Empresa Nacional de Correos y Telégrafos
- AR-AGN-ISAAR-ENCT01_02
- Collectivité
- 1972 - 1998
En 1972 fue creada por Ley N° 19654 la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos (ENCOTEL), como empresa del Estado según el régimen de las Leyes N° 13653, 14380 y 15028, dependiente de la Subsecretaría de Comunicaciones del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con el objeto de prestar los servicios postales y telegráficos internos e internacionales, y otros servicios de telecomunicaciones que prestaba hasta entonces el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con excepción del oficial de radiodifusión.
El Decreto N° 1111/73 aprobó el estatuto orgánico de la empresa, que dispuso para su dirección y organización una estructura integrada por un Administrador General, un Subadministrador General y seis Gerencias, los que a su vez conformarían un Consejo de Gestión junto con tres representantes del personal.
En 1973 se sancionó la nueva Ley de Correos N° 20216, reemplazante de la N° 816, y cuya reglamentación correría por cuenta del Decreto N° 151/74, estableciéndose el monopolio estatal sobre servicios postales.
En 1989 la empresa fue incluida entre las instituciones sujetas a concesión en virtud del proceso de Reforma del Estado dispuesta por Ley N° 23696, asumiendo el Ministerio de Obras y Servicios Públicos la gestión operativa de la empresa mediante Resolución MOSP N° 183/89. En este sentido, el Decreto N° 2074/90 dispuso la concesión de los servicios prestados por la empresa, debiéndose confeccionar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y efectivizarse los llamados a Licitación o Concurso Público Nacional e Internacional a tal fin, estableciéndose por Decreto N° 2408/91 el cronograma para la privatización de la entidad.
Posteriormente, el Decreto N° 214/92 impulsó una reestructuración de los servicios alcanzados por la Ley N° 20216, creándose una Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, y una nueva empresa de correos denominada Empresa Nacional de Correos y Telégrafos Sociedad Anónima (ENCOTESA), regida por las disposiciones de los artículos 163 al 314 de la Ley N° 19550 y sujeta a privatización parcial, para absorber la cobertura geográfica y prestacional que cumplía ENCOTEL y asumir la titularidad de los derechos y obligaciones atribuidos a la Administración de Correos en los artículos 7°, 9°, 15, 16, 18, inc. 1 y 3; 20, inc. 1 y 2; 22, inc. 1 e inc. 2; 29, 30, 32, 33, de la Ley N° 20216 y disposiciones conexas de los Decretos Reglamentarios.
Finalmente, el Decreto N° 1163/93 declaró en estado de liquidación a ENCOTEL, proceso que se dio por concluido mediante la Resolución N° 558/98 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.