Dirección General de Correos y Telégrafos

Identificatie

Soort entiteit

Instelling

Geauthoriseerde naam

Dirección General de Correos y Telégrafos

Parallelle vormen van de naam

Gestandaardiseerde naamvorm(en) volgens andere regels.

Aandere naamsvormen

Identificatiecode voor organisaties

DGCT01

Beschrijving

Bestaansperiode

1864-1949

Geschiedenis

En 1864, la Dirección General de Postas y Correos, nacionalizada y dependiente del Ministerio del Interior, cambió su nombre por Dirección General de Correos. Por la importancia del telégrafo se lo agregó a la denominación y pasó a llamarse Dirección General de Correos y Telégrafos.
La ley 816 del año 1876 le dio un marco general de organización, pero sobre todo definió con precisión las tareas que la institución debía, y determinó los tipos de correspondencia pública: cartas, tarjetas postales, del porte, de recibo y despacho, transporte y distribución, giros, del servicio de postas, disposiciones, pero no de la estructura orgánica. Las leyes siguientes que reglamentan el funcionamiento de esta institución siempre ampliaron la ley antes citada.
Este es el período a partir del cual el Correo tuvo una presencia más fuerte y sólida. A partir de 1880 se implementó el sistema de cabeceras de distritos para la mejor organización del servicio en el interior del país; desde la década del '90 se determinó dictar en escuelas municipales cursos de telegrafistas.
El tendido de líneas férreas fue otro signo de estos tiempos; y es a su lado que el Correo se iría expandiendo, creando estafetas y tendiendo hilos telegráficos al compás de su prolongación. Mediante la ley 4408 del año 1904, se incorporaron a las empresas de teléfonos y radiotelegrafía a la ley de Telégrafos Nacionales del 7 de octubre de 1875, quedando sujetas a la inspección del Poder Ejecutivo Nacional.
La influencia de esta Dirección General era tal que en 1910 se dividía el territorio argentino en secciones siguiendo las líneas férreas según la política seguida por la Dirección General en cuanto a la apertura de estafetas postales, la cual no era considerada como gasto, sino como una inversión en “civilización y progreso”. Esta política empezó a declinar a partir de 1920 cuando esas poblaciones fueron reduciéndose. A la reducción de gastos en la apertura de estafetas, seguiría la clausura de aquellas cuyo mantenimiento no se justificara.
En 1913, la ley 9127 estableció como obligatorio el uso de la telegrafía sin hilos y determinó que el servicio radiotelegráfico, dentro del Territorio de la Nación y para las comunicaciones internacionales, sería hecho exclusivamente por el Estado.
Luego, en 1929 la Dirección General se hizo cargo del servicio radiotelegráfico público marítimo. Esta ampliación de ramas de la actividad administrativa, en su doble forma de explotación y contralor de servicios públicos de teléfonos, radiotelegráficos, y en general de telecomunicaciones fue manejado a través de dispersas disposiciones administrativas por el Servicio de Radiocomunicaciones que, en 1940, fue reestructurado como una Dirección.
El Decreto N° 15372 de 1944 dispuso que la Dirección General de Correos y Telégrafos actuara como entidad autárquica bajo la denominación de Dirección General de Correos y Telecomunicaciones, tomando a su cargo los servicios de correos, telégrafos, teléfonos, radiocomunicaciones y telecomunicaciones. Poco después, el Decreto N° 6253 de 1946 modificó su estructura, convirtiéndola en Administración General de Correos y Telecomunicaciones, encabezada por un Administrador y un Subadministrador, dirigida por un Consejo de Administración, y reorganizada en una Dirección General de Telecomunicaciones, que comprendía telégrafos, radio y teléfonos, y una Dirección General de Correos.
Por Decreto N° 1970/49 se creó la Secretaría de Correos y Telecomunicaciones (poco después redenominada como Secretaría de Comunicaciones), de la cual pasaron a depender la Administración General de Correos y Telecomunicaciones (poco después redenominada como Dirección General de Correos y Telecomunicaciones), Teléfonos del Estado (poco después redenominada como Dirección General de Teléfonos del Estado) y demás servicios telegráficos, telefónicos y radioeléctricos de propiedad Nacional; el mismo año, por Ley N° 13529 fue elevada al rango de Ministerio.
En 1958 se rebajó su jerarquía para colocarse en la órbita del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
En 1972 se creó por Ley N° 19654 la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos (ENCOTEL), como empresa del Estado según el régimen de las Leyes N° 13653, 14380 y 15028, dependiente de la Subsecretaría de Comunicaciones del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con el objeto de prestar los servicios postales y telegráficos internos e internacionales, y otros servicios de telecomunicaciones que prestaba hasta entonces el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con excepción del oficial de radiodifusión. El Decreto N° 1111/73 aprobó el estatuto orgánico de la empresa, que disponía para su dirección y organización una estructura integrada por un Administrador General, un Subadministrador General y seis Gerencias, los que a su vez conformarían un Consejo de Gestión junto con tres representantes del personal.

Plaatsen

Sede principal: Capital Federal (Argentina). Ámbito de competencia: territorio nacional.

Rechtsvorm

Organismo del Poder Ejecutivo Nacional - Administración Descentralizada, Autárquica y/o Autónoma.

Functies, beroepen en activiteiten

Mandaat/bronnen van bevoegdheid

Decreto PEN 15372/44 [S.I.]
Ley 9127 [S.I.]
Ley 4408 [S.I.]
Ley 816 [S.I.]

Interne structuren / genealogie

Algemene context

relaties

Related entity

Empresa Nacional de Correos y Telégrafos (1972 - 1998)

Identifier of related entity

AR-AGN-ISAAR-ENCT01_02

Soort relatie

temporal

Datering van de relatie

Beschrijving van de relatie

Access points area

Onderwerp trefwoord

Geografische trefwoorden

Occupations

Beheer

Authority record identifier

AR-AGN-ISAAR-DGCT01_02

Identificatiecode van de instelling

AGN

Toegepaste regels en/of conventies

Directriz para la implementación de la Norma ISAAR (CPF), Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.

Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.

Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.

Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.

Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.

Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.

Status

Herzien

Niveau van detaillering

Gedeeltelijk

Datering van aanmaak, herziening of verwijdering

Descripción revisada:
2021/07/14.
Descripción creada:
2020/01/14.

Taal (talen)

  • Spaans

Schrift(en)

  • Latijn

Bronnen

Se utilizó la descripción ISAD G previa a la elaboración de la Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G.

Onderhoudsaantekeningen

Descripción revisada por Aragón, Alejandra.
Descripción creada por Aizenberg, Matías. Investigaciones preliminares: Nazar, Mariana.

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