Mostrando 115 resultados

Descripción archivística
Serie
Imprimir vista previa Ver :

1 resultados con objetos digitales Muestra los resultados con objetos digitales

[Copias de comunicados para la prensa]

Con el fin de centralizar la información oficial e informar las actividades del Poder Ejecutivo Nacional, la Dirección de Prensa de la Secretaría emitía los comunicados destinados a los editores de medios gráficos y audiovisuales. Los comunicados estaban compuestos por un documento escrito que podía ser acompañado por fotografías.
La serie está compuesta por 2408 unidades documentales que contienen la descripción de las diversas actividades y actos vinculados a las funciones del Poder Ejecutivo Nacional. Algunas son acompañadas por registros fotográficos y/o ayudas memorias, anexos, transcripciones de entrevistas y cables extranjeros. En menor proporción se cuenta con documentos creados por diferentes servicios de prensa de organismos públicos.

Secretaría de Información Pública

Acuerdos del senado

Esta serie documental consiste en acuerdos emitidos por el Senado de la Nación por solicitud del Poder Ejecutivo para el nombramiento o remoción de funcionarios públicos.
El reglamento de la cámara de senadores regula el procedimiento para la sanción de acuerdos pedidos por el Poder Ejecutivo para el nombramiento o remoción de funcionarios públicos. En su artículo 82 establece que corresponde a la Comisión de acuerdos dictaminar sobre este tipo de acuerdos y reglamentar el procedimiento a seguir en el tratamiento de los acuerdos sometidos a su dictamen. En tanto, el artículo 22 establece que los pliegos del Poder Ejecutivo solicitando acuerdo tendrán entrada en sesión pública.
Dentro de los dos días corridos la Secretaría Parlamentaria debe darlos a conocer por intermedio de la sala de periodistas de la Cámara, a fin de facilitar el ejercicio del derecho de los ciudadanos a observar las calidades y méritos de las personas propuestas. Los ciudadanos pueden ejercer ese derecho dentro de los siete días corridos siguientes, a partir del momento en que el pedido de acuerdo tenga estado parlamentario a través de su lectura en el recinto. La comisión también puede recibir observaciones con relación a los propuestos, mientras los pliegos se encuentren a su consideración.
La comisión de Acuerdos remite a todos los senadores copia de los pliegos y pone a su disposición los antecedentes e información en su poder. El artículo 22bis establece que en caso de tratarse de pliegos remitidos por el Poder Ejecutivo solicitando acuerdo para la designación de jueces y conjueces de la Corte Suprema de Justicia, de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, la Secretaría Parlamentaria debe arbitrar las medidas necesarias para darlos a conocer además, mediante su publicación en el sitio de Internet de esta Cámara, en el Boletín Oficial y en los dos diarios de mayor circulación del país, durante dos días, con una antelación no menor de quince días corridos de la fecha de celebración de la audiencia pública. Cuando se trata de la cobertura de cargos en jurisdicciones ajenas a la Ciudad de Buenos Aires, la publicación debe efectuarse en uno de los diarios de mayor circulación del país y en uno de la jurisdicción donde debe cubrirse la vacante. En tanto el artículo 22ter establece que los pliegos enviados por el Poder Ejecutivo solicitando acuerdo para la designación de los jueces y conjueces de la Corte Suprema de Justicia, de magistrados del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público deben ser sometidos al procedimiento de audiencia pública. En tanto el artículo 23 establece que La Cámara será citada especialmente a sesión de acuerdos por resolución de la Presidencia, y mediante cédula firmada por el secretario del Senado. La Presidencia lo hará saber, en cada caso, al ministro que corresponda.
Por último el artículo 123 establece que finalizada la audiencia pública, la Comisión de Acuerdos debe producir dictamen fundado, a la mayor brevedad posible, aconsejando hacer lugar o rechazar el pedido de acuerdo solicitado por el Poder Ejecutivo.

Secretaría Legal y Técnica

Ajustes de haberes

Libro de contabilidad en donde se asentaban los ajustes de haberes de los distintos miembros de la policía (oficiales, vigilantes, cabos, etc). Por el momento sólo se identificó un libro dentro de esta serie.

Certificado consular de identidad

Los Certificados Consulares de Identidad servían para la identificación individual de migrantes. Se preservan los que corresponden al período 1937-1954 y a las letras A, B y C.
Un certificado consular de identidad consiste en una planilla impresa cuyo anverso está dividido en dos secciones. La primera es un encabezado en el cual el funcionario que otorga el pasaporte al sujeto deja constancia de esta entrega con fecha y da cuenta del nombre completo, lugar y fecha de nacimiento. La segunda es para uso del cónsul del punto de salida y contiene los siguientes datos del pasajero: nombre completo, edad, nacionalidad, profesión, estado civil, número de pasaporte, fecha de nacimiento, información sobre los padres y hermanos (nombres, profesiones, edades), último domicilio, instrucción, vapor en que viaja, fecha de embarco, objeto del viaje, documentación presentada, personas de su conocimiento en Argentina, lugar de radicación. En el reverso de la hoja, encontramos las impresiones digitales completas de ambas manos, una fotografía e información fisonómica del sujeto (estatura, nariz, color de piel, ojos y cabello, y señas particulares). El documento debía estar firmado por el cónsul y el interesado.
Respecto de la normativa que rige el procedimiento, el Decreto del 17/10/1936 es el más cercano al momento de inicio de la serie. Anterior a esta norma, la primera referencia a este tipo de documento aparece en el Decreto reglamentario del 04/03/1880, en cuyo artículo 5 (sobre la constancia en actas de la documentación entregada por el capitán) – inciso 6 se menciona al “certificado consular argentino” como una de las formas de identificación que podía contrarrestar la carencia de pasaporte por parte de los inmigrantes. El Decreto del 31/12/1923, en su artículo 8 (sobre la entrega de documentación por el capitán) – inciso 7 se incluye a la “ficha consular” como uno de los documentos a entregar, junto al pasaporte y el certificado judicial o policial. Entendiendo que las denominaciones “certificado consular” y “ficha consular” refieren al mismo tipo documental. En el Decreto del 17/10/1936, sobre las disposiciones a tomar para extremar el control y vigilancia del movimiento de pasajeros, la “ficha individual” expedida por el consulado argentino en el punto de procedencia es un instrumento de control de las fuerzas de seguridad y un requisito fundamental para la visación de la documentación, la admisión por parte del capitán del buque, la entrada al país y la elaboración de cédulas de identidad. En los incisos aclaratorios se puede deducir el procedimiento en sus rasgos más elementales.

Dirección Nacional de Migraciones

Libros de entrada de pasajeros vía fluvial

Los libros de entrada de pasajeros por vía fluvial preservados corresponden a los años 1914 a 1937 y registran el intercambio migratorio directo con países limítrofes, tratándose en la mayor parte de los casos del tránsito entre la República Argentina y la República del Uruguay.
Hasta fines de la década del 1910, la constitución de estos libros se basaba en principios prácticamente idénticos a la de los libros de “vía marítima” posteriores a 1887, esto es, el agrupamiento cronológico de los duplicados de los listados entregados por el capitán de cada buque. La organización de la información sigue pautas similares a los libros de “vía marítima” y los listados adjuntos de los expedientes de las visitas de inspección.

Dirección Nacional de Migraciones

[Dosieres de redacción]

Las fotografías podrían ser de producción propia, de agencias de noticias (extranjeras o nacionales) u otras formas de adquisición, como los envíos que realizaban los lectores y fotógrafos aficionados. Se utilizaban para componer en complementariedad al texto en la edición de la revista y eran conservadas como material de referencia para la redacción. A su vez se encuentran recortes de imágenes fotomecánicas, en su mayoría retratos, montados sobre cartón o cartulina. Éstos pueden presentar marcas de edición, retoques (tintas). Los recortes o páginas poseen algún tipo de imagen, con distintos tamaños, y corresponden en su mayoría a revistas internacionales. También pueden encontrarse folletos, dibujos originales, caricaturas e historietas en los que se identifica el autor. Entre éstos podemos mencionar a Manuel Redondo; Kupfer; Alejandro Sirio; Álvarez; Valdivia; Macaya, etc. Finalmente, también pueden hallarse figurines de moda, manuscritos (originales de prensa), cartas de lectores, tarjetas postales, mapas, planos del edificio de la revista, y algunos sobres originales.
En un gran porcentaje, los documentos poseen descripción de tema, fecha de publicación y número de caja original. Los temas más relevantes que se desprenden de las descripciones en sus reversos son: retratos infantiles, femeninas damas, figuras extranjeras (por país) artistas de cine, necrologías, enlaces y deportes (sports).

Caras y Caretas

Disposiciones generales

Contiene disposiciones del director general del AGN. Una disposición es un acto administrativo que contempla una decisión tomada por una autoridad administrativa, con jerarquía de director general (entre otros) sobre cuestiones o asuntos de su competencia.
Los documentos que componen la serie son nativos digitales generados por el sistema Gestión Documental Electrónica (GDE). Lo que se presenta es una copia derivada en PDF.

Informes de seguimiento de proyectos técnicos

Documento compartido entre los responsables de los Departamentos y/o Áreas competentes, que recupera los avances de cada proyecto técnico aprobado. Actualmente, se registra el Departamento o Área responsable, el nombre del proyecto, resumen del mismo, las subacciones y/o etapas, el estado (no iniciado, completo, proceso), el porcentaje del avance y las observaciones.
Los documentos que componen la serie son nativos digitales generados por el sistema Gestión Documental Electrónica (GDE). Lo que se presenta es una copia derivada en PDF.

Resultados 11 a 20 de 115