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La Caja Nacional de Ahorro Postal computará como un solo depósito, a los efectos de la liquidación de la subvención mensual para las oficinas postales, los diversos ingresos efectuados en un mismo distrito para una sola cuenta. La Dirección General de Correos y Telégrafos amonestará a los encargados de estafetas que fraccionen dichas operaciones.

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