Identity area
Reference code
Title
Date(s)
- 1936 - 1991 (Creation)
Level of description
Fonds
Extent and medium
301 metros lineales, papel
Context area
Name of creator
Administrative history
La Junta Nacional de Granos funcionó con distintas denominaciones entre 1933 y 1991 y fue liquidada en 1995.
Fue creada como Junta Reguladora de Granos mediante Decreto 31.864/1933, dependiente del Ministerio de Agricultura.
Según el artículo 3º de ese Decreto, el organismo estaba encargado de comprar todo el trigo, lino o maíz que se le ofreciera a los precios básicos, y de venderlo a los exportadores, de acuerdo a los precios del mercado internacional. Dichos precios básicos serían establecidos por el Departamento de Agricultura. Así, se buscaba garantizar precios mínimos en un contexto internacional adverso, luego de la Gran Depresión. La implementación de este mecanismo se dio en el marco de un mayor proteccionismo del Estado, que propició la creación de una serie de instituciones tutelares de las actividades económicas como la Junta Nacional de Carnes o la Junta Reguladora del Vino.
Mediante el Decreto N° 3190/44 se creó la Junta Reguladora de la Producción Agrícola, en reemplazo de la Junta Reguladora de Granos.
Durante este período existieron otros organismos estrechamente relacionados con la Junta Reguladora de la Producción Agrícola que es necesario nombrar porque algunos años más tarde sus funciones se incorporarían a las de la entonces Junta Nacional de Granos. Se trata de: la Comisión Nacional de Granos y Elevadores (años 1935-1949, leyes 12.253 y 12.924, decreto 32.780/40,), la Dirección Nacional de Elevadores de Granos (años 1933-1935 y 1949-1954, leyes 11.742, 13.650, 13.892, decreto 20.019/53), y el Instituto Nacional de Granos (años 1954-1956, ley 14.378).
En 1946, la Junta Reguladora de la Producción Agrícola fue incorporada dentro del Instituto Argentino de Promoción del Intercambio (IAPI) creado por Decreto-ley 15.350/1946, organismo que pasó a centralizar el comercio exterior. No se ha podido averiguar completamente cómo fue dicho traspaso, pero sí se ha constatado que en los considerandos del Decreto-ley 15.350/1946 se establecía que era necesario centralizar en un único instituto las funciones de determinadas juntas y comisiones mencionadas en el artículo 16 del Decreto Ley 8.503/46, entre las que se encontraban la Junta de Regulación de la Producción Agrícola y la Comisión Nacional de Granos y Elevadores.
También se ha constatado que al Instituto Nacional de Granos (creado en 1954) se le incorporó la Gerencia de Producción Agrícola del Instituto Argentino de Promoción del Intercambio, y que el ING debía ejercer por cuenta del IAPI el comercio de granos y sus productos en el mercado nacional e internacional.
El IAPI fue liquidado por Decreto/Ley 2539/1955. Al año siguiente se creó la Junta Nacional de Granos, mediante Decreto Ley Nº 19.697/56, como entidad autárquica. En ese decreto se indicaba que, entre otras funciones, la Junta ejercía aquellas establecidas en las Leyes 12.253 y 11.742 (relacionadas con la Comisión Nacional de Granos Y Elevadores y la Red General de Elevadores de Granos ya mencionadas), proponía al Poder Ejecutivo precios mínimos, y ejercía el “comercio de aquellos granos en cuya compraventa el Gobierno Nacional deba intervenir en defensa de la producción, como consecuencia de la aplicación de los precios mínimos, o cuando la regulación del mercado lo hiciere necesario, y comerciar los productos y subproductos oleaginosos cuando así se dispusiera”.
Por decreto Ley 6698/63 se dictó la ley orgánica de la Junta Nacional de Granos. Entre las funciones allí detalladas puede destacarse el control de todas las instituciones o entidades que intervinieran directa o indirectamente en el comercio interno o exterior de granos y sus subproductos; la autorización y el control del funcionamiento de todos los medios que se utilizaran en el comercio de granos para pesar, medir, mejorar, conservar y analizar los mismos; la propuesta al Poder Ejecutivo de precios mínimos; el ejercicio del comercio interno y externo de granos y de productos y subproductos de la industria oleaginosa cuando el Poder Ejecutivo lo dispusiera; la fiscalización de la producción, comercio e industrialización, pesaje y/o embarque de granos; la elaboración de estadísticas; clasificación de los granos y expido de certificados de calidad y de depósito; la realización de tareas de divulgación y propaganda sobre la producción y el comercio de granos (incluyendo la creación del Museo Nacional de Granos), entre otras.
Por ley 20.573 del año 1973 se estableció que “la comercialización de la producción nacional de granos y otros productos agrícolas y sus productos y subproductos de la industrialización primaria, estará a cargo del Estado Nacional, cuando el Poder Ejecutivo lo disponga, con carácter exclusivo y excluyente a través de la Junta Nacional de Granos”. Por ley 21.288 de 1976 se derogó esa normativa, reestableciendo el ya citado Decreto Ley 6698/63.
En 1989 se dictaron las leyes 23.697 -que declaró la emergencia económica- y 23.696 -que puso en marcha la Reforma del Estado-, que enmarcan legalmente al Decreto 2284/91. Este Decreto determinó, entre otras cosas, la desregulación en algunas áreas donde el Estado tenía particular ingerencia. Entre los organismos desregulados se encontraba la Junta Nacional de Granos porque su actividad resultaba incompatible con el espíritu de la Reforma en curso, transfiriéndose algunas de sus funciones a la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca.
Finalmente, por Resolución N° 356/95 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos se dio por concluida su liquidación.
Repository
Archival history
Luego de la desregulación de la Junta Nacional de Granos ocurrida en el año 1991, el Archivo General de la Nación -a través de su Departamento Archivo Intermedio- asistió técnicamente a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial (Ministerio de Economía) en la identificación y valoración de las series documentales producidas por la Junta Nacional de Granos. Así, aquellas sin valor administrativo vigente y sobre las cuales se determinó su guarda permanente fueron transferidas al Archivo General de la Nación (excepción hecha de los Legajos de Personal, gestionados en la actualidad por la mencionada Dirección Nacional de Normalización Patrimonial). En el año 1992 se transfirieron 1335 cajas de expedientes generales correspondientes a los años 1936-1989. Se dictó una disposición de desafectación de documentación de expedientes generales referidos a trámites de personal y administrativos generales. Se expresó que era necesario que se preservara la documentación generada por las máximas autoridades del organismo, todo lo cual se conservaba en ese entonces en el edificio de Paseo Colón 379. Los expedientes referidos al Tribunal de Apelación fueron remitidos a la Cámara Arbitral de Cereales.
En el año 1993, se continuó trabajando para la transferencia de material bibliográfico, actuaciones de la Gerencia Jurídica referidas a juicios por cobros ejecutivos y de semillas y el fichero correspondiente a los actos dispositivos originales, años 1956 a 1992, cuya documentación iba a ser recibida posteriormente.
Dada la falta de espacio físico del AGN, en los años 1993 y 1995 se firmó un convenio de colaboración entre la Junta, el IASCAV y el AGN por el cual la documentación restante de la Junta quedaba depositada en dependencias del Instituto, con la expectativa de que eventualmente pudiera ser transferida al AGN. En el año 1996, dada la remodelación en el edificio del IASCAV en Ingeniero Huergo 1001, se planificó el traslado de la documentación.
En consecuencia, el material con plazos primarios vigentes y de uso para la Junta se trasladó a Alsina 470, sede de la Coordinación de Entes Residuales. La documentación histórica, las series sujetas a desafectación y grupos con plazos primarios vencidos pero de posible interés para la Junta de Granos fueron trasladados al depósito del AGN de la calle Benedetti 238 (que no tiene atención al público).
En los años 1996 y 1997, se realizó la descripción de los expedientes y de los actos dispositivos. En el año 1998, se editaron en un catálogo del AGN todos los instrumentos de descripción elaborados sobre la Junta Nacional de Granos.
En el año 2009, Mariana Nazar elaboró una primera versión de esta descripción general.
Immediate source of acquisition or transfer
Transferencia, c. 1993, 1992.
Content and structure area
Scope and content
La Junta Nacional de Granos era un organismo de nivel nacional. No obstante, su injerencia geográfica es directamente proporcional a la importancia de la producción granífera de cada región del país.
El fondo está integrado por dos grandes tipos documentales: Expedientes de 1936 a 1991 y Libros de 1936 a 1991.
Entre los años 1936 y 1955 se pueden identificar las siguientes series documentales tramitadas por expediente: correspondencia, contratos, cesiones, dictámenes, documentación sobre juicios, informes, licitaciones, contrataciones directas, información sobre bienes patrimoniales, normas para la organización y funcionamiento interno, derechos y aranceles.
Hay también actuaciones administrativas referentes a los traslados, licencias, nombramientos, ceses, sanciones disciplinarias, remuneraciones e informes del personal que prestaba servicios permanentes o por jornal en la institución.
Se registra documentación sobre clasificación de la producción, informes y análisis técnicos, registro de productores y acopiadores, construcción, habilitación, expropiación, transferencia, compra y arrendamiento de elevadores, silos, galpones y accesorios, estudio de precios, capacidad de almacenaje, investigaciones técnicas y económicas.
Asimismo, se encuentra documentación de las Representaciones en el exterior, en donde se reflejan los esfuerzos publicitarios tendientes a conceptuar en forma positiva los granos argentinos en el mundo. Queda pendiente el análisis de los Expedientes de 1956 a 1991.
Por otro lado, los Libros consignan: Resoluciones, Actas, Fallos del Tribunal de Apelaciones, Resoluciones del Tribunal de Apelaciones, Planillas de descargo, Planillas de ingreso de valores, Parte diario de Rendición de cuentas, Planillas de cheques y Pedido de fondos.
Un gran volumen de la documentación no fue creado por la Junta Nacional de Granos per se, sino por organismos antecedentes (como la Comisión Nacional de Granos y Elevadores), que luego transfirieron sus funciones y documentos a la Junta.
Appraisal, destruction and scheduling
Evaluación documental y transferencia realizadas en el marco de la siguiente normativa: Ley 15930, promulgada el 1961/11/10, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1961/11/23 y Decreto 1571/1981, emitido el 1981/10/09, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1981/10/20.
Accruals
Fondo cerrado sin documentación pendiente de ingreso.
System of arrangement
- Junta Nacional de Granos
1.1 Presidencia/Dirección
1.2 Directorio/Consejo Consultivo
1.3 Secretaría General
1.3.1 Resoluciones
1.3.2 Libros de actas
1.3.3 Correspondencia
1.3.4 Delegaciones/Distritos
1.3.5 Escuela de Recibidores de Granos
1.4 Asesoría Letrada
1.4.1 Contratos de arrendamientos, servicios o construcción
1.4.2 Incumplimiento/revisión/proyecto de contratos
1.4.3 Cesión de muebles e inmuebles
1.4.4 Dictámenes
1.4.5 Licitaciones
1.4.6 Contrataciones directas
1.4.7 Juicios, informes
1.5 Administración y Contaduría
1.5.1 Libros contables
1.5.2 Libros de fallos
1.5.3 Libros de partes diarios
1.5.4 Libros de planillas de descargo, ingresos y cheques
1.5.5 Contrataciones directas
1.5.6 Licitaciones
1.5.7 Construcción/arrendamiento/transferencia de oficinas
1.5.8 Construcción de talleres
1.5.9 Inventario de bienes patrimoniales
1.5.10 Movimiento de bienes patrimoniales (Ventas, compras y transferencias)
1.5.11 Normas para la organización y funcionamiento interno
1.5.12 Derechos, aranceles, pagos y cobros
1.6 Personal
1.6.1 Traslados
1.6.2 Licencias
1.6.3 Nombramientos
1.6.4 Cese de funciones
1.6.5 Sanciones disciplinarias
1.6.6 Remuneraciones
1.6.7 Informes
1.7 Laboratorios y Análisis Técnicos
1.7.1 Clasificación de producción
1.7.2 Informes y análisis técnicos
1.7.3 Registro de productores y acopiadores
1.7.4 Investigaciones técnicas
1.8 Elevadores
1.8.1 Construcción, modificación, explotación y desarme
1.8.2 Expropiaciones y transferencias
1.8.3 Compras y arrendamientos
1.8.4 Clausura o caducidad de la concesión
1.8.5 Talleres
1.8.6 Prestación de servicios eléctricos
1.9 Investigaciones económicas y comerciales
1.9.1Estudio de precios
1.9.2 Capacidad de almacenaje
1.9.3 Investigaciones económicas
1.9.4 Representación en el exterior
1.10 Dirección de Despacho
1.10.1 Fichas de expedientes
1.0 Sin sección identificada
1.0.1 Planos
Conditions of access and use area
Conditions governing access
Sin restricciones de orden legal. El
acceso a parte de la documentación original se encuentra restringido por cuestiones de orden práctico (ver en apartado "Características físicas y requisitos técnicos". La documentación se consulta en la sede de Paseo Colón 1093, 4 piso.
El Archivo General de la Nación (AGN) contempla dos modos de acceso a la información pública contenida en los documentos que integran su acervo: a través de su portal oficial en internet o presencialmente, según el tipo de documento de que se trate. En ambos casos se requiere registración como usuario AGN mediante aceptación de los términos y condiciones de uso.
El AGN ha implementado como práctica archivística armonizar el derecho de acceso a la información pública (Ley 27.275 / Decreto reglamentario 206/2017) con el derecho a la protección de datos personales (Ley 25.326 /Decreto reglamentario 1558/2001). En este sentido el AGN puede decidir, cuando la protección de datos personales así lo justifique, solicitar la firma de un compromiso de disociación de datos, o proveer al usuario, sea a través del sitio oficial en internet o sea de modo presencial, la información pública solicitada bajo el formato de formulario sin acceso al documento original o a su imagen digitalizada. Aquellos documentos que no se encuentren disponibles para su acceso a través del portal AGN pueden ser accedidos presencialmente en las sedes habilitadas específicamente a tales efectos, previa registración como usuario y, en su caso, previa solicitud de búsqueda.
Conditions governing reproduction
Sin restricciones de orden legal.
Language of material
- Spanish
Script of material
- Latin
Language and script notes
Physical characteristics and technical requirements
Una parte de la documentación (85 metros lineales sobre un total de 301) se preserva en un depósito externo sin espacios de atención, motivo por el cual se encuentra fuera de consulta al público. La consulta y manipulación de la documentación original que sí es accesible está sujeta a los reglamentos de sala vigentes.
Finding aids
Descripción general (fondo), catálogo (de los documentos de los años 1935-1955). Dentro del catálogo se incluyen los siguientes instrumentos de descripción: Inventario analítico de expedientes, Índice Temático, Índice Geográfico, Índice Onomástico, Inventario de Libros de Actas, Resoluciones y Contables.
Allied materials area
Existence and location of originals
No corresponde.
Existence and location of copies
Se desconoce.
Related units of description
Publication note
Se desconoce.
Notes area
Note
Se sugiere tener en cuenta que los libros tienen una tabla de conversión que se encuentra dentro del catálogo editado. Por otra parte, el cuadro de clasificación se tomó del que había sido incluido en las páginas 21 a 26 del catálogo. Se marcaron con un asterico algunas series que deberían reidentificarse en el futuro.
Alternative identifier(s)
Access points
Subject access points
Place access points
Name access points
Genre access points
Description control area
Description identifier
Institution identifier
Rules and/or conventions used
Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión octubre 2022. Buenos Aires: AGN, 2022.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.
Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
Status
Revised
Level of detail
Full
Dates of creation revision deletion
Descripción revisada: 2023/02/03, 2011. Descripción creada: 2009. Investigaciones preliminares: 1997, 1996.
Language(s)
- Spanish
Script(s)
- Latin
Sources
Archivist's note
Descripción revisada por Aragón, Alejandra. Descripción creada por Nazar, Mariana. Investigaciones preliminares: Cipolletta, Elisabet; Pak Linares, Andrés; Gómez, Gabriel.