Identificatie
referentie code
Titel
Datum(s)
- c.1955 - 1996 (Vervaardig)
Beschrijvingsniveau
Archief
Omvang en medium
0,3 metros lineales, papel.
Context
Naam van de archiefvormer
Institutionele geschiedenis
A través del Decreto-Ley Nº 1285/58 se reorganizó la Justicia Nacional. A partir de entonces las Cámaras nacionales de apelaciones de la Capital Federal serían: a) en lo Federal y Contencioso-Administrativo; b) en lo Civil; c) en lo Comercial; d) en lo Criminal y Correccional; e) del Trabajo; f) de Paz (Artículo 32).
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso-Administrativo reemplazaba entonces a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Penal Especial y en lo Contencioso-Administrativo de la Capital Federal, existente hasta la fecha de la sanción de dicho decreto-ley.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso-Administrativo sería tribunal de alzada respecto de los jueces nacionales de primera instancia en lo civil y comercial federal, en lo criminal y correccional federal y en lo contencioso-administrativo. Además, conocería de los recursos de apelación que se interpusieran contra las resoluciones de organismos administrativos, en los casos autorizados por las leyes y contra resoluciones del Jefe de la Policía Federal, en materia de derecho de reunión.
Debía actuar dividida en salas por especialidades dentro de su competencia, según las disposiciones que adoptara la misma cámara.
A través de la Ley N° 17.928 de 1968 se crearon dos nuevas salas en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso administrativo: una con competencia en lo civil y comercial y otra en lo contencioso administrativo. En 1975, por Ley N° 21.161 de 1975, se crearon tres vocalías para integrar una nueva sala criminal y correccional en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso Administrativo de la Capital Federal.
En 1977, a través de la ley N° 21.628, se creó la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, que estaría integrada por seis jueces y actuaría dividida en dos salas de tres miembros cada una.
Este organismo sería tribunal de alzada respecto de los jueces nacionales de primera instancia en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, y conocería asimismo de los recursos de apelaciones que se interpusieran contra las resoluciones de los organismos administrativos, en los casos autorizados por las leyes.
Las salas en lo Contencioso-Administrativo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso Administrativo de la Capital Federal pasarían a integrar la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso-Administrativo Federal de la Capital Federal.
archiefbewaarplaats
Geschiedenis van het archief
Antes del ingreso de la documentación al Archivo General de la Nación estos expedientes, del registro de la Cámara de Apelaciones en lo Federal Contencioso Administrativo, habían sido solicitados por distintos Juzgados y devueltos al Ministerio de Justicia en el año 1996, desde la Secretaría Legal y Técnica de Presidencia.
Desde el Ministerio de Justicia, esta documentación ingresó al Archivo General de la Nación originalmente junto con el fondo Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial en el año 1998, y fue trasladada al Departamento Archivo Intermedio alrededor del año 2013.
Cuando se empezaron a realizar tareas de identificación y descripción con el fondo Fiscalía Nacional de Recuperación Patrimonial, se volvió evidente que además se habían transferido pequeños conjuntos de documentos producidos por otros organismos. Tal es el caso del fondo Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal Contencioso Administrativo. Es por eso que a pesar de haber sido transferido varios antes, recién fue identificado como tal en el año 2019.
Directe bron van verwerving of overbrenging
Transferencia, 1998.
Inhoud en structuur
Bereik en inhoud
Consiste únicamente en unos pocos expedientes de la Cámara de Apelaciones en los que se solicitaban recursos contra resoluciones tomadas por la Junta Nacional de Recuperación Patrimonial (y que fueron requeridos por distintos Juzgados). Refieren a la siguiente información:
-Expediente 6034 (y adjuntos), Nicolini, Oscar Lorenzo Mariano s/ interdicción, Causa Rec.c/resolución Junta Nacional de Recuperación Patrimonial (Expediente JNRP 6828/56, Nicolini c/ tenencia de bienes Reclamación ante interdicción dispuesta por Decreto ley 5148/55). Expediente requerido por el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Nº3.
-Expediente 5394 (y adjuntos). Tejada, Beato miguel. s/interdicción (Juzgado nacional en lo Contencioso Administrativo nº1).
-Expediente 6801 (y adjuntos). Establecimiento Santa María Vicente Carlos Aloé. (Expediente requerido por el Juzgado Nacional de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº5 de la capital federal).
La documentación corresponde sobre todo a los años 1955-1960 aproximadamente, con una nota de transferencia del año 1996.
Waardering, vernietiging en slectie
Evaluación documental y transferencia realizadas en el marco de la siguiente normativa: Ley 15930, promulgada el 1961/11/10, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1961/11/23 y Decreto 1571/1981, emitido el 1981/10/09, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1981/10/20.
Aanvullingen
Fondo cerrado sin documentación pendiente de ingreso.
Ordeningstelsel
Sin información
Voorwaarden voor toegang en gebruik
Voorwaarden voor raadpleging
Sin restricciones. La documentación se consulta en la sede ubicada en Avenida Paseo Colón 1093, 4° piso.
El Archivo General de la Nación (AGN) contempla dos modos de acceso a la información pública
contenida en los documentos que integran su acervo: a través de su portal oficial en internet o
presencialmente, según el tipo de documento de que se trate. En ambos casos se requiere
registración como usuario AGN mediante aceptación de los términos y condiciones de uso.
El AGN ha implementado como práctica archivística armonizar el derecho de acceso a la
información pública (Ley 27.275 / Decreto reglamentario 206/2017) con el derecho a la protección
de datos personales (Ley 25.326 /Decreto reglamentario 1558/2001). En este sentido el AGN puede
decidir, cuando la protección de datos sensibles así lo justifique, solicitar la firma de un compromiso
de no divulgación de datos sensibles o proveer al usuario, sea a través del sitio oficial en internet
o sea de modo presencial, la información pública solicitada bajo el formato de formulario sin acceso
al documento original o a su imagen digitalizada. Aquellos documentos que no se encuentren
disponibles para su acceso a través del portal AGN pueden ser accedidos presencialmente en las
sedes habilitadas específicamente a tales efectos, previa registración como usuario y, en su caso,
previa solicitud de búsqueda.
Voorwaarden voor reproductie
Sin restricciones de orden legal.
En todos los casos, le usuarie AGN se compromete a citar la fuente conforme el siguiente aviso legal: Este material se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo.’ Se deberá citar la documentación siguiendo las pautas definidas por
el AGN. En el caso de utilización de documentos en audiovisuales se deberá consignar el siguiente aviso legal en los créditos junto con el logotipo del Archivo General de la Nación: ‘Esta producción utiliza material que se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo’.
Taal van het materiaal
- Spaans
Schrift van het materiaal
- Latijn
Taal en schrift aantekeningen
Fysieke eigenschappen en technische eisen
Toegangen
Descripción general del fondo, no posee inventario.
Verwante materialen
Bestaan en verblifplaats van originelen
No corresponde.
Bestaan en verblijfplaats van kopieën
Se desconoce.
Related units of description
Aantekeningen
Alternative identifier(s)
Trefwoorden
Onderwerp trefwoord
Geografische trefwoorden
Naam ontsluitingsterm
Genre access points
Beschrijvingsbeheer
Identificatie van de beschrijving
Identificatiecode van de instelling
Toegepaste regels en/of conventies
Directriz para la implementación de la Norma ISAD (G), Versión octubre 2022. Buenos Aires: AGN, 2022.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.
Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Status
Finale
Niveau van detaillering
Gedeeltelijk
Verwijdering van datering archiefvorming
Descripción creada: 2023/09/12.
Taal (talen)
- Spaans
Schrift(en)
- Latijn
Bronnen
Aantekeningen van de archivaris
Descripción creada por: Aragón, Alejandra.