Subfondo PC - Policía de la Capital

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Área de identidad

Código de referencia

AR AGN PF01-PC

Título

Policía de la Capital

Fecha(s)

  • 1834 - 1924 (Creación)

Nivel de descripción

Subfondo

Volumen y soporte

90,5 metros lineales, papel

Área de contexto

Nombre del productor

(1943 - Hasta la actualidad)

Historia administrativa

En 1943, a través del decreto ley 17.550 se creó la Policía Federal, bajo dependencia de Presidencia de la Nación. La misma tendría competencia en las provincias y su jefatura englobaba también a la Policía de la Capital. En 1944, esto se modificó transformando la ex policía de la Capital en Policía Federal por el Decreto 33.265 /44.
La ley orgánica de la Policía Federal se dictó mediante el Decreto Ley 333/1958, que se reglamentó por el Decreto 6580/58.
En 1970, se reestructuró el sistema de seguridad argentino. A través de la Ley 18711/70 se determinaron las misiones, funciones y jurisdicciones correspondientes a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía Federal. Hubo una redefinición de la Policía Federal como una institución de seguridad pública que cumplía funciones de policía de seguridad y judicial. Se estableció, a su vez, la jurisdicción territorial de la PFA en la Capital Federal, excluida su zona portuaria; en el territorio de las provincias, excepto las zonas de seguridad de frontera y aquellas que oportunamente se determinasen; en cualquier otro lugar del país a requerimiento de la Justicia Federal. La Ley además estableció que la Policía Federal dependía del Ministerio del Interior.
Ya bajo plena vigencia de la Doctrina de Seguridad Nacional hubo un vuelco para reforzar la estructura de mando jerárquica. Hacia 1971, se llevó adelante una reestructuración general y profunda de la estructura orgánica de la PFA. Las direcciones existentes elevaron su rango jerárquico y pasaron a ser Superintendencias. En este sentido, se generó la integración de la estructura orgánico-funcional del Sistema de Seguridad Interior con el de Defensa Nacional, subordinándose las fuerzas de seguridad a la dirección y control operacional de las fuerzas armadas. En esta etapa se definió que las fuerzas de seguridad debían ser dirigidas por un integrante de las fuerzas armadas en actividad con el grado de Oficial Superior, situación que persistió hasta el retorno de la democracia.
En la Directiva del Comandante General del Ejército Nº 404/75 se estableció que la Jefatura de la PFA y los elementos con asiento en la Capital Federal quedaran bajo control del Comando General del Ejército, a los efectos del cumplimiento de “la lucha contra la subversión”. Lo cual se reforzó bajo el régimen de terrorismo de Estado implantado por el “Proceso de Reorganización Nacional” con los decretos ley de reestructuración de la fuerza N°21.965/79 y 22668 y 23004 de 1983 y su decreto reglamentario 1866/83.
En 1992, se promulgó la Ley 24.059 de Seguridad Interior, que estableció las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior. El sistema de seguridad interior integró a las Policías Federal, de Seguridad Aeroportuaria, a las provinciales que adhirieran a la ley, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina.
Por decreto 357/2002, la Secretaría de Seguridad Interior pasó a Presidencia de la Nación junto con sus funciones de policía. Luego, en ese mismo año, por decreto 1210 las funciones de seguridad pasaron a la órbita del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Por decreto 1697/2004 la Policía Federal y las funciones de seguridad volvieron a la órbita del Ministerio del Interior.
Luego, a través de la ley 26338/2007 pasó a la órbita del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Mediante el decreto 1993/2010 se creó el Ministerio de Seguridad y la Policía Federal pasó a formar parte de la nueva cartera según consta en la modificación del artículo 2° de su estatuto.
El último movimiento importante de la estructura de la Policía Federal se dio a través del convenio 1/16 entre El PEN y el gobierno de la CABA a través del cual se efectuaba el traspaso de las facultades, efectivos, recursos y estructura administrativa de la Policía Federal a la Policía Metropolitana en lo que respecta a todas las materias no federales ejercidas en la CABA. El proceso del traspaso se fue desarrollando en los años subsiguientes.

Nombre del productor

(1880-1944)

Historia administrativa

La Policía de la Capital funcionó entre 1880 y 1944 en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.
Respecto de sus antecedentes, puede destacarse que hasta el siglo XIX la función policial se asemejaba a la administración del gobierno e incluía por lo tanto cuestiones que iban más allá de lo relacionado con el crimen. Así, el 22 de diciembre del año 1812 se dictó el Reglamento Provisional de Policía y se crearon la Intendencia General y el Tribunal de Policía, dependientes del Poder Ejecutivo. Esta entidad policial desarrollaba funciones de “aseo, policía y buen orden de la capital, sus arrabales, sus prisiones y demás lugares públicos” (artículo 11), lo cual incluía también competencia sobre huérfanos y expósitos, pobres y hospitales. En dicho reglamento se establecía que la Policía debía velar por el buen orden y la vigilancia de la mendicidad y la vagancia, y también desarrollar funciones más amplias relacionadas con la ciudad, como el aseo, el alumbrado y la asistencia hospitalaria, o incluso con la impartición de justicia. Así se comenzaba a delinear a la Policía como una fuerza en sí misma, cuyas actividades irían variando a lo largo del tiempo.
Entre 1822 y 1880, la Policía de Buenos Aires funcionó bajo la dependencia de la gobernación provincial. En el marco de las reformas rivadavianas y de la disolución de los Cabildos de Buenos Aires y Luján, la Policía asumió muchas de las funciones municipales y se comenzó a modificar su estructura, teniendo como ámbito de competencia la ciudad de Buenos Aires y su campaña. En este contexto, en 1821 se constituyó el cargo de Jefe de Policía, en 1822 se crearon las primeras cuatro comisarías (en el sentido de demarcaciones, no de edificios), en 1823 se construyó el primer Departamento de Policía y en 1824 se incrementó la cantidad de comisarios de cuatro a seis. En el ámbito de la campaña existían también comisarios, pero durante la década de 1830 fueron paulatinamente reemplazados en sus funciones por los jueces de paz, que además asumían funciones judiciales, militares y políticas. Las Comisarías Rurales serían reinstaladas en 1878, mediante un Decreto del gobernador Carlos Tejedor.
Con posterioridad a la caída del rosismo, y a pesar de haberse establecido la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en 1852 con funciones que hasta entonces desarrollaba la Policía, en la práctica esta fuerza continuó desarrollándolas.
En 1868, bajo la jefatura de Enrique O’Gorman, se incrementó la cantidad de comisarías, pasando de nueve a veinte y se dictó el Reglamento General de Policía con la intención de que permitiera ordenar la multiplicidad de tareas llevadas adelante por esta fuerza.
En 1870, se creó dentro de la órbita de Policía la Compañía de Vigilantes de Bomberos y en 1872 surgieron el servicio de calle (en vez del servicio de serenos) y los primeros oficiales de Policía. También en esa fecha se crearon las secciones de Infantería y Caballería.
Las Leyes Nº 1.029 y 1.031 de 1880 dispusieron respectivamente la capitalización de la Ciudad de Buenos Aires y la residencia de las autoridades nacionales en la misma. Como consecuencia de la aplicación de la ley de Federalización de la Ciudad de Buenos Aires, la Policía pasó a depender del Gobierno Federal, y se transformó en la Policía de la Capital a partir del 9 de diciembre de 1880, constituyéndose la Policía de la Provincia de Buenos Aires como una entidad separada. Así, la Policía de la Capital quedó bajo la órbita del Ministerio del Interior y pasó a responder a las órdenes del Poder Ejecutivo Nacional.
En este período, la Policía de la Capital comenzó a desprenderse de algunas de sus antiguas funciones municipales y en su interior surgieron áreas de mayor especialización para la persecución del crimen, la represión y la identificación de las personas.
En relación con este proceso, puede destacarse que hacia 1885 se creó la Comisaría de Pesquisas, que en 1897 se transformaría en Comisaría de Investigaciones y más adelante sería la División Investigaciones. En 1889 se instaló la Oficina Antropométrica. A su vez, desde 1903 la Policía comenzó a realizar prontuarios y a emitir pasaportes. Por su parte, en 1905 se originó la División Fotografía Policial, que tenía como antecedente el Servicio Fotográfico Policial creado en 1888.
Con la intención de modernizar la fuerza policial, además de una mayor especialización de sus áreas, se intentó impulsar la profesionalización de los agentes subalternos de la Policía, para lo cual se crearon escuelas de formación, especialmente durante la jefatura de Ramón Falcón (1906-1909). Así, en 1906 y 1907 surgieron las Escuelas de Cadetes y de Agentes.
Mediante decreto ley 17.550 en 1943 se creó la Policía Federal para actuar como Policía de seguridad y judicial de la jurisdicción federal en el territorio de las provincias. Su jefe dependería del Presidente de la Nación y sería también Jefe de la Policía de la Capital. En 1944 esto se modificaría a través del Decreto 33.265 directamente convirtiendo la ex Policía de la Capital en Policía Federal.

Institución archivística

Historia archivística

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

El acceso a la documentación original se encuentra restringido por cuestiones de orden práctico.

El Archivo General de la Nación (AGN) contempla dos modos de acceso a la información pública contenida en los documentos que integran su acervo: a través de su portal oficial en internet o presencialmente, según el tipo de documento de que se trate. En ambos casos se requiere registración como usuario AGN mediante aceptación de los términos y condiciones de uso.

El AGN ha implementado como práctica archivística armonizar el derecho de acceso a la información pública (Ley 27.275 / Decreto reglamentario 206/2017) con el derecho a la protección de datos personales (Ley 25.326 /Decreto reglamentario 1558/2001). En este sentido el AGN puede decidir, cuando la protección de datos sensibles así lo justifique, solicitar la firma de un compromiso de no divulgación de datos sensibles o proveer al usuario, sea a través del sitio oficial en internet o sea de modo presencial, la información pública solicitada bajo el formato de formulario sin acceso al documento original o a su imagen digitalizada. Aquellos documentos que no se encuentren disponibles para su acceso a través del portal AGN pueden ser accedidos presencialmente en las sedes habilitadas específicamente a tales efectos, previa registración como usuario y, en su caso, previa solicitud de búsqueda.

Condiciones

Sin restricciones de orden legal.

Idioma del material

  • español

Escritura del material

  • latín

Notas sobre las lenguas y escrituras

Características físicas y requisitos técnicos

Instrumentos de descripción

Área de materiales relacionados

Existencia y localización de originales

No corresponde

Existencia y localización de copias

El subfondo documental se encuentra en proceso de digitalización.

Unidades de descripción relacionadas

Descripciones relacionadas

Área de notas

Identificador/es alternativo(os)

Puntos de acceso

Puntos de acceso por materia

Puntos de acceso por lugar

Puntos de acceso por autoridad

Tipo de puntos de acceso

Área de control de la descripción

Identificador de la descripción

AR-AGN-PF01-PC

Identificador de la institución

AGN

Reglas y/o convenciones usadas

Estado de elaboración

Nivel de detalle

Fechas de creación revisión eliminación

Idioma(s)

Escritura(s)

Fuentes

Área de Ingreso

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Personas y organizaciones relacionadas

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Unidad de almacenaje

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