Un Presidente Un Secretario Un Asesor Once Vocales
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958. La Comisión Investigadora de Censos, Estadísticas y Padrones (N° 42) fue creada para investigar la veracidad de los sistemas de censos, estadísticas y padrones electorales conformados entre 1943 y 1955. Estaba integrada por un presidente, un secretario, un asesor y once vocales. Se investigaron presuntas manipulaciones en los citados sistemas, que pudieran haber dado lugar a fraude electoral en favor del oficialismo. Estas manipulaciones habrían sido posibles por la ausencia de controles internos y externos, así como por el marco legal oportunamente sancionado por el gobierno, habilitante de arbitrariedades. Las irregularidades habrían comprendido la nacionalización y enrolamiento de extranjeros, la doble inscripción, la distribución de votantes según las necesidades, el uso de un mismo documento de identidad por distintas personas, el control y presión sobre electores. En base a este análisis, la Comisión se permitió elaborar propuestas de verificación, que incluían un censo general de enrolados a los fines de efectuar un nuevo fichero electoral de la Nación. Particular atención se dio a la implementación de la Ley N° 13010 de Enrolamiento y Empadronamiento General Femeninos, a la que la Comisión consideró de cumplimiento moroso e irregular, con plazos de ejecución demasiado extensos, elevado costo y numerosos errores.
La Comisión dependía a la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial.