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Fundación Eva Perón

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  • 1948 – 1956

La Fundación “Eva Perón” fue creada el 19 de junio de 1948 y se le otorgó personería jurídica por Decreto Nº 20564/48, según expediente 8575/48 de la Inspección General de Justicia. Luego, a su función de orden público e interés nacional se le sumó el fomento del turismo social que desarrollara el Instituto Nacional de Remuneraciones (Ley 13992/50).
La Fundación venía a relevar en su papel al de la Sociedad de Damas de Beneficencia, la cual fue intervenida por Decreto 9414/46 y finalizó su vida institucional como una dependencia de Dirección de Asistencia Social de la Secretaría de Trabajo y Previsión.
No obstante no ser específicamente una dependencia más del Poder Ejecutivo Nacional, las relaciones eran estrechas con alta participación de funcionarios, personal y equipamiento estatal de la misma desarrollando una función de orden público e interés nacional y persiguiendo los fines de ayudar en dinero o en especies, proveer elementos de trabajo, conceder becas de estudios universitarios y especializados, construir viviendas y establecimientos educacionales, hospitalarios, recreativos o de descanso y beneficios de toda índole para los sectores sociales más necesitados. Fallecida su primer presidenta, Eva Duarte, en 1952, se reorganizó su estructura y modificaron los procedimientos administrativos, pasando a denominarse Instituto Nacional de Asistencia Social.
La Fundación fue disuelta por Decreto N° 11.922/56, distribuyéndose sus funciones y establecimientos entre los Ministerios de Asistencia Social y Salud Pública y de Educación y Justicia, así como entre gobiernos municipales y provinciales, según correspondía, mientras que las obras en desarrollo quedaron bajo la tutela del Ministerio de Hacienda.

Lotería Nacional

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  • 1893-2018

El 16 de octubre de 1893, la Municipalidad de la Capital autorizó a través de la ley 2989 la creación de una Lotería de Beneficencia, cuyos beneficios serían destinados al sostenimiento de los hospitales y asilos públicos y a las capitales de provincia.
Por ley 3313/1895 se estableció que la administración de la lotería quedaría confiada a una comisión compuesta por 6 personas nombradas por el Poder Ejecutivo, con una duración de dos años, renovados por mitad. La administración constaba de un presidente encargado de la repartición y la representación ante organismos oficiales; un vicepresidente, 3 miembros y un secretario quien era el encargado de llevar la correspondencia y los libros de actas.
La repartición de los beneficios estaba a cargo del Poder Ejecutivo, el cual los entregaba en Capital Federal a la intendencia y las asociaciones de caridad; y en las provincias a una junta formada por el intendente municipal, el Juez Federal y el presidente del Superior Tribunal de Justicia (como suplente el presidente del Consejo Nacional de Educación).
A partir del crecimiento de la lotería, el Poder Ejecutivo sancionó por decreto del 19 de noviembre de 1900 un Reglamento General en el que se establecía que desde el 1º de enero de 1901 la lotería dependiera del Ministerio de Relaciones y Culto, que se encargaría de repartir los beneficios de las extracciones, teniendo en cuenta que era el ministerio encargado de lo relativo a instituciones de beneficencia.
La ley 4206/03 estableció que el presupuesto de la lotería debería ser sometido a la aprobación del Congreso Nacional, formando parte del presupuesto nacional. Para ello se derogó el artículo 15 de la ley 3313/95 que establecía el control y administración por parte de la comisión. Con el nuevo armado, la administración de la lotería se encontraría dividida en diferentes áreas: Gerencia, Contaduría, Tesorería, Inspección, Emisión, Prescripción, Escribanía e Imprenta, Premios, Talonación, Habilitación.
A partir de 1911 las decenas destinadas a beneficencia se someterían a la aprobación de una comisión de damas de la Sociedad de Beneficencia de la Capital, debiendo ésta aprobar a las familias y entidades benéficas socorridas.
Con el golpe de estado de 1943 y la posterior presidencia de Juan Perón se dictaron una serie de leyes y decretos tendientes a regular el juego. El decreto 31.090/44 determinó la caducidad de las concesiones de los gobiernos provinciales para la explotación del juego, y declaró de interés público los inmuebles y muebles de dichas concesiones, las cuales quedaron sujetas a expropiación por parte del estado, siendo el Ministerio del Interior el que poseía la potestad sobre dichos bienes.
El decreto 7865/46 ratificó la caducidad de dichas concesiones y dejó a cargo de la “Lotería de Beneficencia Nacional” la explotación, el manejo y la administración de los casinos y salas de juegos de azar en todo el país, y ratificó al Ministerio del Interior como el ente facultado para convenir con aquellos que explotan salas de juego.
La reorganización del organismo se realizó a través del decreto 7867/46. En primer lugar se le cambió el nombre pasando a llamarse “Lotería de Beneficencia Nacional y Casinos”. La lotería estaría a cargo de un consejo, integrado por un presidente y por 4 funcionarios rentados: el jefe del departamento administrativo, el jefe del departamento de casinos, el jefe del departamento de lotería y un secretario general.
Las principales funciones del consejo eran: proyectar la reglamentación interna del organismo y someterla al Poder Ejecutivo; proponer al Poder Ejecutivo las designaciones y ascensos del personal; elevar mensualmente al Ministerio del Interior el balance y la rendición de cuentas; someter anualmente a dicho Ministerio la aprobación de los gastos y sueldos; depositar mensualmente en el Banco Central de la República Argentina los fondos recaudados por la lotería, casinos y salas de juego de azar.
En 1963 a través del decreto 2375 se aprobó la transferencia de los hipódromos de Palermo y San Isidro al Jockey Club de Capital Federal, lo que sería derogado en 1974 a través del decreto 20651 que los devolvería al ámbito de Lotería. Con la última dictadura el control del hipódromo de San Isidro volvería a manos del Jockey (Ley 21843/78)
La ley de ministerios 18.416/69 determinó que la explotación de la Lotería de Beneficencia Nacional, los casinos y juegos de azar quedaran a cargo del flamante Ministerio de Bienestar Social. Así, se modificó el régimen de la Institución, ya que al pasar a depender de este Ministerio, el destino de los recursos provenientes del juego fue orientado a atender programas de acción social de gran envergadura.
En 1976, la Lotería reglamentó y adecuó al régimen jurídico al juego de la “Quiniela” en capital y provincia de Buenos Aires (decreto 2.555).
Por ley de ministerios 22.450 de 1981, luego refrendado por la ley 22.520, la Lotería pasó a depender del Ministerio de Acción Social, que con el gobierno de Alfonsín pasaría a ser de Salud y Acción Social. Mediante la ley 22.868 de 1983 la Lotería de Beneficencia Nacional y Casinos se pasó a llamar Lotería Nacional.
A partir de 1990, comenzó una modificación estructural de Lotería que bajo la ley 598 se transformó en Lotería Nacional Sociedad del Estado. Un año después se inauguraron las salas de bingo en Capital Federal, dependientes de Lotería.
En los siguientes años las competencias que anteriormente tenía el Ministerio de Salud y Acción Social, pasaron a la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación (decreto 227/94); luego por el Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente (decreto 2/2000), y nuevamente por el Ministerio de Desarrollo Social (decretos 1300/2002 y 20/2007).
Con la nueva constitución de la ciudad, sancionada en 1996, estableció que el producto de lo recaudado por la administración de los juegos de azar debía estar administrado directamente por la ciudad de Buenos Aires, fue el inicio de la transferencia de funciones de la nación a la ciudad, proceso que se completaría 20 años después.
El 30 de noviembre de 2016 la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires Sociedad del Estado (como autoridad de aplicación y continuadora del Instituto de Juego y Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) asumió la concesión del Hipódromo Argentino de Palermo; el contrato con el Operador de las Salas Casino emplazadas en los buques ubicados en el Puerto de la ciudad de Buenos Aires; los juegos de azar “La Quiniela” en todas sus modalidades; “Loto”; “Lotería Resolución Instantánea-Cash” y “La Solidaria”, así como la red de Agencias Oficiales y Permisionarios ubicados en la misma Ciudad; el personal afectado a los juegos y los bienes indispensables para su explotación. La Lotería Nacional Sociedad del Estado mantuvo solamente “La Grande de la Nacional”.
El decreto 95/2018, en su artículo 17 determinó el estado de liquidación de Lotería Nacional Sociedad del Estado.

Ministerio de Justicia

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  • 1856 - Hasta la actualidad

El Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública se originó a partir de lo dictado en la Constitución Nacional de 1853 y sus atribuciones se determinaron en la Ley Nº 80 de 1856, que fueron modificadas por la Ley Nº 3.727 del año 1898.
Ya a mediados del siglo XX, el Ministerio de Interior y Justicia fue instaurado por la Ley Nº 14.303 Orgánica de Ministerios. Un año después, este Ministerio pasó a estar “asistido en el despacho de los asuntos a su cargo por dos subsecretarios, de Interior el uno, y de Justicia el otro” (Decreto Nº 416/55).
Hacia noviembre del mismo 1955, el Decreto-ley Nº 2.811 separó aquel Ministerio en dos nuevos: el Ministerio de Interior y el Ministerio de Justicia. Luego Justicia se unió a Educación en un solo ministerio según la Ley Nº 14.439 de 1958. Las funciones de ambas carteras fueron subsumidas en Secretarías de Estado dependientes del Ministerio del Interior por la Ley de ministerios Nº 16.956 en 1966.
Tres años después, la Ley Nº 18.416 volvió a categorizar a la Justicia como ministerio, describiendo sus funciones en la Ley Nº 18.417.
Si bien la institución continúa vigente, se ha investigado su historia institucional hasta este período, por corresponderse con las fechas extremas de la documentación preservada.

Ministerio de Obras Públicas

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  • 1898 - Hasta la actualidad

En 1898, el Poder Ejecutivo dictó la ley 3727 que promovió la división del Poder Ejecutivo en ocho Ministerios, entre los que surgió el de Obras Públicas. Muchas de las funciones de esta institución estaban previamente insertas dentro de los ministerios del Interior y Hacienda a partir de la ley del año 1856.
En su artículo 15 la ley 3727 indicaba que el nuevo ministerio tendría por función el estudio y realización de toda iniciativa o cuestión sobre vías de comunicación, construcciones hidráulicas, arquitectónicas y de cualquier otra naturaleza. Ello comprendía el estudio, construcción, control de los ferrocarriles, la dirección de los nacionales en explotación y la inspección de los particulares, representar los derechos de la Nación en los casos de conflicto entre las provincias, la Nación y los particulares, los estudios y construcciones de caminos, la instalación de líneas telegráficas, el estudio, proyecto y construcción de obras que faciliten la navegación marítima y fluvial, canales navegables, de riego y embalses, puertos, muelles y dragados. También debía proyectar, construir, dirigir y conservar los edificios públicos, monumentos, templos, cárceles, cuarteles, puentes, obras de salubridad, sanitarias, elaborar un Censo de bienes nacionales para funcionar como depósito, administrar y vender los bienes del Estado, e intervenir en las expropiaciones e inspeccionar las obras de particulares concedidas por la Nación.
La reforma de la Constitución Nacional en 1949 implicó la restructuración de los ministerios y secretarías de estado (Ley 13529). En el caso de Obras Públicas, el artículo 24 indicaba que era de competencia del Ministerio: la construcción de viviendas; edificios públicos; edificios escolar, con el asesoramiento del Ministerio Secretaría de Estado de Educación; Hoteles de turismo, colonias de vacaciones y obras de urbanización; Parques nacionales y obras de contenido social; Construcciones portuarias; Canales navegables y túneles de comunicación subfluvial; Balizamiento e hidrografía fluviales, dragado; Astilleros y talleres navales para sus necesidades; Construcción, administración y prestación del servicio de obras sanitarias en la Capital de la Nación, en los territorios nacionales y en las provincias acogidas por convenio al régimen federal de la materia; Caminos nacionales, puentes y toda obra vial cuya ejecución corresponda al gobierno de la Nación.
Hacia 1954, la organización del Ministerio se dividió en ocho organismos específicos: Arquitectura; Construcción y Conservación de Obras Públicas; Puertos y Vías de Navegación; Catastro; Materiales y Planteles; Asesoría Técnica; Obras Sanitarias de la Nación y Vialidad Nacional.
Con la Ley 14.439/58, se modificaron ciertas competencias y renombró al Ministerio como de “Obras y Servicios Públicos”; entre las acciones del ministerio se destacó la coordinación de las secretarías de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
Años más tarde, el decreto 18417/66 del gobierno de facto de Onganía mantuvo como competencias del Ministerio a las tres secretarías propuestas en 1958, y le agregó Energía y Recursos Hídricos, con excepción de aquello que competa específicamente a los comandos en jefe de las Fuerzas Armadas.
Si bien la institución continuó existiendo hasta la actualidad bajo distintas denominaciones, se investigó su historia institucional hasta este período, en relación con las fechas extremas de la documentación preservada.

Empresa Nacional de Correos y Telégrafos

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  • 1972 - 1998

En 1972 fue creada por Ley N° 19654 la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos (ENCOTEL), como empresa del Estado según el régimen de las Leyes N° 13653, 14380 y 15028, dependiente de la Subsecretaría de Comunicaciones del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con el objeto de prestar los servicios postales y telegráficos internos e internacionales, y otros servicios de telecomunicaciones que prestaba hasta entonces el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con excepción del oficial de radiodifusión.
El Decreto N° 1111/73 aprobó el estatuto orgánico de la empresa, que dispuso para su dirección y organización una estructura integrada por un Administrador General, un Subadministrador General y seis Gerencias, los que a su vez conformarían un Consejo de Gestión junto con tres representantes del personal.
En 1973 se sancionó la nueva Ley de Correos N° 20216, reemplazante de la N° 816, y cuya reglamentación correría por cuenta del Decreto N° 151/74, estableciéndose el monopolio estatal sobre servicios postales.
En 1989 la empresa fue incluida entre las instituciones sujetas a concesión en virtud del proceso de Reforma del Estado dispuesta por Ley N° 23696, asumiendo el Ministerio de Obras y Servicios Públicos la gestión operativa de la empresa mediante Resolución MOSP N° 183/89. En este sentido, el Decreto N° 2074/90 dispuso la concesión de los servicios prestados por la empresa, debiéndose confeccionar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y efectivizarse los llamados a Licitación o Concurso Público Nacional e Internacional a tal fin, estableciéndose por Decreto N° 2408/91 el cronograma para la privatización de la entidad.
Posteriormente, el Decreto N° 214/92 impulsó una reestructuración de los servicios alcanzados por la Ley N° 20216, creándose una Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, y una nueva empresa de correos denominada Empresa Nacional de Correos y Telégrafos Sociedad Anónima (ENCOTESA), regida por las disposiciones de los artículos 163 al 314 de la Ley N° 19550 y sujeta a privatización parcial, para absorber la cobertura geográfica y prestacional que cumplía ENCOTEL y asumir la titularidad de los derechos y obligaciones atribuidos a la Administración de Correos en los artículos 7°, 9°, 15, 16, 18, inc. 1 y 3; 20, inc. 1 y 2; 22, inc. 1 e inc. 2; 29, 30, 32, 33, de la Ley N° 20216 y disposiciones conexas de los Decretos Reglamentarios.
Finalmente, el Decreto N° 1163/93 declaró en estado de liquidación a ENCOTEL, proceso que se dio por concluido mediante la Resolución N° 558/98 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Junta Nacional de Recuperación Patrimonial

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  • 1955-1967

El Gobierno provisional surgido del golpe de Estado del 16 de septiembre de 1955 se dio como tarea la investigación de las posibles irregularidades producidas durante la gestión de los dos primeros gobiernos de Juan D. Perón, para la cual creó por Decreto–ley 479/55 la Comisión Nacional de Investigaciones.
Esta Comisión dependía directamente de la Vicepresidencia de la Nación, tenía amplias atribuciones para llevar adelante sus procedimientos, pudiendo crear comisiones específicas para investigar las distintas dependencias de la administración o, incluso, personajes renombrados ligados al Gobierno peronista. Asimismo, podían intervenir en jurisdicciones provinciales y municipales, coordinando con las autoridades correspondientes sus trabajos; los interventores federales, para terminar, debían crear Comisiones provinciales que reportarían sus conclusiones a la Nacional.
Por otro lado, por Decreto–ley 5.148/55 se creó la Junta de Recuperación Patrimonial, a los efectos de “restituir a la Nación los bienes materiales e inmateriales” de los que hubiera sido desposeída por la anterior Administración. Se dictó un acto de interdicción masivo sobre personas y empresas ligadas al gobierno precedente, debiendo ellos justificar el incremento de su patrimonio desde el 4 de junio de 1943: el listado podía ser ampliado por la Junta una vez en funciones.
Según estableció el Decreto–ley 2.603/55, antes “de decidir la situación de cada sociedad o persona interdicta” la Junta debía dar vista a la Comisión Nacional de Investigaciones a los efectos de que ésta suministrara los “elementos de juicio” para resolver la situación. Resoluciones que, conforme al Decreto-ley Nº 5.148/55, podían apelarse ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Penal Especial en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, razón por la cual parte del material puede hallarse incorporado a causas gestionadas en ese fuero.
Finalmente, por Decreto–ley 6.134/56 y “visto lo propuesto por la Comisión Nacional de Investigaciones y la Junta de Recuperación Patrimonial” se creó la Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial para que “seleccione y amplíe los antecedentes relacionados con las personas físicas y sociedades comerciales o civiles” interdictas por la Junta, representando a los intereses del Estado ante la Junta de Recuperación Patrimonial.
La Fiscalía, dado el Decreto–ley 6.132/56 que hizo cesar en sus funciones a la Comisión Nacional de Investigaciones se transformó en la depositaria del material producido por esa Comisión y, eventualmente, en la continuadora de las funciones de investigación de la misma. Funciones que, luego de varios reordenamientos técnico – administrativos, llevaría adelante hasta el año 1958.
El tercer organismo que se relaciona con el funcionamiento institucional de la Fiscalía de Recuperación Patrimonial al que debemos hacer mención es la Comisión Liquidadora creada por Decreto–ley 8.124/57 cuya función principal era la de concretar en forma inmediata la transferencia de los bienes enajenados en pública subasta, licitaciones públicas y privadas mediante Decreto-Ley 19.980/56 a los interdictos en virtud de sentencia firme de la Junta de Recuperación Patrimonial en cuyo accionar, la Fiscalía representaba al Estado.
La Comisión Nacional de Investigaciones, la Junta Nacional de Recuperación Patrimonial y la Fiscalía Nacional de Recuperación Nacional cesaron su accionar en 1967. En tanto que la Comisión Liquidadora finalizaba sus actividades por el Decreto presidencial Nº 8.285/67. Sus funciones y, en consecuencia, las residuales de los otros tres entes para las cuestiones pendientes ante la justicia, pasaron a ser ejercidas por la Secretaría General de la Presidencia.

Asamblea General Constituyente

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  • 1813/01/31-1815/01/26

El 8 de octubre de 1812 el Cabildo de Buenos Aires nombró como vocales del Gobierno Provisorio a Nicolás Rodríguez Peña, Antonio Álvarez Jonte y Juan José Paso depositándoles la autoridad bajo ciertas condiciones. Una de ellas era la de llamar a una Asamblea General que formara una Constitución Provisoria. De acuerdo con esto, la Asamblea General Constituyente fue convocada por decreto del 24 de octubre de 1812. El decreto establecía, además, el mecanismo de reunión de los electores, el procedimiento de designación de los diputados y ponía como fecha de inicio de las sesiones el mes de enero de 1813.

El 31 de enero de 1813 la Asamblea quedó instalada oficialmente en el edificio del Consulado de Buenos Aires. En su primera sesión dictó un decreto por el cual se declaró soberana y designaba como presidente al diputado por Corrientes, Carlos de Alvear y como secretarios a Valentín Gómez y a Hipólito Vieytes. A su vez, determinó que los asambleístas no podrían ser aprehendidos ni juzgados, sino en los casos, y términos que la misma Soberana Corporación determinará. Decretó que el poder ejecutivo seguiría siendo desempeñado por los tres vocales del Poder Ejecutivo hasta tanto la Asamblea designara al ejecutivo que mejor conviniera a los fines de preservar la paz, la defensa y la justicia y que los decretos, declaraciones y órdenes emanados de su seno tendrían validez absoluta con la sola exhibición de la firma de su presidente y de algunos de sus secretarios.

El 22 de enero de 1814 resolvió concentrar el Supremo Poder Ejecutivo en una sola persona creando así el Directorio Supremo.

Entre las sanciones de la Asamblea se destacaron las de ley de vientres que declaraba libres a todos los hijos de esclavos nacidos después de la jura de dicha disposición y la supresión del comercio negrero y de la trata, otorgando la libertad a todos los esclavos que llegaran en adelante, por el mero hecho de pisar el territorio de las Provincias Unidas; la orden de acuñación de moneda conocida como “emisión autónoma de Potosí”; la aprobación de un sello propio y del Himno Nacional, con letra de Vicente López y Planes y música de Blas Parera; la abolición de la mita, la encomienda, el yanaconazgo y los tributos indígenas, lo mismo que de la inquisición y de los instrumentos de tortura; la remoción de muchas de las obras literarias que estaban incluidas en el Index Prohibitorum; el desplazamiento de los españoles peninsulares de los cargos públicos si se negaban a apoyar la Revolución y a prestarle juramento de obediencia; y la prohibición de llevar uniforme militar sin el despacho concedido por ese cuerpo. Al mismo tiempo realizó una reforma judicial; disolvió la Audiencia de Charcas y la reemplazó por la Cámara de Apelaciones; modificó el régimen impositivo afectando en particular, al papel sellado y a la contribución forzosa o impuesto de guerra; suprimió los títulos de nobleza y de los blasones; declaró al 25 de Mayo como Fiesta Cívica; reformó el Reglamento de Rentas del Obispado y de la Catedral; revocó los privilegios y contribuciones al clero; anuló numerosas jerarquías de la Iglesia española residentes en la Provincias Unidas del Río de la Plata; obligó a las parroquias a bautizar a las castas, enterrar a los pobres gratuitamente y bautizar a los niños con agua tibia para evitar la llamada vulgarmente muerte de los siete días; abolió los puestos a perpetuidad en el Consejo; reglamentó el funcionamiento de las Secretarías de Estado, de la Academia de Matemática y de la Capitanía del Puerto; confeccionó padrones de indígenas; y abolió los mayorazgos y los oficios a perpetuidad en el Cabildo.

Las sesiones del organismo se suspendieron en enero de 1815. El Reglamento redactado por la Asamblea General Constituyente para la suspensión de sus sesiones fue publicado en el número 18 de “El Redactor de la Asamblea”, con fecha 20 de noviembre de ese año.

Tomás José de Iriarte Somalo

  • AR-AGN-ISAAR-TI01_01
  • Person
  • 1794/03/07-1876/05/26

Tomás de Iriarte nació en Buenos Aires el 7 de marzo de 1794, hijo de María Josefa del Rosario Somalo y del coronel de infantería español Félix de Iriarte. En 1806, ingresó como cadete a la Real Academia de Segovia, egresando con el grado de subteniente de Artillería. En 1808, participó en la Guerra de Independencia española, enfrentando a los ejércitos napoleónicos, donde llegó a revistar como teniente coronel.

En 1816, se embarcó rumbo a América. Participó en la batalla de Yavi (15 de noviembre de 1816). Tras una serie de actuaciones militares en el norte, fue nombrado director de la Escuela de Artillería. En 1818, el Directorio le reconoció el grado de teniente coronel de artillería y permaneció en dicha Escuela hasta su baja, el 20 de agosto de 1819. Luego del motín de Arequito, en enero de 1820, Iriarte acompañó al general Alvear en su campaña contra el Gobierno de Buenos Aires, tras lo cual se exiliaron en Montevideo.

A fines de 1823, Iriarte viajó junto a Alvear hacia Estados Unidos en calidad de secretario del ministro plenipotenciario de aquel país. En septiembre del año siguiente, Iriarte volvió a oficiar de secretario de Alvear, aunque esta vez de la Legación en la República de Colombia.

Durante la Guerra del Brasil, Iriarte se sumó al Ejército de Operaciones y combatió en la batalla de Ituzaingó (20 de febrero de 1827) con el rango de coronel. Tras el golpe del 1° de diciembre de 1828 contra el gobernador Manuel Dorrego, fue acusado de conspiración y expulsado a Montevideo por negarse a reconocer al nuevo ejecutivo provincial. Vuelto a Buenos Aires, pasó a revistar en la comandancia de artillería y en la plana mayor del ejército permanente de la provincia. También en 1832, recibió el despacho de coronel mayor.

En 1833, fue electo legislador, pero tras la Revolución de los Restauradores (13 de octubre de 1833), se lo desplazó de la función pública y se lo dio de baja en el Ejército. Retornó a Montevideo, donde se incorporó a las fuerzas de Lavalle, con quien participó en la Batalla de Quebracho Herrado (28 de noviembre de 1840). Finalmente, Iriarte volvió a Buenos Aires en 1849.

En agosto de 1852, fue nombrado presidente de la Comisión Administrativa del campo de inválidos por el Ministerio de Guerra y Marina de la Confederación Argentina. En 1859, fue reconocido como coronel mayor de los ejércitos de la Confederación por el ejecutivo, a solicitud del Senado. En los últimos años de su vida se dedicó a escribir sus memorias, entre otras obras de contenido bélico.

Tomás de Iriarte falleció en Buenos Aires el 26 de mayo de 1876.

Álvaro Gabriel Barros García

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  • Person
  • 1827/03/18-1892/01/13

Álvaro Gabriel Barros García nació en Buenos Aires el 18 de marzo de 1827. Por parte de madre era nieto del coronel Pedro Andrés García, topógrafo y expedicionario. Su padre había participado en las guerras de la Independencia, aunque por su pertenencia al partido unitario tuvo que emigrar a Montevideo, donde permaneció con toda su familia hasta 1852. En ese año, Álvaro Barros se alistó en el Regimiento de Guardias Nacionales de Caballería y participó en la Revolución del 11 de septiembre, posteriormente fue ascendido a Capitán y comandante del 1º Escuadrón de su Regimiento. Más tarde, prestó servicio en los cuerpos de Cazadores y Coraceros. También estuvo en la defensa de Buenos Aires, durante el sitio impuesto a la ciudad por Hilario Lagos.

En 1856 asumió un cargo en la frontera sur que le permitió interiorizarse sobre los circuitos administrativos y comerciales en general y en particular sobre el medio rural. Conoció, además las relaciones establecidas con las sociedades indígenas y sus estrategias de supervivencia.

En 1860 fue nombrado Comandante Militar de Mercedes. Tras el combate de Pavón en 1861, a las órdenes de Wenceslao Paunero, realizó incursiones en territorio indio. El 27 de mayo de 1865 fue nombrado jefe de las Fronteras Sud bajo las órdenes del Coronel D. Benito Machado y el 30 de junio lo nombran a cargo del Batallón de Infantería de Línea. Durante el transcurso de estas expediciones concluyó acuerdos de paz con los caciques Calfucurá y Reuque-Curá, que le posibilitaron fundar, en 1868, la ciudad de Olavarría a orillas del arroyo Tapalqué. En ese año ascendió a Coronel.

Barros también formó parte de las operaciones militares destinadas a sofocar la revolución comandada por Ricardo López Jordán.

Fue electo senador por la Provincia de Buenos Aires y presidió la legislatura bonaerense, motivo por el cual entre el 12 de septiembre de 1874 y el 1º de mayo de 1875 se desempeñó como Gobernador de la provincia de Buenos Aires en reemplazo de Mariano Acosta. Desde la gobernación bonaerense enfrentó la Revolución Mitrista, sofocada el 26 de noviembre de 1874. Paralelamente, integró diferentes asociaciones comerciales, como la formada con Adolfo Alsina, Ventura Martínez y José Señorans para la instalación de telégrafos en los pueblos de la campaña y, en 1873, con Alfredo Ebelot, Francisco Madero y José Señorans para explotar la concesión solicitada por el primero de estos empresarios al Gobierno bonaerense para la construcción de puentes y caminos en el sur provincial.

En 1876 fue electo diputado nacional. Y dos años después, con un decreto del 21 octubre de 1878, el presidente Avellaneda lo nombró primer gobernador de la Gobernación de la Patagonia. Unos días antes de su nombramiento, el 11 de octubre de 1878, en el marco de la preparación de la Campaña al Desierto, el Parlamento sancionó la ley 954 que creaba una extensa gobernación bajo la jurisdicción del Ministerio de Guerra y Marina, "que se extendía desde el océano por el este, hasta la cordillera por el oeste, y desde los ríos Negro y Neuquén por el norte hasta el Cabo de Hornos por el sur". Uno de los primeros actos del gobierno de Barros fue la demarcación de los límites entre la nueva Gobernación y la provincia de Buenos Aires. La capital del territorio se estableció en el antiguo barrio sur de Carmen de Patagones, denominado Mercedes de Patagones desde mediados del siglo XIX, éste nombre fue reemplazado por el de Viedma. El Gobernador designó un Juez de Paz y se abocó a la modernización edilicia de la ciudad, a la instalación de escuelas, a crear el registro de propiedades, a realizar un censo de población y a evaluar las posibilidades que ofrecía la región para la colonización agrícola. Además, emprendió una expedición de reconocimiento en las márgenes del río Negro hasta el Puerto de San Antonio. El 3 de abril de 1883 presentó su renuncia al cargo de Gobernador del Territorio de la Patagonia.

Barros también ejerció el periodismo en distintos medios como “El Nacional”, “La República”, “El Pueblo”, los “Anales de la Sociedad Rural Argentina” y la “Revista del Río de la Plata”. Fue autor de varios libros, como por ejemplo Fronteras y Territorios Federales de las Pampas del Sud (1872), La Guerra contra los Indios (1877), donde planteaba un plan de operaciones ofensivo desde un enfoque estrictamente militar; y la Memoria de la Gobernación de la Patagonia (1881) presentada al Ministro del Interior por el gobernador coronel Álvaro Barros.

Murió en Buenos Aires el 13 de enero de 1892.

Álvaro José de Alzogaray

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  • Person
  • c. 1810-1879/07/31

Álvaro José de Alzogaray fue el hijo del comerciante Francisco de Alzogaray y de Mercedes Echagüe y Andía. Los datos acerca del lugar y año de nacimiento no siempre coinciden. Mientras que para su bisnieto nació en Buenos Aires en 1811; para Yaben nació en Santa Fe en ese año; y, para Cutolo, nació también en Santa Fe, pero en 1809.

Ingresó en la Marina al igual que José Nicolás Jorge, de quien era amigo personal y con el que se carteó en numerosas ocasiones. Pronto Alzogaray se sumó a la Escuadra que, al mando del almirante Guillermo Brown, se alistaba para combatir contra el Imperio del Brasil. Fue secretario del Comandante y en algunas ocasiones quedó al mando con el grado de coronel mayor. Llevó un registro de la campaña en el Diario de Operaciones de la Escuadra Republicana, Campaña de Brasil, editado en 1934 por el Archivo General de la Nación de Uruguay.

Tras un paso por las milicias de infantería en 1831, volvió a la Marina en diciembre de 1840, asumiendo poco tiempo después el mando de la corbeta “25 de Mayo” que participó en el Sitio Grande de Montevideo. Obligó a la escuadra riverista de John Halstead Coe a refugiarse en el puerto; puso fuera de combate a la nave insignia de la Armada oriental, el bergantín goleta “El Montevideano” y al bergantín “Cagancha”; enfrentó a Garibaldi; y el 17 de enero de 1844, recuperó la plaza de Maldonado que había estado en poder de los enemigos de Rosas.

Participó durante el bloqueo anglofrancés, en el Combate de la Vuelta de Obligado el 20 de noviembre de 1845, dirigiendo la batería “Restaurador”. El 19 de abril de 1846, Alzogaray recapturó el pailebote “Federal”, abandonado por los británicos tras un breve combate. Dejaron a bordo el pabellón, además de bagaje, armamento y municiones. Meses después, Alzogaray intervino en la batalla de la Angosturas del Quebracho el 4 de junio de 1846, a 35 km. de Rosario, en la que las fuerzas de Lucio Mansilla forzaron a huir a la escuadra aliada.

Hasta 1849 fue comandante general del Cuartel Divisionario del Departamento Norte, tras lo cual recibió el mando del vapor “Merced”. En 1853 fue ascendido a Capitán de Marina y el 17 de junio de 1854 como Administrador de Correos de Santa Fe. Durante la campaña de Cepeda, se ocupó de la Comandancia del Parque Nacional y Maestranzas del Ejército de Urquiza, tarea que reasumió como coronel durante la batalla de Pavón el 17 de septiembre de 1861 y, nuevamente, en la Guerra del Paraguay en 1865. El 14 de septiembre de 1868 fue ascendido a Coronel de Marina efectivo. Finalizada la guerra, fue designado interventor del Parque Nacional y de la Comisaría de Guerra hasta que, en 1875, pasó a ocupar la Inspección General de la Armada.

Falleció el 31 de julio de 1879 en Buenos Aires.

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