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Archivo General de la Nación (Argentina) Corporate body

Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia

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  • 2005 - Hasta la actualidad

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia es un organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Desarrollo Social encargado de representar al gobierno nacional en todo lo referente a las políticas sobre la defensa de estos derechos tanto al interior de la Argentina como en el exterior del país. Fue creado conjuntamente con otros organismos nacionales, federales y provinciales a partir de la Ley Nº 26.061 del año 2005 llamada Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Su predecesor más antiguo fue la Sociedad de Beneficencia de la Capital. Se instituyó específicamente para ocuparse de los miembros más indefensos de la sociedad de Buenos Aires (niños pobres, huérfanos y mujeres pobres y solas). Fue creada en 1823 por decreto del gobierno de Martín Rodríguez y su Ministro Secretario, Bernardino Rivadavia. Estuvo en funciones por más de 133 años hasta que, bajo el gobierno del General Juan D. Perón, se dictó su intervención a través del Decreto Nº 9.414 de 1946 y dos años después fue supeditada a la Dirección Nacional de Asistencia Social, dependiente del Ministerio de Trabajo y Previsión. A lo largo de su vida institucional estuvo a cargo de la dirección de asilos, instituciones de enseñanza y establecimientos de salud para los más pequeños y para sus madres.
Sin embargo, la Sociedad no era la única entidad que tenía esta función. La Defensoría de Menores, creada en 1814 por el gobierno del Director Supremo Gervasio Antonio de Posadas, también debía responsabilizarse por la tutela y el cuidado de la niñez desamparada. Ambas instituciones fueron trabajando en conjunto a lo largo de los años.
Este organismo público fue desarrollando sus funciones durante el siglo XIX y a medida que la población de la ciudad aumentaba se hizo necesario crear más defensorías para tratar de asegurar el bienestar de los menores. Se las pasó a denominar Defensorías de Menores de la Capital y alcanzaron a instalarse siete para toda la ciudad. Ellas funcionaron hasta mediados del XX cuando, en 1957, el Decreto-Ley Nº 5.285 creó el Consejo Nacional del Menor al cual fueron transferidas todas las atribuciones y funciones de estas Defensorías.

Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires

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  • 1958-1998

En 1958, se celebró un convenio entre la Secretaría de Energía y Combustibles y las empresas Compañía Argentina de Electricidad (CADE) y Compañía de Electricidad de la Provincia de Buenos Aires (CEP) para la conformación de una sociedad mixta que se encargara de la gestión de los servicios eléctricos en el área mencionada, revocándose las concesiones preexistentes y transfiriéndose los bienes e infraestructura afectada al servicio a la nueva empresa.
En el mismo año, la Ley Nº 14772 aprobó este acuerdo, al mismo tiempo que estableció la jurisdicción nacional sobre los servicios públicos de electricidad del área operada por las empresas involucradas en el convenio citado: Capital Federal y los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berisso, Brandsen, Cañuelas, Ensenada, Esteban Echeverría, Florencio Varela, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Magdalena, Quilmes, San Vicente, Vicente López, General Las Heras, San Isidro La Matanza, Tigre, General San Martín, Merlo, Morón, San Fernando, Moreno, Pilar, General Sarmiento, General Rodríguez y Marcos Paz, todos ellos situados en la Provincia de Buenos Aires.
Finalmente, el Decreto Nº 11950/58 autorizó el inicio de las actividades de Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires como sociedad anónima.
La composición inicial del capital de la empresa se dividió, por un lado, entre las empresas Societé d’ Electricité (SODEC), Compañía Argentina de Electricidad en liquidación (CADE), Compañía de Electricidad de la Provincia de Buenos Aires (CEP) y Fiducia SACFyII, y sujetos particulares como accionistas privados, y por otro lado, la Secretaría de Energía y Combustible. La Compañía Italo Argentina de Electricidad (CIAE) continuó operando en su zona, aunque sujeta a las regulaciones establecidas por la mencionada Ley Nº 14772 y por la Ley Nº 15336 de 1960, que impuso el régimen jurídico para la industria eléctrica.
La nueva empresa tenía por objeto la generación, transformación, transmisión, distribución, compra y venta de energía eléctrica, así como la prestación del servicio público de electricidad en cualquier parte de la república en que fuera facultada para ello por las autoridades competentes. Debía regirse por la Ley Nº 14772 y por el convenio antecedente. La dirección, organización y administración estaba a cargo de un directorio encabezado por un presidente. La empresa debía convocar anualmente una asamblea de accionistas con el objetivo de designar a los miembros del directorio, al presidente, al vicepresidente y a los síndicos, discutir, aprobar o modificar los balances, memorias e inventarios presentados por el directorio, así como los informes del síndico. También podía convocarse a asambleas extraordinarias de accionistas para resolver los asuntos mencionados u otros. En 1961, el Decreto Nº 8140/61 aprobó un plan de acción para la reorganización de los servicios eléctricos del Gran Buenos Aires que encomendó al Ministerio de Economía, a través del Banco Industrial de la República Argentina (desde 1971, Banco Nacional de Desarrollo), la adquisición de las acciones en manos de tenedores privados. De esta manera, si bien Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires mantuvo la figura de sociedad anónima, su capital pasó a estar integrado mayoritariamente por el estado nacional. Este cambio trajo aparejada la transferencia de la infraestructura perteneciente a Agua y Energía Empresa del Estado, y una reforma del estatuto orgánico que asignó las funciones de administración al directorio y reasignó las funciones ejecutivas en un comité ejecutivo nombrado por el directorio y encabezado por el vicepresidente de la empresa. En 1971, SEGBA reformó sus estatutos para pasar a regirse por la Ley Nº 17318 de Sociedades Anónimas con participación mayoritaria del Estado. En 1971, la Ley Nº 19139 dispuso la intervención de la empresa, iniciándose así un proceso de cambios estructurales. En 1972, se volvieron a reformar los estatutos para colocar a SEGBA bajo la Ley Nº 19550 de Sociedades Comerciales y para introducir modificaciones en la gestión. Las funciones administrativas y ejecutivas fueron nuevamente concentradas en el directorio, se conformó un comité de gerentes formado por los gerentes departamentales y encabezado por el vicepresidente, quien asumía carácter de gerente general y se otorgó al personal representación en el directorio, incorporando a los trabajadores directamente en la gestión. Estas modificaciones fueron aprobadas por el Decreto-Ley Nº 19573, finalizando así la intervención.
En cuanto a su dependencia orgánica, SEGBA nació bajo la órbita de la Secretaría de Energía y Combustibles del Ministerio de Economía. En 1966 fue colocada bajo la jurisdicción de la Secretaría de Energía y Minería del Ministerio de Economía y Trabajo. En 1969 la institución fue transferida a la Secretaría de Energía del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. En 1974 fue incorporada a la Corporación de Empresas Nacionales, entidad descentralizada dependiente del Ministerio de Economía, encargada de la gestión de las empresas de propiedad absoluta, participación mayoritaria o bajo administración del estado. Esta estructura fue disuelta en 1978, aunque la empresa continuó dependiendo de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía hasta 1981, cuando tanto la Secretaría de Energía como SEGBA regresaron a la esfera del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, permaneciendo en esta condición hasta la disolución del citado ministerio y la absorción de sus funciones por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en 1991.
La Ley Nº 23696 de Reforma del Estado dispuso la privatización de numerosas empresas públicas en forma parcial o total. En este sentido, el Decreto Nº 1374/90 declaró en emergencia a todas las empresas públicas del sistema electroenergético nacional, impulsándose la reconversión sectorial en general y la privatización de SEGBA en particular. Esto se vio confirmado por el Decreto Nº 2074/90, que dispuso la concesión Integral de distribución y comercialización de energía eléctrica del Gran Buenos Aires, operada por SEGBA, y la confección de los pliegos de bases y condiciones generales y particulares para el llamado a licitación pública. El proceso de privatización fue respaldado por el Decreto Nº 634/91 y la Ley Nº 24065 de 1991, que establecieron los lineamientos y pautas principales para la reestructuración y privatización de la industria eléctrica, definiendo una desintegración vertical del negocio en tres segmentos: la generación, la transmisión y la distribución eléctrica. A la vez, se sentaron las pautas para una desintegración horizontal de las grandes empresas del Estado que permitieran su posterior privatización. De esta manera, el Decreto Nº 122/92 promovió la división de SEGBA en unidades de negocios independientes bajo la forma de sociedades anónimas a los fines de facilitar su privatización. Fue así como se constituyeron las empresas generadoras Central Puerto SA, Central Costanera SA, Central Dock Sud SA, y Central Pedro de Mendoza SA, todas por Decreto Nº 122/92, y las empresas distribuidoras EDESUR SA, EDENOR SA y EDELAP SA (las dos primeras por Decreto Nº 714/92 y la restante por Decreto Nº 1795/92. La Resolución Nº 64/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos efectuó el llamado a concurso público nacional e internacional para la venta del paquete mayoritario de acciones de la empresa Central Puerto SA, cuya adjudicación se concretó por Decreto Nº 504/92. La Resolución Nº 365/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos efectuó el llamado a concurso público nacional e internacional para la venta del paquete mayoritario de acciones de la empresa Central Costanera SA, cuya adjudicación se concretó por Decreto Nº 839/92. La Resolución Nº 819/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos efectuó el llamado a concurso público nacional e internacional para la venta del paquete mayoritario de acciones de las empresas Central Dock Sud SA y Central Pedro de Mendoza, cuya adjudicación se concretó por Decreto Nº 1789/92. La Resolución Nº 591/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos efectuó el llamado a concurso público nacional e internacional para la venta del paquete mayoritario de acciones de las empresas EDESUR SA y EDENOR SA, cuya adjudicación se concretó por Decreto Nº 1507/92. La Resolución Nº 1128/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos efectuó el llamado a concurso público nacional e internacional para la venta del paquete mayoritario de acciones de la empresa EDELAP SA. Finalizado este proceso, SEGBA fue declarada en liquidación por Resolución Nº 198/93 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, dándose por concluida esta situación por Resolución Nº 557/98 de la misma institución.

Secretaría de Asuntos Técnicos

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  • 1946-1956

La Secretaría de Asuntos Técnicos se creó mediante el Decreto N° 310/46. Como antecedente inmediato a la Secretaría de Asuntos Técnicos se encontraba la creación del Consejo Nacional de Postguerra bajo el Decreto N° 23.847 de 1944. Este órgano consultivo del Vicepresidente de la Nación tuvo la dirección superior de los estudios sobre el ordenamiento social y económico del país a efectos de enfrentar la nueva situación consecuencia de la Segunda Guerra Mundial. Por la Resolución N° 3/44 todos los organismos Nacionales, Provinciales y Municipales debían remitir copias de sus proyectos de gobierno. Asimismo, mediante Resolución N° 6/44 se dispuso que los organismos citados en la resolución anterior debían elevar al Poder Ejecutivo Nacional planes de acción político-económicas en obras públicas, principios generales para el programa de obras públicas, planes de industria nacional y planes de arquitectura y ganadería.
El Decreto N° 310/46 creó la Secretaría de Asuntos Técnicos bajo la órbita de la Presidencia de la Nación, estableciéndose sus funciones por Decreto N° 2098/46, que además creaba el Consejo Económico y Social como organismo consultivo de la institución. Las principales funciones de la Secretaría de Asuntos Técnicos estuvieron ligadas al monitoreo del Primer Plan Quinquenal y la preparación y lanzamiento del Segundo Plan Quinquenal de los gobiernos del período 1946 – 1955. El organismo también asumió el objetivo de implementar la modernización técnica del país mediante el fomento y creación de áreas de investigaciones científicas y técnicas, así como la determinación de políticas migratorias y la difusión de la política de gobierno. Con tal fin el 30 de noviembre de 1949 se creó el Cuerpo Consultivo Técnico mediante el Decreto N° 30072, cuya función debía ser recoger la información técnica acerca de las materias que constituían problemas de gobierno y elaborar dicha información a los fines de la planificación racional y coordinada de la acción de gobierno. El Cuerpo Técnico extendía sus funciones sobre los siguientes temas:
a) Materias económicas: hacienda, economía, finanzas, industrias, comercio, agricultura, ganadería transportes y comunicaciones
b) Materias políticas y sociales: trabajo, previsión, salud pública, cultura, educación, justicia, relaciones exteriores y culto
c) Defensa nacional
d) Organización científica y racionalización del gobierno y de la Administración
e) Planificación y coordinación de la acción de gobierno. Obras públicas.
La Secretaría fue elevada a la categoría de Ministerio por Ley N° 13539 del año 1949, quedando establecidas en el artículo 32 las funciones particulares que desarrollaría hasta su disolución:
1° Estudiar y proponer una organización científica de gobierno y administración, en forma de asegurar el más alto grado de estabilidad y eficiencia orgánico-institucional.
2° Proponer la racionalización correspondiente para obtener la mayor simplicidad y alto grado de perfectibilidad orgánico funcional en los departamentos del Estado.
3°Fiscalización y perfeccionamiento de las funciones técnicas generales que interesen a las distintas actividades de la Nación.
4° Consideración y estudio de asuntos técnicos generales que interesen a las distintas actividades de la Nación.
5° Dirección general de la investigación de asuntos técnicos que por su naturaleza convenga mantener reservados o no divulgar.
6° Compilar, sistematizar, dirigir y fiscalizar el censo general y las estadísticas permanentes de la Nación.
7° Otros asuntos que especialmente incluya el Poder Ejecutivo en sus funciones, que no pertenezca a la acción específica de otros departamentos.
La Ley N° 14303 de 1954 devolvió al Ministerio el rango de Secretaría hasta su disolución mediante Decreto N° 6122/56.

Orden Real y Militar de Nuestra Señora de la Merced y la Redención de los Cautivos

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  • 1218-c.1823

La Orden Real y Militar de Nuestra Señora de la Merced y la Redención de los Cautivos fue fundada por San Pedro Nolasco y San Raimundo de Peñafort en 1218 en Barcelona y fue aprobada en 1235 por la Bula Devotionis vestrae de Gregorio IX.

La Orden se fue estableciendo en América a medida que los españoles se iban asentando en nuevos territorios. Luego de la fundación de Tucumán y Salta y antes de finalizar el siglo XVI, se erigió un Convento en Santiago del Estero, llamado “Nuestra Señora de las Mercedes”. En el siglo XVII, sucedió lo mismo con Córdoba y La Rioja, mientras que en la segunda mitad del siglo XVIII se fundó el Hospicio de Catamarca. En 1591 se fundó el convento de San Juan. A este le siguió el de Mendoza, y el de San Luis data de la primera década del siglo XVII.

La orden de la Merced se estableció en Buenos Aires en 1601. Francisco Martel, un monje que compró un terreno en la traza de la ciudad, inició los trámites para la fundación de un convento. A mediados del siglo XVIII, las obras fundacionales continuaron con el Hospicio de San Ramón de las Conchas. A su vez, tenía a su cargo dos escuelas, una en el Sagrado Convento de Nuestra Señora de las Mercedes y la otra en el Real Hospital. La Orden se destacó por su intervención en la redención de los cautivos y en la instalación de cofradías.

Durante el siglo XVII, Los conventos mercedarios tuvieron que solicitar limosnas a la Real Hacienda. Tras la expulsión de la Compañía de Jesús, la Orden de la Merced, al igual que las otras órdenes, realizó numerosas gestiones para adquirir el Colegio y la Iglesia que pertenecieron a los jesuitas en la ciudad de Santa Fe y en otras localidades.

En 1786 a través de una Real Cédula del 14 de diciembre, se dispuso que en América se supriman los conventos de Mercedarios que tengan menos de ocho religiosos viviendo en él.

En 1821, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decretó que las casas de la Orden de regulares llamados Mercedarios, situadas en el territorio de la Provincia, quedaran en entera independencia de todo Prelado o Autoridad Provincial bajo la sola dirección de los presidentes de cada una de ellas y que cada casa y los que las presiden quedaran bajo la inmediata protección del Gobierno y sujetos en lo espiritual a la sola autoridad ordinaria eclesiástica.

En 1823, con la sanción de la ley de reforma eclesiástica, la orden fue alcanzada por las disposiciones de la misma. Al mismo tiempo, a través de un decreto emitido por el Gobierno provincial el 24 se febrero de 1823, se dispuso que las casas del Hospicio de Mercedarios, denominado de San Ramon de las Conchas y del Convento de San Pedro, quedaban destinadas a Hospicios de educación de primeras letras para niños de los pueblos y territorio de la campaña a cargo de la Sociedad Lancasteriana.

Ministerio del Interior

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  • 1856 - Hasta la actualidad

La Constitución Nacional sancionada en 1853 consideraba la creación del Ministerio del Interior, en tanto que La Ley Nº 80 de 1856 estableció sus atribuciones, que fueron modificadas por la Ley Nº 3.727 del año 1898. En términos generales las mismas siempre se relacionaron con el gobierno político interno, la seguridad interior y el orden público. Hasta que en el año 1898 fueron creados el Ministerio de Agricultura y el de Obras Públicas, dichas funciones incluían los asuntos relativos a caminos, canales, puentes, calzadas, toda obra pública nacional de utilidad; patentes de invención y privilegios sobre agricultura e industria, colonización, etc.

Durante los siglos XX y XXI sufrió las siguientes modificaciones. Por un breve período, mediante ley 14.303 del año 1954 pasó a ser Ministerio del Interior y Justicia, hasta 1955. Mediante Decreto de Necesidad y Urgencia 874/2012 pasó a ser Ministerio del Interior y Transporte. En el año 2015, mediante el Decreto 13, se modificó nuevamente para ser Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, hasta que en el año 2019 volvió a ser solamente Ministerio del Interior.

Centro Militar de Expedicionarios al Desierto del Ejército y Armada

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  • 1910/06/05-1940/11/25

El Centro Militar de Expedicionarios al Desierto del Ejército y Armada se creó 5 de junio de 1910 en Buenos Aires con la denominación de Centro Militar de Expedicionarios al Desierto, su primer presidente fue el coronel Teófilo Fernández. La primera sede del Centro funcionó en el local de una Sociedad de Socorros Mutuos ubicada en la calle Larrea 1032 en la Capital Federal. El objetivo de la Asociación fue primero convocar, y luego dar asistencia y protección a todos los hombres de armas y a aquellos civiles que, de uno u otro modo, hubieran contribuido a llevar adelante la campaña contra el indio. Por extensión, también aceptaba a los veteranos de otras acciones de guerra en las que la Argentina se hubiera visto involucrada. Aunque ya existía una Asociación de Veteranos de la Guerra del Paraguay, sus miembros también fueron admitidos como socios por méritos y servicios.
Los estatutos fundacionales aclaraban que el Centro se regiría por una Comisión Directiva elegida mediante el voto de los asociados e integrada por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y vocales.
Varios militares veteranos se sucedieron en la presidencia de la institución. Entre ellos se destacaron Narciso Bengolea, el general Antonio Tiscornia, Eduardo Oliveros y el capitán de navío Teófilo de Loqui.
Las actividades se enmarcaron dentro del fasto y la solemnidad militar. En sus celebraciones resaltaban los uniformes de gala y las convocatorias estaban plagadas de oratoria, desfiles y de la entronización de la muerte del cuerpo en el retrato, el diploma, la medalla y los honores. Estos homenajes no solamente estaban vinculados con la Expedición al Desierto, sino también con otros hechos de armas. Por ejemplo, durante la presidencia de Teófilo Fernández, se organizaron las comisiones del centenario del combate de San Lorenzo y se rindió tributo al general José de San Martín. Bajo el mandato del coronel Celestino Pérez, se recordaron los cien años de la Batalla de Salta.
En el Centro se disponían concursos sobre temas de interés para los socios; se dictaban conferencias; se realizaban banquetes; se organizaban fiestas callejeras y desfiles, como el realizado en ocasión de la visita del presidente norteamericano Theodore Roosevelt; se evaluaban las presentaciones de excombatientes, a fin de determinar la veracidad de sus dichos y comprobar la validez de sus títulos; se otorgaban premios en tierras; tenían lugar colectas y rifas a fin de reunir fondos, generalmente, para solventar los gastos de la Asociación de Huérfanos de Militares; y se concedían subsidios a quienes se hallaran en extrema indigencia.
En 1936, bajo el Decreto del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública del 26 de noviembre, recibió la personería jurídica.
Su última sede se encontraba en el edificio del Círculo Militar de la calle Santa Fe la 750, en Capital Federal.
En la asamblea de la institución del 25 de noviembre de 1940 se comunicó que a través del Decreto 68358 de ese mismo año el centro había perdido la personería jurídica y a partir de ese momento la institución quedo disuelta.

Secretaría de Información Pública

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  • 1943-1987

"Luego del golpe de estado de 1943 se creó como órgano dependiente de la Presidencia de la Nación la Subsecretaría de Informaciones y Prensa. Su función era centralizar la información, tanto la oficial como la generada por los medios de comunicación privada, “(…) con el objeto de asegurar la dignidad del derecho de libre expresión de las ideas y contribuir a la defensa y exaltación de la tradición histórica de la cultura y de los valores morales y espirituales del pueblo argentino”.

Durante un breve período de tiempo pasó a depender del Ministerio del Interior, tras lo cual volvió a la órbita de Presidencia. A partir de entonces, sus competencias se vieron incrementadas. Por otra parte, se declaró de interés público la actividad publicitaria realizada por la prensa por lo que toda entidad afín, agencia noticiosa y publicación que se editaba debía inscribirse obligatoriamente en el Registro de Prensa, así como los periodistas en el Registro de Periodistas, Gráficos y afines.

En 1944 cambió su denominación a Subsecretaría de Informaciones y, a partir de la asunción de Juan Domingo Perón como presidente, centralizó todo lo relativo a la difusión de noticias y avisos oficiales, incorporando el personal de la Sección ""Prensa y Radiodifusión"" de la Dirección de Informaciones del Ministerio de Agricultura. Además, el Registro Nacional de Ministerio de Justicia y el Boletín Oficial se unificaron en la Dirección General del Registro Nacional dependiendo directamente de la Subsecretaría.

En 1947 se designó a Raúl Alejandro Apold como Director General de Difusión. Dos años más tardé Apold sumó fue nombrado además Subsecretario de Informaciones. Desde ese entonces, se le dio una importancia central a la cobertura de los actos oficiales de gobierno por parte del personal de la Subsecretaría. Se generó de esta manera material fílmico y fotográfico que se clasificó y envió a la prensa para su publicación el mismo día en que ocurrían las noticias. Por otro lado, se incrementó significativamente el presupuesto del área y se editaron infinidad de publicaciones oficialistas que se distribuyeron en el país y en el exterior. En 1954 la dependencia pasó a llamarse Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación.

Luego del golpe de estado del 16 de septiembre de 1955, se sustituyó la denominación del organismo por la de Secretaría de Prensa y Actividades Culturales y se designaron nuevas autoridades. En el mismo año se disolvió el área, aunque gran parte del personal de fotógrafos de la anterior gestión de gobierno continuaron con sus tareas durante varios años, entre ellos, Juan Swisiski, Molteni, Montano, Pomparán, Romero, Ruíz, Sosa y Fanego.

En 1956 se creó la Secretaría de Prensa bajo la órbita de la Secretaría General de Presidencia de la Nación, reorganizada sobre la base de un servicio de prensa y otro de publicaciones. Se aprobó el Plan de Liquidación de la anterior secretaría disgregándose todas sus áreas y transfiriéndose algunas de ellas al Ministerio del Interior como, por ejemplo, la Dirección General del Archivo Gráfico y la Dirección General del Boletín Oficial e Imprenta. Paralelamente, se estableció el desalojo del edificio de Av. de Mayo 760. En 1957 se redujeron las funciones de la Secretaria de Prensa a su servicio de prensa y se transfirió al Ministerio del Interior el Servicio de Publicaciones.

Algunos años más tarde en 1963, se reestructuró la Secretaría de Prensa y se le otorgaron nuevas misiones y funciones. En 1967 modificaron su denominación a Secretaría de Difusión y Turismo y se le transfirió la Administración General de Emisoras Comerciales de Radio y Televisión y la Dirección Nacional de Turismo. Esta fusión duró hasta 1971 cuando se desdobló el organismo en la Secretaría de Prensa y Difusión y la Secretaría de Turismo.

En 1973 la Secretaría pasó a depender directamente de la Presidencia de la Nación. Entre los organismos que la conformaron se hallaba el Instituto Nacional de Cinematografía, la estación de Televisión LS82 TV Canal 7, Telam, Sociedad Anónima Periodística, Radiotelefónica, Comercial, Inmobiliaria y Financiera y estaciones de radiodifusión como El Mundo. Por otro lado, se incorporó el COMFER centralizando de esta manera la difusión de todos y cada uno de los organismos estatales. En 1974 se inició un proceso de intervención en las diferentes emisoras de TV.

Luego del golpe de estado de 1976 la Secretaría de Prensa y Difusión, cambió su designación a Secretaría de Información Pública de la Presidencia de la Nación y se modificó su estructura, en tres Subsecretarías. En primer lugar, la Subsecretaría de Planeamiento compuesta por la Dirección General de Inteligencia, la Dirección General de Planeamiento y el Departamento de Campañas que tuvo como función la elaboración de planes, operaciones y campañas. La Subsecretaría de Operaciones (conformada por la Dirección General de Difusión, la Dirección General de Prensa y la Dirección General de Radio y Televisión y la Dirección General de Controlador Operativo “COMFER”, Ente Editoriales, Espectáculos Públicos, Telam, Instituto Nacional de Cinematografía y Dirección Nacional del Registro Oficial), era la que debía elaborar programas operativos, ejecutarlos y fiscalizarlos. Finalmente, la Subsecretaría de Enlace conformada por la Dirección General de Coordinación Oficial y la Dirección General de Coordinación privada, tenía como objetivo mantener la comunicación y asegurarse el intercambio de información entre la SIP y los organismos a fines de los ámbitos oficiales nacional, provincial y municipal.

Con la asunción de Raúl Alfonsín como presidente electo democráticamente, en diciembre de 1983, se mantiene la Secretaría de Información Pública hasta 1987 cuando es reemplazada por Dirección General de Prensa. A partir de ese entonces, las diversas funciones que concentró la Secretaría son descentralizadas y llevadas adelante por distintos organismos de la Presidencia."

Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico

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  • 1961/01/10-1963/04/24

La Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico fue creada el 10 de enero de 1961 mediante el decreto N° 159, bajo el nombre de Comisión de Recuperación de la Documentación Histórica Nacional, con el objetivo de asesorar al poder ejecutivo mediante el Ministerio del Interior sobre el justiprecio y la conveniencia de la adquisición de materiales de interés histórico. La comisión estaba compuesta por el titular del Archivo General de la Nación, un miembro de la Academia Nacional de Historia, el director del Museo Histórico Nacional, el director del Instituto Nacional de la Historia “Doctor Emilio Ravignani”, de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Buenos Aires y el Jefe de Investigaciones y Estudios Históricos del Museo de la Casa de Gobierno.

En 1962, mediante el decreto N° 5074 del Ministerio del Interior de fecha 5 de junio, se cambió la denominación pasando a llamarse Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico dependiente de Presidencia de la Nación. De la misma forma se nombraron las autoridades de la Comisión siendo nombrado presidente de la misma Ricardo Caillet Bois y los vocales; Roberto Etchepareborda; Julio César González y Germán O. E. Tjarks. Por el mismo decreto, la Comisión fue autorizada para enviar, recibir y administrar legados como también adquirir en nombre del Poder Ejecutivo los materiales de interés histórico que considerara conveniente incorporarlos a los bienes que custodia la nación. Para ello la Comisión debía rendir cuenta documentada de las compras y acciones realizadas ante la Secretaria General de Presidencia.

El decreto N° 9786 del 17 de septiembre de 1962 del Ministerio del Interior estableció que se sumen además de los miembros referidos por el decreto N° 5074, dos vocales honorarios suplentes designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Educación y Justicia. Fueron designados para dichos cargos Ricardo Zorraquín Becú y Antonio J. Pérez Amuchástegui.

El Decreto Ley N°11466 del 30 de octubre de 1962 estableció la transferencia de 20 millones de pesos moneda nacional por parte de la Comisión Ejecutiva Nacional a la Comisión Nacional de Recuperación del Patrimonio Histórico Para adquirir piezas documentales relacionadas con el pasado histórico por la cual debía rendirse cuenta documentada de la inversión realizada.

El 24 de abril de 1963 mediante el decreto 3032 se aceptó la renuncia de Ricardo Zorraquín Becú como miembro vocal honorario y se nombró como suplente a José María Mariluz Urquijo.

Consejo Nacional de Educación

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  • 1881-1980

El Consejo Nacional de Educación fue creado por Decreto de fecha 28 de enero de 1881 reemplazando en sus funciones al Departamento Escolar de la Capital y a la Comisión Nacional de Educación. Su reglamento fue aprobado en 1882.
En 1884 se aprobó la Ley Nº 1.420 de Educación General de la República, a partir de la cual la instrucción primaria pasó a ser obligatoria y la misma podía cumplirse en escuelas públicas, escuelas particulares o en el hogar de los niños (comprobándose a partir de certificados y exámenes). Dicha ley señalaba que “la obligación escolar supone la existencia de la escuela pública gratuita al alcance de los niños de edad escolar”. En esta ley se establecía que la dirección facultativa y la administración general de escuelas estarían a cargo de un Consejo Nacional de Educación que funcionaría en la Capital bajo la dependencia del Ministerio de Instrucción Pública. Sus atribuciones y deberes se relacionaban con la dirección, supervisión y validación de la instrucción dada en todas las escuelas primarias en la Capital, Colonias y Territorios Nacionales.
Cuando en 1905 se aprobó la Ley Nº 4.874, conocida como Ley Láinez, el CNE pudo establecer en las provincias, previa conformidad del gobernador, escuelas elementales, infantiles, mixtas y rurales.
En 1934, por Ley Nº 11.919 se incorporaron las Escuelas e Institutos Filantrópicos Argentinos y en 1938 a través de la Ley Nº 12.558 se crearon instituciones complementarias de la educación común que incluían la asistencia médico escolar en las Provincias del Norte y los Territorios Nacionales, las escuelas hogares y escuelas en fábrica.
Con el advenimiento del peronismo se iniciaron una serie de reformas que tenían por objetivo integrar todos los niveles de enseñanza para alcanzar una formación integral del ciudadano argentino. Se buscaba darle continuidad y unidad a la enseñanza conectando los conocimientos de las materias de instrucción o preparación entre los diferentes ciclos. A partir de 1947 en todas las escuelas de la república se implantó un mismo plan de estudios, se declaró obligatoria la difusión y enseñanza de los principios de la higiene, se ratificó la enseñanza religiosa en las escuelas (que sería derogada por la Ley Nº 14.041 en mayo de 1955) y se establecieron subsidios y supervisión a la educación privada.
En 1948 se introdujo el aprendizaje general, también llamado, preaprendizaje escolar en los grados 5to. y 6to. como educación preparatoria para los oficios, las artes y las ocupaciones manuales. Este cambio de orientación se vio también plasmado en la reforma Constitucional de 1949 al introducirse entre los derechos especiales del art. 37 el capítulo IV referido a los derechos a la educación y la cultura.
En función de esto, el CNE fue modificando su estructura administrativa y su dependencia jerárquica. En 1947 pasó a depender de la Subsecretaría de Instrucción Pública del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública (Decreto Nº 26.944/47), que en 1948 cambió su denominación a Subsecretaría de Educación (Enseñanza y Cultura).
A partir de la Reforma Constitucional de 1949 se sancionó la Ley Nº 13.529 de Ministerios que creó el Ministerio de Educación. En consecuencia, la Ley Nº 13.548 transformó al CNE en Dirección General de Enseñanza Primaria dependiente directamente de dicho Ministerio.
El golpe de Estado de la autodenominada Revolución Libertadora en 1955 reestableció el CNE por Decreto-Ley Nº 7.977/56. El 1º de junio de 1976, el Decreto Nº 642 dictó su intervención. Finalmente, mediante la ley 22.221 (1980) se creó la Dirección Nacional de Educación Primaria, como organismo dependiente del Ministerio de Cultura y Educación, que reemplazaría al Consejo Nacional de Educación, continuando la conducción y administración de los establecimientos y organismos y los bienes anexos que dependieran del Consejo Nacional de Educación. El CNE quedaría disuelto luego de los sesenta días de la sanción y promulgación de esta Ley.

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