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Title
Date(s)
- 1922-1982 (Accumulation)
Level of description
Fonds
Extent and medium
3433 metros lineales, papel
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Name of creator
Administrative history
Y.P.F. se creó en el año 1922, teniendo como antecedente a la Dirección General de Explotación del Petróleo de Comodoro Rivadavia (creada por decreto del Ministerio de Agricultura de la Nación del 24 de diciembre de 1910). Con el descubrimiento de un yacimiento en Neuquén (Plaza Huincul), que era administrado por otra agencia estatal y en función de los conflictos políticos y diferencias en torno a la cuestión petrolífera en el gobierno, Yrigoyen decidió reordenar y unificar el sector, creando Y.P.F. el 3 de junio de 1922. Así, el presidente decretó que “queda equiparada la administración de los Yacimientos Petrolíferos de la Nación, en cuanto a sus atribuciones y deberes administrativos, a la categoría de Dirección General, y en lo sucesivo se denominará: "Dirección General De Yacimientos Petrolíferos Fiscales", dependiente del Ministerio de Agricultura. Su primer director fue el Ingeniero Enrique Mosconi.
El 12 de abril de 1923 por Decreto del Poder Ejecutivo, fue designada la primera Comisión Administrativa de YPF y aprobado el reglamento orgánico de la Dirección General. Esta Comisión aprobó las bases para la instalación de dos destilerías, una en La Plata y otra en Plaza Huincul. En 1925 comenzaron las perforaciones en los pozos de San Pedro de Jujuy.
A principios de 1926 fue organizada la División Geología y Topografía, que en 1929 se escindiría en cuatro secciones, correspondientes a geología de exploración y de explotación, topografía y petrografía y colecciones. Posteriormente fue creada la Comisión Geofísica, que hizo sus trabajos preliminares en Campo Durán, Salta.
También en 1929 quedó terminado el edificio de la Sede de YPF en Paseo Colón 922 de la ciudad de Buenos Aires. Hasta entonces sus oficinas habían funcionado en Balcarce 278. En un convenio entre la Universidad Nacional de Buenos Aires y la empresa petrolera estatal se creó el Instituto del Petróleo, tendiente a formar especialistas de máxima capacitación en geología, minería e industrialización del petróleo.
Ese mismo año, el Estado nacional, por intermedio de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (Y.P.F.), dependiente del Ministerio de Agricultura, comenzó a instrumentar medidas tendientes a regular el mercado de combustibles líquidos, disponiendo que los precios fueran fijados por el gobierno nacional y no por empresas extranjeras.
Con el golpe de Estado de septiembre de 1930, el general Mosconi se alejó de la empresa y fue reemplazado por una Comisión Administrativa comandada por el director general, capitán de navío Felipe Fliess.
En 1932 se promulgó la ley 11.668 que reconocía a Y.P.F. como instrumento ejecutor de la política petrolera del Estado nacional. En su artículo 1° dispuso que la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales del Ministerio de Agricultura pasase a estar a cargo del “estudio, la exploración y la explotación de los yacimientos hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos que el Estado nacional tiene actualmente o adquiera en lo sucesivo, así como también la industrialización, el transporte y el comercio de dichos productos y sus derivados directos o indirectos”.
El 21 de marzo de 1935 fue sancionada por el Congreso Nacional la Ley 12.161, primera norma legislativa general sobre el petróleo argentino, que contemplaba el "régimen legal de las minas de petróleo e hidrocarburos fluidos". Allí estableció que las minas de petróleo e hidrocarburos fluidos eran bienes del dominio privado de la Nación o de las provincias, según el territorio en que se encuentren. También la Ley del Petróleo permitía la constitución de sociedades mixtas, con derecho a operar en zonas reservadas.
Por decretos del 2 de abril y del 15 de octubre de 1941, la Empresa creó la División Carbón Mineral, dependiente del Departamento Exploración. En 1942 se inauguró el Laboratorio Petrotécnico de Florencia Varela, centro de modernas investigaciones y de apoyo a las tareas que las comisiones geofísicas y geológicas de la Empresa realizaban en campaña y para preparar instrumental adecuado a las condiciones de nuestro medio.
En 1943, bajo la presidencia de Pedro Pablo Ramírez, se incrementó la intervención del Estado en materia petrolífera. A través del Decreto 12648, se creó la Dirección Nacional de Energía (DNE), como una entidad autárquica, dependiente del Ministerio de Agricultura. La DNE estuvo destinada a “regular la producción, distribución y consumo de todo el combustible existente en el país, de cualquier origen, procedencia y pertenencia y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones que a tal fin adoptase” (art. 2, inciso a), considerando “que las fuentes de Combustibles Naturales con que cuenta el país, sujetas a explotación, no son inagotables, que es función del gobierno disponer con suficiente antelación las medidas necesarias para lograr la máxima duración de las existentes así como buscar la explotación y uso de los distintos combustibles atendiendo a las posibilidades su empleo”.
El decreto N° 22.389/45 le otorgó una nueva estructura y un régimen legal a la Dirección Nacional de Energía. La DNE continuó como entidad autárquica pero pasó a depender de la Secretaría de Industria y Comercio, y contaba con una serie de entes autárquicos dependientes: la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (que según el art. 8 sigue rigiéndose por la ley 11.668/32), y los siguientes que se crearon: la Dirección General del Gas del Estado; la Dirección General de Centrales Eléctricas del Estado; la Dirección General de Combustibles Vegetales y Derivados, y la Dirección General de Combustibles Sólidos Minerales. A su cargo quedó “el ejercicio de las facultades del Estado en todo cuanto se refiere al estudio, exploración, producción, explotación, industrialización, transporte, distribución y comercialización de los combustibles sólidos y fluidos y de la energía eléctrica, como asimismo el contralor, la regulación y el uso racional de los mismos” (art. 3).
La Ley 13529/49 elevó la Secretaría de Industria y Comercio a ministerio, y el decreto 17.371/50 creó un organismo dependiente del Ministerio de Industria y Comercio de la Nación, denominado Empresas Nacionales de Energía (E.N.D.E.) con el carácter de empresa del estado. En los considerandos de la creación del E.N.D.E se considera necesaria que las direcciones generales de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, Agua y Energía Eléctrica, Gas del Estado, Combustibles Vegetales y Derivados y Combustibles Sólidos Minerales estén sujetas bajo una unidad superior, manteniendo su individualidad y denominación particular, con el propósito de evitar la posibilidad de disparidad de orientación y acción de los mismos El E.N.D.E implicaría un directorio común, al que se atribuya el ejercicio del gobierno administrativo, industrial, comercial y financiero de las empresas.
Mediante el Decreto 143603/54 el Ministerio de Industria y Comercio se dividió, y dentro de la cartera de Industria queda el E.N.D.E., entre las cuales continuó Yacimientos Petrolíferos Fiscales. Con la ley 10351/56 volvieron a fusionarse Comercio e Industria, y a Y.P.F. se le otorgó una mayor autarquía en el ejercicio de su gobierno administrativo, industrial, comercial y financiero “dada la importancia de los intereses que confían a esta empresa no sólo por su monto, sino también por sus alcances político y económico”.
La ley 14439/58, en su artículo 1, indicaba que Y.P.F quedaba bajo la órbita de la Secretaría de Energía y Combustibles, bajo jurisdicción del Ministerio de Economía. Ese mismo año la ley 14773/58 promovió una mayor nacionalización de los recursos energéticos y los combustibles, respetando las concesiones privadas dadas e impidiendo que haya nuevas. El artículo 1° indicaba que “los yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos existentes en el territorio de la República Argentina y los de su plataforma submarina son bienes exclusivos, imprescriptibles e inalienables del estado nacional. Las provincias en cuyo territorio se encuentren y el territorio nacional de tierra del fuego, Antártida Argentina e islas del Atlántico Sur, tendrán sobre su producción la participación que les corresponda de acuerdo con lo determinado por la presente ley”.
Bajo el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía hubo dos reestructuraciones ministeriales. A poco de asumir se dictó la ley 16.956/66 que reestructuraba los ministerios y las secretarías, en donde Yacimientos Petrolíferos Fiscales quedaba bajo la órbita de la Secretaría de Energía y Minería del Ministerio de Economía y Trabajo. La ley 18416/69 respetó el mismo esquema, sólo que bajo la reconvertida Secretaría de Energía.
La ley 19.064/71 en su artículo 14 indicaba que el Ministerio de Industria debe “Supervisar las empresas industriales del Estado asignadas a su jurisdicción”, mientras el Ministerio de Hacienda debía Intervenir en la fijación de los planes de acción y presupuestos de las Empresas del Estado, y entender en la determinación del régimen tarifario y de precios de las empresas del Estado y de los servicios públicos.
En 1973, bajo la presidencia de Juan Perón, Y.P.F. quedó dentro de la Corporación de Empresas Nacionales, un ente autárquico que tuvo como objeto ejercer la conducción superior de todas las empresas en las cuales el Estado tenía propiedad absoluta, mayoría de capital accionario y administre o controle por aplicación de regímenes legales vigentes o que se establezcan, así como también promover por razones de interés público, el desarrollo de nuevas actividades económicas. Esta estructura se mantuvo hasta 1978 en que fue disuelta, restableciendo Y.P.F. su dependencia de la Secretaría de Energía.
Hacia 1981, y bajo la ley 22450, Y.P.F. y otras empresas estatales pasaron a estar bajo la órbita del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, cartera en donde se mantuvo hasta la absorción de esta institución por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en 1991.
La ley Nº 23696/89 de Reforma del Estado impulsó su privatización parcial o concesión. El primer paso fue el cambio de tipo societario de Sociedad del Estado (Y.P.F.) para convertirse en Sociedad Anónima (Y.P.F. S.A.). Luego se sucedieron tres decretos tendientes a su enajenación del Estado. Mediante el decreto 1055/89, el Estado entregó áreas de exploración a empresas privadas y desreguló el sector petrolífero. Luego el decreto 1212/89 tuvo como objetivo la desregulación del Sector Hidrocarburos, para lo cual se establecieron reglas que privilegiaban los mecanismos de mercado para la fijación de precios, asignación de cantidades valores de transferencia y/o bonificaciones en las distintas etapas de la actividad. Finalmente el decreto 1589/89 determinó los contratos de explotación, preferencia de compra de gas; exportación e importación de hidrocarburos; concesiones de transporte, entre otros.
En 1992, la Ley N° 24.145 transfirió el dominio estatal de los yacimientos de hidrocarburos del Estado Nacional a través de la federalización de hidrocarburos y promovió la transformación empresaria y privatización del capital de Y.P.F. S.A. El proceso de privatización culminó en 1999 con la venta de las acciones del estado a Repsol.
El 2007, el grupo Petersen compró el 14,9% de las acciones de la empresa, porcentaje que iría incrementando hasta el año 2012. Ese año, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner promovió la ley de Soberanía Hidrocarburífera por la cual se expropió el 51% de las acciones de la empresa (de ese porcentaje el 49% sería manejado por las provincias y el 51% por la Nación), y declaraba de interés público nacional el autoabastecimiento hidrocarburífero creando el Consejo Federal de Hidrocarburos compuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, el Ministerio de Planificación Federal, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Industria. El primer interventor fue Julio De Vido.
Repository
Archival history
La documentación ingresó al Archivo General de la Nación aproximadamente en el año 1996. Dicho ingreso se produjo como consecuencia de las gestiones realizadas entre el personal del AGN y el personal de la entonces YPF Sociedad Anónima. Las gestiones para concretar el ingreso de la documentación de YPF al AGN se dieron a partir del año 1991 cuando, en el marco de la reforma del estado impulsada por Ley Nº 23696, YPF fuera privatizada quedando la documentación producida durante los años de gestión estatal en poder de la nueva empresa YPF S.A. En el marco de dichas gestiones se le asignó un inmueble al AGN para que pueda recibir la documentación transferida por YPF la cual tenía como fechas extremas 1922-1982
Immediate source of acquisition or transfer
Transferencia, c. 1996.
Content and structure area
Scope and content
La documentación preservada corresponde al período 1922-1982, debido a que no se han realizado hasta el momento tareas de identificación, clasificación y descripción sobre la documentación, sólo puede precisarse que cuenta con dos tipos de agrupamientos documentales, expedientes generales y expedientes reservados pero se desconoce el tipo de información presente en la documentación perteneciente a dichos agrupamientos.
Appraisal, destruction and scheduling
Evaluación documental y transferencia realizadas en el marco de la siguiente normativa: Ley 15930, promulgada el 1961/11/10, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1961/11/23 y Decreto 1571/1981, emitido el 1981/10/09, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1981/10/20.
Accruals
Fondo cerrado, sin documentación pendiente de ingreso.
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Conditions of access and use area
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Language of material
- Spanish
Script of material
- Latin
Language and script notes
Physical characteristics and technical requirements
La mayor parte de la documentación (3426 metros lineales) se preserva en un depósito sin espacios de atención, motivo por el cual se encuentra fuera de consulta al público. Sin requisitos técnicos para el acceso
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Inventario de control.
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Existence and location of originals
Existence and location of copies
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- Yacimientos Petrolíferos Fiscales (Productor)
Genre access points
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Description identifier
Institution identifier
Rules and/or conventions used
Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2022. Buenos Aires: AGN, 2022.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.
Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Status
Final
Level of detail
Full
Dates of creation revision deletion
Descripción creada: 2024/06.
Language(s)
- Spanish
Script(s)
- Latin
Sources
Archivist's note
Descripción realizada por Giuliano, Franco.