto se concretó mediante dos vías: convenios directos con los propietarios y compra directa de acciones sin intermediación.
El Decreto Nº 10832/49 autorizó al Instituto Argentino de Promoción del Intercambio (IAPI) a negociar un convenio para la compra del paquete mayoritario de acciones de la empresa Compañía Argentina de Navegación Dodero SA. y de la totalidad del paquete accionario de Río de la Plata SA. Compañía de Inversiones Marítimas. Una vez alcanzado el acuerdo, el Decreto Nº 11.293/49 aprobó lo actuado y dispuso que todo lo adquirido por el Estado fuera transferido al Ministerio de Transportes, que una vez que practicara el inventario total de los bienes transferidos, sometería al Consejo Económico Nacional la incorporación de las diferentes empresas del Grupo Dodero a las jurisdicciones que correspondieran, de acuerdo con la naturaleza de sus actividades. El Decreto 12014/49 facultó al IAPI para formalizar la compra de las acciones de las empresas Compañía Argentina de Navegación Dodero SA. y Río de la Plata SA. de Navegación de Ultramar, en poder del Instituto Mixto de Inversiones Inmobiliarias. Por Decreto 22.592/49 fueron derogados los decretos que habían otorgado la personería jurídica a la Compañía Argentina de Navegación Dodero SA., a Río de la Plata SA. de Navegación de Ultramar y a la Compañía Argentina de Navegación Fluvial SA, disponiéndose asimismo que el Ministerio de Hacienda convendría con los Ministerios de Economía y Finanzas la forma del rescate de las acciones aún no adquiridas. También se autorizaba al Ministerio de Transportes a reestructurar la organización y funcionamiento de las mencionadas empresas.
Para administrar transitoriamente el patrimonio adquirido hasta tanto se resolviera la distribución del mismo bajo nuevas dependencias, el Decreto Nº 14.009/49 aprobó una reestructuración del Ministerio de Transportes que dispuso la creación de una Dirección Nacional de la Flota Dodero entre las reparticiones dependientes de la entonces Subsecretaría de Marina Mercante.
Finalmente, la Resolución del Ministerio de Transportes Nº 133/51 creó la Administración General de la Flota Argentina de Navegación de Ultramar (FANU), producto de la fusión de las empresas Compañía Argentina de Navegación Dodero SA y Río de la Plata SA de Navegación de Ultramar. FANU recibió todos los barcos fluviales de la Compañía de Navegación Fluvial Argentina SA, los que en un principio fueron cedidos en arrendamiento a una nueva entidad: la Administración general de la Flota Argentina de Navegación Fluvial (FANF).
En 1953, FANF pasó a constituir la Empresa Nacional de Transportes, dependiente del Ministerio de Transportes. Vale destacar que entre 1949 y 1955, la denominación del organismo mantuvo la dualidad, figurando en la documentación y la legislación como FANF, Compañía de Navegación Fluvial Argentina SA (en liquidación) o ambas. Posteriormente, el incumplimiento de los procedimientos necesarios para completar la estatización plena de las empresas del Grupo Dodero llevaron al dictado del Decreto-Ley Nº 20343/56, que declaró de utilidad pública y sujetas a expropiación las acciones de las empresas Compañía Argentina de Navegación Dodero SA., Río de la Plata SA. de Navegación de Ultramar y Compañía Argentina de Navegación Fluvial SA aún no adquiridas por el Estado.
Por otra parte, el Decreto-Ley Nº 2771/58 cambió el estatus de FANF de administración general a empresa del Estado, bajo la dependencia de la Dirección Nacional de la Marina Mercante y Puertos del Ministerio de Transportes.
El Decreto Nº 2772/58 creó la Empresa Flota Fluvial del Estado Argentino como empresa del Estado dependiente de la Dirección Nacional de la Marina Mercante y Puertos del Ministerio de Transportes. La nueva institución fue constituida en base a la fusión de la Administración General del Transporte Fluvial y la Administración General de la Flota Argentina de Navegación Fluvial.
La norma establecía que el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Transportes, debía determinar entre los bienes que constituían la antigua Compañía Argentina de Navegación Dodero S.A. y de las otras entidades que componían el Grupo Dodero, los que debían integrar el aporte de la Administración general de la Flota Argentina de Navegación Fluvial. Durante el mismo año, el Ministerio de Transportes fue suprimido y sus funciones y dependencias, incluida la Flota Fluvial, fueron transferidos al Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
El Decreto Nº 10375/58 instituyó el primer estatuto orgánico de la nueva empresa, asignándole las siguientes misiones y funciones: ser instrumento de la política naviera nacional para servir los intereses del comercio fluvial y de cabotaje y atender los servicios públicos a su cargo; administrar y explotar los buques del Estado nacional afectados a su patrimonio, pudiendo también hacerlo con los de propiedad de terceros; ejercer la representación de otros armadores, así como toda actividad comercial, financiera o industrial complementaria a su gestión. Para el cumplimiento de estos fines, la institución podía desarrollar las siguientes actividades: adquirir, vender, ceder, permutar y transferir toda clase de bienes o servicios, incluso buques o inmuebles; constituir y cancelar derechos reales, en la forma y condiciones que se establecen en el estatuto y de conformidad con las normas legales que rigen la gestión del patrimonio del Estado; tomar, conservar, y entregar, en su caso, la posesión de los mismos; dar y tomar bienes, incluso inmuebles, en arrendamientos; arrendar y fletar buques propios o ajenos en toda modalidad usual en el negocio naviero; realizar todos los actos de administración referentes a los bienes afectados a su patrimonio; hacer pagos, novaciones o transacciones, conceder créditos, quitas y moras, contraer préstamos y obligaciones, otorgar fianzas en asuntos relacionados con la explotación, cobrar y percibir; estar en juicio como actora o demandada ante cualquier fuero o jurisdicción, nacional, provincial, municipal o del extranjero; comprometer en árbitros, arbitradoras prorrogar jurisdicciones, renunciar al derecho de apelar y realizar cuantos actos fueran necesarios o convenientes para el logro de sus finalidades, de acuerdo con la .legislación vigente, convenciones internacionales, usos y costumbres marítimas y leyes extranjeras aplicables; aceptar legados y donaciones de acuerdo con la legislación vigente; hacer contribuciones de ayuda o estímulo en forma de subvenciones en especie o en dinero a entidades sociales, culturales, educacionales, deportivas, cooperativas o cualquiera otras asociaciones de bien común que sean de beneficio para su personal efectivo o jubilado y sus familiares, o para la empresa misma y a las instituciones y colegios que considere útiles para la formación de personal especializado de acuerdo con su plan de acción y presupuesto de explotación. Con respecto a la dirección de la empresa, se argumentó que lo más conveniente en ese momento era establecer una dirección única, pero manteniendo una administración técnica y comercial independiente en cada empresa componente. Fue así que se estableció un directorio compuesto por un presidente y por los administradores generales y subadministradores de las instituciones constituyentes como vocales, todos ellos nombrados por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Secretaría de Transporte.
El Decreto Nº 9672/64 introdujo la primera modificación del estatuto orgánico de la empresa, otorgándole autarquía e incorporando las siguientes funciones: realizar operaciones financieras, de crédito o bancarias con el Banco Central de la República Argentina, Banco de la Nación Argentina, Banco Industrial de la República Argentina u otras instituciones oficiales mixtas o privadas del país o del extranjero; habilitar, suprimir o modificar los servicios a su cargo, previa autorización de la autoridad competente en aquellos casos que así lo establecieran las disposiciones legales y/o reglamentarias en vigor; eximir total o parcialmente los cargos por estadías o sobreestadías, almacenaje o depósito de cargas y encomiendas, de acuerdo con la reglamentación que al efecto dictara el directorio. En cuanto a la dirección y administración de la empresa, se avanzó en la fusión total, suprimiendo las estructuras independientes por empresa y estableciendo un directorio integrado por un presidente, un administrador general y dos vocales designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con intervención de la Secretaría de Transporte, con excepción de un vocal que sería designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de los sindicatos. Por otra parte, la explotación se dividió en una gerencia administrativa, una comercial y una técnica, todas ellas directamente subordinadas al administrador general. En otro orden de cosas, se definía su relación de dependencia orgánica con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos por intermedio de la Secretaría de Transporte.
Entre 1966 y 1969 funcionó bajo la dependencia del Ministerio de Economía y Trabajo, que había absorbido al Ministerio de Obras y Servicios Públicos como secretaría. En aras de apoyar la voluntad gubernamental de racionalización del sector público, el Decreto Nº 4190/69 modificó la estructura orgánica de la empresa, suprimiendo el directorio y concentrando las funciones de dirección y administración en el administrador general, siendo este asistido por una gerencia técnica, una comercial, una administrativa y una de control.
Entre 1969 y 1973, volvió a funcionar bajo el rehabilitado Ministerio de Obras y Servicios Públicos hasta su nueva absorción por parte de la Corporación de Empresas Nacionales del Ministerio de Economía, del cual dependería hasta 1981. El Decreto Nº 1341/81 transfirió la empresa al ámbito de la Subsecretaría de Intereses Marítimos del recientemente creado Ministerio de Comercio e Intereses Marítimos, en el que se mantuvo un año para regresar a la jurisdicción del Ministerio de Economía.
En 1981, la Ley Nº 22385 impulsó la privatización de la empresa, conforme el mandato general de la Ley Nº 22177 que orientaba las acciones del Poder Ejecutivo Nacional en esa dirección. El Decreto Nº 724/81 reglamentó la mencionada norma, determinando que el funcionario a cargo de la privatización asumiría la autoridad superior de la administración de la institución, sin perjuicio de las facultades del administrador general. Por otra parte, se establecieron los mecanismos de enajenación de los activos.
El Decreto Nº 125/84 transfirió nuevamente la empresa a la órbita del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, permaneciendo en esta condición hasta la disolución del citado ministerio y la absorción de sus funciones por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en 1991.El Decreto Nº 1208/86 dio inicio al proceso de liquidación de la empresa, que fue reiteradas veces prorrogado. Finalmente, la Resolución Nº 595/95 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos dio por concluido el procedimiento.

Resultaten 51 tot 60 van 89