Dirección General de Correos y Telégrafos
- AR AGN ENCT01-DGCT
- Sous-fonds
- 1875-1979
Fait partie de Empresa Nacional de Correos y Telégrafos
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Dirección General de Correos y Telégrafos
Fait partie de Empresa Nacional de Correos y Telégrafos
Comisión Liquidadora Decreto Ley 8124/57
La documentación que conforma este fondo está compuesta por expedientes sobre el funcionamiento administrativo de la Comisión Liquidadora como ejecución de presupuesto y renuncias y solicitudes realizadas por el personal. También se encuentran expedientes vinculados a liquidación de bienes patrimoniales por parte de la Comisión dando cumplimiento a los interdictos impuestos a las diferentes personas físicas y jurídicas por parte de la justicia.
Sans titre
Dentro de este fondo documental se preservan distintas series sin sección asignada, entre las que se destacan:
-Legajos de personal
-Historias clínicas
-Actas
-Disposiciones (c. 1960-1985)
-Dictámenes (c. 1972-1981)
-Libros diarios (c.1992-2016)
-Inventarios y balances
A su vez, hay documentación procedente de la sección Museo y Biblioteca, consistente en registros fotográficos, afiches, papelería que probablemente proceda de un área de prensa, memorias, libros, cartones de lotería, una cinta magnética, y actas de las épocas más antiguas de la Lotería.
Por último, se preservan algunos documentos del área Jurídicos, y expedientes pendientes de identificación.
Sans titre
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo
Fait partie de Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Los expedientes que refieren a los Convenios Colectivos son el resultado de la función del Ministerio de Trabajo de homologar convenios y de mediar en la relación entre los empleadores y los trabajadores. Se preservan convenios y laudos arbitrales del período 1948-1973, correspondientes a todo el territorio nacional.
Por una parte, las series de Convenios Colectivos son:
1.- Homologación de Convenios Colectivos de Trabajo por actividad
2.- Homologación de Convenios Colectivos de Trabajo por empresa
3.- Homologación de Convenios Incentivados
Por otra parte, se preservan otras dos series referidas a distintos tipos de Laudos Arbitrales:
4.- Homologación de Laudos del Tribunal Arbitral
5.-Homologación de Laudos Arbitrales
A continuación se describe someramente el procedimiento administrativo de cada una de estas series:
1.- Homologación de Convenios Colectivos de Trabajo por actividad
Esta serie está reglamentada por la Ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo del año 1953, cuyo art. nº 3 es modificado por la ley nº 16.814.
El iniciador suele ser el gremio o sindicato de trabajadores de una rama determinada, el cual informa sobre la finalización del Convenio Colectivo y solicita la convocatoria de la parte empresarial para comenzar las tratativas para la renovación del convenio, la nota inicial pude ir acompañada del anteproyecto de convenio presentado por los trabajadores.
La Dirección Nacional de Asociaciones Profesionales certifica la personería gremial de la asociación, brindando información sobre las entidades de trabajadores que se agrupan en la misma y sobre cómo está conformada su Comisión Directiva.
Luego, la sección Coordinación y Supervisión envía telegramas a ambas partes para que presenten la nómina de representantes que conformarán la Comisión Paritaria que se encargará de llevar adelante las negociaciones de la renovación del convenio colectivo.
También por telegrama se cita a las dos partes que deben comparecer, tanto la parte empresarial como sindical elevan las nóminas de representantes (titulares y suplentes). Si no se presentó anteriormente el anteproyecto, es en esta instancia donde también podemos encontrarlo. Dentro de lo regulado en dicho anteproyecto, además de las partes intervinientes, podemos encontrar información sobre:
1) Aplicación de la Convención (vigencia temporal, ámbito de aplicación, personal comprendido y excluido); 2) condiciones generales de trabajo (categorías laborales y de tareas; escalafón y régimen de reemplazos y vacantes, jornadas; descansos, licencias ordinarias, día del gremio, enfermedades y accidentes del trabajo, higiene y seguridad, vestimenta y útiles de labor); 3) Condiciones especiales de trabajo (lugares y/o tareas insalubres, trabajo de mujeres, menores y aprendices, traslado de lugar de trabajo); 4) Salarios, cargas sociales y beneficios sociales y 5) Representación gremial-Sistema de reclamaciones (régimen disciplinario, comisiones internas y delegados gremiales, quejas, procedimiento de conciliación, interpretación y aplicación de convenciones colectivas); 6-Disposiciones especiales.
En algunos casos, mediante una nota, el sindicato cita a todas las organizaciones que tengan alguna relación con la rama para que participen de la discusión. Los interesados envían las nóminas de representantes.
El Departamento de Relaciones Laborales eleva un informe sobre el desarrollo de las diferentes actuaciones aconsejando que se constituya la Comisión Paritaria. Reunidos los requisitos para la convocatoria a la convención, la Dirección Nacional de la Secretaría de Estado de Trabajo, dispone hacer lugar a la constitución de la Comisión Paritaria de Renovación de la convención colectiva de trabajo, y nombrar su presidente. Previa citación de ambas partes se inician las reuniones de discusión cuyas actas se adjuntan.
Finalmente, se suscribe la convención colectiva de trabajo en la cual figuran las partes intervinientes, el lugar y fecha de la celebración, la actividad y categoría de trabajadores a que se refiere, la cantidad de beneficiarios, la zona de aplicación y el periodo de vigencia; además, se aclaran los puntos de cada artículo que estuvieron en discusión.
Concluye con la nota de la Dirección Nacional donde se informa la homologación del convenio y registro del acta.
2.- Homologación de Convenios Colectivos de Trabajo por empresa
Las convenciones colectivas por empresa de este período se desarrollan bajo la ley nº 14250 y su decreto reglamentario nº 6582/5.
En primer lugar, cualquiera de las partes involucradas puede solicitar que el Ministerio disponga el inicio de las negociaciones para la concertación de una nueva convención, una vez que la anterior había vencido, o 60 días antes de su vencimiento. Si el convenio ya había sido previamente debatido por ambas partes, junto con la solicitud inicial de homologación se presenta el texto original del acuerdo, con nombre y domicilio de los firmantes.
Luego se le solicita al Departamento de Registro y Protocolo que informara si la asociación de trabajadores interviniente cuenta con personería gremial. En este informe se incluyen también datos acerca de cuáles son los empleados que agrupa la asociación y cuál es su zona de actuación. A continuación, se envían telegramas a los firmantes pidiendo que comparezcan a ratificarse de la firma y contenido del convenio.
En el caso de que el proyecto de convenio tuviera aún que ser discutido y definido, lo más usual es que luego de la solicitud inicial al Ministerio, cualquiera de las partes involucradas requiera la creación de una comisión paritaria para interpretar y debatir acerca de los términos de la convención colectiva, que se constituye mediante un acto dispositivo el jefe del departamento de relaciones laborales.
El Departamento de Registro informa acerca de la personería gremial de la asociación de trabajadores, y, mediante telegramas, solicita a ambas partes que comuniquen la designación de sus representantes; la comisión es presidida por un funcionario que designa el Ministerio de Trabajo. De cada reunión de la comisión se labra un acta, cuyo original se agrega al expediente.
En el caso de que no se logre llegar a un acuerdo mediante la comisión paritaria, pueden someterse a la decisión del Tribunal Arbitral (Decreto Ley 2739/56), razón por la cual, en la serie Convenios colectivos por empresa pueden aparecer laudos arbitrales y sus correspondientes modificaciones a los proyectos de convenio.
Una vez que se terminaron las instancias de negociación y apelación, se redacta el convenio colectivo alcanzado, que los representantes de ambas partes deben firmar. La resolución de la S.E.T. nº 588/69 reglamenta la estructura formal de una convención colectiva, que debe incluir: 1) Aplicación de la Convención 2) Condiciones generales de trabajo; 3) Condiciones especiales de trabajo; 4) Salarios, cargas sociales y beneficios sociales y 5) Representación gremial-Sistema de reclamaciones; 6-Disposiciones especiales.
El convenio colectivo es elevado a la autoridad competente para que se homologue, muchas veces, con un proyecto de resolución. Mediante un acto dispositivo, que a veces toma la forma de una resolución ministerial, el funcionario declara homologada la convención. En el caso de las empresas estatales, puede ser una copia del decreto del Poder Ejecutivo Nacional ratificando el acuerdo.
En general, en el mismo acto de homologación, se dispone el registro y publicación del acuerdo. A su vez, puede aparecer, en este sentido, una copia del boletín del Ministerio, donde se registra el convenio. Se notifica a ambas partes acerca de la homologación del convenio, y el Departamento de recopilación realiza una copia del convenio, de las actas y de la resolución o acto dispositivo en cuestión.
3.- Homologación de Convenios Incentivados:
Estos convenios corresponden únicamente al período 1957-1958 y se dan específicamente e relación con el intento de incentivación de sistemas de mayor productividad (Decreto 824/1957, Decreto-Ley 2739/1956, Decreto-Ley 12.035/1957).
4.-Homologación de Laudos del Tribunal Arbitral
Son aquellos llevados a cabo por el Tribunal Arbitral dependiente del Ministerio de Trabajo entre los años 1956 y 1958, creado en el marco del decreto ley nº 2739/56 y suprimido por Decreto nº 2052/58.
Los laudos de este grupo son producto del fracaso en las negociaciones de revisión de convenios en un contexto de intervención en las corporaciones, signado por el intento de aumento de la productividad y reorganización del trabajo. El trámite de esta serie, por lo tanto, se compone de dos partes: el accionar de la Comisión de Revisión Laboral, y el del Tribunal Arbitral.
El inicio suele ser una presentación de un sindicato o asociación obrera que puede adjuntar el convenio colectivo vigente, y da cuenta de la designación de representantes que actuarán en la revisión a través de la conformación de la Comisión de Revisión Laboral, en donde también habrá representantes de la parte empresarial.
Luego el Ministerio brinda información sobre los solicitantes (si ha cumplido con los requisitos establecidos por el decreto nº 23852/45- ley nº 12921, si agrupa a los trabajadores por los cuales peticiona y en qué zona de actuación puede desarrollar sus actividades).
Luego se dispone constituir la Comisión de Revisión Laboral que tendrá a su cargo la revisión del convenio entre las partes empresarial y obrera. A continuación, el proceso de negociación consta en las actas de reuniones.
Dado que la negociación no llega a un acuerdo y llegado al límite del plazo establecido en el decreto 2739/56 para la discusión de los convenios se resuelve elevar el expediente al Tribunal Arbitral para su consideración.
Tanto la representación obrera como la empresarial presentan su postura ante el Ministerio de Trabajo, y adjuntan informes que apoyan su argumentación. Dadas las características de aquello que se está negociando, pueden referir al costo de vida, de los salarios, balances empresariales, etc.En algunos casos, el Ministerio de Trabajo y Previsión puede presentar una nueva prórroga de la vigencia del convenio vigente y el reajuste de los salarios establecidos por el mismo.
Luego se eleva el expediente al Tribunal Arbitral, y aparece una copia de la Resolución del Ministerio en donde se designan a representantes de ambas partes para actuar ante el tribunal arbitral. Ambas partes ratifican mediante acta las actuaciones hasta el momento de la Comisión Paritaria.
Aparece luego el acta formal del Tribunal de Arbitraje en donde se da lugar, fecha y hora de la reunión y se plantean las cuestiones y considerandos. Finalmente, el Tribunal lauda y desarrolla la posición tomada frente al conflicto.
Se puede dar el caso de que alguna de las partes presente ante el Tribunal un recurso de Aclaratoria o Reconsideración, o un pedido de aclaratoria
Luego se notifica a las partes y se procede a su publicación y depósito de las actuaciones en el Registro General de Convenios Colectivos y Laudos de Acuerdo a lo establecido en el artículo 5 del Decreto Reglamentario n 6. 582/54 de la ley 14250, artículo 4.
Puede encontrarse también expedientes adjuntos que refieran a la modificación del laudo.
5.- Serie: Homologación de Laudos Arbitrales
Los laudos de esta serie son producto del arbitraje establecido en las leyes nºs 14.786 (1958), 16.936 (1966), esta última prorrogada por las leyes nºs 18337 y 18887, y la ley nº 17.494 para las empresas del Estado.
El trámite se inicia ante el pedido de una asociación o de una empresa para que se conforme una comisión paritaria a efectos de analizar alguna cuestión que modifique lo convenido hasta el momento. Luego se incluyen las actas labradas en las reuniones. Cuando no se llega a un consenso dentro de la comisión paritaria, la ley nº 14.786 establece una instancia obligatoria de conciliación previa a la mediación del arbitraje. De este modo, en los expedientes de los años 1958-1966 encontramos la intervención del Director General de Relaciones del Trabajo, quien propone una fórmula conciliatoria, que puede ser aceptada o rechazada por las partes involucradas. Cuando la fórmula es rechazada, el mediador invita a las partes a someter la cuestión a arbitraje. Previo al dictamen del árbitro, los involucrados presentan pruebas acerca del tema en disputa, las cuales se incluyen en el expediente. Luego, el árbitro designado lauda acerca de la cuestión y se les notifica de lo resuelto, lo cual tiene un período mínimo de vigencia de 6 meses. Contra la sentencia del árbitro sólo se admitirá el recurso de nulidad (de acuerdo al decreto nº 32.347/44, ley nº 12.948) por haberse laudado en cuestiones no comprendidas en lo convenido.
En el año 1966 se sanciona la ley nº 16.936, de arbitraje obligatorio. . El trámite de la serie sigue un curso similar al del arbitraje amparado en la ley nº 14.786, se inicia con la solicitud de constitución de paritarias, se desarrollan sus reuniones hasta que el desacuerdo hace que sólo el arbitraje sea el encargado de resolver la cuestión que se dirime, y no se encuentra la instancia en la que un funcionario provee una fórmula conciliatoria que puede ser rechazada, establecida en la ley nº 14.786.
De acuerdo a la ley nº 16.936, la resolución que abre la instancia de arbitraje obligatorio es irrecurrible, e implica la intimación a que terminen todas las medidas de acción directa adoptadas. Actúa como árbitro el titular del Ministerio de Trabajo o la persona que éste designe. El árbitro cita a ambas partes a una audiencia, para que se fijen los puntos del litigio y se ofrezcan pruebas, que pueden consistir en “instrumental, informes y dictámenes periciales”, y se les pueden requerir informes o peritajes. Entre los diversos elementos probatorios pueden aparecer balances de empresa, informes sobre el costo de vida, sobre la curva de salarios, copias de convenios colectivos, actas de asambleas realizadas, etc.
Por último, en el arbitraje realizado ante conflictos en empresas del Estado (ley nº 17.494 de 1967) el trámite se inicia con la presentación de la empresa de los aspectos que considera necesarias modificar para lograr una mayor eficiencia operativa. El Ministro, mediante resolución inapelable, determina cuáles de los puntos propuestos serán materia de negociación y convoca a reunión, que será presidida por un funcionario de la misma; al no llegar a un acuerdo, se promueve la celebración de un compromiso arbitral entre las partes, y se designa un árbitro. En su tarea, dicho funcionario debe requerir información técnica del Ministerio o Secretaría de Estado a cuya jurisdicción corresponde a la actividad de la empresa involucrada, lo cual aparece como informe. Una vez informado, el árbitro lauda de manera inapelable y su decisión surte los mismos efectos que el acuerdo entre partes.
Sans titre
Fait partie de Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Se preservan expedientes, dentro de los que se pueden distinguir tres series: “Conciliación de demandas individuales de trabajo doméstico”, “Demandas individuales de trabajo doméstico” y “Disolución de contrato laboral por mutuo acuerdo”
El primer caso -“Conciliación de reclamos individuales de trabajo doméstico”- surge a raíz de la demanda del/a empleado/a a sus empleadores (por lo general se reclama por salarios adeudados, aguinaldos, vacaciones o disolución del contrato laboral), por lo cual el Tribunal de Trabajo Doméstico debe mediar entre las partes. Luego de la demanda se puede encontrar la contestación de los empleadores, copias de telegramas de intimación y de citación judicial, actas de poder a los abogados, el Acta de Conciliación en la que se dicta la resolución correspondiente y, posteriormente, la copia de recibos por ingreso de dinero. También pueden incluirse pruebas confesionales, testimoniales e informativas. El litigio puede derivar tanto en un acuerdo, como en una condena económica a la parte demandada. En especial en el que caso en que se dicta condena, el expediente puede derivarse a un Tribunal del Trabajo del Poder Judicial para que se dirima el conflicto.
La segunda serie consiste únicamente en los reclamos que se inician por los mismos motivos, pero se resuelven por desestimación, rechazo o retiro de la demanda.
Por último, en el caso de la disolución de contrato laboral por mutuo acuerdo, sólo encontramos el acta con la resolución donde figuran: nombre y domicilio de la parte empleadora y la empleada, fecha de inicio y cese del trabajo, categoría del trabajo, salario percibido e indemnización acordada, dejándose asentado la imposibilidad de inicio de demanda con posterioridad a ese acto.
Sans titre
Expedientes Secretos, Confidenciales y Reservados
Fait partie de Ministerio del Interior
Las fechas extremas de la documentación son los años 1932 -1983, la documentación predominante abarca el período 1943-1955. El área geográfica es, básicamente, el territorio nacional.
Puede encontrarse mayor cantidad de documentación referente a la Capital Federal, debido a que el gobierno Municipal y la Policía Federal dependían directamente del Poder Ejecutivo Nacional, y los Territorios Nacionales ya que estos dependían del Ministerio. También puede encontrarse, en pequeña medida, documentación relacionada con informaciones remitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. En muchos casos se refieren a notas o informes enviados por las embajadas argentinas en los países europeos a razón del conflicto bélico, por las representaciones en países latinoamericanos en relación con los temores a la “infiltración” del Eje, a la creación de la quinta columna, o sobre Bolivia y Paraguay por sus particulares situaciones políticas en estas fechas con la consecuente colaboración del gobierno argentino en esos asuntos y a Uruguay por cuestiones relacionadas con argentinos residentes en ese país.
Las series documentales más voluminosas que pueden encontrarse son: Planes de Defensa Nacional, Informes de gobierno de las provincias y los territorios nacionales, Informes de policía o seguridad interior, Informes de contravenciones del personal, Detención a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y expulsión en virtud de la Ley 4.144, Comunicaciones de otros países, Asilo o internaciones políticas, Pedidos de antecedentes, Nombramiento de personal, Cesantías y exoneraciones, Gastos reservados, Servicios confidenciales y Correspondencia (Numeración especial). Puede verse la descripción de algunas de estas series principales al final de esta sección.
En referencia a los períodos de los que se encuentra menos documentación, las especificidades que se pueden mencionar sintéticamente son:
a) 1932–1943, la existencia de actuaciones relacionadas con la expulsión de extranjeros, algunos de los cuales son acusados de formar parte de la red “Swig Migdal” de trata de blancas.
b) 1968–1983, (ver historia archivística) actuaciones relacionadas mayoritariamente con el accionar y funciones de la Dirección General de Provincias, la Dirección General de Seguridad Interior y la Dirección General de Administración. Se encuentran sumarios al personal y actuaciones relacionadas con el “Plan de reequipamientro de las policías provinciales”, el cual fue llevado adelante durante la última dictadura militar para la licitación y adquisición de automóviles, armas y equipos de radiocomunicaciones. También se encuentra documentación relacionada con la Guerra de Malvinas.
En cuanto a normativa de carácter original, se encuentran resoluciones y decretos hasta el año 1947. A partir del Decreto Nº 659/47, los decretos originales de carácter público serán concentrados en la Secretaría de Presidencia, dejándose en el expediente de origen una copia de los mismos. En el Ministerio del Interior se siguió igual procedimiento con las resoluciones. Desconocemos los motivos por los cuales no sucedió así con los decretos secretos, dado que originales de los mismos se encuentran en estos expedientes hasta el año 1952.
A continuación se describen algunas de las series más relevantes en cuanto a su volumen y a la información que contienen:
Defensa Nacional, planes
Dentro de esta serie se incluyen las comunicaciones referidas a la preparación de la defensa nacional. Estas pueden relacionarse con: directivas para asegurar el normal funcionamiento de los servicios públicos y la reunión del personal en sus puestos de trabajo, acuartelamiento del personal civil, planes de autodefensa de aguas corrientes, fábricas, diques, servicios sanitarios, necesidades de protección de red ferroviaria y de transportes automotores, proyectos para la evacuación de ciudades, estudios del potencial de guerra del país, verificaciones y adquisición de elementos contra incendio, creaciones de juntas de defensa, etc.
Adjuntados a las mismas se encuentran: organigramas, planos, mapas, copia de normativa, esquemas de organización interna y nóminas de personal, proyectos, planes de estudio, informes sobre existencias y necesidades de armamento, etc.
Dentro de esta serie se identifica una subserie, relacionada con el procedimiento administrativo que se seguía al armar el fichero civil para la movilización de personal:
Remisión de planillas de movilización de personal
Si bien esta serie es significativa en cantidad de documentación, no lo es en cuanto a la información que en ella puede encontrarse.
El expediente se inicia con una comunicación de cualquiera de las dependencias del Ministerio, o del Congreso Nacional, a la Dirección de Defensa Nacional informando que remite adjuntas las planillas o fichas de movilización de personal. Estas planillas eran desglosadas del expediente. Por lo tanto la única información que tenemos es la nota y/o la solicitud de la Dirección de Defensa Nacional de remisión de documentación faltante, con excepción de algunos casos en que se enviaban datos faltantes sobre alguna/a empleado/a en particular.
Informes de gobierno de las provincias y los territorios nacionales
Elevados por el Gobernador ante una situación que considere necesario comunicar o por solicitud del Ministerio.
Éstos pueden ser sobre la situación política, económica, social, agrícola, de gestión, de arquitectura, de control de precios y abastecimientos, etc. La información y los tipos documentales que integran cada expediente varían de acuerdo a la temática. En el caso de informes sobre actuación de funcionarios se encuentran, en algunos casos; sumarios, recortes periodísticos e impresos de todo tipo, en referencia a su accionar político, su actuación moral o sus antecedentes. También pueden contener resoluciones y decretos.
Es de destacar que se encuentran algunos casos donde el informe es elevado por el Partido Peronista.
Informes de policía o seguridad interior
A solicitud de las autoridades o por haberse producidos eventos que la dependencia remitente considera necesarios comunicar, se eleva un informe al Subsecretario del Ministerio describiendo el accionar de determinadas personas, agrupaciones políticas o asociaciones; actuación, censura o información publicada por la prensa; etc. Las temáticas abordadas incluyen actividades de subversión o creación de clima de intranquilidad social que pueden hacer referencia a actividades pro nazis, pro eje, comunistas, de acción directa del movimiento obrero o estudiantil, secuestro de armas, etc. Gendarmería Nacional, por su parte, enviaba informes sobre situación en las zonas limítrofes (como las referidas a enfrentamientos armados en la frontera, represión del contrabando, tránsito clandestino de personas, etc.).
Los tipos documentales que pueden encontrarse son: informes de inteligencia de la policía, recortes o copias de recortes periodísticos, fotografías, material secuestrado como folletos, volantes, correspondencia.
Es de destacar que en varias ocasiones se encuentran informes mensuales referidos al accionar del movimiento obrero. Por citar un ejemplo: tanto la gobernación de Santa Fe, a través del departamento de policía, como el servicio especial de vigilancia de YPF, y la Gendarmería Nacional realizaban informes detallados de este accionar que incluían la transcripción de asambleas.
Durante el período en el cual Gendarmería Nacional dependió directamente del Ministerio del Interior, elevó la estadística mensual de la actividad policial desarrollada por la misma en cuarenta y cuatro localidades. Si bien sólo se encuentra la estadística, en vistas del desconocimiento que tenemos respecto a la accesibilidad de la documentación policial, destacamos que los ítems considerados son: a) Accidentes (diferenciados entre comunes y de trabajo) y encuentros armados (detallando personal de Gendarmería herido); b) sumarios judiciales instruidos por homicidio, lesiones, aborto, agresión, violación, rapto, violación de domicilio, hurto, robo, estafa y tentativa de defraudación, usurpación, daños, incendio, contagio de enfermedades, Decreto Ley 536/45, inmigrantes clandestinos, atentado, resistencia a la autoridad, desacato, cohecho, falso testimonio, encubrimiento, evasión, falsificación de documentos y enrolamiento; c) infracciones y contravenciones: art. 251 del Código Rural, desorden, ebriedad y prevención de delincuencia e infracciones aduaneras (detallando procedimientos y valor de lo secuestrado). En todos los casos se encuentran los totales parciales por localidad, los autores aprehendidos y el porcentaje de los mismos.
Informes de contravenciones del personal
Dentro de esta serie se encuentran las actuaciones realizadas por la Policía Federal, en el ámbito de la Capital, ante contravenciones realizadas por personal del Estado, en especial los pertenecientes a la Fuerzas Armadas. Si bien el tipo documental es la comunicación del inicio del expediente contravencional, se encuentra resumido el episodio que lo generó. Pudiendo ser por: ebriedad y otras intoxicaciones, desorden en la vía pública, infracción a la ley de ferrocarriles, escándalo, carnaval, etc. Es de destacar que el inciso 2 de la contravención de “Escándalo” se refiere a “falta de respeto a la mujer” por lo cual, nominado de esta forma se pueden encontrar abusos sexuales de diverso tipo, que aparecen indicados como tales en el índice temático.
Detención a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y expulsión en virtud de la ley 4144
Dentro de esta serie se encuentra la solicitud de detención, efectuada por la Policía Federal, a la cual se adjunta una síntesis de los antecedentes del sujeto y, en el caso de que hubiera existido, la mención de la situación en que fue detenido o los motivos por los cuales era necesario efectuar la detención. A continuación, se encuentra el decreto (hasta el año 1947, original) que ordena su detención.
Cuando las personas eran detenidas en los territorios nacionales, la solicitud era realizada por la jefatura de policía del territorio y elevada al Ministro a través del Gobernador. De acuerdo a una nota elevada por la Jefatura de la Policía Federal en el año 1943 respondiendo una consulta al Ministro del Interior, esa Jefatura estimaba que la privación de la libertad a disposición del Poder Ejecutivo debía prolongarse el tiempo que juzgaran necesario las autoridades que procedieron a la detención, la libertad la podían disponer esas mismas autoridades y en todos los casos debía comunicarse por nota al Ministerio (Expediente 789/43, Caja 13)
En algunos casos se encuentran adjuntados los expedientes de solicitud de libertad interpuestas por familiares, amigos u organizaciones de la sociedad civil.
El procedimiento era el mismo en el caso de la detención y posterior expulsión del país de extranjeros comprendidos en la ley 4144 (de Residencia)
Es de destacar, en este caso, que en ocasiones se adjunta la solicitud interpuesta años después por los afectados o sus familiares directos, de dejar sin efecto tal medida. Por lo general ante un cambio de dirigencia del gobierno nacional.
Los motivos por los cuales se efectuaban las detenciones eran en general por actividades comunistas, subversivas, pro eje, pro aliadas, por desacato, por creación de clima de intranquilidad, por realizar expresiones contrarias al gobierno o alarmistas y temerarias. También se llegaba a dar este procedimiento hacia acusados por agio y especulación.
Comunicaciones de otros países
Informes o solicitudes de las Embajadas o Consulados Argentinos en el extranjero, o de la Embajadas de otros Estados en nuestro país.
Cuando el Ministerio de Relaciones Exteriores recibía una comunicación que hacía referencia a temáticas relacionadas con las funciones del Ministerio, giraba al mismo una copia. Estas referían a: ciudadanos argentinos residentes en el extranjero, actos eleccionarios, conmociones políticas, manifestaciones, ciudadanos extranjeros, detenidos, redes de espionaje y o de inteligencia, etc.
Si era un informe, a continuación se comunicaba al área o las áreas pertinentes. Si era una solicitud, se transfería al área correspondiente para su resolución. En estos casos además de las comunicaciones u órdenes a las distintas dependencias, pueden encontrarse giros a otro ministerio, resoluciones y decretos.
Asilo o internaciones políticas
A pedido de la Embajada de algún país limítrofe, generalmente debido a sus conmociones internas, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita la internación de determinadas personas en provincias alejadas de aquellas que limitan con el país en cuestión, a continuación se encuentra el decreto que ordena la internación o la prohibición a determinadas personas de permanecer y transitar por determinadas provincias.
Es de destacar la documentación generada durante los conflictos ocurridos en Bolivia (1952) y Paraguay (1947).
Pedidos de antecedentes
El Director de investigaciones de la Policía Federal contesta pedido de antecedentes de ciudadano/a/os/as al Director General del Ministerio para su remisión al organismo que los solicitó.
Nombramiento de personal
Se encuentra en esta serie nombramientos de policía y de personal administrativo de los Territorios Nacionales. El expediente se inicia con la solicitud elevada por la gobernación; adjuntando la recomendación se encuentra el decreto de nombramiento.
Es de destacar que a partir del año 1946, y hasta el año 1955, los recomendantes debían completar una planilla para la proposición de empleos haciéndose responsables de la persona recomendada en el sentido que debía identificarse con el gobierno, en el ítem referido a otros antecedentes solía registrarse que era afiliado/a al partido peronista y desde qué fecha. En muchas oportunidades se adjunta un certificado de antigüedad de afiliación al partido.
Cesantías y exoneraciones
Las cesantías y/o exoneraciones se resolvían, por decreto, a solicitud de las autoridades competentes, las cuales elevaban un informe de motivos y en algunos casos el sumario correspondiente.
También encontramos el procedimiento que se seguía desde la Presidencia de la Nación para evitar que el personal cesante o exonerado volviera a trabajar en la Administración Pública Nacional. La Secretaría de Presidencia enviaba a la Dirección General de Subsecretaría del ministerio la lista de personas que cesaron en las funciones que desempeñaron y que no debían reingresar bajo ningún concepto. La división personal enviaba copia de las listas a las gobernaciones y dependencias del Ministerio.
Gastos reservados
En esta serie se encuentra la resolución original a partir de la cual el Ministro ordena que se liquide y abone a determinadas personas una suma de dinero en concepto de misión reservada. En algunos casos, cuando la liquidación es solicitada por algún área, se puede encontrar el motivo del pago.
Sans titre
La documentación que compone el fondo comprende el período 1870 – 1992. El área geográfica de referencia es la totalidad del territorio de la República Argentina, con énfasis en el llamado Gran Buenos Aires.
La documentación se encuentra agrupada de la siguiente manera, en función de cómo fue transferida:
-Registro de matriculados. Fechas extremas: 1891-1992. Código de identificación. OSN01-Rm. Consiste en el registro individual de profesionales, constructores y operarios especializados actuantes ante Obras Sanitarias (director/constructor de obras sanitarias domiciliarias, perforaciones o instalaciones sanitarias industriales; y también empresas de instalaciones sanitarias o perforaciones). Contiene los datos personales del interesado, copia de título y el trámite de registro por parte de Obras Sanitarias.
-Registro de matriculados-fichas. Fechas extremas: sin información. Fichas. Código de identificación: OSN01-Rm-f. Son las fichas que dan información sobre el registro de profesionales matriculados. No posee instrumento de descripción.
-Expedientes generales. Fechas extremas: 1891-1992. Código de identificación: OSN01-Eg. Expedientes generales sobre distintas cuestiones, por ejemplo: administración de personal, instalación de cañerías, cuestiones judiciales, licitaciones, exenciones de pago, remisión de facturas, etc.
En términos generales la documentación puede organizarse en función de estos agrupamientos: licitaciones públicas, solicitudes de las provincias, Intervención, Administración General, Secretaría General, Asuntos Jurídicos, Organización y Sistemas, sumarios, Coordinación y Enlace, Dirección General y Técnica, Gerencias Técnica e Ingeniería, estudios y proyectos, Dirección de Máquinas, Obra Social, Direcciones de Contabilidad y Comercial, Gerencias de Explotación, Logística y de Grandes Acueductos, Laboratorios, Ministerios varios, Recursos Humanos, Personal (organizado por Letras), Embargos, registros únicos, entre otros.
-Libros de actas de expedientes. Fechas extremas de la documentación que registran: c. 1905 - c.1992. Código de identificación: OSN01-lae. Consisten en libros que sirven como forma de acceder al contenido de los expedientes que se encuentran en latas. Cada libro representa a un acta. Las actas se elaboraban cada vez que se enviaba un conjunto de documentos al Archivo. La información del acta se organiza en función de las siguientes entradas: licitaciones públicas, solicitudes de las provincias, Intervención, Administración General, Secretaría General, Asuntos Jurídicos, Organización y Sistemas, sumarios, Coordinación y Enlace, Dirección General y Técnica, Gerencias Técnica e Ingeniería, estudios y proyectos, Dirección de Máquinas, Obra Social, Direcciones de Contabilidad y Comercial, Gerencias de Explotación, Logística y de Grandes Acueductos, Laboratorios, Ministerios varios, Recursos Humanos, Personal (organizado por Letras), Embargos, registros únicos, entre otras.
Poseen un inventario analítico en proceso de elaboración. Cuando se elaboraba el inventario de estos libros se notó que la información de una parte de ellos resulta obsoleta porque los expedientes fueron reordenados y eso consta en los libros de actas más nuevos. Es por eso que en el inventario de estos libros sólo se registró la información referida a los libros con información vigente, y no a los que ya no tienen correlación con la ordenación física actual de los expedientes.
-Fichas de expedientes. Fechas extremas de la información que registran: 1925-1975. Código de identificación: OSN01-fe. Solía existir un procedimiento para vincular la información de las fichas con las latas, pero actualmente se cree que ese procedimiento se encuentra obsoleto. Dicho procedimiento para el uso de las fichas que permitían acceder a los expedientes consistía en: 1) Ver en las fichas la última fecha de archivo del expediente. 2) A las dos últimas cifras del año sumar 22. El resultado sería el número de acta. 3) Buscar en los libros el acta y para obtener el número de lata en la que se encuentra el expediente. 4) Si no tenía fecha de archivo, revisar si tuvo una anterior y probar con ese número.
-Libros de actas y resoluciones. Fechas extremas: 1870-1966. Código de identificación: OSN01-la. Consisten en libros de actas y resoluciones de la Comisión de Obras de salubridad, la Dirección General de Obras de Salubridad, el Direc OSN01-lcr torio y del Consejo de Administración, entre otros. Posee un inventario analítico. Algunos de los libros cuentan con un detalle más pormenorizado sobre su contenido (aunque no es exhaustivo), que está incluido en el mismo inventario. Hay 41 libros de actas que son copiadores y están repetidos en el depósito.
-Libros copiadores y de registro. Fechas extremas: 1891 – 1983. Código de identificación: OSN01-Arch-lcr. Son libros copiadores y de registro que contienen disposiciones, registro de personal, recopilaciones de normativa, memorias y balances, transcripciones de notas (públicas y reservadas), actas de sesiones, boletines, etc. Posee un inventario analítico de transferencia.
-Libros contables. Código de identificación: OSN01-lc. Fechas extremas: 1923-1967. Son libros organizados por zonas geográficas, donde se registra la contabilidad de la explotación y la construcción llevadas adelante por Obras Sanitarias. Posee un Inventario somero en papel.
-Recopilación de normativa y proyectos. Fechas extremas: 1862-1953. Código de identificación: OSN01-rnp. Libros referidos a: memorias, estudios, proyectos, resoluciones y actas, entre otros.
-Archivo: Fechas extremas: 1891 – 1983. Código de identificación: OSN01-Arch. Consiste en libros de registro de construcciones /obras cloacales domiciliarias, libros de resoluciones, libros contables, libros de análisis químicos y ensayos físicos y mecánicos de materiales, libros copiadores de notas enviadas, libros de plan de Necesidades y Presupuesto de la Gerencia General, entre otros.
-Beneficio artículo 58 Decreto-Ley 4485/58. Fechas extremas: 1967-1971. Código de identificación: OSN01-bdl. Consiste en el trámite realizado por el personal de Obras Sanitarias para obtener la rebaja del 50% en los servicios sanitarios. Para solicitarlo los interesados acompañaban copia del título de propiedad y Obras Sanitarias resolvía la otorgación a través de resoluciones colectivas.
-Contratos. Código de identificación: OSN01-c. Fechas extremas: 1923-1967. Consisten en libros copiadores de contratos llevados adelante por Obras Sanitarias. Posee un inventario somero en papel.
-Biblioteca. Código de identificación: OSN01-Bi. Fechas extremas: Sin información. Son libros especializados sobre la temática de la institución. No posee inventario.
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Dado que los ingresos se realizaron en distintos períodos y en distintas maneras, la documentación fue descripta, puesta a la consulta pública y difundida a partir de esas mismas divisiones, por lo que esa clasificación será mantenida en la presente descripción.
A continuación, la describimos brevemente:
1) Ministerio del Interior, Sección Archivo, Serie Decretos del Poder Ejecutivo Nacional. Fechas extremas: 1862-1937. Volumen: 2,33 metros lineales. Sigla: MI01-Arch-d
2) Ministerio del Interior, Sección Archivo, subsección Intervenciones Federales. Serie Memorias. Fechas extremas: 1861 – 1940. Volumen: 10 metros lineales. Sigla: MI01.Arch-If-m
3) Ministerio del Interior, Sección Dirección de Territorios Nacionales, Serie Legajos de personal. Fechas extremas: 1902 – 1971. Volumen: 28,5 metros lineales. Sigla: MI01-Dtn-lp
4) Ministerio del Interior, Sección Dirección de Territorios Nacionales: Series Libros de notas, Libros de informes, Libros de decretos y Libros de resoluciones. Fechas extremas: c.1870 - c.1935. Volumen: 3 metros lineales. Siglas: MI01-Dtn-lno, MI01-Dtn-li, MI01-Dtn-ld y MI01-Dtn-lr).
5) Ministerio del Interior, Sección Expedientes Secretos, Confidenciales y Reservados. Fechas extremas: 1939 – 1982. Volumen: 17,33 metros lineales. Sigla: MI01-Scr
6) Ministerio del Interior, Sección Comisión de Ordenamiento de Archivos, Subsección series Históricas I, II y III. Fechas extremas: 1854 – 1948. Volumen: 26 metros lineales. Sigla: MI01-Coa-Sh1, MI01-Coa-Sh2 y MI01-Coa-Sh3.
7) Ministerio del Interior, Sección Comisión de Ordenamiento de Archivos, subsección muestreo de expedientes 1. Fechas extremas: 1937 – 1979. Volumen: 21 metros lineales. Sigla: MI01-Coa-Mu1.
8) Ministerio del Interior, Sección Comisión de Ordenamiento de Archivos, subsección muestreo de expedientes 2. Fechas extremas: 1957 -1964. Volumen: 10,5 metros lineales. Sigla: MI01-Coa-Mu2.
9) Ministerio del Interior, Sección Consejo Supremo de Justicia Policial Nacional. Fechas extremas: 1953-1955. Volumen: 6 metros lineales. Sigla: MI01-Csjpn
10) Ministerio del Interior, sección Unidad Ministro, series: Correspondencia, memos, notas y remitos. Fechas extremas: 2002-2006. Volumen: 20 metros lineales. Sigla: MI01-Um
11) Ministerio del Interior, Sección Expedientes Generales 1. Fechas extremas: 1867 – 1946. Volumen: 318 metros lineales. Sigla: MI01-Eg1
12) Ministerio del Interior, Sección Expedientes Generales 2. Fechas extremas: 1965 – 1981. Volumen: 20,5 metros lineales. Sigla: MI01-Eg2
13) Ministerio del Interior, Sección Expedientes Generales 3. Fechas extremas: 1976 – 1982. Volumen: 71,5 metros lineales. Sigla: MI01-Eg3
14) Ministerio del Interior, sección Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad, serie Registro de entidades de bien público. Fechas extremas: c. 1939 – c. 1999. Volumen: 96 metros lineales. Sigla: MI01-Dnrc-rebp
15) Ministerio del Interior, sección Mesa de Entradas y Salidas, serie libros copiadores de decretos. Fechas extremas: 1902-1984. Volumen: 0,5 metros lineales. Sigla: MI01-Mes-lcd
16) Ministerio del Interior, sección Mesa de Entradas y Salidas, serie Libros de registro de expedientes. Fechas extremas: 1931-1957. Volumen: 0,5 metros lineales. Sigla: MI01-Mes-lre
17) Ministerio del Interior, sección Mesa de Entradas y Salidas, serie Normativa. Fechas extremas: 1910 - 1978. Volumen: 4 metros lineales. Sigla: MI01-Mes-no
18) Ministerio del Interior, sección Mesa de Entradas y Salidas, series Libros de notas, Libros de informes, Libros de decretos y Libros de resoluciones. Fechas extremas: c. 1870 – 1935. Volumen: 4 metros lineales. Siglas: MI01-Mes-lno, MI01-Mes-li, MI01-Mes-ld y MI01-Mesa-lr.
19) Ministerio de Interior, secciones Expedientes Ley N° 17678 (Fondo de Integración Territorial) y 20221/73 (Fondo de Desarrollo Regional). Fechas extremas: c.1966-c.1987. Volumen: 32 metros lineales. Sigla: MI01-Fit, MI01-Fdr
20) Ministerio del Interior, sección Expedientes de Jubilaciones y Pensiones. Fechas extremas: 1928-1960. Volumen: 21 metros lineales. Sigla: MI01-Ejp.
21) Ministerio del Interior, secciones: Subsecretaría, Oficina de Padrón Electoral, Dirección General de Territorios Nacionales, Mesa de Entradas y Salidas, Oficina de Contabilidad, Subsecretaría de Informaciones,1° Sección, 2° Sección, 3° Sección, 4° Sección y 5° Sección. Fechas extremas: c.1870 - c.1935. Volumen: 60 metros lineales. Siglas: MI01-Su, MI01-Ope, MI01-Dgtn, MI01-Mesa, MI01-Oc, MI01-Ss, MI01-Ssi, MI01-S1, MI01-S2, MI01-S3, MI01-S4 y MI01-S5.
22) Ministerio del Interior, serie Registros electorales. Fechas extremas: 1908-1925. Volumen: 12 metros lineales. Sigla: MI01-re
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Regularización del personal en la provincia de Entre Ríos.
Fait partie de Empresa Nacional de Correos y Telégrafos
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Fait partie de Empresa Nacional de Correos y Telégrafos
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