Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 1976 - 1981 (Creación)
Nivel de descripción
Fondo
Volumen y soporte
0,25 metros lineales, papel.
Área de contexto
Nombre del productor
Historia administrativa
Para la época de la que se preserva documentación (1976-1981) la Dirección General de Radio y Televisión dependía de la Secretaría de Información Pública de la Presidencia de la Nación (sucesora de la Secretaría de Prensa y Difusión).
En 1976, mediante Decreto 691/76 (emitido el 20/02 y publicado el 25/02/76) se había modificado el organigrama de la entonces Secretaría de Prensa y Difusión, creándose la Subsecretaría de Radiodifusión y Televisión.
Ese mismo año, mediante Decreto 162/76 (emitido el 22/04 y publicado el 28/04/76), la Secretaría de Prensa y Difusión pasó a ser la Secretaría de Información Pública de la Presidencia de la Nación. Dentro de la misma funcionaba un Subsecretario Operativo, del cual dependía la Dirección General de Radio y Televisión. Dentro de las funciones de dicho Subsecretario Operativo pueden destacarse: Dirigir la operación de los medios de información pública del Estado Nacional (difusión-prensa-radiodifusión-televisión-agencias noticiosas y de publicidad-Boletín Oficial) y de los organismos y entes de promoción y contralor de los mismos (COMFER-Instituto Nacional de Cinematografía-Ente de Calificación Cinematográfica, etc); intervenir en lo relacionado con la creación, supresión, desenvolvimiento, cambio de dependencia, etc, de medios de comunicación social y su pertinente legislación y régimen; realizar estudios de carácter orgánico y doctrinario, y formular las proposiciones y los asesoramientos específicos que se le requieran; y mantener una corriente informativa eficaz con los medios privados de información pública nacionales y extranjeros.
No se han podido establecer con precisión todos los antecedentes de la Dirección General de Radio y Televisión, pero algunos de ellos pueden encontrarse en el Decreto 28/58 que creó la Comisión de Administración de Emisoras Comerciales de la República Argentina, y en la ley 16.907 que reemplazó la denominación de la Comisión de Administración de Emisoras Comerciales y L.S. 82 TV Canal 7 por la de Administración General de Emisoras Comerciales de Radio y Televisión. Asimismo, este organismo por lo menos hacia el año 1973 integraba la Secretaría de Prensa y Difusión (Decreto 30/1973).
Con respecto a la época posterior a los años 1976-1981, se ha constatado que en 1989 (Decreto 671/89) la Dirección General de Radio y Televisión Argentina dependía de la Secretaría de Prensa y Difusión y estaba a cargo de la radio y televisión oficiales. Hacia 1991 ya no se encontraba mención a una Dirección con el mismo nombre en el Decreto 1708/1991 que determinaba el organigrama de Secretaría de Medios de Comunicación de la Presidencia de la Nación.
Institución archivística
Historia archivística
La documentación fue remitida en el año 2006 desde la Dirección de Normalización Patrimonial del Ministerio de Economía, junto con otros fondos de otras empresas liquidadas (Actuación AGN del 26 de junio de 2006).
Origen del ingreso o transferencia
Transferencia, 2006.
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Se preservan los siguientes libros contables comprendidos entre los años 1976 y 1981:
-Libro Diario Mayor del Comité Ejecutivo del 25º Aniversario de la Televisión Argentina
-Libro Diario Mayor del Comité Organizador de la VI Asamblea General Ordinaria de OTI
-Libro Diario Mayor del Departamento Administrativo
-Libro Diario Mayor del Departamento Administrativo.
Valorización, destrucción y programación
Evaluación documental y transferencia realizadas en el marco de la siguiente normativa: Ley 15930, promulgada el 1961/11/10, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1961/11/23 y Decreto 1571/1981, emitido el 1981/10/09, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1981/10/20.
Acumulaciones
Fondo cerrado sin documentación pendiente de ingreso.
Sistema de arreglo
Sin información
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Sin restricciones. La documentación se consulta en la sede ubicada en Avenida Paseo Colón 1093, 4° piso.
El Archivo General de la Nación (AGN) contempla dos modos de acceso a la información pública
contenida en los documentos que integran su acervo: a través de su portal oficial en internet o
presencialmente, según el tipo de documento de que se trate. En ambos casos se requiere
registración como usuario AGN mediante aceptación de los términos y condiciones de uso.
El AGN ha implementado como práctica archivística armonizar el derecho de acceso a la
información pública (Ley 27.275 / Decreto reglamentario 206/2017) con el derecho a la protección
de datos personales (Ley 25.326 /Decreto reglamentario 1558/2001). En este sentido el AGN puede
decidir, cuando la protección de datos sensibles así lo justifique, solicitar la firma de un compromiso
de no divulgación de datos sensibles o proveer al usuario, sea a través del sitio oficial en internet
o sea de modo presencial, la información pública solicitada bajo el formato de formulario sin acceso
al documento original o a su imagen digitalizada. Aquellos documentos que no se encuentren
disponibles para su acceso a través del portal AGN pueden ser accedidos presencialmente en las
sedes habilitadas específicamente a tales efectos, previa registración como usuario y, en su caso,
previa solicitud de búsqueda.
Condiciones
Sin restricciones de orden legal.
En todos los casos, le usuarie AGN se compromete a citar la fuente conforme el siguiente aviso legal: Este material se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo.’ Se deberá citar la documentación siguiendo las pautas definidas por
el AGN. En el caso de utilización de documentos en audiovisuales se deberá consignar el siguiente aviso legal en los créditos junto con el logotipo del Archivo General de la Nación: ‘Esta producción utiliza material que se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo’.
Idioma del material
- español
Escritura del material
- latín
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Descripción general (fondo), inventario analítico (fondo).
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
No corresponde.
Existencia y localización de copias
Se desconoce.
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
Tipo de puntos de acceso
Área de control de la descripción
Identificador de la descripción
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
Directriz para la implementación de la Norma ISAAR (CPF), Versión octubre 2022. Buenos Aires: AGN, 2022.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.
Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Estado de elaboración
Final
Nivel de detalle
Completo
Fechas de creación revisión eliminación
Descripción creada: 2023/09/04.
Idioma(s)
- español
Escritura(s)
- latín
Fuentes
Nota del archivista
Descripción creada por: Aragón, Alejandra.