Compañía de Jesús

Área de identidad

Tipo de entidad

Entidad colectiva

Forma autorizada del nombre

Compañía de Jesús

Forma(s) paralela(s) de nombre

  • Societas Jesu o Societas Iesu.

Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas

Otra(s) forma(s) de nombre

  • Jesuitas.
  • Compañía Jesuítica.
  • Orden de los Jesuitas.
  • S. J.
  • S. I.

Identificadores para instituciones

CJ01.

Área de descripción

Fechas de existencia

1534/08/15-1767/03/27

Historia

La Compañía de Jesús fue fundada el 15 de agosto de 1534 en Francia por el español Ignacio de Loyola y aprobada por el Papa Paulo III en 1540.

La organización y los principios rectores de las actividades de la Compañía de Jesús se establecieron en el Institutum Societatis Iesu, un documento que contenía la legislación general de la Orden, así como ciertas indicaciones prácticas para orientar sus actividades.

La Compañía arribó a América en 1540 y las primeras misiones que desembarcaron en el Río de la Plata, lo hicieron a partir de las gestiones realizadas por el diocesano del Tucumán, Monseñor Vitoria. En Buenos Aires, la primera casa o colegio de la Compañía de Jesús se fundó en 1608 y su licencia eclesiástica fue expedida por el Vicario General de la Diócesis del Río de la Plata. El Cabildo de Buenos Aires le cedió un solar ubicado en la Plaza Mayor, a metros de la fortaleza emplazada sobre la costa del río. Además, allí se construyó una capilla adjunta consagrada a Nuestra Señora de Loreto. A mediados del siglo XVII, y debido a la necesidad de liberar el frente oeste de la Fortaleza para completar las obras defensivas del puerto de Buenos Aires, el Colegio fue demolido. Luego de un arreglo realizado entre el gobernador Mercado y el Padre Rector del Colegio, Cristóbal Gómez, los jesuitas cobraron una indemnización con la cual adquirieron un terreno en la calle de la Santísima Trinidad, actual Bolívar, en el que edificaron, en 1662, el Colegio de San Ignacio y su iglesia adyacente.

En cumplimiento de la Fórmula de la Compañía de Jesús que establecía que la orden podía tener colegios de escolares, para comodidad de los estudios, dondequiera que algunas personas se decidieran por su devoción a construirlos y dotarlos, los jesuitas fundaron en Buenos Aires el Colegio de San Ignacio. Allí se enseñaban primeras letras, Gramática, Filosofía y Teología, de acuerdo a los lineamientos de la Ratio Studiorum, el programa de estudios de la Compañía que se hizo obligatorio a partir de 1599. El Colegio no expedía títulos superiores, era una institución dedicada a la educación media, y, sobre todo, a la formación católica.

La Compañía de Jesús estaba también a cargo de los pueblos misionales, una organización donde confluyeron religiosos e indígenas. El primero se estableció en 1610 en el sudeste del Paraguay, entre los ríos Tebicuary y Paraná llamado Misión de San Ignacio Guazú. Luego se fundaron las misiones de Salta, San Miguel de Tucumán y Santiago del Estero, como así también algunos asentamientos en el sur patagónico. El funcionamiento de las misiones se encontraba sujeto, por un lado, a la legislación indiana y, por el otro, a la interna de la Orden. Dentro de la estructura política del Imperio español, los pueblos respondían a los órganos superiores como el Rey o el Consejo de Indias y, en la práctica, a los gobernadores. Internamente, los jesuitas manejaban la administración espiritual y temporal de cada población en forma descentralizada. En las reducciones funcionaba un Cabildo, presidido por el Corregidor. Éste era elegido generalmente a perpetuidad por los caciques y su designación debía ser confirmada por el gobernador. Otras autoridades del ayuntamiento eran los alcaldes de primer voto y de segundo voto, que velaban por las buenas costumbres, castigaban a holgazanes y vagabundos y vigilaban a quienes se apartaran de sus deberes. Los secundaban cuatro alcaldes de barrio y ocho comisarios para los cuarteles. Además del corregidor y los alcaldes, el Cabildo estaba integrado por un teniente de corregidor, un alguacil, cuatro regidores, un alguacil mayor, un alférez real, un escribano y un mayordomo, del cual dependían los contadores, los fiscales y los responsables de los almacenes. Los integrantes del Cabildo eran electos en una asamblea general, por todos aquellos que dejaban el cargo, el 1 de enero de cada año. Los regidores inspeccionaban el aseo y la limpieza en los lugares públicos y privados, y controlaban la asistencia de los niños a la escuela y al catecismo. El alguacil se encargaba de ejecutar las órdenes del Cabildo y de la justicia. En la organización económica de las misiones se realizó conjuntamente entre la Compañía, la tradición guaraní y el régimen del gobierno colonial. Las principales ocupaciones de las misiones eran el abastecimiento de los pueblos, la organización de todas las actividades (agricultura, ganadería y artesanías) y de los agentes económicos y la colocación de los productos en el mercado exterior, a fin de cerrar con superávit las cuentas fiscales. El tributo alcanzaba a los indios varones entre los 18 y los 50 años.

Los jesuitas fueron expulsados de todos los dominios de España, Indias, Filipinas y demás adyacentes, mediante un decreto firmado en Madrid el 27 de febrero de 1767 por el Rey Carlos III. En América, se cerraron y expropiaron alrededor de 120 propiedades y estancias que fueron inventariadas y puestas a disposición de la Junta de Temporalidades.

Lugares

San Ignacio Guazú. (Gobernación de Paraguay, Virreinato del Perú).
Las misiones. (Gobernación de Paraguay, Virreinato del Perú).
Salta. (Gobernación del Tucumán, Virreinato del Perú).
San Miguel de Tucumán. (Gobernación del Tucumán, Virreinato del Perú).
Santiago del Estero. (Gobernación del Tucumán, Virreinato del Perú).
Buenos Aires. (Gobernación de Buenos Aires, Virreinato del Perú).

Ámbito de competencia: territorio virreinal.

Estatuto jurídico

Institución religiosa.

Funciones, ocupaciones y actividades

Administración del Colegio de San Ignacio.
Administración de los pueblos misionales.

Mandatos/fuentes de autoridad

Real Pragmática sanción, fecha de promulgación 1676/03/02. Fecha de publicación 1676/03/02.
Real decreto, fecha de promulgación 1767/02/27.
Bula Regimini militantis Ecclesiae, fecha de promulgación 1540/09/20.

Estructura/genealogía interna

Contexto general

Creación: Francisco I de Francia Rey de Francia. Reinado 1515-1547.

Disolución: Virrey del Perú Manuel de Guirior. Período 1766-1780. Rey de España Carlos III. Reinado 1759-1788.

Área de relaciones

Área de puntos de acceso

Puntos de acceso por materia

Puntos de acceso por lugar

Profesiones

Área de control

Identificador de registro de autoridad

AR-AGN-ISAAR-CJ01_01

Identificador de la institución

AGN

Reglas y/o convenciones usadas

Directriz para la implementación de la Norma ISAAR (CPF), Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.

Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.

Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.

Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.

Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.

Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.

Estado de elaboración

Final

Nivel de detalle

Parcial

Fechas de creación, revisión o eliminación

Descripción creada:
2021/07/28.

Idioma(s)

  • español

Escritura(s)

  • latín

Fuentes

Se utilizó la descripción ISAD-G existente del fondo Compañía de Jesús (AR-AGN-ISAD-CJ01_01).
Argentina. Archivo General de la Nación. Papel. S9-2111 [Sobre impulsión y ocupación de las temporalidades de los religiosos de la Compañía de Jesús]. (27/02/1767).
Real decreto restableciendo en su fuerza y vigor la pragmática sanción de 2 de abril de 1767, y suprimiendo perpetuamente en todo el territorio de la monarquía la Compañía de Jesús. Madrid: Gaceta de Madrid, 1835. Disponible en https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1835/188/A00750-00750.pdf.
Pragmatica sancion de su Magestad en fuerza de ley para el estrañamiento de estos Reynos á los Regulares de la Compañia, ocupacion de sus temporalidades, y prohibicion de su restablecimiento en tiempo alguno, con las demás precauciones que expresa. Madrid: Imprenta Real de la Gazeta, 1767. Disponible en http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000080041&page=1.
SANTOS HERNÁNDEZ, Á. Los Jesuitas en América. Madrid: MAPFRE, 1992.
ZURETTI, J. C. Nueva historia eclesiástica argentina: del Concilio de Trento al Vaticano II. Buenos Aires: Itinerarium, 1972.
MILLÉ, A. Derrotero de la Compañía de Jesús en la conquista del Perú, Tucumán y Paraguay y sus iglesias del antiguo Buenos Aires: 15671768. Buenos Aires: Emecé, 1968.
MÖRNER, M. Actividades políticas y económicas de los Jesuitas en el Río de la Plata. Buenos Aires: Paidós, 1968.
ISÉRN, J. La formación del clero secular de Buenos Aires y la Compañía de Jesús: reseña histórica. Buenos Aires: San Miguel, 1936.

Notas de mantención

Descripción creada por Callegarich, A. Belén.

  • Portapapeles

  • Exportar

  • EAC

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