Identificatie
referentie code
Titel
Datum(s)
- 1950-1994 (Vervaardig)
Beschrijvingsniveau
Archief
Omvang en medium
11,5 metros lineales, papel
Context
Naam van de archiefvormer
Institutionele geschiedenis
Yacimientos Carboníferos Fiscales fue una empresa estatal que existió entre los años 1958 y 1998. Los antecedentes de la empresa pueden rastrearse en 1941, cuando por Decreto Nº 87672 el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la realización de estudios, cateos y experimentación sobre los yacimientos de carbón existentes en territorio nacional por parte de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, en ese entonces bajo la órbita del Ministerio de Agricultura, constituyéndose dentro de la citada dirección la División Carbón Mineral.
Mediante Decreto Nº 12648/43, fue creada la Dirección Nacional de Energía (DNE), órgano dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio, cuyo ordenamiento por el Decreto Nº 22389/45 dio origen a la Dirección General de Combustibles Sólidos Minerales (DGCSM), como ente autárquico. Sus funciones comprendían la exploración y explotación de yacimientos de combustibles sólidos minerales del Estado, así como la industrialización, transporte, distribución y comercialización de estos productos y sus derivados.
Por los Decretos Nº 17371/50 y 21072/50 se estableció la absorción de la DGCSM por Empresas Nacionales de Energía (ENDE), organismo dependiente del Ministerio de Industria y Comercio. Su función dentro de la nueva estructura era ejercer toda actividad estatal relativa a la explotación, producción, industrialización, transmisión, distribución y comercialización de combustibles sólidos minerales del Estado nacional. Por el Decreto Nº 6456/55 la dirección pasó a ser administración, incorporando las responsabilidades de la Dirección de Combustibles Vegetales y Derivados.
El Decreto Nº 3682/58 incorporó Yacimientos Carboníferos Fiscales a la estructura del estado como empresa autárquica y dependiente de la Secretaría de Energía y Combustibles (sucesora de la DNE) del Ministerio de Economía (creado en este mismo año), con las funciones de estudio, exploración y explotación de combustibles sólidos; la compra, industrialización, elaboración, transporte, venta y permuta de combustibles sólidos y sus derivados directos e indirectos; la realización de toda operación complementaria de su actividad industrial y comercial. Su estatuto estableció una estructura orgánica provisoria consistente en un directorio integrado por un presidente, un vicepresidente y cuatro directores designados por el PEN por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección, y un gerente general encargado de la gestión administrativa, nombrado por el directorio. Uno de los directores debía ser representante de las provincias que tuvieran yacimientos carboníferos.
El estatuto orgánico permanente fue establecido finalmente a través del Decreto Nº 9158/63, que dispuso una organización funcional con una gerencia general, dependiente de la presidencia y el directorio, una serie de gerencias subordinadas a la anterior y una administración específica para el Yacimiento Río Turbio en la misma condición; cada gerencia contenía una organización en departamentos, servicios y divisiones, en ese orden jerárquico, aunque podía ocurrir que una división dependiera directamente de la gerencia general o incluso del ejecutivo de la empresa. El estatuto orgánico de la empresa experimentaría recurrentes modificaciones mediante decretos presidenciales, aunque en numerosas ocasiones esto no obedeció más que a la formalización de cambios operados de hecho durante el desarrollo de sus funciones.
Entre 1966 y 1969, YCF actuó bajo la órbita de la Secretaría de Energía y Minería del Ministerio de Economía y Trabajo. Durante este período, por el Decreto Nº 114/66 se dispuso una primera modificación del estatuto orgánico mediante la supresión del directorio, quedando a cargo de las funciones una administración general y una sub-administración. En 1969, tanto la secretaría (reconvertida en Secretaría de Energía) como la empresa pasaron a depender del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, experimentando un cambio general del estatuto por medio de los Decretos Nº 7791 y 4611, donde se destacaban la supresión de la gerencia general y los servicios, la creación de las secciones como nivel inferior de la jerarquía. Como consecuencia de una nueva voluntad de racionalización de la administración pública nacional, la organización se complejizó considerablemente, multiplicándose sus dependencias. El estatuto tuvo otras modificaciones menores mediante los Decretos Nº 1883/70 y 2978/72.
En 1973, YCF fue incorporada a la Corporación de Empresas Nacionales, entidad descentralizada dependiente del Ministerio de Economía, encargada de la gestión de las empresas de propiedad absoluta, participación mayoritaria o bajo administración del estado. Esta estructura fue disuelta en 1978, aunque la empresa continuó dependiendo de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía. En 1979, se procedió a realizar una transformación a gran escala de la estructura orgánica, a manera de reconocimiento de una serie de cambios acumulados y retomándose los principios de racionalización.
El Decreto Nº 1730/80 determinó que la sub-administración tuviera su sede en Río Turbio, concentrando directamente las funciones productivas y operativas del yacimiento. Esta división del trabajo entre administración general y sub-administración fue acompañada de otras modificaciones.
En 1981, tanto la Secretaría de Energía como YCF regresaron a la esfera del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, permaneciendo en esta condición hasta la disolución del citado ministerio y la absorción de sus funciones por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en 1991. En 1983 se sucedió una nueva modificación del estatuto orgánico mediante el Decreto Nº 173, que reestablecía el ejecutivo original basado en presidencia y directorio, ampliando la cantidad de directores a siete. En 1985, el Decreto Nº 1424 determinó la primera intervención de la empresa con el objetivo de introducir cambios en la estructura orgánica que favorezcan un funcionamiento más eficiente. Finalizada la intervención, fue reestablecida la administración general como ejecutivo de la empresa. En 1988, el Decreto Nº 431 impuso nuevos cambios en el estatuto, asignando las funciones directivas y administrativas al directorio, y las funciones operativas en un comité ejecutivo designado por el directorio y compuesto por miembros seleccionados del mismo, más el presidente. En 1989, el Decreto Nº 195 dispuso nuevamente la intervención de la empresa con el fin de regularizar su gestión y su situación financiera. Poco después, la Ley Nº 23.696 de Reforma del Estado impulsó su privatización parcial o concesión. Con motivo de la renuncia del interventor y del subinterventor, el Decreto 2408/91 designó un nuevo interventor con el cometido de dar cumplimiento con los objetivos de racionalización y desregulación en aras de una posterior privatización. Finalmente, los Decretos Nº 988/93 y 979/94 dieron la privatización de la empresa bajo la modalidad de concesión integral (junto a todos los activos que formaban parte de su patrimonio) a favor de una sociedad integrada por la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLYF), IATE S. A., ELEPRINT S. A. y Dragados y Obras Portuarias S. A., constituyéndose de esta manera Yacimientos Carboníferos Río Turbio S. A. La Resolución Nº 394 / 96 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos determinó el fin de la intervención y declaró la empresa en liquidación, proceso finalizado por Resolución Nº 621 / 98 del mismo organismo.
archiefbewaarplaats
Geschiedenis van het archief
Como consecuencia de la Ley Nº 23696 de Reforma del Estado, numerosas empresas y organismos de regulación estatales fueron privatizados, concesionados o suprimidos, quedando la gestión de su documentación a cargo de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial del Ministerio de Economía y Obras y Servicios públicos. El Archivo General de la Nación, a través de su Departamento Archivo Intermedio, y en cumplimiento de las misiones y funciones establecidas por la Ley Nº 15.930/61 y el Decreto 1571 de 1981 se abocó a la tarea de rescatar la documentación producida por las distintas instituciones extintas, asistiendo a la mencionada dirección de normalización. De este modo, en los años 1997 y 1998, el Departamento Archivo Intermedio efectuó la asistencia técnica correspondiente a la documentación del Yacimiento de Río Turbio y la Gerencia Río Gallegos (ambos situados en la Provincia de Santa Cruz) de Yacimientos Carboníferos Fiscales, en ese momento en poder de la empresa concesionaria, decidiéndose que por razones de índole práctica y social se mantuviera en la ciudad de Río Turbio bajo la responsabilidad del Archivo de la Provincia de Santa Cruz en cuanto a garantizar la guarda y el acceso público, firmándose un convenio con el Archivo General de la Nación. Posteriormente, durante el año 2006, se organizó el traslado de documentación correspondiente a distintas ex-empresas públicas, entre las cuales se encontraba YCF, acompañada de un inventario de transferencia, desde el Ministerio de Economía al Departamento de Archivo Intermedio. Una vez ingresada la misma, se controló el inventario de remisión, se la ordenó físicamente respetándose el principio de procedencia y se procedió en una primera etapa a confeccionar un inventario analítico. La documentación se encontraba originalmente conservada en paquetes y biblioratos sin un criterio de ordenamiento específico, tratándose la mayor parte de libros copiadores o compiladores organizados cronológicamente y por serie, y el resto por diversos tipos documentales. En una primera instancia se decidió respetar la forma en que había sido transferida, colocando en cajas la documentación no correspondiente a libros. En una segunda etapa, entre el 2010 y 2011, se revisó el auxiliar anteriormente realizado y se avanzó en la elaboración de una descripción general del fondo, incluido el cuadro de clasificación y procediendo a establecer un nuevo criterio de organización física de la documentación, con la correspondiente tabla de conversión. En este sentido, se decidió diferenciar los libros de la documentación conservada en cajas tanto a nivel físico como a nivel de los instrumentos de descripción elaborados. Finalmente, se separaron los ejemplares repetidos para su desafectación.
Directe bron van verwerving of overbrenging
Transferencia, 2006
Inhoud en structuur
Bereik en inhoud
La documentación que compone el del fondo fue producida por las secciones residentes en la Sede Central de la empresa y abarca el período 1958-1994. El área geográfica que abarca es la correspondiente al funcionamiento de sus distintas dependencias, a saber: la Gerencia Río Turbio y la Gerencia Río Gallegos, ambas situadas en la Provincia de Santa Cruz, la Sede Central de Buenos Aires, la Delegación Mendoza y el Establecimiento Forestal Mazaruca (Provincia de Entre Ríos). Las cuestiones abordadas en la documentación involucran a la política general de administración y explotación de la empresa; situación salarial y laboral del personal, sanciones y prestaciones; construcción y reparación de infraestructura; control y adquisición de materiales y equipos; prestación de servicios; situación económica de la empresa y financiamiento internacional; proyectos y planes de desarrollo; cambios en la estructura orgánica y en procedimientos internos.
Entre los tipos documentales que integran el fondo podemos encontrar libros de disposiciones, resoluciones, actas, dictámenes, contratos, remates, inventarios y sumarios, informes, recopilaciones de normas y legislación, reglamentos, contratos, correspondencia, planos, estatutos, ejecuciones presupuestarias, proyectos, certificados, memorias y balances, pliegos de bases y condiciones, fotografías, boletines, gráficos y folletos.
Waardering, vernietiging en slectie
Evaluación documental y transferencia realizadas en el marco de la siguiente normativa: Ley 15930, y Decreto 1571/1981
Aanvullingen
Fondo cerrado sin documentación pendiente de ingreso
Ordeningstelsel
Se puede detallar el siguiente cuadro de clasificación surgido a partir del análisis de la legislación y de la documentación que compone el fondo:
-Sección Directorio: Series Actas y Resoluciones
-Secciones Presidencia, Administración y General Intervención: serie resoluciones
-Secciones Subadministración General y Subintervención: serie resoluciones
-Sección Comité Ejecutivo: serie resoluciones
-Sección Gerencia General: serie Disposiciones
-Sección Gerencia de Personal: serie Disposiciones
-Sección Gerencia de Relaciones Industriales: serie Disposiciones
-Sección Subgerencia de Administración: serie Disposiciones
-Sección Gerencia de Contabilidad y Finanzas: serie Disposiciones
-Sección Departamento de Asesoría Letrada: serie Contratos
-Secciones Departamento de Asuntos Legales y Departamento de Asuntos Jurídicos: serie Dictámenes
-Sección Subgerencia de Asuntos Jurídicos: serie Sumarios
-Sección Departamento Técnico: serie Informes técnicos
Voorwaarden voor toegang en gebruik
Voorwaarden voor raadpleging
Sin restricciones.
El Archivo General de la Nación (AGN) contempla dos modos de acceso a la información pública contenida en los documentos que integran su acervo: a través de su portal oficial en internet o presencialmente, según el tipo de documento de que se trate. En ambos casos se requiere registración como usuario AGN mediante aceptación de los términos y condiciones de uso.
El AGN ha implementado como práctica archivística armonizar el derecho de acceso a la información pública (Ley 27.275 / Decreto reglamentario 206/2017) con el derecho a la protección de datos personales (Ley 25.326 /Decreto reglamentario 1558/2001). En este sentido el AGN puede decidir, cuando la protección de datos personales así lo justifique, solicitar la firma de un compromiso de disociación de datos, o proveer al usuario, sea a través del sitio oficial en internet o sea de modo presencial, la información pública solicitada bajo el formato de formulario sin acceso al documento original o a su imagen digitalizada. Aquellos documentos que no se encuentren disponibles para su acceso a través del portal AGN pueden ser accedidos presencialmente en las sedes habilitadas específicamente a tales efectos, previa registración como usuario y, en su caso, previa solicitud de
Voorwaarden voor reproductie
Sin restricciones de orden legal
Taal van het materiaal
- Spaans
Schrift van het materiaal
- Latijn
Taal en schrift aantekeningen
Los documentos se encuentran en idioma castellano, con la excepción de algunos convenios internacionales que se encuentran en idioma inglés, los cuales por otro lado están acompañados de traducciones certificadas.
Fysieke eigenschappen en technische eisen
Sin requisitos técnicos para el acceso. La consulta y manipulación de la documentación original está sujeta a los reglamentos de sala vigentes.
Toegangen
Descripción general del fondo
Inventario analítico.
Verwante materialen
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No corresponde
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No corresponde
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Notitie Publicaties
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Aantekeningen
Aantekening
Buena parte de la documentación es copia de los originales, ya sea fotocopia o mimeografía
Alternative identifier(s)
Trefwoorden
Onderwerp trefwoord
Geografische trefwoorden
Naam ontsluitingsterm
Genre access points
Beschrijvingsbeheer
Identificatie van de beschrijving
Identificatiecode van de instelling
Toegepaste regels en/of conventies
Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.
Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Status
Herzien
Niveau van detaillering
Gedeeltelijk
Verwijdering van datering archiefvorming
Descripción revisada: 2021/08/26.
Descripción revisada: 2020/01/07. Descripción creada: 2012/09/01
Taal (talen)
- Spaans
Schrift(en)
- Latijn
Bronnen
Decreto N° 1.571, fecha de promulgación 1981/10/09. Publicación en Boletín Oficial
de la República Argentina (BORA) del 1981/10/20.
Ley N° 15.930, 1961/10/05. Publicación en Boletín Oficial de la República Argentina
(BORA) del 1961/11/23.
Aantekeningen van de archivaris
Descripción revisada por: Giuliano Franco. Descripción revisada por: Aragón, Alejandra. Descripción creada por: Ferraro Nicolás Pablo