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Registro de autoridad
Entidad colectiva

Hermandad de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo y Patrozinio del glorioso Archangel Señor San Miguel

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  • Entidad colectiva
  • 1727/03/03-c. 1823/01/02

La Hermandad de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo y Patrozinio del glorioso Archangel Señor San Miguel fue la primera asociación laica con fines benéficos que se estableció en la ciudad de Buenos Aires. Esta Hermandad o Cofradía fue creada el 3 de marzo de 1727 por iniciativa de Juan Alonso González y Aragón quien propuso la fundación de un organismo para atender el entierro de pobres y ajusticiados. La asociación se formó siguiendo el ejemplo de la Hermandad de la Santa Caridad de Cádiz, cuyas constituciones y reglas imitó. El 16 de diciembre de 1727 sus miembros dieron comienzo a los cabildos y reuniones mensuales y anuales.

La Cofradía estaba integrada por el Hermano Mayor como autoridad máxima, y una Junta directiva de veintitrés personas compuesta por dos Alcaldes (uno antiguo y uno moderno), un Contador, un Tesorero, un Secretario, un Celador, un Prioste y conciliarios eclesiásticos y seculares. El cargo de Hermano Mayor, como los demás cargos de la Junta, era anual y electivo por mayoría absoluta de todos los miembros. Al mismo tiempo contaba con un Capellán Mayor, el primero de ellos fue su propio fundador, Juan González y Aragón, quien tomó los hábitos en 1738. La Hermandad erigió la Capilla de San Miguel Arcángel para realizar sus servicios religiosos y sus Juntas periódicas o Cabildos. Al lado de la Capilla se levantó el primer cementerio para pobres.

En 1734, la Junta de la Hermandad vio la necesidad de establecer un hospital en la ciudad. El 22 de noviembre de 1738, en una de las actas del cabildo de la Hermandad, ya se mencionaba un hospicio que, aparentemente, funcionaba en una habitación perteneciente a la cofradía. Entre los médicos que ejercieron en este centro de salud figuraron Agustín Fabre y Cosme Argerich. La botica, que había pertenecido a los jesuitas, proveía de las medicinas necesarias a la institución y fue arrendada por la Hermandad a particulares.

En 1755 se creó la Casa de Niñas Huérfanas de San Miguel, la primera institución que se ocupó de las niñas y mujeres desamparadas de la ciudad. Bajo la dirección de un Capellán Mayor y de una Rectora, trabajaba en la manutención y educación de las mujeres. No solo se enseñaban primeras letras, cuentas, labores de costura y cocina a las pupilas, sino que la Casa abrió una escuela pública para mujeres, donde todas las señoritas de la ciudad podían aprender las primeras letras, cuentas y labores femeninas. La enseñanza estaba a cargo de maestras laicas. Las internas se desempeñaban, además, en la fábrica de la Casa, donde realizaban tareas de costura y fabricaban prendas, guantes y escapularios. También elaboraban dulces que eran vendidos a los vecinos. La institución se sostuvo principalmente gracias a los trabajos de las huérfanas. Durante un breve período, la Casa de Huérfanas también albergó a mujeres remitidas por las autoridades judiciales, o depositadas por sus maridos o familiares pero al tiempo la actividad fue suspendida. Asimismo, la Hermandad oficiaba como agencia matrimonial.

La Hermandad se sostenía gracias a las contribuciones voluntarias, limosnas y donaciones. Por Real Cedula del 17 de marzo de 1777, el Rey le otorgó la explotación de la Estancia de “Las Vacas” en la Banda Oriental, la Botica de los jesuitas en la capital de Buenos Aires y dieciséis mil pesos para el mantenimiento de sus obras, en particular de la Casa de Huérfanas. La producción de la Estancia era destinada a la manutención de las huérfanas y a la exportación, de tal manera que esta explotación llegó a conocerse también con el nombre de “Estancia de las Huérfanas”.

A partir de 1784 la Hermandad de la Santa Caridad se hizo cargo la administración de la Casa de Niños Expósitos, aunque siguió reservándose su gobierno. Cuando el 21 de febrero de 1784, la Hermandad se hizo cargo de la Casa de Expósitos, vendió el edificio originario y se mudó a un inmueble de una sola planta sito entre las calles San Francisco y de Cristo (actuales Moreno y Balcarce), otorgándole la dirección a Pedro Díaz de Vivar. La casa contaba con un armazón giratorio de madera llamado torno, que funcionó hasta 1891. Colocado en un hueco de la pared, servía para recibir a los infantes abandonados, manteniendo el anonimato de la persona que lo depositaba. En sus juntas regulares, los miembros de la Hermandad evaluaban la situación de la institución: cuestiones financieras, escuchaban los informes de su administrador y decidían las mejoras necesarias. En 1780, el virrey Vértiz trasladó la imprenta, que había pertenecido a los jesuitas, desde la ciudad de Córdoba a Buenos Aires, con el fin de que la Casa de Expósitos se beneficiase con una parte de las ganancias. Se la conoció, por lo tanto, como la Real Imprenta de Niños Expósitos. Fue el primer establecimiento tipográfico que funcionó en la ciudad y publicó el primero de los periódicos del Río de la Plata, el “Telégrafo Mercantil” y el “Semanario de Agricultura, Industria y Comercio”, que dirigía Juan Hipólito Vieytes. La imprenta siguió perteneciendo a la Casa de Expósitos hasta 1824, momento en el cual Rivadavia la trasladó a la provincia de Salta.

La Casa de Huérfanas, la Casa de Niños Expósitos y el Hospital de Mujeres continuaron bajo la dirección de la Hermandad de la Santa Caridad hasta 1822.

Si bien no existe ningún instrumento legal que explicite su disolución, el decreto del Ministerio de Gobierno de Martín Rodríguez del 2 de enero de 1823, creó una sociedad de damas, Sociedad de Beneficencia, y le atribuye las funciones que hasta ese momento eran desempeñadas por la Hermandad. En el artículo 4° decreta que las atribuciones de la Sociedad de Beneficencia serían: la dirección e inspección de las escuelas de niñas y la dirección e inspección de la casa de expósitos, de la casa de partos públicos y ocultos, hospitales de mujeres, colegio de huérfanas y de todo establecimiento público dirigido al bien de los individuos de este sexo.

Orden Real y Militar de Nuestra Señora de la Merced y la Redención de los Cautivos

  • AR-AGN-ISAAR-OM01_01
  • Entidad colectiva
  • 1218-c.1823

La Orden Real y Militar de Nuestra Señora de la Merced y la Redención de los Cautivos fue fundada por San Pedro Nolasco y San Raimundo de Peñafort en 1218 en Barcelona y fue aprobada en 1235 por la Bula Devotionis vestrae de Gregorio IX.

La Orden se fue estableciendo en América a medida que los españoles se iban asentando en nuevos territorios. Luego de la fundación de Tucumán y Salta y antes de finalizar el siglo XVI, se erigió un Convento en Santiago del Estero, llamado “Nuestra Señora de las Mercedes”. En el siglo XVII, sucedió lo mismo con Córdoba y La Rioja, mientras que en la segunda mitad del siglo XVIII se fundó el Hospicio de Catamarca. En 1591 se fundó el convento de San Juan. A este le siguió el de Mendoza, y el de San Luis data de la primera década del siglo XVII.

La orden de la Merced se estableció en Buenos Aires en 1601. Francisco Martel, un monje que compró un terreno en la traza de la ciudad, inició los trámites para la fundación de un convento. A mediados del siglo XVIII, las obras fundacionales continuaron con el Hospicio de San Ramón de las Conchas. A su vez, tenía a su cargo dos escuelas, una en el Sagrado Convento de Nuestra Señora de las Mercedes y la otra en el Real Hospital. La Orden se destacó por su intervención en la redención de los cautivos y en la instalación de cofradías.

Durante el siglo XVII, Los conventos mercedarios tuvieron que solicitar limosnas a la Real Hacienda. Tras la expulsión de la Compañía de Jesús, la Orden de la Merced, al igual que las otras órdenes, realizó numerosas gestiones para adquirir el Colegio y la Iglesia que pertenecieron a los jesuitas en la ciudad de Santa Fe y en otras localidades.

En 1786 a través de una Real Cédula del 14 de diciembre, se dispuso que en América se supriman los conventos de Mercedarios que tengan menos de ocho religiosos viviendo en él.

En 1821, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decretó que las casas de la Orden de regulares llamados Mercedarios, situadas en el territorio de la Provincia, quedaran en entera independencia de todo Prelado o Autoridad Provincial bajo la sola dirección de los presidentes de cada una de ellas y que cada casa y los que las presiden quedaran bajo la inmediata protección del Gobierno y sujetos en lo espiritual a la sola autoridad ordinaria eclesiástica.

En 1823, con la sanción de la ley de reforma eclesiástica, la orden fue alcanzada por las disposiciones de la misma. Al mismo tiempo, a través de un decreto emitido por el Gobierno provincial el 24 se febrero de 1823, se dispuso que las casas del Hospicio de Mercedarios, denominado de San Ramon de las Conchas y del Convento de San Pedro, quedaban destinadas a Hospicios de educación de primeras letras para niños de los pueblos y territorio de la campaña a cargo de la Sociedad Lancasteriana.

Orden de los Hermanos de Bethlem

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  • Entidad colectiva
  • 1653-1822/12/24

La Orden de los Hermanos de Bethlem fue la única orden monástica creada en América, instituida en Guatemala en 1653 por el terciario franciscano Pedro de San José de Betancourt y aprobada por el Papa en 1687. Era una orden religiosa católica masculina, clerical, de vida apostólica y de derecho pontificio.

Ya instalada en Buenos Aires, el 23 de septiembre de 1745, la orden obtuvo una licencia a través de una Real Cédula para fundar un hospital. Así, el gobernador Andonaegui le entregó al Procurador de la Orden, Fray Joaquín de la Soledad, un hospital al que renombraron Hospital de Santa Catalina Virgen y Mártir.

Para 1762, la Orden tenía dependencias en Córdoba, donde instaló el Hospital de San Roque y en Mendoza.

La Orden Betlemita en Buenos Aires poseía el Convento de Santa Catalina, en el cual los aspirantes recibían el hábito de novicio.

Por Real Orden del 26 de mayo de 1795 Su Majestad resolvió la traslación del Hospital Betlemita a la Residencia que había sido ocupada por la Compañía de Jesús. Unos años más tarde, la Residencia se convirtió en Hospital General de Hombres y se le asignó una chacra denominada “de Belén”, donde se hicieron algunas construcciones dedicadas a los convalecientes. Allí se trasladaba a los enfermos derivados del Hospital de Santa Catalina.

La Orden Betlemita se sostenían con donaciones y limosnas, y con el trabajo que desarrollaban en sus solares, terrenos, casas y quintas. Poseían una estancia en Arrecifes, llamada “Fuentezuelas”.

La Orden fue suprimida el 24 de diciembre de 1822 a través de la sanción de la ley de Reforma General en el Orden Eclesiástico.

Orden de San Francisco

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  • Entidad colectiva
  • 1209-c.1811.

La Orden de San Francisco fue fundada por San Francisco de Asís en 1209 y fue aprobada mediante la bula Solet Annuere de 1223 por el papa Honorio III. El arribo de los franciscanos a América se produjo a partir del segundo viaje de Colón en 1493.

La base de la vida religiosa de la orden, era la casa-convento en la que vivía un determinado número de religiosos que practicaban votos de humildad. Los conventos se organizaban en custodias, que eran elevadas a la categoría de provincias. En América, de ellas dependían espiritualmente un número más o menos amplio de pueblos, las llamadas visitas. Cuando eran varias, las visitas se agrupaban en asistencias o vicarías. A todo ese conjunto se lo llamaba doctrina si su finalidad era evangelizar o adoctrinar a los indios. En tanto las doctrinas constituyeron las parroquias de los indios, su equivalente para los españoles fueron los curatos. Cada provincia o misión tenía como cabeza un procurador, quien informaba sobre los asuntos de las misiones, el estado del personal y las urgencias de ayuda, como así también presentaba los memoriales y obtenía nuevas misiones.

Si bien la orden llegó al Río de la Plata en 1538, cuando algunos franciscanos integraron una expedición que arribó al puerto de Santa Catalina, el primer convento francisco en la ciudad de la Santísima Trinidad se estableció en 1583 y fue fundado por el padre Juan Pascual de Rivadeneira. En 1602 comenzó a edificarse la primera iglesia franciscana que fue inaugurada en 1604, después de la celebración del Sínodo en Asunción, presidida por el obispo Loyola. Durante la administración del gobernador y presidente de la Audiencia de Buenos Aires, José Martínez de Salazar, se reconstruyeron las iglesias existentes en la sede bajo su mando, incluida la Catedral. Al mismo tiempo fundaron el convento de recoletos franciscanos.

En 1735, la orden tenía establecimiento en Buenos Aires, Tarija, Paraguay y Tucumán y para su mantenimiento recibía asistencia con la limosna de cera, vino y aceite. En 1848 una Real Cédula del 26 de agosto les concedió la licencia para construir un convento en San Pedro. La orden fundó misiones y colegios en las provincias donde se habían establecido. En 1806, la orden recibió a través de una Real Cédula la asignación de una anualidad para la subsistencia del colegio que tenía en Tarija.

El 8 de febrero de 1822, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decretó para los franciscanos lo mismo que había decretado el 13 de diciembre de 1821 para los mercedarios: que las casas de la Orden de regulares, situadas en el territorio de la Provincia, quedaran en entera independencia de todo Prelado o Autoridad Provincial bajo la sola dirección de los presidentes de cada una de ellas y que cada casa y los que las presiden quedaran bajo la inmediata protección del Gobierno y sujetos en lo espiritual a la sola autoridad ordinaria eclesiástica.

En 1823, con la sanción de la ley de reforma eclesiástica, la orden fue alcanzada por las disposiciones de la misma.

Orden de Predicadores

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  • Entidad colectiva
  • 1215-1809

La orden de predicadores, conocida como Orden de Santo Domingo, fue fundada por Domingo de Guzmán en Toulouse en 1215 y confirmada por el papa Honorio III el 22 de diciembre de 1216.

La orden arribó a Buenos Aires y Santa Fe, procedentes de Chile, a principios del siglo XVII, dedicándose a la predicación y a la enseñanza. Adquirieron un solar entre las actuales calles Balcarce y Venezuela y allí comenzaron a construir su primera capilla llamada Nuestra Señora del Santísimo Rosario. En 1605, Fray Francisco Riveros fundó el convento de San Pedro Telmo, trasladado en 1610 a la actual calle Defensa esquina Belgrano. El 29 de junio de 1751 se colocó la piedra fundacional pero la obra fue paralizada varias veces por diversos problemas, entre otros, las deudas con el arquitecto saboyano Masella. En enero de 1762, Juan Lezica y Torrezuri asumió la conducción de los trabajos, mientras que el nuevo arquitecto y director de la obra fue el Prior Isidoro Celestino Guerra. El 2 de octubre de 1773 se bendijo la edificación y se habilitó una parte para el culto. El 28 de mayo de 1797 se erigió, lindante al Convento de San Telmo de Buenos Aires, el Colegio Doméstico Santo Tomás.

En 1642, los dominicos se hicieron cargo de la capellanía del presidio y fueron los únicos que tuvieron derecho a intervenir en las exequias de los soldados, al menos hasta 1676, cuando el gobernador Andrés de Robles expidió un decreto ordenando que las sepulturas se realizaran en cualquier iglesia de la ciudad. Esta ocupación les redituó importantes ingresos, al punto que el provincial, Fray Domingo de Neyra, solicitó y obtuvo por Real Cédula del 31 de agosto de 1739, que la Caja de Potosí le abonara las deudas en concepto de entierros.

La expulsión de los Jesuitas en 1767 otorgó a los dominicos la posibilidad acceder a los volúmenes que la Compañía de Jesús conservaba en sus bibliotecas mediante una instrucción del Consejo de Indias al gobernador Bucareli.

El 8 de marzo de 1823 ya el gobierno provincial había dispuesto la secularización de sus bienes, de acuerdo a los términos de la ley de reforma del clero. Las ventas de los bienes de los dominicos continuaron hasta 1828.

Algunas propiedades salieron a remate varias veces. El 22 de marzo de 1823 a la venta de “la Chacarita de los Regulares Dominicos situada sobre la barranca de la calle principal que va para Barracas, tasada con su casa, terreno, arboleda, montes, cercos y zanjas en 14.403 pesos y 3 cuartillos reales”. Fue rematada por Celestino Vidal en las dos terceras partes de su tasación. Ese mismo día se vendió la casa situada en la Plaza Nueva, calle de Las Artes, luego vendieron 4 casas así como otros bienes del Convento e Iglesia de San Pedro González Telmo.

Sociedad de Beneficencia de la Capital

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  • Entidad colectiva
  • 1823/01/02-c.1948/10/13

La Sociedad de Beneficencia fue creada el 2 de enero de 1823 mediante el decreto del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires como una institución administrada y dirigida por las “damas” de la sociedad porteña. El decreto de creación de la Sociedad de Beneficencia establecía que sus funciones serían: la dirección e inspección de las escuelas de niñas; la dirección e inspección de la Casa de Expósitos; casa de partos públicos y ocultos; de los hospitales de mujeres; Colegio de Huérfanas y todo establecimiento público dirigido al bien de las mujeres. Con el paso del tiempo y la ampliación de la institución, se fue erigiendo en una de las corporaciones asistenciales más grandes del territorio. Inició su funcionamiento con la administración de la Casa de Expósitos, el Hospital de Mujeres (Hospital Rivadavia) y la Casa de Huérfanas. El decreto del 8 de febrero de 1823 estableció la conformación y organización de la nueva institución: la administración y lo concerniente a la ejecución de las obras de la Sociedad estaba a cargo de un consejo compuesto por la presidenta, la vicepresidenta y dos secretarias; todos los negocios y medidas en general debían ser deliberados y resueltos por toda la Sociedad; el consejo podía decidir de entre las integrantes de la Sociedad el número de inspectoras necesarias para el control y manejo de los establecimientos dependientes de ella. Con el paso del tiempo el Consejo Directivo de la Sociedad se conformó por la presidenta; vicepresidentas 1ª y 2ª; secretaria; prosecretaria; tesorera; protesorera y consejeras.
Mediante el decreto del 16 de marzo de 1852 se reinstaló la Sociedad de Beneficencia. El decreto estableció la reinstalación de la institución con los mismos objetos y el mismo reglamento que la regían sin perjuicio de extender los objetos o de modificar los reglamentos a futuro.
El 9 de diciembre de 1880 para llevar a cabo la ejecución de la Ley 1029 de Capitalización de la Ciudad de Buenos Aires se firmó el “Acuerdo General sobre entrega de los servicios que deben pasar a cargo del Gobierno Nacional, en virtud de la Ley de Capital, en la ciudad de Buenos Aires”. En virtud de éste el 15 de diciembre del mismo año el Gobierno Nacional representado por el ministro del Interior y los ministros del Poder Ejecutivo de la Provincia acordaron la entrega de la Sociedad de Beneficencia por parte de la Provincia de Buenos Aires al Gobierno Nacional. Mediante este acuerdo la provincia entregó la administración de todos los asuntos de la Sociedad que obraban en su poder.
En 1898, en cumplimiento del artículo 9°, inciso 16° de la Ley 3727 quedó bajo la competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Dependiendo de este ministerio la Sociedad pidió al entonces ministro Victorino de la Plaza que el Poder Ejecutivo Nacional le otorgue personería jurídica, la cual fue aprobada mediante el decreto el decreto del 12 de diciembre de 1908.
Los fondos con los cuales contó la institución para ejercer sus misiones y funciones provenían de los asignados mediante las leyes de presupuesto generales, en su mayoría de la Lotería Nacional de Beneficencia. A estos fondos oficiales se le sumaban los que obtenía como rendimientos de algunas de sus instituciones y las donaciones y legados realizadas por particulares. También la institución organizaba eventos con el fin de recaudar fondos como el Corso de las Flores que se realizaba anualmente desde 1888 en el Parque 3 de febrero.
Por Decreto 9414 de 1946, la Sociedad de Beneficencia de la Capital fue intervenida por el Ministerio del Interior designándose como interventor al Dr. Armando Méndez San Martín. El objetivo del decreto fue ajustar el funcionamiento de la institución a los parámetros de asistencia y previsión social establecidos por el gobierno nacional y ampliar el ingreso de personal a la institución para vincularla con los sectores sociales que quieran ingresar y colaborar con la obra de la misma. Para efectuar dicha intervención y asistir al Interventor en las modificaciones en los estatutos y decretos relativos al funcionamiento de la institución que debía proponer al Poder Ejecutivo (atribución otorgada por el artículo 4° del Decreto 9414/46) por Decreto 12296/46 se nombró un Consejo Asesor honorario compuesto por las siguientes comisiones: Denuncias y Sumarios; Reforma de Estatutos; Régimen Administrativo; Médica; Asistencia Social y Obras.
A través del Decreto 5188 del 26 de febrero de 1947 y con el fin de extender el alcance territorial de competencia de la institución y la necesidad de administración de sus instituciones médicas por parte de la Secretaría de Salud Pública de la Nación (creada mediante la Ley 12912), se incorporó a la Secretaría de Salud Pública de la Nación conservando su personal, patrimonio, estructura, disposiciones legales y estatutarias.
Si bien no existe ningún instrumento legal que explicite su disolución, la Sociedad de Beneficencia de la Capital dejó de funcionar cuando pasó a integrar la Dirección Nacional de Asistencia Social. Este nueva Dirección, fue creada en 1948 mediante la Ley 13341 dentro de la órbita de la Secretaría de Trabajo y Previsión. El articulo 4° establece que integrarán dicha Dirección la Sociedad de Beneficencia de la Capital y las sociedades y asociaciones de igual carácter existentes en la República; también se estableció que los bienes inmuebles, muebles, personal, créditos de presupuesto, cuentas especiales, derechos y obligaciones se transfieran al nuevo organismo. Mediante el Decreto 37745 del 11 de diciembre de 1948 el presidente de la Nación nombró al entonces interventor de la Sociedad de Beneficencia, Amando Méndez San Martín, como director nacional de Asistencia Social.
Además de las instituciones de carácter transitorio que fundó por cuestiones particulares a lo largo de su existencia, la Sociedad de Beneficencia fundó y/o administró las siguientes instituciones permanentes:
Asilo de Alienadas de Lomas de Zamora.
Asilo Estela Matilde Otamendi.
Asilo y Colonia Saturnino E. Unzué.
Asilo General Martín Rodríguez.
Asilo de Huérfanos.
Asilo Isabel Balestra Espíndola.
Asilo de Mujeres del Buen Pastor.
Asilo Manuel Rocca.
Asilo Obligado.
Asilo y Escuela de Niños Ciegos.
Asilo Francisco Villanueva y Leonor Guerrico de Villanueva.
Asilo Eduardo Pereda y Elena Oliver de Pereda.
Asilo de Ancianas Casimira López.
Asilo y Escuelas de Niñas Sordomudas.
Colonia Agrícola Oscar Ferrari y Angelica Areco de Ferrari.
Casa San Sebastián.
Casa y Hospital de Expósitos.
Casa de Huérfanas Crescencia Boado de Garrigós.
Dispensario Central de la Higiene Social y de la Preservación y Asistencia de la Tuberculosis María Ferrer.
Escuelas Públicas de Niñas de la Capital y Provincia de Buenos Aires.
Escuela Normal de Maestras.
Fondo de Pobres.
Hospital General de Mujeres Rivadavia.
Hospital de Niños San Luis.
Hospital Oftalmológico.
Hospital Nacional de Alienadas.
Hospital Rivadavia.
Hospital de Llanura Vicente López y Planes.
Hospital y Asilo Marítimo de Niños.
Hogar de ex alumnos y ex alumnas.
Instituto de Asistencia Infantil Mercedes de Lasala y Riglos.
Instituto de Odontología.
Instituto José María Pizarro y Monje.
Instituto de Maternidad.
Instituto Agrícola Ángel Torcuato de Alvear.
Instituto Siglo XIX Para Tuberculosas.
Internado Ramayón López Valdivieso.
Maternidad Sardá.
Nosocomio de Mujeres y Niños.
Pabellón Lea Meller Vack.
Premios a la Virtud.
Solárium de Mar del Plata.
Sucursales de la Casa de Huérfanas y Casa de Expósitos.
Taller Julia Sáenz Rozas de Roseti.

Hierro Patagónico de la Sierra Grande

  • AR-AGN-ISAAR-HPSG01_02
  • Entidad colectiva
  • 1970 – 1996

El proceso de formación de Hierro Patagónico de Sierra Grande Sociedad Anónima Minera (en adelante HIPASAM) comenzó con el Decreto Nº 4716 / 67, que establecía en su art. 3 que la Dirección General de Fabricaciones Militares diseñara alternativas en aras de la puesta en marcha de la explotación de los yacimientos ferríferos de Sierra Grande. Esta decisión se vio reforzada por el Decreto Nº 5925 / 67, que dispuso beneficios y franquicias orientados a promover el desarrollo del emprendimiento, y confirmada por el Decreto Nº 4045 / 69, que aprobó el tamaño y el cronograma del proyecto. En el mismo año 1969, la Dirección General de Fabricaciones Militares y la Gobernación de la Provincia de Río Negro suscribieron las actas constitutivas de la nueva empresa, cuyo capital social se constituyó con aportes de los anteriormente mencionados y del Banco Industrial de la República Argentina (posteriormente, Banco Nacional de Desarrollo). Finalmente, la Ley Nº 18605 / 70 aprobó las actas constitutivas, con los siguientes objetivos: explotación de los yacimientos ferríferos de Sierra Grande; procesamiento de minerales; realización de explotaciones metalúrgicas y siderúrgicas en general; comercialización de sus propios productos y de otros que adquiriera con ese fin; realización de toda clase de actos jurídicos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. La nueva empresa comenzó a regirse con la Ley Nº 17318 de Sociedades Anónimas con participación mayoritaria del Estado, pero a partir de 1972 pasó a regirse por la Ley Nº 19550 de Sociedades Comerciales. El estatuto de la empresa posibilitaba el ingreso de capitales privados siempre y cuando los representantes del estado no perdieran la mayoría. También establecía como máximo órgano decisorio a la Asamblea General de Accionistas (Ordinaria o Extraordinaria), cuyas funciones eran considerar: el balance general, memoria e informe de los síndicos; designación y remoción de directores y síndicos, determinación de sus responsabilidades y fijación de su retribución; aumento del capital social; modificación del estatuto. La Asamblea podía ser convocada por el Directorio, la Comisión Fiscalizadora o un accionista cuando lo creyeran necesario y la presidencia de la misma correspondía al presidente del Directorio. La dirección y administración de la empresa estaba a cargo de un Directorio cuya composición era determinada por la Asamblea, fijándose el número de miembros entre 5 y 9, y cuya presidencia correspondía exclusivamente a un representante de la parte estatal. La fiscalización de la empresa era atributo de una Comisión Fiscalizadora compuesta por 3 síndicos titulares y 3 suplentes. Estos cargos ejecutivos se repartían entre los accionistas. La empresa dividiría sus instalaciones en una Sede Central con funciones administrativas, situada en la Capital Federal, y un yacimiento ferrífero con funciones productivas, situado Sierra Grande.
El estatuto de HIPASAM experimentó su primera modificación en 1974 para adaptarlo a las disposiciones de la Ley 19550. Posteriormente experimentó cambios en 1978, 1979, 1980, 1981, 1982, 1983, 1984, 1985, 1986 y 1987 con el objetivo de aumentar el monto del capital social y el valor nominal de las acciones y modificar el carácter de las acciones a emitir.
La Ley Nº 23.696 / 89 de Reforma del Estado estableció el marco legal general para el proceso de privatización de la empresa, el cual entró en curso por medio de la Ley Nº 24.045 / 91, que declaraba “sujetas a privatización” las empresas, sociedades y establecimientos del área del Ministerio de Defensa. Con vistas a concretar este objetivo, la empresa es intervenida mediante Decreto Nº 1014 / 91. El Decreto Nº 160 / 92 dio por finalizada la intervención y dispuso la disolución y liquidación de la empresa. El Decreto Nº 2007 / 93 aprobó un convenio de transferencia de activos de HIPASAM al Gobierno Provincial de Río Negro, que de esta manera mantuvo bajo su control el yacimiento minero bajo la denominación de HIPARSA (Hierro Patagónico Rionegrino Sociedad Anónima). Finalmente, la Resolución Nº 415 / 96 del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos dio por concluida la liquidación.

Petroquímica General Mosconi

  • AR-AGN-ISAAR-PGM01_02
  • Entidad colectiva
  • 1970-2001

El proceso de conformación de Petroquímica General Mosconi S.A.I.yC. (PGM) comenzó en el año 1970 por intermedio del Decreto Nº 626/70, que aprobaba el proyecto presentado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) y la Dirección General de Fabricaciones Militares (DGFM) para constituir una sociedad anónima dedicada a la producción de hidrocarburos aromáticos y cicloparafinas. A continuación, las instituciones mencionadas firmaron un Acta Acuerdo que sería pronto aprobada por la Ley Nº 18.731 del año 70, creándose PGM como una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria regida por la Ley Nº 17.318 de 1967 de Sociedades Anónimas con Participación Estatal Preponderante. Sus objetivos eran desarrollar las actividades industriales propias de la industria petroquímica en general y en particular en lo referente a hidrocarburos aromáticos y sus derivados (benceno, tolueno, ciclohexano, ortoxileno, paraxileno, etc), la comercialización de todo lo que obtuviera de su actividad o que adquiriera para tal fin, el transporte de productos y materias primas vinculadas por cualquier medio, cuenta propia o de terceros y el ejercicio de toda actividad complementaria requerida. A partir de 1972 PGM comenzó a regirse por la Ley Nº 19.550 de 1972 de Sociedades Comerciales y empezaron las obras de construcción del Complejo Petroquímico de Ensenada así como la búsqueda de un edificio situado en la Capital Federal en el que pudiera funcionar la Sede Central.
El Acta Acuerdo mencionada indica que la sociedad se conformaba por YPF y DGFM como accionistas por partes iguales, posibilitando el ingreso de capitales privados siempre y cuando los representantes del estado no perdieran la mayoría. Establecía como máximo órgano decisorio a la Asamblea General de Accionistas (Ordinaria o Extraordinaria), cuyas funciones eran considerar: el balance general, memoria e informe de los síndicos; designación y remoción de directores y síndicos, determinación de sus responsabilidades y fijación de su retribución; aumento del capital hasta el quíntuplo; modificación del estatuto. La Asamblea podía ser convocada por el Directorio de la PGM o la Comisión Fiscalizadora cuando lo creyeran necesario y la presidencia de la misma correspondía al presidente del Directorio. La dirección y administración de la empresa estaba a cargo de un Directorio cuya composición era determinada por la Asamblea, no pudiendo ser menos de 4 ni más de 8 y correspondiendo siempre la presidencia a uno de los directores que representaran al estado. La fiscalización de la empresa era atributo de una Comisión Fiscalizadora conformada por 3 Síndicos titulares, con sus respectivos suplentes. Estos cargos ejecutivos se repartían entre los accionistas por partes iguales. El desarrollo de la empresa recibió un fuerte estímulo a través del Decreto Nº 592/73 de Promoción de la Industria Petroquímica, que otorgaba al Estado un rol de control y planificación predominante en la rama y prácticamente total en cuanto a productos petroquímicos básicos.
El estatuto de la PGM experimentó su primera modificación en 1975 para adaptarlo a las disposiciones de la Ley Nº 19.550. Posteriormente tuvo cambios en los años 1977, 1979, 1980,1981, 1983, 1984, 1985, 1989 con el objetivo de aumentar el monto del capital social y el valor nominal de las acciones, modificar el carácter de las acciones a emitir y alterar la proporción entre el capital estatal y el privado. En 1988 se efectúan nuevas modificaciones con el fin de crear y determinar las funciones del cargo de Vicepresidente.
La representación accionaria no sufrió cambios en el caso de DGFM, pero sí en el caso de YPF, que fue sustituida por la Corporación de Empresas Nacionales entre 1974 y 1977, el Ministerio de Economía entre 1978 y 1980, y el Ministerio de Obras Servicios Públicos entre 1981 y 1982. En 1993, en el marco del proceso de privatización de la empresa, YPF vendió sus activos al Ministerio de Defensa.
En 1990 se realizó una nueva modificación del Estado para ajustar los tiempos del ejercicio social a las disposiciones de la Ley Nº 23.696/89 de Reforma del Estado y su Decreto Reglamentario Nº 1105 89. Dicha norma estableció el marco legal general para lo que sería el proceso de privatización de la empresa, el cual entraría en curso por medio de la Ley Nº 24.045/91, que declaró “sujetas a privatización” las empresas, sociedades y establecimientos del área del Ministerio de Defensa. Con vistas a concretar este objetivo, la empresa fue intervenida mediante Decreto Nº 114/92. Finalmente, la Resolución del Ministerio de Defensa Nº 1.283/92 dictó la normativa particular para el proceso de privatización de PGM, creando como herramienta de transición al sector privado la empresa Petroquímica Platense SA, constituida por PGM y el Ministerio de Defensa. En 1998 se dio por finalizada la intervención y se procedió a la liquidación, que se extendió hasta el 2001.

Gas del Estado

  • AR-AGN-ISAAR-GE01_02
  • Entidad colectiva
  • 1945-1997

En el marco de la reestructuración orgánica y legal de la Dirección Nacional de la Energía impulsada por el Decreto Nº 22389/45 (posteriormente ratificado por la Ley Nº 13892/49), se creó la Dirección General del Gas del Estado, dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio por intermedio de la citada dirección nacional.
La nueva entidad se organizó como institución de derecho público con capacidad de acción privada y pública y con carácter autárquico sobre la base del Servicio de Gas de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales y se fijó como fecha de inicio de actividades el 1° de enero de 1946.
Sus misiones y funciones eran tener a su cargo la producción, manufactura, acondicionamiento y almacenaje de los combustibles gaseosos del Estado, como así también su transporte, distribución y venta en cualquier estado físico y de sus productos derivados, destinados a cualquier uso u objeto, inclusive la prestación de servicios públicos de gas. Para cumplir con estos objetivos podía utilizar gas proveniente de fuentes naturales (gas natural) y de la elaboración del petróleo (gas de destilería y licuado), pudiendo a este efecto celebrar convenios con los organismos fiscales y particulares exportadores de yacimientos gasíferos y/o petrolíferos y con los que elaboraran el petróleo. Por otra parte, el organismo debía sostener su funcionamiento con los recursos ordinarios provenientes de las entradas que obtuvieran como consecuencia de su explotación industrial o comercial.
La dirección y administración de la institución quedó a cargo de un Consejo de Administración integrado por un director general y tres funcionarios de jerarquía superior nombrados por el Poder Ejecutivo.
Por medio del Decreto Nº 17371/50 (posteriormente ordenado por Decreto Nº 21072/50), la Dirección General de Gas del Estado pasó a constituir como empresa dependiente con autonomía industrial y comercial la nueva entidad Empresas Nacionales de Energía (ENDE), dependiente del Ministerio de Industria y Comercio. El organismo se convirtió en una administración general, quedando su conducción a cargo de un administrador general. Luego del desdoblamiento del citado ministerio, el Decreto Nº 13816/54 colocó ENDE, y por lo tanto la Administración General de Gas del Estado-ENDE, bajo la jurisdicción del nuevo Ministerio de Industria.
Luego de la disolución de ENDE, el Decreto Nº 2420/57 modificó el estatuto orgánico de la empresa, cambiando su denominación a Gas del Estado, colocándola bajo la órbita del Ministerio de Comercio e Industria, otorgándole autarquía e incorporando las siguientes actividades para el cumplimiento de sus funciones: adquirir y transferir bienes, incluso inmuebles; tomar y conservar la posesión de ellos; constituirse servidumbres reales; recibir usufructos de las propiedades ajenas; contraer obligaciones; hacer pagos; novaciones; transacciones; conceder créditos y quitas; cobrar y percibir; comprometer árbitros; prorrogar jurisdicciones; intentar acciones civiles, comerciales o criminales, renunciar al derecho a apelar, aceptar legados y donaciones con o sin cargo; hacer contribuciones en carácter de ayuda o estímulo en especie y de dinero a entidades sociales, culturales, deportivas, cooperativas y cualesquiera otras asociaciones de bien común que sea en beneficio de su personal efectivo o jubilado y sus familiares, o para la empresa misma, y a instituciones y colegios que considere útil para la formación de personal especializado; organizar la asistencia social con las contribuciones del personal y conceder al mismo retribuciones, indemnizaciones, primas o beneficios y expenderle los productos que elabore a precios especiales; realizar y/o financiar planes generales o especiales de fomento. La dirección y administración de la empresa quedó a cargo de un consejo de administración integrado por un administrador general, un gerente general, los gerentes correspondientes a la estructura orgánica establecida y dos consejeros, todos ellos designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Comercio e Industria. Los consejeros no podían pertenecer al personal e la empresa. El Decreto Nº 1800/58 modificó la composición del consejo de administración, que pasó a estar integrado por un administrador general y 6 consejeros, todos ellos a nombrar por el Poder Ejecutivo. El consejo asumió la responsabilidad de la designación de un subadministrador general.
En 1958, la empresa pasó a depender de la Secretaría de Energía y Combustibles del nuevo Ministerio de Economía. En 1966 fue colocada bajo la jurisdicción de la Secretaría de Energía y Minería del Ministerio de Economía y Trabajo. En 1969 la institución fue transferida a la Secretaría de Energía del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. El Decreto Nº 6353/69 incorporó como facultad de la institución el fomento de la solución de problemas de la vivienda propia del personal mediante el otorgamiento de facilidades consistentes en préstamos en dinero y ventas de materiales, terrenos y casas adquiridas o construidas. En aras de favorecer la racionalización del sector público, el Decreto Nº 6937/70 suprimió el consejo de administración, concentrando sus funciones en la unidad administrador general-subadministrador general, con la asistencia de las siguientes gerencias: técnica, comercial, explotación, programación y organización, control de gestión y administración. En 1973, Gas del Estado fue incorporada a la Corporación de Empresas Nacionales del Ministerio de Economía, donde permaneció hasta la disolución de este organismo en 1978, reestableciendo su vínculo directo con la Secretaría de Energía.
En 1978, la voluntad gubernamental de reorganización legal, financiera, administrativa y contable de las empresas del Estado con el objetivo de asimilar su funcionamiento con el de las empresas privadas llevó a la aplicación de la figura de “sociedad del Estado”, sancionada por Ley Nº 20705, al caso de Gas del Estado por intermedio del Decreto Nº 1444. El nuevo estatuto aprobado señalaba como misión primordial la prestación del servicio público de abastecimiento de hidrocarburos gaseosos en todo el ámbito y en cualquier lugar del país, para lo cual podía efectuar, dentro o fuera del territorio nacional las siguientes funciones: explotación de yacimientos, captación, importación, exportación, industrialización, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y todo otro acto relacionado con los hidrocarburos gaseosos naturales y derivados de cualquier proceso industrial. Para cumplir con estas misiones y funciones, podía desarrollar las siguientes actividades: adquirir por compra o cualquier otro título, bienes inmuebles, muebles, semovientes, instalaciones y toda clase de derechos, títulos, acciones o valores, venderlos, permutarlos, cederlos y disponer de ellos, darlos en garantía y gravarlos, incluso con prendas, hipotecas, o cualquier otro derecho real y constituir sobre ellos servidumbres, asociarse con personas de existencia visible o jurídica y concertar contratos de sociedad accidental o en participación; celebrar toda clase de contratos y contraer obligaciones, incluso préstamos y otras obligaciones con bancos oficiales o particulares, nacionales o extranjeros, organismos internacionales de crédito o de cualquier otra naturaleza; aceptar consignaciones, comisiones o mandatos y otorgarlos; conceder créditos comerciales vinculados con su giro; emitir, en el país o en el extranjero, previa resolución de la Asamblea, debentures u otros títulos de deuda en cualquier moneda con o sin garantía real, especial o flotante; constituir o participar en sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria u otras sociedades por acciones; realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones cualesquiera sea su carácter legal incluso financieros que hagan al objeto de la sociedad o estén directa o indirectamente relacionados con el mismo. Una asamblea de accionistas se convirtió en la máxima autoridad en última instancia, quedando la dirección y administración de la empresa cargo de un directorio integrado por un presidente, un vicepresidente y entre 5 a 7 directores designados por la asamblea de accionistas. Tres directores debían ser nombrados a propuesta de los Comandos en Jefe de las Tres Fuerzas Armadas debiendo recaer la designación en 3 oficiales superiores, uno por cada Fuerza; los restantes integrantes del Directorio - incluidos el Presidente y el Vicepresidente – debían ser designados a propuesta del Ministerio de Economía.
En 1981, el Decreto Nº 120/81 trasladó la empresa a la órbita del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, donde se mantuvo hasta la absorción de esta institución por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en 1991.
En 1989, la Ley Nº 23696 de Reforma del Estado impulsó la transferencia a jurisdicciones provinciales o municipales de los servicios prestados por Gas del Estado, junto con el otorgamiento de la concesión de la distribución y comercialización. En este sentido, el Decreto Nº 2074/90 dispuso la privatización, bajo las distintas modalidades determinadas por la ley mencionada, de diversos entes de la jurisdicción del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, dentro de los cuales se encontraba Gas del Estado Sociedad del Estado. En el caso particular de la industria del gas natural, el Decreto Nº 633/91 promovió la reestructuración del sector en aras de su privatización, encomendando la instrumentación de un nuevo marco regulatorio y confirmando el objetivo de concesionar al sector privado las instalaciones y servicios en poder de Gas del Estado. Para ejecutar este proceso, la Resolución Nº 773/91 creó en el ámbito de la Subsecretaría de Combustibles del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos el Comité de Privatización de Gas del Estado. En 1992, la Ley Nº 24076 (posteriormente reglamentada mediante el Decreto Nº 1738/92) estableció el marco regulatorio de la distribución y el transporte de gas natural y declaró sujeta a privatización la empresa Gas del Estado, pudiendo llevar adelante el proceso bajo cualquiera de las modalidades contempladas y contemplando su transformación o escisión mediante la figura de sociedades anónimas. El Decreto Nº 1189/92 puso en marcha efectivamente el proceso de privatización, constituyendo sobre la base de Gas del Estado las siguientes sociedades anónimas: Transportadora de Gas del Sur S.A., Transportadora de Gas del Norte S.A., Distribuidora de Gas Metropolitana S.A., Distribuidora de Gas Buenos Aires Norte SA., Distribuidora de Gas Noroeste S.A., Distribuidora de Gas del Centro SA., Distribuidora de Gas del Litoral SA., Distribuidora de Gas Cuyana S.A., Distribuidora de Gas Pampeana SA. y Distribuidora de Gas del Sur SA. También encomendaba al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a aprobar los pliegos de bases y condiciones y a efectuar los correspondientes llamados a licitación pública. La Resolución Nº 874/92 concretó el llamado a licitación pública internacional para la venta del paquete mayoritario de acciones de cada una de las sociedades mencionadas. El Decreto Nº 2451/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas del Sur SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2452/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Noroeste SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2453/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Cuyana SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2454/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas del Centro SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2455/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas del Litoral SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2456/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Pampeana SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2457/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de transporte de gas a Transportadora de Gas del Norte SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2458/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de transporte de gas a Transportadora de Gas del Sur SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2459/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Metropolitana SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones. El Decreto Nº 2460/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos otorgó la licencia para la prestación del servicio de distribución de gas a Distribuidora de Gas Buenos Aires Norte SA, adjudicando simultáneamente el paquete mayoritario de acciones.
Finalmente, la Resolución Nº 631/94 disolvió la empresa y la declaró en estado de liquidación, proceso que se dio por concluido por medio de la Resolución Nº 617/97.

Yacimientos Carboníferos Fiscales

  • AR-AGN-ISAAR-YCF01_02
  • Entidad colectiva
  • 1958 - 1998

Yacimientos Carboníferos Fiscales fue una empresa estatal que existió entre los años 1958 y 1998. Los antecedentes de la empresa pueden rastrearse en 1941, cuando por Decreto Nº 87672 el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la realización de estudios, cateos y experimentación sobre los yacimientos de carbón existentes en territorio nacional por parte de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, en ese entonces bajo la órbita del Ministerio de Agricultura, constituyéndose dentro de la citada dirección la División Carbón Mineral.
Mediante Decreto Nº 12648/43, fue creada la Dirección Nacional de Energía (DNE), órgano dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio, cuyo ordenamiento por el Decreto Nº 22389/45 dio origen a la Dirección General de Combustibles Sólidos Minerales (DGCSM), como ente autárquico. Sus funciones comprendían la exploración y explotación de yacimientos de combustibles sólidos minerales del Estado, así como la industrialización, transporte, distribución y comercialización de estos productos y sus derivados.
Por los Decretos Nº 17371/50 y 21072/50 se estableció la absorción de la DGCSM por Empresas Nacionales de Energía (ENDE), organismo dependiente del Ministerio de Industria y Comercio. Su función dentro de la nueva estructura era ejercer toda actividad estatal relativa a la explotación, producción, industrialización, transmisión, distribución y comercialización de combustibles sólidos minerales del Estado nacional. Por el Decreto Nº 6456/55 la dirección pasó a ser administración, incorporando las responsabilidades de la Dirección de Combustibles Vegetales y Derivados.
El Decreto Nº 3682/58 incorporó Yacimientos Carboníferos Fiscales a la estructura del estado como empresa autárquica y dependiente de la Secretaría de Energía y Combustibles (sucesora de la DNE) del Ministerio de Economía (creado en este mismo año), con las funciones de estudio, exploración y explotación de combustibles sólidos; la compra, industrialización, elaboración, transporte, venta y permuta de combustibles sólidos y sus derivados directos e indirectos; la realización de toda operación complementaria de su actividad industrial y comercial. Su estatuto estableció una estructura orgánica provisoria consistente en un directorio integrado por un presidente, un vicepresidente y cuatro directores designados por el PEN por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección, y un gerente general encargado de la gestión administrativa, nombrado por el directorio. Uno de los directores debía ser representante de las provincias que tuvieran yacimientos carboníferos.
El estatuto orgánico permanente fue establecido finalmente a través del Decreto Nº 9158/63, que dispuso una organización funcional con una gerencia general, dependiente de la presidencia y el directorio, una serie de gerencias subordinadas a la anterior y una administración específica para el Yacimiento Río Turbio en la misma condición; cada gerencia contenía una organización en departamentos, servicios y divisiones, en ese orden jerárquico, aunque podía ocurrir que una división dependiera directamente de la gerencia general o incluso del ejecutivo de la empresa. El estatuto orgánico de la empresa experimentaría recurrentes modificaciones mediante decretos presidenciales, aunque en numerosas ocasiones esto no obedeció más que a la formalización de cambios operados de hecho durante el desarrollo de sus funciones.
Entre 1966 y 1969, YCF actuó bajo la órbita de la Secretaría de Energía y Minería del Ministerio de Economía y Trabajo. Durante este período, por el Decreto Nº 114/66 se dispuso una primera modificación del estatuto orgánico mediante la supresión del directorio, quedando a cargo de las funciones una administración general y una sub-administración. En 1969, tanto la secretaría (reconvertida en Secretaría de Energía) como la empresa pasaron a depender del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, experimentando un cambio general del estatuto por medio de los Decretos Nº 7791 y 4611, donde se destacaban la supresión de la gerencia general y los servicios, la creación de las secciones como nivel inferior de la jerarquía. Como consecuencia de una nueva voluntad de racionalización de la administración pública nacional, la organización se complejizó considerablemente, multiplicándose sus dependencias. El estatuto tuvo otras modificaciones menores mediante los Decretos Nº 1883/70 y 2978/72.
En 1973, YCF fue incorporada a la Corporación de Empresas Nacionales, entidad descentralizada dependiente del Ministerio de Economía, encargada de la gestión de las empresas de propiedad absoluta, participación mayoritaria o bajo administración del estado. Esta estructura fue disuelta en 1978, aunque la empresa continuó dependiendo de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía. En 1979, se procedió a realizar una transformación a gran escala de la estructura orgánica, a manera de reconocimiento de una serie de cambios acumulados y retomándose los principios de racionalización.
El Decreto Nº 1730/80 determinó que la sub-administración tuviera su sede en Río Turbio, concentrando directamente las funciones productivas y operativas del yacimiento. Esta división del trabajo entre administración general y sub-administración fue acompañada de otras modificaciones.
En 1981, tanto la Secretaría de Energía como YCF regresaron a la esfera del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, permaneciendo en esta condición hasta la disolución del citado ministerio y la absorción de sus funciones por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en 1991. En 1983 se sucedió una nueva modificación del estatuto orgánico mediante el Decreto Nº 173, que reestablecía el ejecutivo original basado en presidencia y directorio, ampliando la cantidad de directores a siete. En 1985, el Decreto Nº 1424 determinó la primera intervención de la empresa con el objetivo de introducir cambios en la estructura orgánica que favorezcan un funcionamiento más eficiente. Finalizada la intervención, fue reestablecida la administración general como ejecutivo de la empresa. En 1988, el Decreto Nº 431 impuso nuevos cambios en el estatuto, asignando las funciones directivas y administrativas al directorio, y las funciones operativas en un comité ejecutivo designado por el directorio y compuesto por miembros seleccionados del mismo, más el presidente. En 1989, el Decreto Nº 195 dispuso nuevamente la intervención de la empresa con el fin de regularizar su gestión y su situación financiera. Poco después, la Ley Nº 23.696 de Reforma del Estado impulsó su privatización parcial o concesión. Con motivo de la renuncia del interventor y del subinterventor, el Decreto 2408/91 designó un nuevo interventor con el cometido de dar cumplimiento con los objetivos de racionalización y desregulación en aras de una posterior privatización. Finalmente, los Decretos Nº 988/93 y 979/94 dieron la privatización de la empresa bajo la modalidad de concesión integral (junto a todos los activos que formaban parte de su patrimonio) a favor de una sociedad integrada por la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLYF), IATE S. A., ELEPRINT S. A. y Dragados y Obras Portuarias S. A., constituyéndose de esta manera Yacimientos Carboníferos Río Turbio S. A. La Resolución Nº 394 / 96 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos determinó el fin de la intervención y declaró la empresa en liquidación, proceso finalizado por Resolución Nº 621 / 98 del mismo organismo.

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