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Registro de autoridad

Ministerio de Justicia e Instrucción Pública

  • AR-AGN-ISAAR-MJIP01
  • Entidad colectiva
  • 1898/10/10-1948/08/27

El 10 de octubre del año 1898, en el contexto de la conformación del Estado Nacional, se reformuló la Constitución Nacional. En su artículo N.º 87 se determinó que se pasaba de cinco ministerios a ocho. Uno de los nuevos órganos, dependiente del Poder Ejecutivo, fue el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. En el artículo 11 de La Ley N.º 3.727 sancionada el 12 de octubre de 1898 se estableció que las funciones concernientes a este ministerio sería la de velar por la buena administración de justicia y promover a la cultura general científica, literaria y artística de la Nación y en particular.

En lo que respecta al Departamento de Justicia, se establecieron las siguientes funciones: la organización régimen del Poder Judicial de la Nación en lo federal y ordinario de la Capital y Territorios Nacionales; la promoción de la reforma de la legislación en todos sus ramos; el registro de estado civil en lo que a la Nación corresponde; la creación gobierno y reforma de las cárceles y establecimientos penales de la Nación; la elaboración de la estadística judicial y publicaciones del Registro Nacional, opiniones de los asesores legales, Boletín Oficial, memorias e informes de su departamento; el indulto y conmutación de penas; la concesión de escribanías públicas y el otorgamiento de la personería jurídica.

En lo que refiere al Departamento de Instrucción Pública, se promulgó que sus tareas estarían abocadas al fomento de la instrucción, educación, cultura de la Nación y de las provincias en todas sus manifestaciones y jerarquías; la instrucción primaria y educación común en la Capital, Territorios y Provincias con arreglo a las leyes; el régimen, desarrollo y mejora de la instrucción general o secundaria de la República; el régimen de la enseñanza normal e institutos docentes diversos, universidades, enseñanza especial y sus institutos, observatorios, museos, bibliotecas y Archivo General de la Nación; el fomento de las bellas artes por medio de escuelas en el país o en el extranjero; subvenciones y recompensas.

El 14 de febrero de 1948, por medio del Decreto N° 4.026 se promulgó la creación de la Secretaría de Educación, la cual absorbería las tareas de Instrucción Pública. El 8 de julio de 1949 se sancionó la Ley N° 13.529 mediante la cual se creó el Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia.

Ministerio de Justicia e Instrucción Pública

  • AR-AGN-ISAAR-MJIP01
  • Entidad colectiva
  • 1898/10/10-1948/08/27

El 10 de octubre del año 1898, en el contexto de la conformación del Estado Nacional, se reformuló la Constitución Nacional. En su artículo N.º 87 se determinó que se pasaba de cinco ministerios a ocho. Uno de los nuevos órganos, dependiente del Poder Ejecutivo, fue el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. En el artículo 11 de La Ley N.º 3.727 sancionada el 12 de octubre de 1898 se estableció que las funciones concernientes a este ministerio sería la de velar por la buena administración de justicia y promover a la cultura general científica, literaria y artística de la Nación y en particular.

En lo que respecta al Departamento de Justicia, se establecieron las siguientes funciones: la organización régimen del Poder Judicial de la Nación en lo federal y ordinario de la Capital y Territorios Nacionales; la promoción de la reforma de la legislación en todos sus ramos; el registro de estado civil en lo que a la Nación corresponde; la creación gobierno y reforma de las cárceles y establecimientos penales de la Nación; la elaboración de la estadística judicial y publicaciones del Registro Nacional, opiniones de los asesores legales, Boletín Oficial, memorias e informes de su departamento; el indulto y conmutación de penas; la concesión de escribanías públicas y el otorgamiento de la personería jurídica.

En lo que refiere al Departamento de Instrucción Pública, se promulgó que sus tareas estarían abocadas al fomento de la instrucción, educación, cultura de la Nación y de las provincias en todas sus manifestaciones y jerarquías; la instrucción primaria y educación común en la Capital, Territorios y Provincias con arreglo a las leyes; el régimen, desarrollo y mejora de la instrucción general o secundaria de la República; el régimen de la enseñanza normal e institutos docentes diversos, universidades, enseñanza especial y sus institutos, observatorios, museos, bibliotecas y Archivo General de la Nación; el fomento de las bellas artes por medio de escuelas en el país o en el extranjero; subvenciones y recompensas.

El 14 de febrero de 1948, por medio del Decreto N° 4.026 se promulgó la creación de la Secretaría de Educación, la cual absorbería las tareas de Instrucción Pública. El 8 de julio de 1949 se sancionó la Ley N° 13.529 mediante la cual se creó el Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia.

Ministerio de Justicia e Instrucción Pública

  • AR-AGN-ISAAR-MJIP01
  • Entidad colectiva
  • 1898/10/10-1948/08/27

El 10 de octubre del año 1898, en el contexto de la conformación del Estado Nacional, se reformuló la Constitución Nacional. En su artículo N.º 87 se determinó que se pasaba de cinco ministerios a ocho. Uno de los nuevos órganos, dependiente del Poder Ejecutivo, fue el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. En el artículo 11 de La Ley N.º 3.727 sancionada el 12 de octubre de 1898 se estableció que las funciones concernientes a este ministerio sería la de velar por la buena administración de justicia y promover a la cultura general científica, literaria y artística de la Nación y en particular.

En lo que respecta al Departamento de Justicia, se establecieron las siguientes funciones: la organización régimen del Poder Judicial de la Nación en lo federal y ordinario de la Capital y Territorios Nacionales; la promoción de la reforma de la legislación en todos sus ramos; el registro de estado civil en lo que a la Nación corresponde; la creación gobierno y reforma de las cárceles y establecimientos penales de la Nación; la elaboración de la estadística judicial y publicaciones del Registro Nacional, opiniones de los asesores legales, Boletín Oficial, memorias e informes de su departamento; el indulto y conmutación de penas; la concesión de escribanías públicas y el otorgamiento de la personería jurídica.

En lo que refiere al Departamento de Instrucción Pública, se promulgó que sus tareas estarían abocadas al fomento de la instrucción, educación, cultura de la Nación y de las provincias en todas sus manifestaciones y jerarquías; la instrucción primaria y educación común en la Capital, Territorios y Provincias con arreglo a las leyes; el régimen, desarrollo y mejora de la instrucción general o secundaria de la República; el régimen de la enseñanza normal e institutos docentes diversos, universidades, enseñanza especial y sus institutos, observatorios, museos, bibliotecas y Archivo General de la Nación; el fomento de las bellas artes por medio de escuelas en el país o en el extranjero; subvenciones y recompensas.

El 14 de febrero de 1948, por medio del Decreto N° 4.026 se promulgó la creación de la Secretaría de Educación, la cual absorbería las tareas de Instrucción Pública. El 8 de julio de 1949 se sancionó la Ley N° 13.529 mediante la cual se creó el Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia.

Ministerio de Justicia e Instrucción Pública

  • AR-AGN-ISAAR-MJIP01
  • Entidad colectiva
  • 1898/10/10-1948/08/27

El 10 de octubre del año 1898, en el contexto de la conformación del Estado Nacional, se reformuló la Constitución Nacional. En su artículo N.º 87 se determinó que se pasaba de cinco ministerios a ocho. Uno de los nuevos órganos, dependiente del Poder Ejecutivo, fue el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. En el artículo 11 de La Ley N.º 3.727 sancionada el 12 de octubre de 1898 se estableció que las funciones concernientes a este ministerio sería la de velar por la buena administración de justicia y promover a la cultura general científica, literaria y artística de la Nación y en particular.

En lo que respecta al Departamento de Justicia, se establecieron las siguientes funciones: la organización régimen del Poder Judicial de la Nación en lo federal y ordinario de la Capital y Territorios Nacionales; la promoción de la reforma de la legislación en todos sus ramos; el registro de estado civil en lo que a la Nación corresponde; la creación gobierno y reforma de las cárceles y establecimientos penales de la Nación; la elaboración de la estadística judicial y publicaciones del Registro Nacional, opiniones de los asesores legales, Boletín Oficial, memorias e informes de su departamento; el indulto y conmutación de penas; la concesión de escribanías públicas y el otorgamiento de la personería jurídica.

En lo que refiere al Departamento de Instrucción Pública, se promulgó que sus tareas estarían abocadas al fomento de la instrucción, educación, cultura de la Nación y de las provincias en todas sus manifestaciones y jerarquías; la instrucción primaria y educación común en la Capital, Territorios y Provincias con arreglo a las leyes; el régimen, desarrollo y mejora de la instrucción general o secundaria de la República; el régimen de la enseñanza normal e institutos docentes diversos, universidades, enseñanza especial y sus institutos, observatorios, museos, bibliotecas y Archivo General de la Nación; el fomento de las bellas artes por medio de escuelas en el país o en el extranjero; subvenciones y recompensas.

El 14 de febrero de 1948, por medio del Decreto N° 4.026 se promulgó la creación de la Secretaría de Educación, la cual absorbería las tareas de Instrucción Pública. El 8 de julio de 1949 se sancionó la Ley N° 13.529 mediante la cual se creó el Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia.

Domingo Faustino Sarmiento

  • AR-ARG-ISAAR-DFS01
  • Persona
  • 1811/02/14-1888/09/11

Domingo Faustino Sarmiento nació el 14 de febrero de 1811, en la ciudad de San Juan. Hijo de José Clemente Sarmiento y de Paula Albarracín, cursó en la Escuela de la Patria, bajo la dirección de los maestros Ignacio Fermín y José Genaro Rodríguez. En 1827 entró a trabajar como dependiente en la tienda de su tía Ángela Salcedo y comenzó a realizar frecuentes viajes a Chile. En 1828 fue nombrado subteniente de la 2º Compañía del Batallón de Infantería provincial. En sus inicios se mantuvo a favor del bando unitario. En 1829 se alistó en las tropas que se habían sublevado contra Facundo Quiroga en las Quijadas. Intervino en la campaña de Jáchal, en el combate de Niquivil y peleó en batalla de Pilar, que culminó con la derrota del Ejército Unitario. El 13 de abril de 1830, el gobernador Juan Aguilar lo ascendió a ayudante del Escuadrón de Dragones de la Escolta. Debido al triunfo de Facundo Quiroga sobre José Videla del Castillo en el Rodeo de Chacón (28 de marzo de 1831), Sarmiento tuvo buscar asilo en Chile. En ese año nació su primogénita Ana Faustina con la chilena María Jesús del Canto.
En 1839 participó en la creación de la Asociación de Mayo e inauguró el Colegio de Pensionistas de Santa Rosa, primer establecimiento para la educación de la mujer sanjuanina. Paralelamente publicó el semanario “El Zonda”. Colaboró en “El Mercurio”; se hizo cargo del diario “El Nacional”, en el cual escribió varios números sobre temas políticos y educativos; y publicó “La Crónica Contemporánea de Sud-América”. El entonces ministro de justicia, culto e instrucción pública Manuel Montt, le encargó supervisar el funcionamiento de las escuelas dominicales y, más tarde, la organización y apertura de la primera Escuela Normal de Preceptores de Sudamérica. En 1842 asumió la administración del establecimiento. Junto a Vicente Fidel López, compartió la dirección de un colegio llamado El Liceo, que dio su nombre a los institutos de enseñanza secundaria de Chile. Al año siguiente fue designado miembro del cuerpo académico de la Facultad de Humanidades. En 1844 editó La Conciencia de un niño, traducida del francés, que iniciaba a los pequeños en la enseñanza de la religión católica. El 2 de mayo de 1845 publicó, bajo el formato de folletín, Facundo o civilización y barbarie en las pampas argentinas.
De regreso en Chile en 1848, se casó con Benita Martínez Pastoriza y adoptó como propio al hijo de ella, Domingo Fidel Sarmiento. En 1849 estableció una imprenta, en sociedad con Julio Berlín, donde salió el primer tomo de Viajes por Europa, África y América. En el mismo año publicó Educación Popular. En 1850 imprimió Argirópolis y Recuerdos de Provincia, un libro autobiográfico.
El 12 de diciembre se embarcó en la fragata “Médicis” con destino a Montevideo, para incorporarse al ejército de Justo José de Urquiza. Se ocupó de la redacción del Boletín del Ejército Grande, redactó el parte de la victoria de Caseros y escribió el libro Campaña en el Ejército Grande.
En 1853 el Gobierno de Buenos Aires le expidió los despachos de teniente coronel de caballería de línea. En 1855 se instaló en Buenos Aires y se convirtió en el redactor en jefe de “El Nacional” en reemplazo de Mitre. Hasta 1862 fue Jefe del Departamento de Escuelas. Además, fue electo miembro del Instituto Histórico-Geográfico.
Luego de la batalla de Pavón (17 de setiembre de 1861), fue enviado por Wenceslao Paunero a Cuyo al mando del coronel Ignacio Rivas.
El 9 de enero de 1862 arribó a San Juan y la Sala de Representantes lo eligió Gobernador interino de la provincia. El 24 de diciembre de 1860 fue nombrado Ministro Plenipotenciario para Estados Unidos mediante un decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores, cargo que tuvo hasta su revocación promulgada por el decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores del 6 de julio de 1861. El 4 de diciembre de 1863 fue nuevamente nombrado Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República Argentina cerca de los Gobiernos de los Estados Unidos de América.
El 25 de enero de 1868, por un decreto del Departamento del Interior, lo nombraron ministro del Interior.
El 16 de agosto de 1868 fue proclamado Presidente de la Nación por el Congreso reunido en Asamblea Electoral y quedó en posesión del cargo el día 12 de octubre de 1868 mediante un decreto del Departamento de Interior.
En 1869 ordenó a través de un decreto del Departamento del Interior del 10 de marzo de ese año, el levantamiento del primer Censo Nacional establecido en la constitución nacional en el art. 39 en toda la República.
Luego de dejar la Presidencia en 1874, el Gobierno de Buenos Aires lo designó Director General de Escuelas en 1875. En 1881, gracias a su iniciativa, apareció “El Monitor de la Educación Común”, una revista destinada a la organización del sistema educativo y a la formación del personal docente, a través de la publicación de artículos pedagógicos y didácticos, reseñas bibliográficas, notas literarias e históricas, documentación referida a las actividades del Consejo Nacional de Educación, estadísticas e informes. Simultáneamente colaboró en “La Tribuna” y en “El Nacional”. Mientras era senador por su provincia, el presidente Nicolás Avellaneda lo designó Ministro del Interior, ejerciendo la titularidad de la cartera entre octubre y noviembre de 1879.
Falleció el 11 de septiembre de 1888 en Asunción Paraguay.

Comisión referente a la revisión oficial auténtica del Himno Nacional Argentino

  • AR-AGN-ISAAR-CRHN01_01
  • Entidad colectiva
  • 1924/08/02-c.1927/08

Por decreto del 2 de agosto de 1924, el Poder Ejecutivo constituyó una comisión encargada de revisar las distintas versiones del Himno Nacional y elaborar una versión musical unificada con carácter oficial. Para este fin el presidente de la Nación nombró como integrantes de dicha comisión a Carlos López Buchardo, José André y Floro M. Ugarte (director y profesores del Conservatorio Nacional de Música y Declamación), quienes debían emprender un estudio exhaustivo del Himno Nacional y emitir un dictamen acerca de la versión musical de la marcha patria que consideraran más auténtica. La propuesta realizada por la comisión fue restituir la versión al espíritu y texto de Blas Parera.
Por Decreto del 19 de mayo de 1927, Alvear aprobó los resultados a los que había arribado la Comisión, con cambios sustanciales en la música alejándose de los arreglos realizados por Juan Esnaola en 1860. Debido a las críticas y objeciones formuladas desde distintos ámbitos respecto de esta versión, el 14 de julio de 1927 el Poder Ejecutivo creó una nueva comisión encargada de revisar los antecedentes del Himno Nacional, así como la versión aprobada por el decreto del 19 de mayo de 1927, y de determinar cuál debía ser, a su juicio, la versión única destinada a los actos oficiales. Asimismo, el decreto del 16 de agosto de 1927 suspendió la aplicación de la versión del himno aprobada en mayo de ese mismo año.

Comisión del Himno Nacional Argentino

  • AR-AGN-ISAAR-CHN01
  • Entidad colectiva
  • 1927/07/14-c.1928/09

Por decreto del 14 de julio de 1927, el Poder Ejecutivo constituyó una comisión conformada por 20 personas con el fin de realizar “un estudio prolijo de todos los antecedentes que se refiere a la música del Himno Nacional Argentino, e informase al poder ejecutivo sobre el resultado del mismo y sobre la versión musical oficializada por decreto del 19 de mayo o sobre lo que, a juicio de la comisión, debe aceptarse como única para ser ejecutada en actos oficiales”. Dicha comisión considero que la versión más autorizada corresponde a la de Juan P. Esnaola, editada en 1860.
Por decreto del 25 de septiembre de 1928 se aprueba el trabajo realizado por la Comisión del Himno Nacional, quedando como único oficial el texto de la versión de Himno Nacional realizada por Juan P. Esnaola y editado en 1860.