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Authority recordArchivo General de la Nación (Argentina)
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- 1821/08/28-Hasta la actualidad
El Archivo General de la Nación (AGN) es una institución pública estatal de carácter nacional, dependiente del Poder Ejecutivo Nacional de la República Argentina, que conserva documentación de guarda permanente. Se creó el 28 de agosto de 1821 como Archivo General de la Provincia de Buenos Aires por decreto del Gobernador Martín Rodríguez. Dicho decreto estableció que el Archivo quedara bajo la órbita del Ministerio de Gobierno y que su arreglo y clasificación se realizaría por ramos y épocas. Durante la gestión de Manuel Trelles, entre 1858 y 1875, se comenzó a utilizar en la clasificación un criterio temático que se superpuso al de ramos y épocas ya existente.
Su primera sede estuvo en el edificio que había pertenecido al Tribunal de Cuentas, en la calle Perú 294.
En 1884 y, teniendo en cuenta que el Archivo Público General era por su origen y por los documentos que lo constituían, un establecimiento esencialmente nacional, pero estaba administrado por el gobierno de la Provincia de Buenos Aires, confundiendo los documentos de ambas jurisdicciones; se tomó la decisión de que el Archivo sea puesto bajo la jurisdicción nacional luego de separar de él los documentos que legítimamente corresponden a la mencionada provincia. Con tal objetivo, el decreto del 30 de enero de 1884 del Departamento de Instrucción Pública dispuso la creación de una Comisión compuesta por Bartolomé Mitre, Andrés Lamas y Amancio Alcorta, encargada de negociar con la Provincia de Buenos Aires la nacionalización del Museo y la entrega al Gobierno nacional de la Biblioteca Pública, el Archivo General y todos los documentos y objetos históricos pertenecientes a la nación que se encontrasen en reparticiones provinciales.
Luego de aprobar los arreglos hechos por las Comisiones nombradas por el Ejecutivo y el Gobierno provincial, y aceptando la provincia una indemnización propuesta por el Ministerio de Instrucción Pública por la entrega del Museo Público, el decreto del 29 de agosto de 1884 del Departamento de Instrucción Pública nacionalizó el Museo Nacional, el Archivo General y la Biblioteca Pública.
El 28 de junio de 1899 se aprobó por decreto el primer reglamento interno del organismo. Dicho reglamento estableció en el artículo 3° que los documentos se separarían en materias y en cada materia se organizarían cronológicamente en legajos manuales. De esta forma se reemplazó el criterio de clasificación por ramos y épocas por el temático-cronológico. Al mismo tiempo, en el artículo 5° se dispuso que la documentación de las secretarías del Estado, como las reparticiones que no tuvieran carácter autónomo y dependieran del poder Ejecutivo de la Nación, fuera remitida al AGN, reservándose la correspondiente a los últimos veinte años.
A partir de 1906, el Archivo General de la Nación mudó su sede al edificio que había sido ocupado por el Congreso Nacional en la calle Victoria. Este segundo edificio estaba situado en la calle Victoria (hoy Hipólito Yrigoyen) n° 318 al 330, frente a la Casa Rosada y a la Plaza de Mayo.
El decreto del 15 de mayo de 1914 estableció que el AGN funcione bajo la órbita del Ministerio de Justicia de Instrucción Pública y aprobó su funcionamiento interno mediante un reglamento, el cual ratificó las formas en que debía ser remitida al AGN la documentación de las reparticiones que dependieran del Poder Ejecutivo Nacional. Al mismo tiempo en el artículo 4° dispuso que para la organización interna de los documentos se dispusieran tres secciones: “Gobierno Colonial”, “Gobierno Nacional” y “Hacienda y Contaduría General”. En cada una de las secciones se debían establecer divisiones y subdivisiones que el fondo de la documentación y el carácter impongan y debía realizarse un catálogo parcial con su índice alfabético.
En 1924, a través del decreto 854 del 26 de mayo, se ratificó lo dispuesto por los reglamentos de 1899 y 1914, mediante los cuales se establecía que las secretarías de Estado, las reparticiones y oficinas que no tengan carácter autónomo y dependan del Poder Ejecutivo Nacional depositaran la documentación en el AGN reteniendo la de los últimos veinte años y entregaran todos aquellos manuscritos históricos de carácter nacional depositados en otras reparticiones. Sin embargo, en el artículo 4° decretó una nueva organización interna para los documentos en dos divisiones con la denominación de “Gobierno Colonial” y “Gobierno Nacional”. A la primera le correspondía la documentación comprendida entre los primeros años de la colonia y el de 1809 y a la segunda la comprendida entre los de 1810 y los documentos de fecha más reciente. Cada división, a su vez, debía subdividirse en dos secciones denominadas “Hacienda” y “Gobierno.” En el artículo 5°, se dispuso que en estas secciones se debían establecer subdivisiones de acuerdo al carácter de la documentación de cada uno de los fondos. Así, la clasificación de los documentos debía ser por materia arreglados en orden cronológico, en legajos manuables, señalados con carátulas en que se especifique la División, Sección y Subdivisión a la que correspondan, asuntos, años, número de documentos o expedientes que lo forman, todos numerados correlativamente. Al mismo tiempo se establecía que la institución debía estar compuesta por un director, un vicedirector, un secretario-contador, jefes de división, directores de sección, ayudantes, escribientes, un mayordomo y ordenanzas. También tenía a su cargo un taller de encuadernación y una biblioteca.
El 19 de octubre de 1942 se sancionó la Ley 12826, mediante la cual se declararon de utilidad pública los inmuebles situados en las manzanas comprendidas entre las calles Victoria, Alsina, Defensa y Balcarce de la Capital Federal para destinarlos al Banco Hipotecario Nacional. Sin embargo, el artículo 5° de esa ley disponía que antes de tomar posesión en el edificio de la calle Victoria, ocupado por el Archivo General de la Nación, el Banco Hipotecario Nacional debía poner a disposición todos los locales que se entreguen en virtud de la transferencia, a fin de pueda realizarse el traslado inmediato sin interrupción del servicio. Sin embargo, al Archivo General de la Nación solo le fue asignado el edificio de la avenida Leandro N. Alem 246. La mudanza a esta nueva sede se efectuó entre los años 1950 y 1955.
El 22 de octubre de 1949 se aprobó un nuevo Reglamento Interno del Archivo General de la Nación. En él se vuelve a ratificar el criterio de clasificación establecido en los dos reglamentos anteriores de acuerdo a las divisiones Colonial, Nacional y Contaduría Nacional. Dicha clasificación consolidó a partir de la disposición física de la documentación en salas como resultado de la mudanza de la institución realizada en las décadas del ’40 y del ’50.
El 8 de noviembre de 1954 se promulgó el Decreto 19021, que dispuso que se concentre en el Archivo General de la Nación toda la documentación de carácter histórico existente en oficinas públicas de la Nación y se guarde con la asignatura que tenía en el organismo de su procedencia. El carácter histórico de la documentación sería determinado por cada ministerio con el asesoramiento del Archivo General. Mediante la implementación de este decreto, ingresaron al AGN varios de sus agrupamientos documentales.
En referencia a los actuales Departamentos de Cine, Audio y Video y de Documentos Fotográficos, en 1956, por decreto-ley 19951, se liquidó la Secretaría de Prensa y Actividades Culturales, ex Secretaría de Informaciones de la Presidencia, de la que dependía el Archivo Gráfico de la Nación. Por medio del Decreto 22618 de 1956 se ordenó la transferencia de la Dirección General del Archivo Gráfico de la Nación al Ministerio del Interior. A partir de ese momento, comenzó la incorporación al Archivo General de la Nación la cual concluyó en 1961.
Ese año, el Archivo General de la Nación obtuvo la sanción de su primera ley orgánica, la Ley 15930. Esta norma colocó a la entidad bajo la dependencia del Ministerio del Interior y estableció sus misiones, funciones y atribuciones. El AGN debía reunir, ordenar y conservar la documentación pública y el acervo gráfico y sónico perteneciente al Estado Nacional o la documentación privada que le fuera entregada para su custodia, para difundir el conocimiento de las fuentes de la historia argentina. Para ello, sus funciones serían ordenar y clasificar con criterio histórico dicha documentación; inventariar, catalogar y divulgar los documentos bajo su custodia; publicar repertorios y series documentales para la difusión de los documentos de reconocido valor; difundir por cualquier otro medio el conocimiento del material existente en el Archivo; preparar un inventario de los fondos documentales que se refieran a la historia de la República; obtener copias del documental conservado en los archivos oficiales de las provincias o del extranjero, en cuanto interese para el estudio de la historia nacional y entregarles, a su vez, copia del material que conserve y reúna. Para el cumplimiento de estas funciones, tendría además las siguientes atribuciones: aceptar herencias, legados o donaciones ad referendum del Poder Ejecutivo; celebrar contratos para la adquisición de documentos ad referendum del Poder Ejecutivo; inspeccionar los archivos administrativos dependientes del Poder Ejecutivo y requerir la colaboración de los empleados encargados de la conservación; ejercer fiscalización sobre los archivos administrativos nacionales para el debido cumplimiento del traslado de documentos y efectuar los arreglos necesarios para la custodia y el retiro de dicha documentación; solicitar de instituciones privadas y de particulares información acerca de documentos de valor histórico que obraran en su poder; gestionar la obtención de copias de la documentación histórica perteneciente al Poder Legislativo; tomar intervención en las transferencias de documentos que se efectuaran entre particulares y proponer al Poder Ejecutivo declaraciones de utilidad pública, así como la consiguiente expropiación cuando correspondiere; dictaminar en los casos en que se intente extraer del país documentos históricos. En cuanto a la transferencia de documentación desde los ministerios, secretarías de estado y organismos descentralizados de la nación, se establecía que estos debían poner a disposición del Archivo General la documentación que tuvieran archivada, con excepción a la correspondiente a los últimos treinta años o la que debieran conservar por razón de estado. En lo sucesivo, se establecían plazos de entrega cada cinco años. En otros aspectos, la ley disponía la creación de una Comisión Nacional de Archivos de carácter autónomo, establecía requisitos mínimos para el ingreso de personal, brindaba una definición de “documento histórico” e imponía sanciones a quienes ocultaran, destruyeran o exportaran ilegalmente este tipo de documentos.
A partir del decreto 3585 del año 1968, el Archivo quedó formado por el departamento Clasificación y Archivos, la división Manuscritos e Impresos, división Archivo Audiovisual con las secciones Gráfica, Cinematográfica, Sónica, la división Recepción e Investigación y la división Difusión.
El Decreto 8467 de 30 de noviembre de 1972, estableció la división interna del Archivo General de la Nación. Mediante esta normativa, se estableció el orden interno compuesto por dos departamentos: Difusión y Clasificaciones y Archivo. De este último departamento dependían tres divisiones: Manuscritos e Impresos, Archivo Audiovisual y Recepción e Investigación.
En el año 1977, mediante el Decreto 2866, se otorgó a la División Archivo Audiovisual la categoría departamental, cambiando su nombre a Departamento de Imagen y Sonido. Asimismo, se incorporó a la estructura del Archivo General de la Nación el Departamento Archivo Intermedio.
Por medio de los Decretos 232/79 (normas referentes a la conservación de los diversos archivos de la Administración pública) y 1571/81 (tabla de plazos mínimos de conservación de los documentos de personal y de control; y pautas, definiciones y procedimientos para la desafectación de documentación) se reguló el asesoramiento a través de asistencias técnicas del Departamento Archivo Intermedio a la Administración pública nacional para la aplicación de la normativa vigente en materia archivística.
En la década del ‘90 se incorporaron nuevos edificios para recibir documentación: un inmueble ubicado en la calle Diputado Benedetti 238 y un depósito en la bóveda del ex–Banco Nacional de Desarrollo ubicado en la Avenida Leandro Alem 148.
Mediante la Resolución Ministerial 716 de 1992, se aprobó la estructura organizativa del Archivo General de la Nación que pasó a estar conformado por cinco departamentos: Documentos Fotográficos; Documentos Cine, Audio y Video; Documentos Escritos; Archivo Intermedio y Biblioteca y Difusión. Esta estructura se ratificó a través de la Resolución 1349 de 1998.
En 1998, el Departamento Archivo Intermedio se trasladó a un nuevo inmueble ubicado en la Avenida Paseo Colón 1093, mientras que el resto de los departamentos continuaron funcionando la sede central de la Avenida Leandro Alem 246. La Resolución Ministerial 1349/98 aprobó la estructura administrativa del Ministerio del Interior y confirmó la existencia de los cinco departamentos fijados en 1992.
A partir del año 2003, y con el desarrollo del Proyecto de Modernización del Archivo General de la Nación, se crearon cuatro nuevas Áreas para atender a funciones específicas antes subsumidas en la Dirección y los Departamentos: Conservación y Restauración (Disposición AGN N° 2/03 del 13 de mayo del 2003), Digitalización (Disposición AGN N° 17/07 del 17 de octubre del 2007), Fiscalización y Mesa de Entradas y Salidas (Disposición AGN N° 02/07 del 4 de junio del 2007) y Comunicación y Acción Cultural (Disposición AGN N° 39/07 del 12 de noviembre del 2007).
A partir del Decreto 444 de 2012 se aprobó el modelo de contrato de préstamo entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF) para financiar parcialmente el Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación (CAF 7769). El 12 de junio de 2013, mediante la resolución AABE N° 19, se asignó al Archivo General de la Nación el uso del inmueble ubicado entre las calles Pichincha, Rondeau, 15 de noviembre de 1889 y Pasco, identificado como ex Unidad Carcelaria N° 1 (Cárcel Nueva) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de construir en el mismo la nueva sede del organismo en el marco del Programa de Modernización Integral del Archivo General de la Nación.
En 2016 se introdujo el Sistema de Gestión Documental Electrónica en la Administración Pública Nacional. El Decreto 1131/16 (Archivo y Digitalización de Expedientes) derogó los Decretos 232/79 y 1571/81 y confirmó para el Archivo General de la Nación la facultad de definir los documentos y expedientes digitalizados a conservarse en soporte original debido a su valor histórico, así como la de intervenir operativamente en la rehabilitación de expedientes electrónicos alojados con guarda temporal en el Sistema de Gestión Documental Electrónica.
En 2018 se disolvieron las subdirecciones de la Administración Pública Nacional y, a través de la decisión administrativa 300/2018, se aprobó la nueva estructura del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, creando una dirección simple dependiente de la Dirección General del Archivo General de la Nación: la Dirección de Proyectos de Digitalización Archivística Documental.
En julio de 2020, a través de la Decisión Administrativa 1184/2020, se disolvió dicha dirección y en su lugar se crearon dos direcciones simples: la Dirección de Gestión de Fondos Documentales y la Dirección de Administración y Gestión de la información.
Actualmente el Archivo General de la Nación se rige mediante la Resolución 1349 de 1998 y la Decisión Administrativa 1184 del 2020.
- AR-AGN-ISAAR-TTD01_01
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- 1956-
El primer antecedente encontrado respecto de la regulación del empleo doméstico es el decreto 232 del 23/12/46 donde se encomienda a la División del Trabajo a Domicilio, dependiente de la Dirección de Policía del Trabajo, el matriculamiento de dadores de trabajo a domicilio. Éstos debían completar un formulario que pasaba a integrar el Registro Patronal, el cual debía estar permanentemente actualizado.
No obstante, el primer decreto que reglamenta la prestación de servicios de carácter doméstico es el Nº 326/56, que establece los derechos y deberes de empleados/as y empleadores/as, incluyéndose el sueldo anual complementario y los beneficios jubilatorios. El Decreto Nº 7.978/56 lo amplió y el Nº 7.979/56 determinó que quedaban fuera de esta legislación los empleados que estuvieran vinculados a actividades o servicios mercantiles del empleador, fijó distintas categorías estableciendo sueldos mínimos y creó el “Consejo de Trabajo Doméstico” como organismo competente para entender en los conflictos individuales que derivaran de las relaciones de trabajo. Posteriormente, el Decreto Nº 14.785/57 encuadró el procedimiento dentro de las normas legales vigentes en ese momento y otros decretos y leyes irían ajustando los sueldos mínimos de acuerdo a la inflación de la moneda.
En el año 2013, mediante ley Ley 26.844, se estableció que la denominación del organismo, que para entonces era "Consejo de Trabajo Doméstico", pasaría a ser "Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares".
Comisión N° 48 "Ministerio del Interior y Justicia e Institutos Penales"
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- 1955-1956
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 48 "Ministerio del Interior y Justicia e Institutos Penales" fue creada para investigar la gestión del Ministerio de referencia, aunque terminó concentrándose en la figura del titular de dicha cartera, Angel Borlenghi. Estaba integrada por un presidente, cuatro vocales y cinco subcomisiones (Dirección General de Institutos Penales, Ateneo Peronista Femenino, Registro Nacional de las Personas, Alberto Durand, Migraciones). La Comisión atribuye al ministro la ejecución de un "Plan" de gestión consistente en tres partes: un "plan de seguridad" para "dominar" al pueblo; un "plan financiero" para "dominar" mediante la organización financiera el sistema político; un "plan de saqueo". Además, se atribuyó al funcionario en cuestión el haberse enriquecido ilícitamente aprovechando su posición. Por supuesto que también se investigó la gestión en general del ministerio, con énfasis en la malversación de fondos públicos, el desvió de recursos, el manejo discrecional de los gastos reservados, la administración irregular de obras sociales institucionales, el empleo de personal en laborales partidarias, adquisiciones indebidas, excesivos gastos en propaganda y publicidad.
El trabajo de la Comisión se organizó en las siguientes materias: política, jurídica, enriquecimiento ilícito, administrativa-financiera, varios.
La comisión se encargó de elaborar una nómina de bienes del funcionario. Analizó su actuación como funcionario, en particular los vínculos entre la conformación de empleados de comercio y las dependencias del Ministerio del Interior.
Luego fueron analizados diversos casos ponderados por su importancia: quinta “La Colorada”, Augusto Porto ex Intendente del Ministerio del Interior, Dominga Delia Mastrarrigo, Abraham Krislavin, Julio Schneider, Cesar Roitman, Raúl Tortorelli y Sofía Erika Kritins de Tortorelli, Jesús Francisco Gonzales Leivas, Emilio Borlenghi, presuntas irregularidades en la provisión de armas de Fabricaciones Militares por intermedio de la Dirección General de Armas de Fabricaciones Militares por intermedio de la Dirección General del Material del Ejército a la Dirección Nacional de Institutos Penales.
Comisión N° 53 "Caja Nacional de Ahorro Postal"
- AR-AGN-ISAAR-CO5301_02
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- 1955-1956
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 53 "Caja Nacional de Ahorro Postal" fue creada para investigar la gestión de la escuela de referencia. Estaba integrada por un presidente y cuatro vocales. Se investigaron denuncias por irregularidades en la compra de terrenos y construcción de viviendas, por distribución de armas, desvío de recursos, adscripciones, designaciones, sanciones y promociones indebidas de personal, anomalías en contrataciones. A nivel general, se acusó al gobierno peronista de haber utilizado los fondos recibidos por la institución con fines políticos y propagandísticos partidarios, lo que habría conllevado la violación de los principios de la carta orgánica de la entidad, la minimización de los controles y el desorden administrativo.
En concreto, se investigaron irregularidades imputables al Ex Presidente de la Caja Nacional de Ahorro Postal, Contador Público Alberto V. Musis, la irregularidades imputables al Ex Gerente de Administración de la Caja Nacional de Ahorro Postal, Capitán ( r) Alberto S. Domínguez, presuntas irregularidades en compra de terrenos en Florencio Varela, denuncia sobre distribución de armas en la institución los días 16 de junio y 16 de septiembre de 1955, adscripción de empleados a otros organismos, sindicatos y al Partido Peronista, presunto uso indebido de patrimonio de la institución.
Comisión N° 56 "Radioemisoras Privadas"
- AR-AGN-ISAAR-CO5601_02
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- 1955 - 1956
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 56 "Radioemisoras Privadas" fue creada para investigar la política seguida por el gobierno depuesto con las emisoras de radio de carácter privado. Estaba integrada por un presidente, un vicepresidente, un asesor y siete vocales. Se investigaron presuntas coacciones por parte del Poder Ejecutivo para que las empresas cedieran bienes y equipos, y operaciones tendientes a la apropiación, a precio vil y pasando por alto todos los controles procedimentales, de medios de comunicación. La hipótesis de la Comisión es que el gobierno peronista desplegó un plan de absorción de medios de comunicación con el objetivo de conformar una máquina de propaganda oficial. Los principales operadores de esta estrategia habrían sido los funcionarios Carlos Aloé y Jorge Antonio, supuestos "testaferros" del Presidente de la Nación, mediante los grupos ALEA y APT SA respectivamente. Se destacan en las pesquisas los casos de Radio Belgrano y Editorial Haynes.
Por otra parte se investigó la relación del gobierno con la Asociación Interamericana de Radiodifusión y ADRA (Asociación de Radiodifusoras Argentinas).
Por último fue materia de análisis la actuación de Aloé en la administración y la interrelación de un conjunto de medios que presuntamente conformarían un grupo: Haynes, La Razón, Alea, Atlas y diversos diarios.
Comisión N° 57 "Dirección Nacional de Puertos"
- AR-AGN-ISAAR-CO5701_02
- Corporate body
- 1955 - 1956
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 57 "Dirección Nacional de Puertos" fue creada para investigar irregularidades en la aplicación del Decreto N° 7025/51, en el otorgamiento de concesiones en zona portuaria, acusaciones contra dirigentes sindicales, arbitrariedad en la gestión del personal y faltas a los debidos procedimientos. Estaba integrada por un presidente y tres vocales. La pesquisa se terminó concentrando en buena medida en la figura del ex-Director del organismo, Santiago Novaro y la Secretaría Privada.
y la secretaria Privada. Relacionado con esto último se realizó un procedimiento en el archivo de la Dirección de Puertos, lo que dio por resultado la incautación de ficheros, concesionarios que ponen en evidencia como eran clasificados, teniendo en cuenta su afiliación en el Partido Peronista.
La Comisión vio dividida su gestión en dos cuestiones: en primer lugar denuncias de menor significación y en segundo lugar en el caso “Novaro”.
En cuanto a la primera cuestión se estudiaron presuntas arbitrariedades cometidas por el Administrador del puerto de Rosario, presuntas irregularidades en el otorgamiento de concesiones de comedores en el puerto, y un caso de desalojo de un comedor en el puerto.
Para la segunda cuestión se reunieron en un solo expediente los ficheros de afiliación al Partido Peronista, el legajo secreto del Ministerio, y se solicitó a la Comisión Nacional de Investigaciones la adscripción del Dr. Alfonso Costa en carácter de auditor.
Comisión N° 58 "Policía Federal"
- AR-AGN-ISAAR-CO5801_02
- Corporate body
- 1955-1956
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 58 "Policía Federal" fue creada para investigar hechos en los que se hallaran complicados funcionarios de la Policía Federal. Estaba integrada por un presidente y seis vocales. Se produjeron informes sobre la complicidad policial con sucesos como la quema de la Bandera Nacional, el incendio y saqueo de templos, manchas a monumentos y embajadas, imputaciones falsas de delitos y torturas al estudiante Ernesto M. Bravo. La Comisión también emitió por pedido específico de instancias superiores un informe sobre la muerte de Juan Duarte (hermano de Eva Perón y secretario de Juan Domingo Perón). La hipótesis de la Comisión era que la fuerza de seguridad había sido brazo ejecutor de diversas acciones tendientes a intimidar a la oposición.
- AR-AGN-ISAAR-CO6001_02
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- 1955 - 1956
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta. Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplirá hasta el año 1958.
La Comisión N° 60 "Grupo Díaz" fue creada para investigar las actividades del grupo económico-financiero Díaz. Estaba integrada por tres miembros. Se investigaron las distintas sociedades componentes del grupo, sus operaciones en el exterior y sus vínculos con funcionarios del gobierno derrocado (en particular, Juan Duarte, secretario privado de Juan Domingo Perón), de manera de poder establecer el origen del patrimonio y la correspondencia de su recuperación por el Estado Nacional. La hipótesis de la Comisión era que el Grupo Díaz habría sido una organización destinada al enriquecimiento ilícito de la propia familia Díaz y de funcionarios gubernamentales. Se comprometió de manera directa y primaria a toda la familia Díaz en las acciones, así como a sus colaboradores más cercanos, todos ellos interdictos, y se identificaron diversos actores secundarios (colaboradores menores y testaferros).
Fueron interdictos Ernesto Díaz, María Elena Rigada de Díaz, Héctor Julio Díaz, Ivonne Bastien de Díaz S.A., Carlos Antonio Díaz, Aída Catelán de Díaz, Carlos Díaz García, Virginia López de Díaz, Héctor Pedro Mazzadi, Agustín Carlos Pinedo, Víctor Santeestaban y Raymundo López.