- FondoAGN01 - Archivo General de la Nación (Argentina)
- SubfondoADE - [Acervo Documentos Escritos]
- SecciónDya - División Donada y Adquirida
- Series - Sueltos
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- Unidad documentalS7_34_194 - [Actuación sin firma al presidente de la primera sala de la Suprema Corte, Felipe Santiago Estenós. El Presidente del Consejo de Gobierno acusa recibo de la sentencia del Supremo Tribunal. Lima. Copia de época.]
- Unidad documentalS7_34_195 - [Actuación de Felipe Santiago Estenós al Ministro de Justicia. El Ministerio Fiscal autoriza la liberación del detenido Antonio Saavedra, previo aviso al Supremo Gobierno. Lima. Original.]
- Unidad documentalS7_34_196 - [Actuación sin firma al presidente de la primera sala de la Corte Suprema de Justicia. Queda enterado el Gobierno de la absolución de Antonio Saavedra, quien debe presentarse ante el Prefecto. Lima. Copia de época.]
- Unidad documentalS7_34_197 - [Actuación sin firma al Prefecto del Departamento de Justicia. El Tribunal de Justicia le informa que debe presentarse Antonio Saavedra. El Supremo Gobierno ordena que el Prefecto vigile la conducta futura del absuelto. Lima. Copia de época.]
- Unidad documentalS7_34_198 - [Actuación de Felipe Santiago Estenós al Ministro de Justicia. Informa sobre la salida del territorio de Juan Pedernera, en cumplimiento de la orden del Supremo Gobierno. Lima. Original.]
- Unidad documentalS7_34_199 - [Actuación sin firma sin destinatario. Acusa recibo de lo resuleto por el Supremo Tribunal. Lima. Copia de época.]
- Unidad documentalS7_34_200 - [Actuación de Felipe Santiago Estenós al Ministro de Guerra. Queda por confirmarse la salida de la capital del coronel Juan Pedernera por orden del Supremo Gobierno. Lima. Original.]
- Unidad documentalS7_34_201 - [Nota marginal. El Gobierno informa que Juan Perdenera no fue declarado culpable en la causa. Lima.]
- Unidad documentalS7_34_202 - [Actuación sin firma al Presidente de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, Felipe Santiago Estenós. El Gobierno comunica que Juan Pedernera no resultaba comprendido en la causa y que se determinó que saliera del Estado como medida de seguridad pública. Lima. Copia de época.]
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