Affichage de 256 résultats

Notice d'autorité

AGN

José Juan Biedma

  • AR-AGN-ISAAR-JJB01_01
  • Personne
  • 1864/07/29-1933/04/11

José Juan Biedma, nació en Buenos Aires el 29 de julio de 1864, hijo de Juan José Biedma y Josefa Estraw. En su juventud trabajó como comerciante en Montevideo. Regresó a Buenos Aires en la década de 1880 para ejercer como oficial de armas. Más tarde se radicó en las ciudades de Carmen de Patagones y Viedma, donde retomó la actividad comercial. Por decreto del 20 de diciembre de 1887 fue nombrado jefe de Policía en la Gobernación del Río Negro.
Como periodista junto con su hermano Alberto fundó en Carmen de Patagones el periódico “El Pueblo”. En 1889 volvió a la Capital para continuar con su carrera militar y participó en la Revolución de 1890. En ese tiempo comenzó a profundizar en sus investigaciones históricas. Escribió, entre otras obras, Pringles: boceto biográfico (1884); Don Ambrosio de Mitre: datos para su biografía (1891); Vida militar del General D. Gervasio Espinosa (1894); El coronel Lorenzo Lugones (1896); Crónica histórica del río Negro y Patagones (1777-1834) (1905); Suárez y Olavarría. Memorias y bosquejo biográfico (1909); Atlas Histórico de la República Argentina (1909) y Bartolomé Mitre (1921). Junto a José Antonio Pillado, publicó el Diccionario Biográfico Argentino, del que sólo se llegó a publicar el tomo correspondiente a la letra “A”.
Se casó con Corina Cristina Recalde Ocampo con quien tuvo a Ana Martina en 1888, Nicasio Luis en 1891, Corina en 1895, Antonio María en 1898, Teresa en 1900, Alberto María en 1901 y Rodolfo Washington en 1907.
Por decreto del 30 de enero de 1893 fue nombrado Profesor de Historia del Colegio Nacional de la Capital. El 9 de febrero de 1895, mediate un decreto del Departamento de Instrucción Pública fue nombrado subdirector y secretario del Archivo General de la Nación. En 1901 fue aceptado como miembro de la Junta de Historia y Numismática Americana.
El 18 de junio de 1904 fue nombrado por decreto de la División de Justicia e Instrucción Pública profesor de Historia en el Colegio Nacional Central. Por decreto del 13 de septiembre de 1893, fue nombrado jefe de Sección del Archivo General de la Nación. El 25 de julio de 1904, Biedma fue ascendido a archivero general del Archivo General de la Nación, cargo que desempeñó hasta el 29 de octubre de 1921 cuando se jubiló. También ese mismo año, el 30 de enero, fue nombrado profesor de Historia del Colegio Militar.
Falleció el 11 de abril de 1933.

Ferrocarriles Argentinos

  • AR-AGN-ISAAR-FA01_01
  • Collectivité
  • 1968-1995

Ferrocarriles Argentinos fue una empresa estatal que existió con ese nombre entre 1968 y 1995.
Sus antecedentes pueden ubicarse en la Administración General de Ferrocarriles del Estado, creada como ente autárquico en 1909 (ley 6757) encargado de gestionar los trenes de propiedad estatal.
Dicha Administración fue liquidada en 1947 cuando fueron nacionalizados todos los ferrocarriles de propiedad privada del país.
A partir de entonces, los ferrocarriles quedaron bajo la órbita de la Empresa Nacional de Transportes, que fue liquidada en 1958 cuando se creó la Empresa de Ferrocarriles del Estado Argentina (EFEA).
En 1968 esta empresa adoptó el nombre de Ferrocarriles Argentinos, cuyo funcionamiento fue reglamentado por la ley 18.360 de 1969.
En la década de 1990, cuando se implementó la reforma del Estado, la empresa se dividió entre FEMESA y Ferrocarriles Argentinos mientras la red ferroviaria comenzó a ser concesionada y muchos de sus servicios fueron cancelados. Finalmente, en 1995 Ferrocarriles Argentinos entró en estado de liquidación (Decreto 1039/95).

Programa de Participación de los Pueblos Indígenas, “Dr. Horacio Eliseo Maldonado”

  • AR-AGN-ISAAR-PPI01_01
  • Collectivité
  • 1995-1997

Con la reforma de la Constitución Nacional de 1994 se incluyó el artículo 75, inciso 17 que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas garantizando el respeto a la identidad cultural, el derecho a la educación bilingüe e intercultural, así como se asegura el reconocimiento de la personería jurídica de las comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que ocupan, entre otros reconocimientos.

Para la reglamentación de dicho artículo, la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación, a cargo del secretario Eduardo Pablo Amadeo, financió a través de organizaciones como ENDEPA (Equipo Nacional de Pastoral Aborigen) y AIRA (Asociación Indígena de la República Argentina), entre otras, al Proyecto de Participación de los Pueblos Indígenas (PPI), “Dr. Horacio Eliseo Maldonado”, nombre en honor del abogado que fomentó y trabajó por la inclusión de los derechos indígenas en la reforma constitucional de 1994. Falleció el 27 de junio de 1996.

Luego de la sanción de del Art 75, inciso 17, distintas organizaciones representantes de los pueblos indígenas e instituciones indigenistas de pastoral aborigen junto a otras iglesias cristianas, a través de la ENDEPA, le enviaron en septiembre de 1985 al presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Patricio Doyle, el proyecto del PPI. Se trataba de un programa de movilización indígena de nivel nacional que tenía como objetivo que los pueblos indígenas, a través de su participación protagónica, aporten los criterios y pautas que debiera cumplimentar el Estado para la efectiva operativización de los principios y contenidos del artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.

El 8 y 9 de junio de 1996, en Capital Federal, se realizó la primera reunión nacional interdisciplinar, para la cual se convocó a diversos profesionales como abogados y antropólogos que funcionarían como capacitadores de equipos, representantes indígenas de las provincias y de las organizaciones AIRA y ENDEPA. El objetivo de esta reunión fue informar, consensuar ejes temáticos y metodología de trabajo, intercambiar materiales y formar los equipos de coordinación regional y nacional. En este encuentro se decidió crear el Equipo de Coordinación Nacional (ECNPPI) formado por indígenas de las regiones norte y sur, representantes indigenistas de equipos y/o instituciones norte-sur así como representantes de AIRA y ENDEPA. Su función principal era funcionar como nexo entre las instituciones del Estado y las bases indígenas e indigenistas.

En 1996 el PPI quedó organizado en: el Equipo de Coordinación Nacional y las regiones (Noroeste, Nordeste, Centro y Sur) Al mismo tiempo, las provincias que las integraban tenían sus propios equipos de coordinación provinciales y éstas, a su vez, sus equipos zonales y locales.

Hacia fines de 1996 e inicios de 1997, las organizaciones se nuclearon en reuniones de pre-coordinación regionales y provinciales con el objetivo de llegar al primer Foro Nacional del PPI (también denominado “Seminario Nacional”) Este se realizó, finalmente, entre el 25 de agosto y el 2 de septiembre de 1997.

No se encontró documentación que indique la fecha de disolución del PPI.

AR-AGN-ISAD-CAL01

  • AR-AGN-ISAAR-CAL01_03
  • Collectivité
  • 1976-1983

La Comisión de Asesoramiento Legislativo funcionó entre 1976 y 1983, tras el 24 de marzo de 1976.
El golpe de Estado encabezado por las Fuerzas Armadas derrocó al gobierno constitucional e instaló una Junta de Gobierno conformada por los comandantes Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, la cual designaba al Presidente de la Nación. Ese mismo día, la mencionada Junta dio a conocer dos Actas: “Acta para el Proceso de Reorganización Nacional”, y “Acta fijando los propósitos y los objetivos básicos para el Proceso de Reorganización Nacional”, ambas publicadas en el Boletín Oficial del 29 de marzo de 1976.
El 31 del mismo mes y año, se publicó el “Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional”, en cuyo Artículo 5º determinaba que las facultades legislativas que la Constitución Nacional otorgaba al Congreso serían ejercidas, con algunas excepciones, por el Presidente de la Nación y que una “Comisión de Asesoramiento Legislativo intervendrá en la formación y sanción de leyes, conforme al procedimiento que se establezca”. El procedimiento, junto con la reglamentación legal de las Actas a través de un “Reglamento para el funcionamiento de la junta Militar, Poder Ejecutivo Nacional y Comisión de Asesoramiento Legislativo”, fue estipulado por la Ley 21.256, sancionada y promulgada el mismo 24 de marzo de 1976. En los puntos 3 y 4 del Reglamento aprobado por la mencionada Ley, se especificó la integración, funciones, atribuciones, organización y funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento Legislativo, así como el procedimiento que debía seguir la misma con respecto a la formación y sanción de leyes.
La Comisión, integrada por nueve miembros (tres de cada Fuerza) y presidida en forma anual y rotativa, recibía una copia de los proyectos de ley o decreto ingresados a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación o de los Comandantes Generales los cuales, una vez registrados en la secretaría de la Comisión, eran tratados en plenario y dentro de las setenta y dos horas debían recibir la calificación de “significativa trascendencia” o “no significativa trascendencia”. Los primeros pasaban a ser analizados por una o varias de las ocho Subcomisiones de trabajo, las cuales podían solicitar la concurrencia de Ministros y Secretarios de Estado, a los efectos de informarse en materias particulares; los segundos podían ser sancionados y promulgados por la Presidencia de la Nación. Las Subcomisiones de trabajo tenían un plazo de veinte días para elevar un dictamen provisorio que sería tratado en sesión plenaria de la Comisión, la que producía un dictamen definitivo que se elevaba al Poder Ejecutivo dentro de las setenta y dos horas siguientes, el cual sancionaba y promulgaba los proyectos, si compartía los dictámenes de la Comisión. En caso de desacuerdo entre ambas instituciones, la resolución corría por cuenta de la Junta Militar.
La Comisión de Asesoramiento Legislativo cesó en sus funciones junto con la Junta Militar, en el año 1983.

FotoAéreas

  • AR-AGN-ISAAR-FOTA01_01
  • Collectivité
  • C. 1929 - 1942

Al día de la fecha no se identificaron registros administrativos ni bibliografía que permita dar cuenta de la historia institucional de esta entidad. A través de un análisis de la documentación fotográfica que se conserva, podemos inferir que se trataba de una empresa privada que vendía el servicio de registros fotográficos aéreos. Pudimos encontrar otros casos como, por ejemplo, la Compañía Mexicana de Aerofotos SA. Dicha empresa desempañaba en México, en la década 30 del siglo XX, una actividad similar a FotoAéreas en Argentina.

Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico

  • AR-AGN-ISAAR-CNRPH01
  • Collectivité
  • 1961/01/10-1963/04/24

La Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico fue creada el 10 de enero de 1961 mediante el decreto N° 159, bajo el nombre de Comisión de Recuperación de la Documentación Histórica Nacional, con el objetivo de asesorar al poder ejecutivo mediante el Ministerio del Interior sobre el justiprecio y la conveniencia de la adquisición de materiales de interés histórico. La comisión estaba compuesta por el titular del Archivo General de la Nación, un miembro de la Academia Nacional de Historia, el director del Museo Histórico Nacional, el director del Instituto Nacional de la Historia “Doctor Emilio Ravignani”, de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Buenos Aires y el Jefe de Investigaciones y Estudios Históricos del Museo de la Casa de Gobierno.
En 1962, mediante el decreto N° 5074 del Ministerio del Interior de fecha 5 de junio, se cambió la denominación pasando a llamarse Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico dependiente de Presidencia de la Nación. De la misma forma se nombraron las autoridades de la Comisión siendo nombrado presidente de la misma Ricardo Caillet Bois y los vocales; Roberto Etchepareborda; Julio César González y Germán O. E. Tjarks. Por el mismo decreto, la Comisión fue autorizada para enviar, recibir y administrar legados como también adquirir en nombre del Poder Ejecutivo los materiales de interés histórico que considerara conveniente incorporarlos a los bienes que custodia la nación. Para ello la Comisión debía rendir cuenta documentada de las compras y acciones realizadas ante la Secretaria General de Presidencia.
El decreto N° 9786 del 17 de septiembre de 1962 del Ministerio del Interior estableció que se sumen además de los miembros referidos por el decreto N° 5074, dos vocales honorarios suplentes designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Educación y Justicia. Fueron designados para dichos cargos Ricardo Zorraquín Becú y Antonio J. Pérez Amuchástegui.
El Decreto Ley N°11466 del 30 de octubre de 1962 estableció la transferencia de 20 millones de pesos moneda nacional por parte de la Comisión Ejecutiva Nacional a la Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico Para adquirir piezas documentales relacionadas con el pasado histórico por la cual debía rendirse cuenta documentada de la inversión realizada.
El 24 de abril de 1963 mediante el decreto 3032 se aceptó la renuncia de Ricardo Zorraquín Becú como miembro vocal honorario y se nombró como suplente a José María Mariluz Urquijo.

Eva Giberti

  • AR-AGN-ISAAR-EG01_01
  • Personne
  • 1929-

Eva Giberti es una reconocida psicóloga argentina destacada en sus aportes a las problemáticas de género y familia.

Nació en 1929 en Buenos Aires. Estudió la carrera de asistente social en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y más tarde la de psicología, ambas en la Universidad de Buenos Aires.

Fue Jefa del Servicio Social de la Dirección Nacional de Maternidad e Infancia del Ministerio de Salud Pública entre 1957 y 1959, y Profesora Adjunta de Niñez y Adolescencia en la cátedra de Psicología Evolutiva de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires, entre 1961 y 1962.

En el marco de la cátedra de Pediatría y Puericultura de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, desde fines de la década de 1950 estuvo a cargo de un consultorio psicológico para adolescentes en los consultorios externos del Hospital de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez.

En 1957, también en el marco de la cátedra de Pediatría y Puericultura de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, dirigió la Escuela para Padres, que tenía por fin informar sobre temas para la protección de la salud y sobre la educación de niños y jóvenes, investigar las formas de la vida familiar, y coordinar con otras Escuelas para Padres del país y del exterior. En pos de esas tareas dictaban cursos y conferencias para padres, profesionales, estudiantes de medicina, adolescentes, educadores y el público en general, organizaban cursos especiales para formar especialistas en la coordinación de Escuelas para Padres, publicaban material didáctico y realizaban tareas de difusión de sus actividades por medio del periodismo. En este último sentido, Eva Giberti publicó artículos de Escuela para Padres en distintos periódicos y revistas (que también fueron editados como libros), y tuvo apariciones en los programas televisivos Tribunal de apelación y Tribunal para Mayores.

En 1973 fue detenido el hijo de Giberti, y a partir de ese momento ella se recluyó de los medios y del ámbito universitario, continuando con su práctica como psicoanalista. Ese año, Giberti recibió reiteradas amenazas y la sede del Hospital de Niños fue allanada, por lo que la Escuela para Padres dejó de funcionar. Con el retorno democrático posterior a la dictadura militar se abrirían espacios similares para continuar sus funciones.

A partir del año 1985, Giberti retomó la vida académica en la Universidad de Buenos Aires (especializaciones de Derecho de Familia y de Violencia Familiar, cátedra Las culturas de la violencia), en la Universidad Nacional de San Martín (Maestría en Ciencias de la Familia) y en la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (cátedras de Ética y Deontología Profesional, y de Adopción).

A lo largo de su trayectoria publicó artículos y libros que tuvieron gran difusión en el público general y en el ámbito académico (como Escuela para Padres, Adolescencia y Educación Sexual, La Adopción, Tiempos de mujer, su investigación sobre el Incesto paterno filial, Los hijos de la fertilización asistida, La familia a pesar de todo, Madres excluidas -en colaboración-, Hijos de rock, Vulnerabilidades y malos tratos contra niños y niñas en las organizaciones familiares -en colaboración-, entre muchos otros).

Fue representante para América Latina y países del Caribe en la Federación Internacional de Escuelas para Padres y Educadores, asesora del Consejo de los Derechos del Niño, la Niña y Adolescencia de la Ciudad de Buenos Aires en el Área de Adopción, y Coordinadora del programa “Las víctimas contra la violencia” creado en el año 2006 (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Nación) con el objetivo de atender, acompañar y asistir a las víctimas de violencia familiar y sexual. Según la propia Eva Giberti, el Programa tuvo como puntos destacados la creación de una Unidad Móvil que acudiera a las comisarías en las que las víctimas de violación realizaran denuncias, la modificación de la Ley de Violencia Familiar y la regularización de la intervención estatal en la problemática de la prostitución infantil.

Entre sus múltiples reconocimientos se destacan su declaración como Ciudadana Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires, la distinción otorgada por la Asamblea Permanente por su trabajo en defensa del género mujer, el haber recibido el título de Doctora Honoris Causa de la Universidad Nacional de Rosario y de la Universidad Nacional Autónoma de Entre Ríos, y la distinción con el premio Konex de Platino en la categoría humanidades en el año 2016.

Astilleros y Fabricaciones Navales del Estado

  • AR-AGN-ISAAR-AFNE01_02
  • Collectivité
  • 1953-1993

La empresa estatal Astilleros y Fabricaciones Navales del Estado fue creada por Decreto del Poder Ejecutivo N° 10.627/53 con la misión de “atender a las necesidades de la Marina Nacional, preferentemente en lo relativo a la defensa del país, y promover el desarrollo naval en general de las industrias cuyo fomento sea de interés para las actividades de la Empresa” (Anexo 1, Acta 1, 1953). La misma fue constituida bajo la dependencia del Ministerio de Marina (luego Ministerio de Defensa y de la Dirección de Fabricaciones Militares) y funcionaba de acuerdo al régimen de la Ley Nº 13.653, el mencionado decreto de creación y el estatuto aprobado en el acta N ° 1 de su directorio.
La empresa estaba compuesta por el Astillero Naval Río Santiago y la Fábrica de Pólvoras de Azul. Los objetivos fundamentales de la empresa eran: estudiar, proyectar, construir, reparar y modificar buques y embarcaciones, arreglar los elementos y materiales utilizados o a utilizarse en ellos y en otras industrias del país, comercializar su producción, orientar y promover la industria naval y aquellas concurrentes a su actividad; fomentar y contribuir al desarrollo de la capacidad técnica y profesional del personal de la industria naval; promover y coordinar la instalación de industrias destinadas a la producción de materia primas y elementos utilizables en los procesos industriales de sus establecimientos, proponer la creación e incorporación de los establecimientos industriales que sean convenientes para las actividades de la empresa; participar a los fines de la defensa nacional, en la movilización industrial de la nación y contribuir a la consecución de los planes de gobierno Nacional. A lo largo de su historia sufrió distintas modificaciones tanto en su estructura como en su funcionamiento y su figura jurídica. En 8 de octubre de 1969 se transformó en Sociedad Anónima del Estado en virtud a lo dispuesto por la Ley N° 18.394 y regida desde entonces según los criterios dispuestos en la Ley N° 17.318. Según esta normativa, el control del paquete accionario y la conducción empresarial pasaban a control del Comando General de la Armada. El objetivo era, según indica el propio mensaje que acompaña la ley, “el aprovechamiento de las positivas modalidades de la iniciativa privada en la conducción de la empresa, facilitando asimismo su acceso a los mercados financieros” al tiempo que garantiza “la participación prevalente del Estado en sus órganos de administración y control”. En 1976, luego del golpe de Estado autodenominado Proceso de Reorganización Nacional, la empresa retornó en forma plena al control estatal, profundizando la centralización de su control por parte del Comando General de la Armada. Las causas de tal medida, en palabras del propio ministro de defensa Brig. My. (R) José María Klix, eran: “Pautas de racionalización administrativa, unidad de decisión y economicidad de medios, hacen aconsejable formalizar la transferencia de la responsabilidad de total a la jurisdicción del citado Comando…” En fondo CAL; 1976 Proyecto 3. Folio 2. En 1988, según el expediente de la DGFM 2599/88, se firmó un convenio de venta, cesión y transferencia de la Fábrica Naval de Explosivos Azul – FANAZUL, de AFNE SA a la Dirección General de Fabricaciones Militares.
En 1990, producto de la necesidad de reorganizar la empresa, dependiente en ese momento de la Secretaría de Producción para la Defensa del Ministerio de Defensa, se estableció la intervención de AFNE por un plazo de 180 días, designando como interventor al Capitán de Navío Eduardo Alberto Horvath (art. 2 de la Ley N° 23.696 y su decreto reglamentario y el Decreto del PEN Nº 429/90). La intervención se extendió, y este último renunció en octubre de 1992 siendo reemplazado en el cargo por Horacio Salduna. En 1993 mediante el expediente N° 2.709-200/93 del Ministerio de Producción y el Contrato de transferencia-AFNE SA, suscripto el 26 de agosto de 1993 entre el Gobierno Nacional y la Provincia de Buenos Aires, aprobado por Decreto Nacional N° 1.787/93 y el Decreto Provincial N° 4.538, se transfirieron a la Provincia de Buenos Aires el personal y los activos de los Astilleros y Fabricaciones Navales del Estado S.A. (AFNE S.A.). El gobierno provincial creó para su control y gestión el Ente Administrador del Astillero Río Santiago con carácter de entidad autárquica de derecho público, manteniendo relaciones con el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministro de la Producción. La entidad se encargaría de administrar y explotar los activos hasta su privatización, tal como se acordó en el convenio y conforme a las Leyes N ° 23.696 y 24.045 y el Decreto de PEN N ° 1.105/89.

Résultats 151 à 160 sur 256