Autoriza la implantación del servicio de telefonogramas en combinación con las líneas de la Compañía Unión Telefónica del Río de La Plata en las siguientes oficinas: Distrito 2° Campana, La Plata; 3° Carlos Casares, Chivilcoy, Mercedes, Junín, 9 de Julio, Pehuajó, Trenque Lauquen; 4° Rosario, Venado Tuerto; 5° Esperanza, Gálvez, Rafaela, San Carlos Centro, Santa Fe, San Justo; 6° Córdoba; 9° San Juan; 11° Río IV°; 21° Bahía Blanca, Tres Arroyos; 25° General Pico, Santa Rosa; 26° Pergamino, San Nicolás, Zárate; 27° Balcarce; 28° Azul; 29° San Francisco, 31° Laboulaye, Rufino.