Zona de identificação
Código de referência
Título
Data(s)
- 1956-1987 (Produção)
Nível de descrição
Serie
Dimensão e suporte
2 unidades de conservación, papel.
Zona do contexto
Nome do produtor
História administrativa
La Ley Nacional N° 12.367 del 28 de julio, publicada en el Boletín Oficial del 11 de agosto de 1938, creó la Gendarmería Nacional Argentina como una policía militarizada federal bajo la órbita de los ministerios de Guerra, en lo referente a la instrucción y disciplina de su personal, armamento y de equipo; y de Interior, en lo concerniente a sus funciones policiales.
Aquella normativa también expuso algunas de sus misiones: velar por el mantenimiento del orden y la seguridad pública, y asegurar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones legales en casos de estado de sitio, exigencias de defensa nacional, movilización del ejército y cuando sea imprescindible para el mantenimiento del orden interno. Bajo esta premisa, el Decreto N° 94. 909 de 1941 determinó la jurisdicción de las fuerzas de Gendarmería Nacional en los Territorios Nacionales. También, desde el 1° de enero de 1947, la Gendarmería Nacional sumó funciones de policía aduanera en todo el territorio nacional a partir del Decreto N° 473 del año anterior.
A partir de la sanción de la Ley N° 14.071 del 29 de septiembre de 1951, la Gendarmería Nacional pasó a actuar bajo la dependencia absoluta del Ministerio del Interior mediante el Consejo Federal de Seguridad y, de este modo, perdió estatuto castrense, aunque conservó su relevancia para el mantenimiento del orden interno. No obstante, a través del Decreto Ley N° 1.868 del 25 de octubre de 1955, se restableció la dependencia de Gendarmería Nacional del Ministerio de Guerra y la sujeción de sus miembros a la jurisdicción disciplinaria militar.
La entrada en vigor de esta normativa, en el contexto de un gobierno de facto, posibilitó la finalización de los convenios en virtud de los cuales Gendarmería Nacional ejercía funciones policiales en el ámbito de las provincias. Esta medida posibilitó la aprobación de una nueva Ley Orgánica de la fuerza mediante el Decreto-Ley N° 3491 de abril de 1958 que estableció su misión de policía de Seguridad y Judicial en el fuero Nacional, policía auxiliar aduanera, de migraciones, sanitaria y policía de represión del contrabando, migraciones clandestinas e infracciones sanitarias, pudiendo eventualmente cumplir misiones en caso de conflicto internacional.
Hacia 1970, la Gendarmería Nacional mantuvo su misión de mantenimiento del orden y la tranquilidad pública en el lugar del territorio nacional que fuera dispuesto por el Poder Ejecutivo, casi al mismo nivel que la Policía Federal y la Prefectura Naval, según lo establecido por la Ley Nacional N° 18.711 de junio de aquel año. En 1971, la llamada Ley de Gendarmería Nacional (N° 19.349) del mes de noviembre, situó a la Gendarmería Nacional como fuerza dependiente del Comando en Jefe del Ejército y, por lo tanto, como fuerza capaz de actuar represivamente sobre diversas manifestaciones de la sociedad civil, tal como ocurrió durante la última dictadura militar.
Hacia 1984, el Poder Ejecutivo Nacional reasumió las funciones de los comandantes en jefe militares. De esta forma, los organismos que durante la última Dictadura Militar dependieron de los excomandantes en jefe, quedaron ubicados en la cartera de Defensa. Este fue el caso de la Gendarmería Nacional a través del Decreto N° 2.259, publicado el 1° de agosto de aquel año. Dicha dependencia se mantuvo inalterable hasta 1996, año en que la Gendarmería fue transferida nuevamente al ámbito del Ministerio de Interior por el Decreto Nacional N° 660 de junio de aquel año. Aun sin modificaciones sustanciales sobre las misiones y funciones de la Gendarmería Nacional, el organismo fue transferido sucesivamente por diversas secretarías y ministerios nacionales hasta quedar actualmente bajo la órbita del Ministerio de Seguridad desde diciembre de 2010 mediante el Decreto Nacional N° 1.993.
Nome do produtor
História administrativa
En 1943, a través del decreto ley 17.550 se creó la Policía Federal, bajo dependencia de Presidencia de la Nación. La misma tendría competencia en las provincias y su jefatura englobaba también a la Policía de la Capital. En 1944, esto se modificó transformando la ex policía de la Capital en Policía Federal por el Decreto 33.265 /44.
La ley orgánica de la Policía Federal se dictó mediante el Decreto Ley 333/1958, que se reglamentó por el Decreto 6580/58.
En 1970, se reestructuró el sistema de seguridad argentino. A través de la Ley 18711/70 se determinaron las misiones, funciones y jurisdicciones correspondientes a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía Federal. Hubo una redefinición de la Policía Federal como una institución de seguridad pública que cumplía funciones de policía de seguridad y judicial. Se estableció, a su vez, la jurisdicción territorial de la PFA en la Capital Federal, excluida su zona portuaria; en el territorio de las provincias, excepto las zonas de seguridad de frontera y aquellas que oportunamente se determinasen; en cualquier otro lugar del país a requerimiento de la Justicia Federal. La Ley además estableció que la Policía Federal dependía del Ministerio del Interior.
Ya bajo plena vigencia de la Doctrina de Seguridad Nacional hubo un vuelco para reforzar la estructura de mando jerárquica. Hacia 1971, se llevó adelante una reestructuración general y profunda de la estructura orgánica de la PFA. Las direcciones existentes elevaron su rango jerárquico y pasaron a ser Superintendencias. En este sentido, se generó la integración de la estructura orgánico-funcional del Sistema de Seguridad Interior con el de Defensa Nacional, subordinándose las fuerzas de seguridad a la dirección y control operacional de las fuerzas armadas. En esta etapa se definió que las fuerzas de seguridad debían ser dirigidas por un integrante de las fuerzas armadas en actividad con el grado de Oficial Superior, situación que persistió hasta el retorno de la democracia.
En la Directiva del Comandante General del Ejército Nº 404/75 se estableció que la Jefatura de la PFA y los elementos con asiento en la Capital Federal quedaran bajo control del Comando General del Ejército, a los efectos del cumplimiento de “la lucha contra la subversión”. Lo cual se reforzó bajo el régimen de terrorismo de Estado implantado por el “Proceso de Reorganización Nacional” con los decretos ley de reestructuración de la fuerza N°21.965/79 y 22668 y 23004 de 1983 y su decreto reglamentario 1866/83.
En 1992, se promulgó la Ley 24.059 de Seguridad Interior, que estableció las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior. El sistema de seguridad interior integró a las Policías Federal, de Seguridad Aeroportuaria, a las provinciales que adhirieran a la ley, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina.
Por decreto 357/2002, la Secretaría de Seguridad Interior pasó a Presidencia de la Nación junto con sus funciones de policía. Luego, en ese mismo año, por decreto 1210 las funciones de seguridad pasaron a la órbita del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Por decreto 1697/2004 la Policía Federal y las funciones de seguridad volvieron a la órbita del Ministerio del Interior.
Luego, a través de la ley 26338/2007 pasó a la órbita del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Mediante el decreto 1993/2010 se creó el Ministerio de Seguridad y la Policía Federal pasó a formar parte de la nueva cartera según consta en la modificación del artículo 2° de su estatuto.
El último movimiento importante de la estructura de la Policía Federal se dio a través del convenio 1/16 entre El PEN y el gobierno de la CABA a través del cual se efectuaba el traspaso de las facultades, efectivos, recursos y estructura administrativa de la Policía Federal a la Policía Metropolitana en lo que respecta a todas las materias no federales ejercidas en la CABA. El proceso del traspaso se fue desarrollando en los años subsiguientes.
Nome do produtor
História administrativa
El Decreto N° 416, publicado el día 13 de mayo de 1976, modificó la denominación de la, por entonces, Secretaría de Informaciones del Estado dependiente de la Presidencia de la Nación por la nueva Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). A pesar de estos cambios nominales, la Secretaría continuó rigiéndose por su ley orgánica (secreta) N° 20195 de 1973, gracias a la cual mantuvo la misión de realizar actividades informativas y producir inteligencia de Estado para la Seguridad Nacional. Tal como la oficina antecesora, la SIDE coordinó la actividad informativa de los organismos nacionales y provinciales. Además, difundió al Poder Ejecutivo Nacional y a la Central Nacional de Inteligencia, la Inteligencia de Estado de interés para la Seguridad Nacional en un contexto de gobierno de facto, y estructuró la Red de Comunicaciones necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Por otro lado, la Secretaría también estuvo facultada para realizar inteligencia ante casos de sospecha de amenaza exterior o de actividades ilícitas de extranjeros que pusieran en peligro la Seguridad Nacional. Por último, formó y perfeccionó su propio personal y el que le requieran los Organismos de Estado pertinentes.
A diferencia de los periodos gubernamentales previos, durante la última dictadura cívico-militar, el organismo siguió cumpliendo tareas de inteligencia interna, pero bajo la dirección del Ejército. De esta forma, debió acatar las resoluciones emanadas del Consejo de Defensa, que le asignó un rol represivo de facto. De esta forma, se encargó de recopilar información de las estructuras sociales opuestas al sistema dictatorial, los sujetos que lo ponían en entredicho y, también, tuvo un rol significativo en la custodia, liberación y traslado de prisioneros de los centros clandestinos de detención.
A falta de una ley democrática que contemple el control parlamentario y regule el sistema nacional de información e inteligencia, la SIDE mantuvo las misiones y funciones determinadas por el Poder Ejecutivo Nacional durante el retorno de la Democracia en 1983. Esta situación se modificó sensiblemente con la promulgación de la Ley N° 25.520 en diciembre de 2001 (llamada “de Inteligencia Nacional”), a partir de la cual los organismos de inteligencia y la política de inteligencia en su integralidad, tomaron en consideración la protección de derechos y garantías de la ciudadanía. De tal suerte, en el Artículo N° 51 de dicha ley se estableció el reemplazo y fin de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), por la Secretaría de Inteligencia (SI). Asimismo, la nueva legislación derogó el mencionado decreto N° 416/76.
Entidade detentora
História do arquivo
Los archivos sobre documentación nazi ingresaron al Archivo General de la Nación en 1992, en cumplimiento del Decreto Presidencial n° 232 de aquel año y del Artículo n° 4 de la Ley Nacional 15.930/61 sobre funciones otorgadas a dicho Archivo. En el primer artículo del decreto se dejaba sin efecto la reserva por "razones de Estado" de la documentación relacionada con criminales nazis. Además, el segundo artículo de dicho texto se ordenaba la entrega al Archivo General de la Nación (AGN) de toda la documentación que los organismos del Estado Nacional que tuvieran reservados en sus archivos “por razones de Estado”, en el plazo posterior al mes de publicación del decreto, con fecha del 3 de febrero de 1992.
Según consta en la memoria institucional del AGN para aquel año, la recepción y ordenamiento de la documentación fue realizado por la jefatura del Departamento de Biblioteca y Difusión, contando con la colaboración del Departamento Documentos Escritos. A fines de 1992, los documentos originales fueron remitidos a dicho departamento por la Dirección General del AGN para su guarda permanente.
En cuanto al ingreso de la documentación, se observan tres procedencias diferentes: la Dirección de Asuntos Extranjeros de la Policía Federal, la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y la Gendarmería Nacional. Estos tres ingresos registrados de manera conjunta dieron forma a lo que fue identificado en el acervo del AGN como “Serie: Jerarcas nazis en Argentina”. Cada uno de esos creadores aportó expedientes o carpetas que coincidían con la persona investigada por cada una de esas instituciones.
En fecha desconocida, la totalidad de la documentación mencionada fue agrupada por el Departamento Documentos Escritos del AGN en dos unidades de conservación que componen el Fondo “Nazis en Argentina” sin distinción de la institución productora.
Más recientemente, en el marco del Equipo de identificación, clasificación y descripción archivística del Archivo General de la Nación, el agrupamiento fue reconocido como una serie documental correspondiente al Fondo Presidencia de la Nación, según consta en la minuta n° 121 en el expediente EX-2021-48337973-APN-DGDYL#MI.
Fonte imediata de aquisição ou transferência
Transferencia, c. 1992.
Zona do conteúdo e estrutura
Âmbito e conteúdo
La serie documental reúne la actividad de investigación recolectada por los distintos organismos de seguridad e inteligencia que ingresaron documentación al Archivo General de la Nación. Estas investigaciones se llevaron a cabo en el marco de las pesquisas sobre la actividad de militares y funcionarios nazis ingresados clandestinamente a nuestro país.
La Policía Federal Argentina ingresó los expedientes de: Flegel, Walter Wilhelm; Kutschmann, Walter; Menguele, Josef; Roschmann, Edward y Schwamberger, Josef. De parte de la Gendarmería Nacional, el AGN recibió las carpetas de: Bandrimer, Isaac; Pavelic, Ante y Menguele, Josef. Por último, la SIDE ingresó dos carpetas con antecedentes de criminales no especificados.
El periodo cubierto por la documentación es 1956-1987, y el ámbito de producción abarca tanto a la Capital Federal, como a ciudades del interior del país, donde la presencia de la Gendarmería Nacional era más probable que la labor de la Policía Federal Argentina. Entre los tipos documentales más representativos del agrupamiento se encuentran: prontuarios, recortes periodísticos sobre las detenciones efectuadas o el avance en las investigaciones, memorándums entre instituciones, informes de antecedentes, telegramas y oficios. También se observa una gran cantidad de material fotocopiado.
Avaliação, selecção e eliminação
Se desconoce el proceso de valoración, selección y eliminación previo al ingreso al AGN.
Ingressos adicionais
Serie cerrada sin documentación pendiente de ingreso.
Sistema de arranjo
A partir de las dos unidades de conservación que conforman la serie documental se da cuenta de una organización que no respeta la procedencia institucional, por cuanto una unidad de conservación posee las carpetas aportadas por la Policía Federal Argentina, y en la otra la documentación ingresada, tanto por Gendarmería Nacional, como por la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE).
Zona de condições de acesso e utilização
Condições de acesso
Sin restricciones. La documentación se consulta en la sede Parque Patricios del Archivo General de la Nación.
El Archivo General de la Nación (AGN) contempla dos modos de acceso a la información pública contenida en los documentos que integran su acervo: a través de su portal oficial en internet o presencialmente, según el tipo de documento de que se trate. En ambos casos se requiere registración como usuario AGN mediante aceptación de los términos y condiciones de uso. El AGN ha implementado como práctica archivística armonizar el derecho de acceso a la información pública (Ley 27.275 / Decreto reglamentario 206/2017) con el derecho a la protección de datos personales (Ley 25.326 /Decreto reglamentario 1558/2001). En este sentido el AGN puede decidir, cuando la protección de datos sensibles así lo justifique, solicitar la firma de un compromiso de no divulgación de datos sensibles o proveer al usuario, sea a través del sitio oficial en internet o sea de modo presencial, la información pública solicitada bajo el formato de formulario sin acceso al documento original o a su imagen digitalizada. Aquellos documentos que no se encuentren disponibles para su acceso a través del portal AGN pueden ser accedidos presencialmente en las sedes habilitadas específicamente a tales efectos, previa registración como usuario y, en su caso, previa solicitud de búsqueda.
Condiçoes de reprodução
Sin restricciones de orden legal. En todos los casos, las personas que consultan se comprometen a citar la fuente conforme el siguiente aviso legal: “Este material se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo”. Se deberá citar la documentación siguiendo las pautas definidas por el AGN. En el caso de utilización de documentos en audiovisuales se deberá consignar el siguiente aviso legal en los créditos junto con el logotipo del Archivo General de la Nación: “Esta producción utiliza material que se encuentra bajo la guarda y custodia del Archivo General de la Nación, formando parte de su acervo”.
Idioma do material
- espanhol
Script do material
- latim
Notas ao idioma e script
Características físicas e requisitos técnicos
Sin requisitos técnicos para el acceso. La consulta y manipulación de la documentación original está sujeta a los reglamentos de sala vigentes.
Instrumentos de descrição
Inventario por unidad de conservación.
Zona de documentação associada
Existência e localização de originais
No corresponde.
Existência e localização de cópias
Se desconoce.
Unidades de descrição relacionadas
Nota de publicação
Se desconoce.
Zona das notas
Identificador(es) alternativo(s)
Pontos de acesso
Pontos de acesso - Assuntos
Pontos de acesso - Locais
Pontos de acesso - Nomes
- Presidencia de la Nación (Productor)
Pontos de acesso de género
Zona do controlo da descrição
Identificador da descrição
Identificador da instituição
Regras ou convenções utilizadas
Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2022. Buenos Aires: AGN, 2022.
Directriz para la asignación de códigos de identificación de los documentos de archivo en el Archivo General de la Nación (Argentina). Buenos Aires: AGN, 2022.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.
Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Estatuto
Final
Nível de detalhe
Completo
Datas de criação, revisão, eliminação
Descripción creada: 2024/01.
Línguas e escritas
- espanhol
Script(s)
- latim