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Se atribuye a la Inspección General de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia las inscripciones en materia Societaria Registral a que alude el artículo 371 de la ley 19.550, de Sociedades Comerciales en la Capital Federal y en el Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud

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