Identificatie
Soort entiteit
Instelling
Geauthoriseerde naam
Comisión Investigadora de la Ex – Secretaría de Asuntos Técnicos y a Organismos dependientes de la Presidencia de la Nación
(N° 31)
Parallelle vormen van de naam
Gestandaardiseerde naamvorm(en) volgens andere regels.
Aandere naamsvormen
- Comisión 31 Comisión de la Secretaría de Asuntos Técnicos
Identificatiecode voor organisaties
Beschrijving
Bestaansperiode
1956-1958
Geschiedenis
Por Decreto–Ley N° 6134/56 y a propuesta de la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que seleccionara y ampliara los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55, representando a los intereses del Estado ante la citada Junta.
Para ello, recibió atribuciones muy similares a las asignadas por Decretos-Ley N° 479/55 y 2603/56 a la Comisión Nacional de Investigaciones. Dado el Decreto–Ley N° 6132/56, que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones, la Fiscalía se transformó en la depositaria del material producido por aquella y en la continuadora de las funciones de investigación de la misma, las que cumplió hasta el año 1958.
Con el marco legal y funciones descriptas en el párrafo que antecede, fue creada en 1956 la Comisión Investigadora N° 31, para actuar en lo que involucraba a la Ex – Secretaría de Asuntos Técnicos y a organismos dependientes de la Presidencia de la Nación. La nueva Comisión absorbió también las tareas realizadas en los últimos meses de 1955 por la Comisión N° 40, que en el marco de la Comisión Nacional de Investigaciones se encontraba realizando la pesquisa sobre los organismos dependientes de Presidencia de la Nación, heredando la investigación efectuada una vez que ésta fue cesada en sus funciones. La entidad recibió 75 denuncias provenientes de la Comisión Nacional.
Su organización era simple, con un presidente, 2 miembros, un secretario y un asesor contable. Para un mejor ordenamiento del trabajo se creó una Subcomisión de 3 miembros, asistida por un integrante de la anterior Comisión.
En lo que respecta a la Secretaría de Asuntos Técnicos propiamente dicha, fueron detenidos y se tomó declaración al creador y primer titular de la Secretaría de Asuntos Técnicos, José Figuerola, a su sucesor, Raúl Mendé, y al Jefe de Ceremonial, Raúl Margueirat, por su responsabilidad en funciones administrativas. Todos fueron incluidos en la lista de interdictos a los fines de que probaran el origen y evolución de sus bienes ante la Junta Nacional de Recuperación Patrimonial. También se investigó a técnicos de origen español cercanos a Figuerola, a gestores e integrantes de sociedades comerciales vinculadas al desarrollo de viviendas, al Director Nacional Víctor Velasco, al Director General de Asuntos Agrarios, Oscar Mende Braun, y al Subdirector de la publicación “Mundo Peronista”, Jorge Newton.
En cuanto a los organismos dependientes de Presidencia de la Nación, se investigaron a funcionarios y personal de distintas áreas (Secretaría Gremial, Secretaría Privada, Secretaría Administrativa).
Plaatsen
Sede principal: Capital Federal (Argentina). Ámbito de competencia: territorio nacional.
Rechtsvorm
Organismo del Poder Ejecutivo Nacional - Administración Descentralizada
Functies, beroepen en activiteiten
Seleccionar y ampliar los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles comprendidas en el Decreto-Ley N° 5148/55 por irregularidades producidas en la administración pública nacional desde la Secretaría de Asuntos Técnicos y organismos dependientes de Presidencia de la Nación, y en particular:
Hacer concurrir para prestar declaración a personas sospechadas, acusadas o testigos
Disponer detenciones e incomunicaciones
Allanar domicilios particulares o establecimientos públicos
Dictar medidas precaucionales sobre bienes
Intervenir libros y contabilidades de entidades públicas o privadas
Disponer los procedimientos técnicos necesarios (Ej: pericias)
Obtener información financiera y patrimonial de las instituciones correspondientes
Obtener constancias de escribanías
Solicitar auxilio a la fuerza pública
Mandaat/bronnen van bevoegdheid
Decreto–Ley N° 6134/56
Decreto-Ley N° 2603/56
Decreto-Ley N° 5148/55
Decreto-Ley N° 479/55
Interne structuren / genealogie
Un presidente
Dos miembros
Un secretario
Un asesor contable
Una Subcomisión de tres miembros
Algemene context
relaties
Related entity
Identifier of related entity
Soort relatie
Datering van de relatie
Beschrijving van de relatie
Access points area
Onderwerp trefwoord
Geografische trefwoorden
Occupations
Beheer
Authority record identifier
Identificatiecode van de instelling
AGN
Toegepaste regels en/of conventies
Directriz para la implementación de la Norma ISAAR (CPF), Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004. Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Status
Finale
Niveau van detaillering
Gedeeltelijk
Datering van aanmaak, herziening of verwijdering
Descripción revisada: 2021/10/25. Descripción creada: 2020/11/12.
Taal (talen)
Schrift(en)
Bronnen
Onderhoudsaantekeningen
Descripción revisada por Aragón, Alejandra.
Descripción creada por Ferraro, Nicolás Pablo.