Série pl - proyectos de legislación

Zona de identificação

Código de referência

AR AGN CAL01-pl

Título

proyectos de legislación

Data(s)

  • 1976-1983 (Produção)

Nível de descrição

Série

Dimensão e suporte

34,3 metros lineales, papel.

Zona do contexto

Nome do produtor

(1976-1983)

História administrativa

La Comisión de Asesoramiento Legislativo funcionó entre 1976 y 1983, tras el 24 de marzo de 1976.
El golpe de Estado encabezado por las Fuerzas Armadas derrocó al gobierno constitucional de Isabel Martínez de Perón e instaló una Junta de Gobierno conformada por los Comandantes Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, la cual designaba al Presidente de la Nación. Ese mismo día, la mencionada Junta dio a conocer dos Actas: “Acta para el Proceso de Reorganización Nacional” (autodenominación que se dio el gobierno golpista), y “Acta fijando los propósitos y los objetivos básicos para el Proceso de Reorganización Nacional”, ambas publicadas en el Boletín Oficial del 29 de marzo de 1976.
El 31 del mismo mes y año, se publicó el “Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional”, en cuyo Artículo 5º se determinó que las facultades legislativas que la Constitución Nacional otorga al Congreso serían ejercidas, con algunas excepciones, por el Presidente de la Nación y que una “Comisión de Asesoramiento Legislativo intervendrá en la formación y sanción de leyes, conforme al procedimiento que se establezca”. El procedimiento, junto con la reglamentación legal de las Actas a través de un “Reglamento para el funcionamiento de la Junta Militar, Poder Ejecutivo Nacional y Comisión de Asesoramiento Legislativo”, fue estipulado por la Ley 21.256, sancionada y promulgada el mismo 24 de marzo de 1976. En los puntos 3 y 4 del Reglamento aprobado por la mencionada Ley, se especificó la integración, funciones, atribuciones, organización y funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento Legislativo, así como el procedimiento que debía seguir la misma con respecto a la formación y sanción de leyes.
La Comisión, integrada por nueve miembros (tres de cada Fuerza) y presidida en forma anual y rotativa, recibía una copia de los proyectos de ley o decreto ingresados a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación o de los Comandantes Generales los cuales, una vez registrados en la secretaría de la Comisión, eran tratados en plenario y dentro de las setenta y dos horas debían recibir la calificación de “significativa trascendencia” o “no significativa trascendencia”. Los primeros pasaban a ser analizados por una o varias de las ocho Subcomisiones de trabajo, las cuales podían solicitar la concurrencia de Ministros y Secretarios de Estado, a los efectos de informarse en materias particulares; los segundos podían ser sancionados y promulgados por la Presidencia de la Nación. Las Subcomisiones de trabajo tenían un plazo de veinte días para elevar un dictamen provisorio que sería tratado en sesión plenaria de la Comisión, la que producía un dictamen definitivo que se eleva al Poder Ejecutivo dentro de las setenta y dos horas siguientes, el cual sancionaba y promulgaba los proyectos, si comparte los dictámenes de la Comisión. En caso de desacuerdo entre ambas instituciones, la resolución corría por cuenta de la Junta Militar.
La Comisión de Asesoramiento Legislativo cesó en sus funciones junto con la Junta Militar, en el año 1983.

História do arquivo

Fonte imediata de aquisição ou transferência

Zona do conteúdo e estrutura

Âmbito e conteúdo

La escasez en materia de normativa dificulta conocer en detalle el procedimiento que se seguía para el tratamiento de los diferentes proyectos y con ello la producción documental. No obstante, se puede señalar que el tratamiento de los proyectos siempre se iniciaba con un memorándum producido por la Dirección General de Despacho y Decretos dirigido al secretario general de la Comisión de Asesoramiento Legislativo (CAL) mediante el cual se daba ingreso al proyecto de ley con un número provisorio, luego de lo cual la mesa de entradas de la CAL le asignaba un número a cada proyecto en forma correlativa que se reiniciaba por año. Iniciado el tratamiento, se acumulaban diferentes tipos documentales a lo largo del procedimiento de acuerdo a lo que se trataba en cada proyecto, pudiendo encontrarse según el caso: informes, remitos, notas, planos de edificios, de límites interprovinciales, memorándums, borradores de leyes, etc. A ellos se sumaban informes y dictámenes provisorios que realizaban las diferentes subcomisiones para información del presidente de la CAL. A partir de dichos antecedentes la presidencia de CAL dictaminaba acerca del proyecto bajo tratamiento. En la mayoría de los casos el dictamen establecía si el proyecto era de significativa trascendencia o de no significativa trascendencia, pero también se encuentran dictámenes en los que se enviaba el proyecto a algún ministro para que tome intervención dado que el tema en tratamiento requería su intervención por cuestiones de competencia. El procedimiento finalizaba en los dictámenes que realizaba la CAL, también podía ocurrir que el proyecto fuese retirado del tratamiento a solicitud del Ministerio que le había dado ingreso para realizar modificaciones.

Avaliação, selecção e eliminação

La información se encuentra en el nivel Fondo

Ingressos adicionais

serie cerrada sin documentación pendiente de ingreso

Sistema de arranjo

Zona de condições de acesso e utilização

Condições de acesso

Sin restricciones. La documentación se consulta en la sede Av. Paseo Colón 1093.
El Archivo General de la Nación (AGN) contempla dos modos de acceso a la información pública contenida en los documentos que integran su acervo: a través de su portal oficial en internet o presencialmente, según el tipo de documento de que se trate. En ambos casos se requiere registración como usuario AGN mediante aceptación de los términos y condiciones de uso.

El AGN ha implementado como práctica archivística armonizar el derecho de acceso a la información pública (Ley 27.275 / Decreto reglamentario 206/2017) con el derecho a la protección de datos personales (Ley 25.326 /Decreto reglamentario 1558/2001). En este sentido el AGN puede decidir, cuando la protección de datos personales así lo justifique, solicitar la firma de un compromiso de disociación de datos, o proveer al usuario, sea a través del sitio oficial en internet o sea de modo presencial, la información pública solicitada bajo el formato de formulario sin acceso al documento original o a su imagen digitalizada. Aquellos documentos que no se encuentren disponibles para su acceso a través del portal AGN pueden ser accedidos presencialmente en las sedes habilitadas específicamente a tales efectos, previa registración como usuario y, en su caso, previa solicitud de

Condiçoes de reprodução

Sin restricciones de orden legal.
"En todos los casos, el usuario AGN se compromete a citar la fuente conforme el siguiente aviso legal: 'Este material se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo.’ Se deberá citar la documentación siguiendo las pautas definidas por el AGN. En el caso de utilización de documentos en audiovisuales se deberá consignar el siguiente aviso legal en los créditos junto con el logotipo del Archivo General de la Nación: ‘Esta producción utiliza material que se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo.

Idioma do material

  • espanhol

Script do material

  • latim

Notas ao idioma e script

Características físicas e requisitos técnicos

Sin requisitos técnicos para el acceso. La consulta y manipulación de la documentación original está sujeta a los reglamentos de sala vigentes.

Instrumentos de descrição

Zona de documentação associada

Existência e localização de originais

Existência e localização de cópias

Existen copias digitales en el Departamento Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación.

Unidades de descrição relacionadas

Procededencia: Archivo del Honorable Senado de la Nación Argentina. Fondo Comisión de Asesoramiento Legislativo
Temática:
Fondo Archivo Histórico de la Justicia Militar
Fondo Jefatura de Gabinete, serie Decisiones administrativas.
Fondo Secretaría Legal y Técnica, serie Decretos.

Descrições relacionadas

Nota de publicação

Se desconoce

Zona das notas

Identificador(es) alternativo(s)

Pontos de acesso

Pontos de acesso - Assuntos

Pontos de acesso - Locais

Pontos de acesso - Nomes

Pontos de acesso de género

Zona do controlo da descrição

Identificador da descrição

AR-AGN-ISAD-CAL01-pl_01

Identificador da instituição

AGN

Regras ou convenções utilizadas

Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.

Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.

Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.

Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.

Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.

Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.

Estatuto

Revisto

Nível de detalhe

Parcial

Datas de criação, revisão, eliminação

Descripción creada: 2024/03/06

Línguas e escritas

  • espanhol

Script(s)

  • latim

Fontes

Nota do arquivista

Descripción creada por Giuliano Franco

Zona da incorporação

Assuntos relacionados

Pessoas e organizações relacionadas

Géneros relacionados

Locais relacionados