Comisión de Asesoramiento Legislativo

Zone d'identification

Type d'entité

Collectivité

Forme autorisée du nom

Comisión de Asesoramiento Legislativo

forme(s) parallèle(s) du nom

Forme(s) du nom normalisée(s) selon d'autres conventions

Autre(s) forme(s) du nom

Numéro d'immatriculation des collectivités

CAL01

Zone de description

Dates d’existence

1976-1983

Historique

La Comisión de Asesoramiento Legislativo funcionó entre 1976 y 1983, tras el 24 de marzo de 1976.
El golpe de Estado encabezado por las Fuerzas Armadas derrocó al gobierno constitucional de Isabel Martínez de Perón e instaló una Junta de Gobierno conformada por los Comandantes Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, la cual designaba al Presidente de la Nación. Ese mismo día, la mencionada Junta dio a conocer dos Actas: “Acta para el Proceso de Reorganización Nacional” (autodenominación que se dio el gobierno golpista), y “Acta fijando los propósitos y los objetivos básicos para el Proceso de Reorganización Nacional”, ambas publicadas en el Boletín Oficial del 29 de marzo de 1976.
El 31 del mismo mes y año, se publicó el “Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional”, en cuyo Artículo 5º se determinó que las facultades legislativas que la Constitución Nacional otorga al Congreso serían ejercidas, con algunas excepciones, por el Presidente de la Nación y que una “Comisión de Asesoramiento Legislativo intervendrá en la formación y sanción de leyes, conforme al procedimiento que se establezca”. El procedimiento, junto con la reglamentación legal de las Actas a través de un “Reglamento para el funcionamiento de la Junta Militar, Poder Ejecutivo Nacional y Comisión de Asesoramiento Legislativo”, fue estipulado por la Ley 21.256, sancionada y promulgada el mismo 24 de marzo de 1976. En los puntos 3 y 4 del Reglamento aprobado por la mencionada Ley, se especificó la integración, funciones, atribuciones, organización y funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento Legislativo, así como el procedimiento que debía seguir la misma con respecto a la formación y sanción de leyes.
La Comisión, integrada por nueve miembros (tres de cada Fuerza) y presidida en forma anual y rotativa, recibía una copia de los proyectos de ley o decreto ingresados a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación o de los Comandantes Generales los cuales, una vez registrados en la secretaría de la Comisión, eran tratados en plenario y dentro de las setenta y dos horas debían recibir la calificación de “significativa trascendencia” o “no significativa trascendencia”. Los primeros pasaban a ser analizados por una o varias de las ocho Subcomisiones de trabajo, las cuales podían solicitar la concurrencia de Ministros y Secretarios de Estado, a los efectos de informarse en materias particulares; los segundos podían ser sancionados y promulgados por la Presidencia de la Nación. Las Subcomisiones de trabajo tenían un plazo de veinte días para elevar un dictamen provisorio que sería tratado en sesión plenaria de la Comisión, la que producía un dictamen definitivo que se eleva al Poder Ejecutivo dentro de las setenta y dos horas siguientes, el cual sancionaba y promulgaba los proyectos, si comparte los dictámenes de la Comisión. En caso de desacuerdo entre ambas instituciones, la resolución corría por cuenta de la Junta Militar.
La Comisión de Asesoramiento Legislativo cesó en sus funciones junto con la Junta Militar, en el año 1983.

Lieux

Sede principal: Capital Federal (Argentina). Ámbito de competencia: territorio nacional.

Statut légal

Organismo Poder Ejecutivo Nacional - Administración Desconcentrada.

Fonctions et activités

Formación y sanción de leyes.

Textes de référence

Ley 21.256 [S.I.]

Organisation interne/Généalogie

Contexte général

Zone des relations

Zone des points d'accès

Mots-clés - Sujets

Mots-clés - Lieux

Occupations

Zone du contrôle

Identifiant de notice d'autorité

AR-AGN-ISAAR-CAL01_02

Identifiant du service d'archives

AGN

Règles et/ou conventions utilisées

Directriz para la implementación de la Norma ISAAR (CPF), Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.

Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.

Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.

Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.

Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.

Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.

Statut

Révisé

Niveau de détail

Moyen

Dates de production, de révision et de suppression

Descripción revisada:
2021/07/08.

Descripción creada:
2020/01/03.

Langue(s)

  • espagnol

Écriture(s)

  • latin

Sources

Se utilizó la descripción ISAD G previa a la elaboración de la Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G.

Notes de maintenance

Descripción revisada por Aragón, Alejandra.
Descripción creada por Haro, Ezequiel Leonardo.
Investigaciones preliminares por Pak Linares, Andrés.

  • Presse-papier

  • Exporter

  • EAC

Sujets associés

Lieux associés